Common use of CONSULTAS Y ANÁLISIS Clause in Contracts

CONSULTAS Y ANÁLISIS. De forma previa, es preciso señalar que las consultas formuladas se encuentran vinculadas a la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 (en adelante, la “Ley”), y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF (en adelante, el “Reglamento”)1; por tanto, serán absueltas bajo sus alcances. Las consultas formuladas son las siguientes:

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CONSULTAS Y ANÁLISIS. De forma previa, es preciso oportuno señalar que las presentes consultas formuladas se encuentran vinculadas a la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo 1017 (en adelante, la “anterior Ley”), y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 184-2008-EF (en adelante, el “Reglamento”)1anterior Reglamento”)3; por tanto, serán absueltas la misma será absuelta bajo sus alcanceslos alcances de dicho cuerpo normativo (en adelante, “la anterior normativa de contrataciones del Estado”4). Las consultas formuladas son las siguientes:

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CONSULTAS Y ANÁLISIS. De forma previa, es preciso señalar que las presentes consultas formuladas se encuentran vinculadas a la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 (en adelante, la “anterior Ley"), y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF (en adelante, el “Reglamento”)1"anterior Reglamento")1; por tanto, serán absueltas bajo sus alcances. Las consultas formuladas son las siguientes:

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CONSULTAS Y ANÁLISIS. De forma previa, es preciso señalar que las consultas formuladas la presente consulta se encuentran vinculadas encuentra vinculada a la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 (en adelante, la "Ley"), y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF (en adelante, el “Reglamento”)1"Reglamento")1; por tanto, serán absueltas será absuelta bajo sus alcances. Las consultas formuladas son las siguientes:

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CONSULTAS Y ANÁLISIS. De forma previa, es preciso señalar que las consultas formuladas planteadas se encuentran vinculadas a la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 1017, modificada por la Ley N° 29873 (en adelante, la “anterior Ley”), y a su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF (en adelante, el “Reglamento”)1anterior Reglamento”)2; motivo por tantoel cual, éstas serán absueltas bajo sus alcanceslos alcances de dicha legislación (en adelante, la “anterior normativa de contrataciones del Estado”). Las consultas formuladas son las siguientes:

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