Definición de Información Adicional

Información Adicional. Se hace entrega en soporte papel de la información adicional y detallada sobre Protección de Datos, estando disponible igualmente en nuestra página web: xxx.xxx.xx.
Información Adicional. Documento “Información adicional Protección de Datos” disponible en nuestra web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx. El interesado consiente al tratamiento de los datos en los términos expuestos.
Información Adicional. Haga referencia a este documento para información sobre impago, incumplimiento, gravámenes, cualquier repago total requerido antes de la fecha programada y reembolsos de prepago.

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  • Información adicional Consulte la Información Adicional y detallada sobre Protección de Datos.

  • No se autoriza la introducción de cambios, sustituciones u otras modificaciones a las normas y disposiciones estipuladas en esta IaL, a menos que lo ordene o apruebe por escrito el PNUD en forma de Información Adicional a la IaL.

  • Se informará por escrito a todos los posibles Licitantes de todos los cambios o modificaciones y de las instrucciones adicionales a través de dicha Información Adicional a la IaL, por los medios que se especifican en la Hoja de Datos (HdD, nº 18).

  • Le informamos que usted podrá acceder, rectificar, suprimir sus datos o limitar algunos tratamientos, oponerse a determinados usos de los mismos, así como ejercer otros derechos adicionales que se detallan en “la Información Adicional de Protección de Datos”, aportando copia de su DNI, mediante un escrito dirigido al Servicio de Atención al Cliente del Xxxxx Xxxxxxxx (Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 2-50008 Zaragoza) o mediante un correo electrónico dirigido al e-mail xxx@xxxxxxxx.xx.

  • Podrá ejercer los derechos que le confiere la normativa sobre protección de datos conforme a lo establecidos en la Información Adicional de Protección de Datos disponible en la Política de Privacidad de nuestra página web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx.

  • Le informamos que puede retirar el consentimiento prestado para ello, sin que esto afecte a la licitud del tratamiento, conforme a lo descrito en nuestra Información Adicional de Protección de Datos.

  • Información Adicional Se hace entrega en soporte papel de la información adicional y detallada sobre Protección de Datos, estando disponible igualmente en nuestra página web: xxx.xxx.xx.

  • Puede consultar Información Adicional y detallada sobre Protección de Datos en la ficha del Portal Ciudadano correspondiente a este trámite (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxx/-/xxxxxxx/xxxxx/0000) dentro de la pestaña 'Más información'.

  • Derechos: Usted puede ejercer sus derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación, Oposición y Portabilidad, conforme a los procedimientos previstos en la Información Adicional.

  • Información Adicional: Puede acceder a la Información Adicional y detallada sobre el tratamiento de sus datos personales en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx-xxxxx En .......................................................


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Información Adicional. Precio de incorporar 1 nodo adicional a cualquiera de las plataformas) Mantenimiento Mantenimiento 1 mes Plataformas TIPO A Mantenimiento 1 mes Plataformas TIPO B Mantenimiento 60 meses Plataformas TIPO A Mantenimiento 60 meses Plataformas TIPO B Formación Formación (gastos de desplazamiento incluidos) Instalación y puesta en marcha Instalación y puesta en marcha de 4 Plataformas en estadios de la Comunidad de Madrid (gastos de desplazamiento incluidos, conforme a lo dispuesto en las Bases de la Contratación) En , a de de 2017. Fdo.
Información Adicional. Puede consultar la Información Adicional de Protección de Datos en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xx- privacidad/colaboradores.jsp Vd. puede marcar esta casilla en caso de oponerse al tratamiento y comunicación de los datos de carácter personal por Fundación MAPFRE Guanarteme para el envío de información sobre esta entidad. En todo caso, el consentimiento para el tratamiento de sus datos con dicha finalidad tiene carácter revocable, pudiendo retirar en cualquier momento el consentimiento prestado o ejercitar cualquiera de los derechos mencionados en la forma indicada en la Información Adicional de Protección de Datos.
Información Adicional. Consejo de Administración.” Puesto en el Consejo de Vigencia Administración Presidente 7 años Vicepresidente 7 años Segundo vicepresidente Entre 3 y 7 años (como se establezca en la Asamblea General de Accionistas que lo elige. Este puesto está actualmente vacante.) Otros Directores del Consejo 1 año El Xx. Xxxxxxx nació el 22 de noviembre de 1940. Ha sido Presidente de Grupo TMM desde 1992. Durante su carrera profesional, ha sido propietario de varias compañías familiares en México. Entre los puestos más sobresalientes de su carrera profesional y empresarial están los siguientes: Presidente del Comité Ejecutivo y Presidente del Consejo de Grupo Anáhuac, S.A. de C.V. y Presidente del Comité Ejecutivo y Presidente del Consejo xx Xxxxx Mexicanos, S.A. de C.V. El Xx. Xxxxxxx tiene una maestría en ingeniería de la Universidad Xxxxxxxxx en Pensilvania, E.U.A. El Xx. Xxxxxxxxx nació el 13 de julio de 1936. El Xx. Xxxxxxxxx ha sido nombrado Primer Vicepresidente del Consejo de Administración de Grupo TMM desde el 30 xx xxxxx de 2013. Es miembro del Consejo de Automotriz México, S.A. de C.V y de Diesel de Toluca, S.A. de C.V. El Xx. Xxxxxxxxx es actualmente un socio de Xxxxxxxxx Xxxxx, S.C. La Xxx. Xxxxxxx nació el 16 xx xxxxx de 1946. La Xxx. Xxxxxxx es fundadora de la Sociedad Internacional de Valores de Arte Mexicano, A.C. (SIVAM), que promueve la música clásica y el alcance para los artistas talentosos de México, Además, es una promotora activa del arte mexicano en México y el extranjero. La Xxx. Xxxxxxx es esposa del Xx. Xxxx X. Serrano Segovia. El Xx. Xxxxxxxx nació el 1 de enero de 1941. Desde febrero de 2003, el Xx. Xxxxxxxx ha sido el Director General de Servicio Global de Asesoría y Cabildeo, S.C. y de San Xxxxx Trading Co., S.A. de C.V. Desde 1972 a enero de 2003, el Xx. Xxxxxxxx trabajó en la industria del cemento en México. En 1972, trabajó en Cemex, S.A. de C.V. como Director Corporativo de Planificación Estratégica. En 1982 se salió para ir a trabajar en Cementos Apasco, S.A. de C.V. como Director Corporativo Comercial e Internacional hasta 1990, cuando regresó a Cemex, para fungir como Director Corporativo de Proyectos Especiales. Tiene una licenciatura en Administración de Empresas de la Universidad Iberoamericana y un posgrado en Administración de la Universidad de Harvard. El Xx. Xxxxxxx nació el 3 de enero de 1941. Tiene una licenciatura en Arquitectura por la Universidad Nacional Autónoma de México y especialización en Comercio Exterior por el...
Información Adicional. Se muestran los datos ingresados en la solicitud de contratación correspondientes al código de material. ⮚ Descripción de material: Se presenta la descripción del bien y servicio del código material seleccionado.
Información Adicional. Toda la información facilitada podrá encontrarla ampliada en la información adicional que actualizables semestralmente. Así mismo, el suministro podrá ser suspendido: en caso de fuerza mayor y caso fortuito, en caso de fraude o está a su disposición en xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx El cálculo del precio de la energía a facturar por periodo se realizará en base al perfil inicial mensual publicado por manipulación, o de instalaciones peligrosas que supongan riesgo para la seguridad de personas o bienes; en general, Red eléctrica de España (REE). en los supuestos previstos en la normativa eléctrica vigente y, especialmente, por incumplimiento de las XENERA COMPAÑIA ELECTRICA, S.A. solicita su consentimiento para: La energía a facturar (el consumo) se obtendrá de las facturas ATR recibidas por parte de las distribuidoras.
Información Adicional. Instrumento Constitutivo y Estatutos” del Prospecto.

Related to Información Adicional

  • Licitación Pública Nacional Mixta No. Compranet: LPN-OP-006GSA001-004-2016 LO-006GSA001-E85-2016 Objeto: No. de Pag.64 de 109 Mantenimiento inmueble ubicado en Querétaro, propiedad de AGROASEMEX

  • Cliente Adicional significa la total aceptación por éste de las condiciones aquí establecidas. La designación de un menor de edad, como Adicional, implica el otorgamiento por parte del Titular, de un mandato a favor del menor, para la adquisición de bienes y servicios, por su cuenta y orden (Art. 1323 Código Civil y Comercia l). 3. Mediante la tarjeta el/los “Cliente/s” podrá/n efectuar adquisiciones de bienes y/o servicios en los Establecimientos o Comercios Adheridos al Sistema de Tarjetas del país o del exterior. Los comprobantes de compras y/o gastos realizados en el extranjero, cualquie ra fuese su país de origen y moneda, y los realizados en nuestro país con obligaciones estipuladas en moneda extranjera, le serán facturados al “Cliente” Titular a su equivalente en dólares estadounidenses y responderá a su pago en dicha moneda, o en pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses al momento del efectivo pago, declarando el “Cliente” que la operación se encuentra dentro de los márgenes autorizados por el B.C.R.A. para este tipo de operaciones. En el supuesto que no existiera en la República Argentina mercado de cambio, se tendrá en cuenta para el cálculo la relación de cotización entre el peso y el dólar estadounidense en el mercado libre de cambio tipo comprador de la ciudad de Zurich (Suiza) o de Londres (Inglaterra) a opción del “Banco”. En caso de autorización de débito automático, los consumos en moneda extranjera, expresados en dólares estadounidenses conforme lo estipulado en el párrafo anterior, serán debitados de la cuenta del “Cliente” Titular abierta en Pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses, vigente a la fecha del efectivo débito, salvo que el “Cliente” Titular opte expresamente por efectuar los pagos en dólares estadounidenses comunicándolo mediante notificación fehaciente con no menos de 48 hs. de anticipación a la fecha del vencimiento. 4. La Tarjeta de Crédito tendrá un plazo de vigencia de 3 (tres) años. Al vencimiento podrá ser renovada automáticamente por periodos iguales y consecutivos, salvo notificación escrita en contrario por un medio fehaciente por parte del/los “Cliente/s” Titular/es cursada al “Banco” con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha del comienzo del nuevo período o de las sucesivas renovaciones. . Al respecto, el “Banco” se obliga a notificar al “Cliente” Titular en los tres (3) últimos resúmenes anteriores al vencimiento de la relación contractual la fecha en que operará el mismo y el ejercicio de la renovación automática, salvo manifestación en contrario en su caso. 5. El/los “Cliente/s” Titulares podrán rescindir a su sola voluntad el presente, sin necesidad de invocar causa alguna y sin que ello de lugar a indemnización alguna, para lo cual deberá/n comunicarlo fehacientemente por escrito tal decisión al “Banco”, devolviendo la Tarjeta Titular y las Tarjetas Adicionales, si las hubiera y abonar el total de la deuda generada en las condiciones pactadas. El “Banco” podrá rescindir este Contrato en forma unilateral cuando existan causas objetivas vinculadas a la operatoria del “Cliente”, el uso del

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Información Confidencial significa información relacionada al Cliente, a la Persona Controladora, a sus Afiliadas, o a sus representantes respectivos, que ha sido recibida por El Banco, afiliadas de El Banco y sus respectivos representantes en el curso de proveer cuentas y servicios al Cliente, incluyendo Información Personal del Cliente, detalles de cuentas bancarias del Cliente, información transaccional y cualquier otra información que haya sido designada por el Cliente como confidencial al momento de ser proporcionada o que una persona razonable la consideraría como confidencial o de una naturaleza exclusiva.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Publicidad Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Usuarios significa, respecto de los Servicios, aquellos empleados, contratistas y usuarios finales, según corresponda, autorizados por Usted o en Su nombre para utilizar los Servicios de conformidad con este Contrato y Su orden. Respecto de aquellos Servicios que están específicamente diseñados para permitir que Sus clientes, agentes, proveedores u otros terceros accedan a los Servicios a fin de interactuar con Usted, dichos terceros se considerarán “Usuarios” sujetos a los términos de este Contrato y Su orden.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Licitante La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o bien de invitación a cuando menos tres personas.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Terceros Cualquier persona física o jurídica distinta de:

  • Empleados Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas o realizar tareas auxiliares que comporten atención a las personas.

  • Licitación Pública Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los Pliegos de Condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. La licitación pública nacional va dirigida a los Proveedores nacionales o extranjeros domiciliados legalmente en el país.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Condiciones Particulares Es el conjunto de cláusulas que particularizan un Contrato de Seguro, según aspectos relativos al riesgo individualizado que se asegura, datos del Contratante, Asegurado y beneficiario, vencimiento del contrato, periodicidad del pago xx xxxxxx e importe de las mismas, riesgos cubiertos y deducibles.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Convocante Es la institución de derecho público que requiere la provisión de servicios generales mediante convocatoria pública.