Contratación de personal. La contratación de los trabajadores se ajustará a las normas legales y a las específicas que figuran en el presente Convenio, comprometiéndose las empresas a la utilización de los distintos modos de contratación de acuerdo con la finalidad de cada uno de los contratos. La contratación del personal, a que se refiere el artículo 2 del presente Convenio se hará por escrito, cuyo texto contractual íntegro se facilitará al trabajador, al menos, con veinticuatro horas de antelación a la firma del contrato. La contratación de estos trabajadores se tramitará a través de las correspondientes Oficinas de Empleo. La duración máxima del contrato eventual por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos será de 12 meses, dentro de un período de 18 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Si se concertaran por tiempo inferior a 12 meses, podrán ser prorrogados por acuerdo de las partes, pero sin exceder la suma de los períodos contratados de 12 meses, dentro del período de 18 meses de límite máximo. Por R.D. 1424/2002, de 27 de diciembre, las empresas entregarán copia de los contratos a los representantes sindicales, conforme a lo dispuesto en el apartado 3 a), del artículo 8, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx.
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Samples: pruebaholgado.wordpress.com
Contratación de personal. La contratación de los trabajadores se ajustará a las normas legales y a las específicas que figuran en el presente pre- sente Convenio, comprometiéndose las empresas a la utilización de los distintos modos de contratación de acuerdo con la finalidad de cada uno de los contratos. La contratación del personal, a que se refiere el artículo 2 del presente Convenio se hará por escrito, cuyo texto contractual íntegro se facilitará al trabajador, al menos, con veinticuatro horas de antelación a la firma del contrato. La contratación de estos trabajadores se tramitará a través de las correspondientes Oficinas de Empleo. La duración máxima del contrato eventual por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos será de 12 meses, dentro de un período de 18 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Si se concertaran por tiempo inferior a 12 meses, podrán ser prorrogados por acuerdo de las partes, pero sin exceder la suma de los períodos contratados de 12 meses, dentro del período de 18 meses de límite máximo. Por R.D. 1424/2002, de 27 de diciembre, las Las empresas entregarán copia de los contratos a los representantes sindicales, conforme a lo dispuesto en el apartado 3 a), la Ley del artículo 8, del Real Decreto Legislativo 1/1995, Estatuto de 24 xx xxxxxlos Trabajadores.
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Samples: Convenio Colectivo De Mataderos
Contratación de personal. La contratación de los trabajadores se ajustará a las normas legales y a las específicas que figuran en el presente Convenio, comprometiéndose las empresas a la utilización de los distintos modos de contratación de acuerdo con la finalidad de cada uno de los contratos. La contratación del personal, a que se refiere el artículo 2 del presente Convenio convenio se hará por escrito, cuyo texto contractual íntegro se facilitará al trabajador, al menos, con veinticuatro horas de antelación a la firma del contrato. La contratación de estos trabajadores se tramitará a través de las correspondientes Oficinas de Empleo. La duración máxima del contrato eventual por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos será de 12 meses, dentro de un período de 18 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Si se concertaran por tiempo inferior a 12 meses, podrán ser prorrogados por acuerdo de las partes, pero sin exceder la suma de los períodos contratados de 12 meses, dentro del período de 18 meses de límite máximo. Por R.D. 1424/2002, de 27 de diciembre, las Las empresas entregarán copia de los contratos a los representantes sindicales, conforme a lo dispuesto en el apartado 3 a), la Ley del artículo 8, del Real Decreto Legislativo 1/1995, Estatuto de 24 xx xxxxxlos Trabajadores.
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Contratación de personal. La contratación de los trabajadores se ajustará a las normas legales y a las específicas que figuran en el presente Convenio, comprometiéndose las empresas em- presas a la utilización de los distintos modos de contratación de acuerdo con la finalidad de cada uno de los contratos. La contratación del personal, a que se refiere el artículo 2 del presente Convenio Con- venio se hará por escrito, cuyo texto contractual íntegro se facilitará al trabajadortraba- jador, al menos, con veinticuatro horas de antelación a la firma del contrato. La contratación de estos trabajadores se tramitará a través de las correspondientes correspon- dientes Oficinas de Empleo. La duración máxima del contrato eventual por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos será de 12 meses, dentro de un período de 18 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Si se concertaran por tiempo inferior a 12 meses, podrán ser prorrogados por acuerdo de las partes, pero sin exceder la suma de los períodos contratados de 12 meses, dentro del período de 18 meses de límite máximo. Por R.D. 1424/2002, de 27 de diciembre, las Las empresas entregarán copia de los contratos a los representantes sindicalessindi- cales, conforme a lo dispuesto en el apartado 3 a), la Ley del artículo 8, del Real Decreto Legislativo 1/1995, Estatuto de 24 xx xxxxxlos Trabajadores.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Mataderos De Aves Y Conejos