Confidencialidad y deber xx xxxxxxx. Sin perjuicio de lo previsto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la a la publicidad de la adjudicación y a la información que deba darse a los candidatos y a los licitadores, la entidad contratante no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en el presente procedimiento de licitación o en otros posteriores. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter en los Pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante el plazo indicado en el punto 19 de la Carátula.
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Confidencialidad y deber xx xxxxxxx. Sin perjuicio de lo previsto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la a la publicidad de la adjudicación y a la información que deba darse a los candidatos y a los licitadores, la entidad contratante no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en el presente procedimiento de licitación o en otros posteriores. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter en los Pliegos el Pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante el plazo indicado en el punto 19 18 de la Carátula.
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Confidencialidad y deber xx xxxxxxx. Sin perjuicio de lo previsto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la a la publicidad de la adjudicación y a la información que deba darse a los candidatos y a los licitadores, la entidad contratante no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en el presente procedimiento de licitación o en otros posteriores. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter en los Pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante el plazo indicado en el punto 19 de la Carátula.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Diseño
Confidencialidad y deber xx xxxxxxx. Sin perjuicio de lo previsto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la a la publicidad de la adjudicación y a la información que deba darse a los candidatos y a los licitadores, la entidad contratante no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en el presente procedimiento de licitación o en otros posteriores. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter en los Pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante el plazo indicado en el punto 19 18 de la Carátula.
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Samples: Contrato De Acceso a Datos Entre Elika Fundacion Vasca
Confidencialidad y deber xx xxxxxxx. Sin perjuicio de lo previsto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la a la publicidad de la adjudicación y a la información que deba darse a los candidatos y a los licitadores, la entidad contratante no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en el presente procedimiento de licitación o en otros posteriores. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter en los Pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante el plazo indicado en el punto 19 de la Carátula.
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