CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN La información que sea suministrada en virtud de la suscripción de la presente póliza queda tutelada por el derecho a la intimidad y confidencialidad, salvo manifestación por escrito del Asegurado en que se indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente.
CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS Las Partes Contratantes se comprometerán a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados y que sean concernientes al objeto del contrato, debiendo mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del contrato. Las partes reconocen que toda la información a la que se pueda tener acceso en el marco del contrato ya sea relacionada con la prestación del servicio o relacionada con la actividad u organización de alguna de las partes, en adelante, la información, tiene carácter confidencial, por lo que las partes acuerdan no divulgarla y mantener la más estricta confidencialidad respecto a dicha información advirtiendo en su caso, de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que por su relación profesional o personal deba o pueda tener acceso a la misma. Ninguna de las partes podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información sin la previa autorización escrita y expresa de la otra parte, salvo en aquellos aspectos en que la información fuera pública y notoria por medios ajenos a las partes, o en caso de documentos que sean públicamente accesibles, las partes se comprometen a poner los medios necesarios para que la información no sea divulgada y/o cedida, evitando su pérdida, robo o sustracción. Ambas partes advertirán sobre la existencia del deber de confidencialidad a sus empleados, asociados y a toda persona a la cual se le facilite haciéndose responsable del uso indebido que estos puedan hacer de la información relacionada con el contrato, y así mismo se comprometen a poner en conocimiento de la otra parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de esta. Las disposiciones relativas a la confidencialidad previstas en este contrato se aplicarán durante su vigencia y prevalecerán durante un plazo de cinco años, inmediato a su terminación. Los datos personales tratados en virtud del presente contrato serán tratados por cada una de las partes conforme a las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos (UE 679/2016) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. Cada una de las partes será responsable del tratamiento de los datos personales recabados de la otra parte. Los interesados pueden ejercitar su derecho a solicitar el acceso a sus datos, rectificación, supresión, limitación o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos, cuando proceda, dirigiendo un escrito acompañando una fotocopia del Documento Nacional de Identidad u otro homólogo (NIE) con asunto Protección de Datos a las siguientes direcciones: Asimismo, los interesados tendrán derecho a presentar una reclamación ante la Agencia española de Protección de Datos, cuando entiendan que se han vulnerado alguno de sus derechos o se hayan tratado sus datos de forma ilegítima.
CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES LAS PARTES" acuerdan que la información que se intercambie de conformidad con las disposiciones del presente instrumento, se tratarán de manera confidencial, siendo de uso exclusivo para la consecución del objeto del presente contrato y no podrá difundirse a terceros de conformidad con lo establecido en las Leyes General y Federal, respectivamente, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, y demás legislación aplicable.
SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Con la presentación de la oferta se entiende la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a las Políticas de Seguridad de la Información que tiene adoptadas ETB para la protección de su información y la de sus terceros, las cuales se obligan a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dichas políticas deben ser consultadas en la página web de ETB xxx.xxx.xxx. Así mismo y cuando aplique a partir de la debida ejecución del contrato, el contratista se obliga a cumplir con las políticas de seguridad de la información y de protección o tratamiento de datos personales de los clientes de ETB. ETB podrá requerir a discreción al contratista la firma de acuerdos de confidencialidad específicos a su personal y demás personas que éste autorice. Los usuarios entregados al Contratista para acceder a los sistemas de información de ETB deben corresponder a personas que efectivamente estén ejecutando actividades relacionadas con el objeto contractual, en tal sentido, el Contratista se obliga a mantener informado a ETB sobre los usuarios a su cargo que deben estar vigentes, informando inmediatamente sobre cualquier retiro o cambio que éste realice sobre el personal que accede a los sistemas de información de ETB. El Contratista se obliga a reportar cualquier debilidad sospechosa que incida en la seguridad de la información y reportar de manera inmediata la ocurrencia de incidentes de seguridad de la información que puedan vulnerar la confidencialidad, integridad y/o disponibilidad de la información de ETB o de sus terceros, tratada en desarrollo del contrato, contribuyendo, además, con todos los medios a su alcance para su remediación. Sin perjuicio de los reportes que realice ante ETB, el contratista deberá responder por los eventuales perjuicios que se generen con ocasión de los incidentes que puedan afectar la seguridad de la información. El Contratista debe impartir a su personal, con relación a las acciones de toma de conciencia, educación, entrenamiento, actualizaciones regulares en políticas y procedimientos de seguridad de la información, según sea relevante para ejecutar el contrato. ETB se reserva el derecho de verificar y monitorear, en cualquier momento o lugar, el cumplimiento de las políticas de seguridad de la información de ETB. Antes de la finalización del contrato, el Contratista deberá devolver los activos físicos y electrónicos encomendados, garantizando que la información pertinente se devuelva a ETB de manera que no podrá usarse para ningún otro fin por parte del Contratista ni de sus trabajadores o sus propios contratistas. Adicionalmente y en caso de que el Contratista o sus trabajadores o sus propios contratistas hayan adquirido un conocimiento importante a partir del desarrollo del contrato, el Contratista se obliga a documentar y transferir a ETB ese conocimiento.
Propiedad de la Información El Contratista deberá proporcionar a la CNH, sin costo alguno, la Información Técnica que es propiedad de la Nación. La Nación también será propietaria de cualquier muestra geológica, mineral o de cualquier otra naturaleza, obtenida por el Contratista en las Actividades Petroleras, las cuales deberán ser entregadas por el Contratista a la CNH con la Información Técnica, inmediatamente después de que el Contratista haya concluido los estudios y evaluaciones que haga al respecto. El original de dicha información deberá ser entregado a la CNH de conformidad con la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá mantener copia únicamente para efectos del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. No serán propiedad de la Nación los procesos por medio de los cuales el Contratista hubiese generado la Información Técnica. El Contratista podrá usar la Información Técnica, sin costo alguno y sin restricción, para el procesamiento, evaluación, análisis y cualquier otro propósito relacionado con las Actividades Petroleras (pero no para otro uso ni para su venta), en el entendido que el Contratista deberá también entregar cualquier reporte de los resultados de dicho procesamiento, evaluación o análisis. Nada de lo previsto en el presente Contrato limitará el derecho de la CNH de usar, vender o de cualquier otra forma disponer de la Información Técnica, en el entendido que la CNH no podrá vender ni hacer del conocimiento de terceras Personas ninguna información que implique secreto industrial; una marca registrada, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del Contratista regulado por la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.
CONFIDENCIALIDAD Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato. En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad. Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA. La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA. Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello. El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx. Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el acuerdo de confidencialidad anexo al presente.
Confidencialidad del Proceso Las informaciones relativas al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las Ofertas y las recomendaciones para la Adjudicación del Contrato no podrán ser reveladas a los Licitantes ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario, a excepción de que se trate del informe de evaluación del propio Licitante. Todo intento de un Oferente para influir en el procesamiento de las Ofertas o decisión de la Adjudicación por parte del Contratante podrá dar lugar al rechazo de la Oferta de ese Oferente.
Información Específica De La Licitación 2.1.- FECHA, HORA Y LUGAR DE LA JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN: Se realizará el día 09 xx Xxxxxx del año 2005 a las 10:.00 horas, en el aula de usos múltiples de la Coordinación de Abastecimiento, ubicado en Xxxxxx xx Xxx Xx. 0, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx; Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, Oaxaca, C.P. 68160 con número de teléfono (00-000) 000-0000 y de fax 000-0000. Los licitantes podrán formular por escrito y enviar sus dudas con dos días hábiles de anticipación a la celebración de la junta, las cuales versarán exclusivamente sobre el contenido de estas bases y sus respectivos anexos, a la Coordinación de Abastecimiento, sita en Xxxxxx xx Xxx Xx. 0, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx; Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, Oaxaca, C.P. 68160, en el horario comprendido de las 08:00 a las 15:00 horas, mediante fax al (00-000) 000-0000 y 000-0000, y/o a las cuentas de correo electrónico, xxxxxx.xxxxx@xxxx.xxx.xx e xxxxxx.xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, debiéndose solicitar el acuse de recibo correspondiente, a efecto de que el IMSS esté en posibilidad de analizarlos y hacer las correspondientes aclaraciones en la propia junta. En el supuesto de que las proposiciones se presenten a través de medios remotos de comunicación electrónica, las dudas, también podrán ser remitidas a través del programa informático COMPRANET. En estos casos la(s) solicitud(es) de aclaración de bases tendrá(n) que ser presentada(s) o enviada(s) a más tardar a las 16:00 horas del día 08 xx Xxxxxx del 2005. Las modificaciones y aclaraciones que se hicieren durante este evento serán parte integrante de las presentes bases, por lo que deberán ser consideradas para la elaboración de las propuestas. Las actas de las juntas de aclaraciones, se pondrán al finalizar dicho acto a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en el tablero de la oficina sistemas de la Coordinación de Abastecimiento, por un término de 5 días hábiles, siendo la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la(s) misma(s), en sustitución de la notificación personal. Independientemente de lo anterior, el contenido de dichas actas podrá ser consultado en el portal de transparencia “IMSS va a comprar” - “IMSS compró”. Los licitantes que no hayan asistido a la junta, podrán recoger copia del acta en la Coordinación de Abastecimiento, ubicado en Xxxxxx xx Xxx Xx. 0, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx; Santa Xxxx Xoxocotlán, Oaxaca, C.P. 68160, de las 8:00 a las 15:00 horas. Cabe aclarar, que solamente podrán formular aclaraciones las personas que hayan adquirido las bases correspondientes, lo cual deberá acreditarse con copia del comprobante de pago de las mismas, en caso contrario sólo se les permitirá su asistencia en calidad de oyentes. 2.2.- FECHA, HORA Y LUGAR DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONOMICAS: Se llevará a cabo en un solo evento en punto de las 10:.00 horas del día 16 xx Xxxxxx del año 2005, en de usos múltiples, ubicado en la Coordinación de Abastecimiento, Xxxxxx xx Xxx Xx. 0, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx; Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, Oaxaca, C.P. 68160, únicamente podrá participar un representante por cada licitante y se desarrollará conforme a lo previsto en el artículo 35 de la Ley. El acta de esta etapa, se pondrá al finalizar dicho acto a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en el tablero de la oficina sistemas de la Coordinación de Abastecimiento, por un término de 5 días hábiles, siendo la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la(s) misma(s), en sustitución de la notificación personal. Independientemente de lo anterior, el contenido de dichas actas podrá ser consultado en el portal de transparencia “IMSS va a comprar” - “IMSS compro”. Los licitantes que no hayan asistido al evento, podrán recoger copia del acta en la Coordinación de Abastecimiento, ubicado en Xxxxxx xx Xxx Xx. 0, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx; Santa Xxxx Xoxocotlán, Oaxaca, C.P. 68160, de las 8:00 a las 15:00 horas. Los licitantes que participen por medios remotos de comunicación electrónica podrán obtener el acta del evento de Apertura de Propuestas mediante la funcionalidad del programa informático módulo licitante COMPRANET que permita obtener el Acta Técnica. 2.3.- FECHA, HORA Y LUGAR DEL ACTO DE COMUNICACIÓN DE FALLO TECNICO Y ECONOMICO: El fallo que se emita de acuerdo con el dictamen que se elabore para el efecto, se dará a conocer el día 23 xx Xxxxxx del 2005, en punto de las 15:00 horas, en junta pública que se llevará a cabo en el aula de usos múltiples de la Coordinación de Abastecimiento, ubicado Xxxxxx xx Xxx Xx. 0, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx; Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, Oaxaca, C.P. 68160. Los licitantes que hubieren utilizado medios remotos de comunicación electrónica, se darán por notificados del fallo, cuando éste se encuentre a su disposición en COMPRANET, a más tardar el día hábil siguiente de la fecha del acto, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger el acta de fallo respectiva. Los licitantes que no hayan asistido a la junta, podrán recoger copia del acta en oficina sistemas de la Coordinación de Abastecimiento, por un término de 5 días hábiles, siendo la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la(s) misma(s), en sustitución de la notificación personal. 2.4.- FECHA, HORA Y LUGAR DE LA FIRMA DEL CONTRATO: El contrato se firmará el día 30 xx Xxxxxx del 2005, en horario de 9:00 a 15:00 horas, en la Coordinación de Abastecimiento, ubicado en Xxxxxx xx Xxx Xx. 0, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx; Santa Xxxx Xoxocotlán, Oaxaca, C. P. 68160. Para firmar el contrato, el representante legal de la empresa deberá presentar original o copia certificada y copia simple de la documentación a que se alude en el Anexo Número 1 (uno) el cual forma parte de estas bases y presentar identificación vigente (pasaporte, licencia de manejo, cartilla del servicio militar nacional o credencial para votar con fotografía), además copia legible del Registro Único de Población (CURP).
Información adicional La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD El prestador de servicios reconoce que en razón de sus servicios ha tenido o podido tener acceso a importante información relativa a La Empresa y sus empresas relacionadas, filiales y coligadas, sea en relación a sus estrategias de negocios, servicios, productos, know how, procedimientos y demás importantes aspectos propios del giro de la empresa. Considerando la trascendencia de la información señalada, el prestador de servicios se obliga a mantener confidencialidad y no entregar a ninguna tercera persona, natural o jurídica la información relativa a que ha tenido acceso por la ejecución de los servicios efectuados para La Empresa, salvo aquellas situaciones en que por imperio de la ley se tengan que exhibir, para lo cual informará previamente a La Empresa. En razón de lo expuesto, el prestador de servicios declara que se encuentra obligado a mantener estricta reserva y confidencialidad sobre todos los datos, informaciones, documentos comerciales y técnicos, cifras y/o cualquier otro antecedente de similar naturaleza que en el ejercicio de su oficio le fueran confiados y/o proporcionados a propósito del desarrollo del giro de la Empresa por el plazo de 1 año a contar de esta fecha. En consecuencia, toda la información y antecedentes proporcionados al prestador de servicios hasta un año de terminados los servicios no pueden ni podrán ser utilizados, ni mucho menos divulgados por su persona, dependientes o intermediarios o en favor de terceros ajenos a La Empresa. De esta forma el prestador de servicios reconoce que toda la Propiedad Intelectual e Industrial que ha tenido a su cargo o que le correspondió desarrollar en virtud del contrato objeto de resciliación, es y será de propiedad exclusiva de La Empresa. La infracción a este acuerdo será causal de ejercicio de acciones legales pertinentes, tanto para determinar la responsabilidad penal por violación a las Leyes de Protección de la Propiedad Intelectual e Industrial, así como determinar las indemnizaciones por daños y perjuicios que se generen para la empresa por estos hechos.