Common use of CONDICIONES PARA RETIROS Clause in Contracts

CONDICIONES PARA RETIROS. Todos los retiros de dinero serán hechos por EL CLIENTE personalmente, por medio de su orden en los formularios que LA CAJA suministrará a solicitud suya o a través de medios electrónicos utilizando los sistemas de Banca Electrónica o cualquier otro sistema que en el futuro ponga en ejecución LA CAJA. EL CLIENTE se obliga para con LA CAJA a firmar los retiros, órdenes, autorizaciones e instrucciones de todo tipo relacionado con esta cuenta, con su firma autógrafa idéntica a la registrada en los libros de LA CAJA y a indicar con claridad el número de la cuenta. No obstante, lo anterior, EL CLIENTE puede autorizar a otra persona a retirar los fondos de la cuenta. También se exigirá en estos casos la firma y plena identificación de la persona autorizada. LA CAJA sólo responderá por burdas falsificaciones de la firma puesta en autorización, cumpliendo con su obligación de depositaria y verificando la identificación de quien retira con su cédula de identidad personal. LA CAJA sólo pagará los retiros girados por EL CLIENTE conforme a la Ley y este CONTRATO, quedando LA CAJA autorizado para rechazar el pago de cualquier retiro o el cumplimiento de cualquier orden, autorización o instrucción que dé EL CLIENTE si a juicio de LA CAJA tales retiros, órdenes, autorizaciones o instrucciones o la firma de EL CLIENTE están incompletos alterados, defectuosos o falsificados, por lo que LA CAJA quedará liberado de toda responsabilidad en caso de que proceda según está previsto en esta cláusula. LA CAJA tratará de evitarle fraude a EL CLIENTE, sin embargo, cualquier pago que con el acostumbrado cuidado se haga a cualquier persona que presente la solicitud de retiro junto con una autorización escrita, se considerará como bueno y válido, y eximirá a LA CAJA de toda responsabilidad para con EL CLIENTE o sus representantes, a menos que con anterioridad a la fecha en que se reciba dicha solicitud, EL CLIENTE haya notificado por escrito a LA CAJA que la mencionada autorización se ha extraviado, ha sido robada, o que indebidamente ha pasado a manos de otras personas. Mientras LA CAJA no haya recibido y podido tomar nota de la notificación, EL CLIENTE será responsable de cualquier otro retiro pagado.

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Samples: Contrato Único De Productos Y Servicios Bancarios, Contrato Único De Productos Y Servicios Bancarios, Contrato Único De Productos Y Servicios Bancarios

CONDICIONES PARA RETIROS. Todos los retiros de dinero serán hechos por EL CLIENTE personalmente, por medio de su orden escrita en los formularios que LA CAJA suministrará EL BANCO le suministre a solicitud suya o a través de medios electrónicos electrónicos, utilizando los sistemas de Banca Electrónica en Línea, o cualquier otro sistema que en el futuro ponga en ejecución LA CAJAEL BANCO. EL CLIENTE se obliga para con LA CAJA a firmar los retiros, órdenes, autorizaciones e instrucciones de todo tipo relacionado con esta cuenta, con su firma autógrafa idéntica a la registrada en los libros de LA CAJA y a indicar con claridad el número de la cuenta. No obstante, lo anterior, EL CLIENTE puede podrá autorizar a otra persona a retirar los fondos de la cuentacuenta mediante Poder debidamente y notariado. También se exigirá en estos casos la firma y plena identificación de la persona autorizada. LA CAJA sólo responderá por burdas falsificaciones EL BANCO pondrá la usual precaución sobre la verificación de la firma puesta en autorizaciónfirmas, cumpliendo con su obligación de depositaria y verificando verificar la identificación de quien retira con su cédula sus documentos de identidad personalidentificación personal vigente. LA CAJA EL BANCO sólo pagará los retiros girados por EL CLIENTE conforme a la Ley y a este CONTRATOcontrato, quedando LA CAJA EL BANCO autorizado para rechazar el pago de cualquier retiro o el cumplimiento de cualquier orden, autorización o instrucción que dé EL CLIENTE si a juicio de LA CAJA del BANCO tales retiros, órdenes, autorizaciones o instrucciones o la firma de EL CLIENTE están incompletos incompletos, alterados, defectuosos o falsificados, parezcan falsos por lo que LA CAJA EL BANCO quedará liberado de toda responsabilidad en caso de que proceda según está previsto en esta cláusula. LA CAJA tratará Toda consecuencia o perjuicio resultante del extravío, hurto, utilización indebida, falsificación o alteración de evitarle fraude a formularios de retiro, autorizaciones de pago cheques, así como la falsificación o alteración de la firma, uso indebido de las tarjetas débito de EL CLIENTE, sin embargo, cualquier pago que con el acostumbrado cuidado se haga a cualquier persona que presente la solicitud de retiro junto con una autorización escrita, se considerará como bueno y válido, y eximirá a LA CAJA de toda responsabilidad para con recaerá sobre EL CLIENTE o sus representantesy EL BANCO no será responsable, a menos que con anterioridad a la fecha salvo en el caso en que se reciba dicha solicitud, compruebe culpa grave y únicamente en la proporción en que haya ocurrido el perjuicio. EL BANCO no podrá hacerse responsable por la utilización por parte de EL CLIENTE haya notificado de cheques que no cumplan con los estándares requeridos por escrito a LA CAJA que la mencionada autorización EL BANCO y en los cuales no se ha extraviado, ha sido robada, o que indebidamente ha pasado a manos puedan cumplir los controles de otras personas. Mientras LA CAJA no haya recibido y podido tomar nota de la notificación, seguridad establecidos por EL CLIENTE será responsable de cualquier otro retiro pagadoBANCO.

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Samples: Contrato Unico Para Servicios Bancarios