Common use of Contratación de personas con discapacidad Clause in Contracts

Contratación de personas con discapacidad. Las empresas de más de 50 trabajadores, a partir de la publicación del presente convenio, deberán asegurar el cumplimiento de la obligación de reserva en las contrataciones de al menos un 2% para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o de las medidas alternativas previstas de acuerdo al artículo 38, de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) y al Real Decreto 27/2000, de 14 de enero.

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Samples: www.boe.es, Convenio Colectivo Nacional De Centros De Enseñanza Privada

Contratación de personas con discapacidad. Las empresas de más de 50 trabajadores, a partir de la publicación del presente convenio, deberán asegurar el cumplimiento de la obligación de reserva en las contrataciones de al menos un 2% para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o de las medidas alternativas previstas de acuerdo al artículo 38, de la Ley 13/1982, ley 13/1982 de 7 xx xxxxx, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) y al Real Decreto 27/2000, de 14 de enero.

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Samples: www.fespugt.es, www.feusoandalucia.es

Contratación de personas con discapacidad. Las empresas de más de 50 trabajadores, a partir de la publicación del presente convenio, deberán debe- rán asegurar el cumplimiento de la obligación de reserva en las contrataciones de al menos un 2% para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o de las medidas alternativas previstas de acuerdo al artículo 38, de la Ley 13/1982, ley 13/1982 de 7 xx xxxxx, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) y al Real Decreto 27/2000, de 14 de enero.

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Samples: ceceib.es

Contratación de personas con discapacidad. Las empresas de más de 50 trabajadores, a partir de la publicación del presente convenio, deberán asegurar el cumplimiento de la obligación de reserva en las contrataciones de al menos me- nos un 22 % para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 3333 %, o de las medidas alternativas previstas de acuerdo al artículo 38, de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) y al Real Decreto 27/2000, de 14 de enero.

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Samples: doe.gobex.es