CONDICIONES DE APTITUD DEL CONTRATISTA. Sólo podrán contratar con RENFE las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y habilitación profesional, no estén incursas en alguna prohibición de contratar con el sector público y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido al respecto en los artículos 65 a 70 de la LCSP.
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