Common use of Condiciones para el Retiro de Fondos Clause in Contracts

Condiciones para el Retiro de Fondos. 3.1. Para solicitar retiros de una parte o la totalidad del depósito en oficinas, es condición indispensable la presentación del Talonario y/o del otro medio o documento ofrecido por el Banco para reemplazar el Talonario de Ahorros y el Documento de Identidad del Titular. Cuando falte la Cédula de Ciudadanía, Tarjeta de Identidad, u otro documento Legalmente válido de identificación, queda a juicio del Banco aceptar en su reemplazo la impresión de las huellas dactilares del titular u otro documento que compruebe su derecho sobre el Depósito. En todos los casos, podrá exigir las informaciones, referencias y comprobaciones previstas en el reglamento y las acostumbradas en la práctica bancaria para identificar al titular, y mientras por éste no se suministre, el Banco no estará obligado a atender la solicitud del retiro. Se podrán efectuar retiros parciales del depósito con la presentación del respectivo talonario o el otro medio o documento ofrecido por el Banco para reemplazar el Talonario de Ahorros y el cumplimiento de los demás requisitos aquí enunciados desde cualquier oficina del Banco. Igualmente podrá el Cuentahabiente efectuar retiros o autorizar débitos a su(s) Cuenta(s) de Ahorro(s) mediante instrucción expresa y escrita del Cuentahabiente acompañada de su firma registrada.

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