COBERTURA DE RIESGOS. La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será asumida, exclusivamente, por la Universitat de Barcelona, en aquellos casos no cubiertos por el seguro escolar. La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos en los que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el periodo de duración de las prácticas.
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Samples: Convenio
COBERTURA DE RIESGOS. La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio Convenio será asumida, exclusivamente, por la Universitat Universidad Complutense de Barcelona, Madrid en aquellos casos no cubiertos por el seguro escolar. La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos en los que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el periodo de duración de las prácticasduración.
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Samples: Convenio
COBERTURA DE RIESGOS. La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la realización realiza- ción de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será asumida, exclusivamente, asumida por la Universitat de Barcelona, Universidad en aquellos casos no cubiertos por el seguro escolar. La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos en los que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el periodo período de duración de las prácticasduración.
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Samples: Convenio De Colaboración
COBERTURA DE RIESGOS. La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será asumida, exclusivamente, por la Universitat de Barcelona, en aquellos casos no cubiertos por el seguro escolarUniversidad San Xxxxx-CEU. La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos en los que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el periodo de duración de las prácticasduración.
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Samples: Convenio De Colaboración