Common use of Contrato Clause in Contracts

Contrato. La APITOPO cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado.

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Contrato. La APITOPO cotejará previo Los vínculos contractuales que se generan tanto con personas naturales como jurídicas, como resultado de la suscripción a nuestro servicio de “Reserva de Experiencias Online Trypo”, se rigen por las condiciones aquí establecidas. Desde el momento en que éstos obtie- nen los derechos de uso o licencia de la plataforma, mediante la contratación del servicio, adquieren la calidad de Partner y aceptan todas las cláusulas aquí contenidas. Dichas cláu- sulas tienen efecto respecto del uso de Trypo, así como también de las Cuentas creadas y vinculadas por parte del Partner y/o sus empleados. Trypo no reconocerá ni aceptará cláusula alguna por parte del Partner, si ésta no se encuen- tra estipulada expresamente en este documento. Cualquier modificación o actualización que se realice en el presente registro, será informada con anticipación a las Partes intervinientes. El vínculo contractual, amparado por la suscripción realizada, tendrá una vigencia indefinida. Para poder suscribirse, el Partner deberá registrar la información requerida por Xxxxx. Si el Partner quisiera dar de baja los servicios contratados, deberá eliminar su cuenta y eliminar el contenido de la misma. Dicha cancelación podrá ser efectuada en el momento en que el Partner estime conveniente. Por otra parte, el Usuario, acepta suscribir un contrato vinculante, desde el punto de vista jurídico, al momento de registrarse o asociar algún tipo de Cuenta que le permita acceder o utilizar los servicios prestados por la plataforma. Si el Usuario no está conforme con los Térmi- nos y Condiciones aquí dispuestos, no debe aceptarlos. El no aceptar los Términos y Condi- ciones de Trypo imposibilita la creación de una Cuenta y, por lo tanto, el acceso a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición platafor- ma. Si, por el LICITANTE contrario, el Usuario acepta los Xxxxxxxx y Xxxxxxxxxxx, se da por hecho que resulte adjudicadolos ha leído y los comprende; asumiendo las responsabilidades y obligaciones que eso conlleva. La documentación que estará sujeta En caso de verificación serán existencia legalquerer finalizar el contrato aquí establecido, financiera el Usuario deberá cerrar su Cuenta y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesariano acceder a nuestros servicios ni usarlos. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Dicha acción puede ser realizada en el momento en que éste estime conveniente. Este contrato tiene aplicación sobre xxx.xxxxx.xx, las aplicaciones de la marca de Trypo y otros sitios relacionados con Trypo. Éste también tiene efecto sobre aplicaciones, comunica- ciones y otros servicios que declaran que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT ofrecen en virtud de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadoél.

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Samples: www.trypo.cl

Contrato. La APITOPO cotejará Los tiempos y orden de entrega pueden ser ajustados por acuerdo previo entre las partes. Cada fase será revisada por la comisión técnica y sometida a la firma Junta de Presidentes de Compromiso Santiago para su aprobación. El Consultor deberá entregar los informes y demás productos a la comisión técnica en medio magnético e impreso en papel, de acuerdo al calendario definido en los términos de referencia y consignado en el contrato de consultoría. Los informes aprobados servirán de base para el pago que realice la unidad ejecutora contratante. La asignación será realizada mediante un proceso coordinado y de consulta permanente entre el contratista y una comisión técnica multidisciplinaria designada por Compromiso Santiago y del contrato gabinete de construcción de la documentación original contra Presidencia de la presentada República. Se realizará por etapas sucesivas, con aprobaciones previas de cada etapa por parte de la comisión técnica antes de pasar a la siguiente hasta culminar con el proceso. La comisión técnica, acompañada de los peritos y representantes institucionales que considere necesarios, atenderá las consultas y solicitudes de aclaración que requieran atención, respuesta y observaciones para garantizar la óptima calidad del diseño de las obras y de los documentos ejecutivos requeridos en la proposición por asignación. El consultor o equipo de consultores deberá realizar en conjunto con el LICITANTE personal de la comisión técnica de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago las visitas necesarias a los lugares donde serán realizadas las obras con el propósito de recabar la mayor cantidad de información que resulte adjudicadole permita desarrollar los proyectos de manera eficiente. La documentación que estará sujeta De estas visitas, el consultor deberá realizar un informe de verificación serán existencia legalsituación actual de cada uno de los proyectos a intervenir, financiera donde se identifiquen las problemáticas existentes y contable, facturas las soluciones de maquinaria, cotizaciones las mismas. El diseño de materiales, contratos, actas las obras y documentos ejecutivos deberán tomar en cuenta los planes de entrega recepción desarrollo de infraestructuras de la Corporación del Acueducto y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio Alcantarillado de Administración Tributaria Santiago (SATCORAASAN), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) Alcaldía de Santiago y otros actores clave, así como cumplir con la legislación y normativas nacionales y municipales vigentes relacionadas con el cual no podrá exceder ordenamiento territorial, diseño y operación de los treinta días naturales siguientes al obras, arbitrios, permisología, así como de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento compras y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadocontrataciones públicas.

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Samples: Convenio Presidencia De La República Compromiso Santiago

Contrato. La APITOPO cotejará Los tiempos y orden de entrega pueden ser ajustados por acuerdo previo entre las partes. Cada fase será revisada por la comisión técnica y sometida a la firma Junta de Presidentes de Compromiso Santiago para su aprobación. El Consultor deberá entregar los informes y demás productos a la comisión técnica en medio magnético e impreso en papel, de acuerdo al calendario definido en los términos de referencia y consignado en el contrato de consultoría. Los informes aprobados servirán de base para el pago que realice la unidad ejecutora contratante. La asignación será realizada mediante un proceso coordinado y de consulta permanente entre el contratista y una comisión técnica multidisciplinaria designada por Compromiso Santiago y del contrato gabinete de construcción de la documentación original contra Presidencia de la presentada República. Se realizará por etapas sucesivas, con aprobaciones previas de cada etapa por parte de la comisión técnica antes de pasar a la siguiente hasta culminar con el proceso. La comisión técnica, acompañada de los peritos y representantes institucionales que considere necesarios, atenderá las consultas y solicitudes de aclaración que requieran atención, respuesta y observaciones para garantizar la óptima calidad del diseño de las obras y de los documentos ejecutivos requeridos en la proposición por asignación. El consultor o equipo de consultores deberá realizar en conjunto con el LICITANTE personal de la comisión técnica y de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago las visitas necesarias a los lugares donde serán realizadas las obras con el propósito de recabar la mayor cantidad de información que resulte adjudicadole permita desarrollar los proyectos de manera eficiente. La documentación que estará sujeta De estas visitas, el consultor deberá realizar un informe de verificación serán existencia legalsituación actual de cada uno de los proyectos a intervenir, financiera donde se identifiquen las problemáticas existentes y contable, facturas las soluciones de maquinaria, cotizaciones las mismas. El diseño de materiales, contratos, actas las obras y documentos ejecutivos deberán tomar en cuenta los planes de entrega recepción desarrollo de infraestructuras de la Corporación del Acueducto y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio Alcantarillado de Administración Tributaria Santiago (SATCORAASAN), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) Alcaldía de Santiago y otros actores clave, así como cumplir con la legislación y normativas nacionales y municipales vigentes relacionadas con el cual no podrá exceder ordenamiento territorial, diseño y operación de los treinta días naturales siguientes al obras, arbitrios, permisología, así como de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento compras y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadocontrataciones públicas.

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Samples: Convenio Presidencia De La República Compromiso Santiago

Contrato. La APITOPO cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado2.‐ Las Condiciones Generales de Contrato de Arrendamiento de Vehículos Motorizados. La documentación que estará sujeta 3.‐ Acta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas Entrega/Recepción Vehículo. 4.‐ Condiciones Generales de maquinaria, cotizaciones Arriendo para Auto de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT)Reemplazo, en el caso que se emita corresponda. Se deja constancia que el arrendador arrienda el vehículo al arrendatario sobre la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT base de la miscelánea fiscal que los datos que éste último ha proporcionado acerca de su identidad, edad, domicilio, aptitud física y psíquica, y posesión de licencia legal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRMconducir vehículos son verdaderos, válidos y vigentes. El LICITANTE al arrendador se reserva todas las acciones civiles y penales que procedan en caso que la individualización del arrendatario sea falsa o manifiestamente inexacta. Xxxxxx Rent a Car S.A. se le adjudique reserva el contratoderecho de cobrar un día de arriendo por concepto de NO SHOW, procederá a firmarlo en la Gerencia caso de Operaciones e Ingeniería no dar aviso de la Administración Portuaria Integral su anulación de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir 48 horas hábiles antes de la fecha de emisión entrega del Falloarriendo ya acordada. En caso de arriendos prepagados no se realizarán reembolsos o devoluciones por días no utilizados, entregando las garantías por Anticipocualquiera sea el motivo de la devolución. No se realizarán devoluciones en caso de reservas prepagadas NO SHOW. En los reembolsos, cualquiera sea la circunstancia que de Cumplimiento lugar a éste, se descontará la comisión que cobra x Xxxxxx Rent a Car S.A., el prestador del servicio de pago web. Para autorizar a un conductor se requerirá copia de su licencia de conducir y cédula de identidad o pasaporte vigentehasta el término del contrato. En caso de que la licencia de conducir no esté escrita en alfabeto latino, se requerirá una licencia de conducir internacional. El arrendatario declara recibir, en este acto, el referido vehículo en perfecto estado mecánico, y de Contingencia laboral dentro funcionamiento y carrocería según Acta de Entrega/Recepción Vehículo, con su equipo, accesorios y dispositivo electrónico denominado TAG o Televía habilitado y con la correspondiente placa patente, permiso de circulación, seguro obligatorio y revisión técnica, todos vigentes. Al efecto, declara el arrendatario haber verificado que el vehículo arrendado cuenta con los 15 días naturales posteriores a accesorios necesarios según la emisión normativa legal vigente, como así también lo detallado en la respectiva Acta de Entrega/Recepción Vehículo que el arrendatario ha firmado conforme al momento de arrendar el vehículo, siendo de responsabilidad del fallo e invariablemente antes arrendatario exigir la entrega de la formalización misma. En todo caso, si no se hiciera entrega del contrato respectivo. Una vez adjudicado vehículo en el contratoplazo, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; peroforma y condiciones expresados anteriormente, con cualquierasea la situación o circunstancia, le quedará al arrendatario prohibido hacer uso del vehículo, entendiéndose que desde ese momento aquel se utiliza sin conocimiento ni autorización previa de su propietario, siendo de responsabilidad exclusiva del arrendatario los hechos o actos que sobrevinieran, sin perjuicio de la Gerencia facultad del arrendador para denunciar la apropiación indebida o robo del vehículo de Operaciones e Ingenieríamanera inmediata, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos para ejercer cualquier acción legal que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadoderecho corresponda.

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Contrato. La APITOPO cotejará previo a 13.1. Una vez notificada la firma adjudicación el adjudicatario tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles para entregar en las dependencias de SECOPLAC, los siguientes documentos: - Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato la documentación original contra la presentada Contrato, según lo indicado en la proposición el punto 22.1 de las presentes Condiciones de Arriendo. - Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, según lo indicado en el punto 29.1 de las presentes Condiciones de Arriendo. - Certificado de antecedentes personales para fines especiales, emitidos por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legalRegistro Civil e Identificación si es persona natural, financiera y contableo del o los Representante(s) Legal(es) si es persona jurídica, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo una antigüedad no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión la firma del Fallocontrato. - Documento donde conste la personería del representante legal del adjudicatario, entregando las garantías en caso de ser persona jurídica - La Dirección de Asesoría Jurídica le exigirá un estado de situación de deuda, documento emitido por Anticipola Dirección de Cobranzas o Departamento xx Xxxxxx Municipal, con el objetivo de Cumplimiento verificar que los futuros arrendatarios no tengan deudas pendientes con pagos de patentes comerciales con la Municipalidad de Iquique. Será obligatorio para el adjudicado tener sus pagos vigentes al día de patentes comerciales previo a la firma de contrato. SECOPLAC, tendrá un plazo de 2 días hábiles para remitir la documentación entregada por el adjudicatario, a la Dirección de Asesoría jurídica, la cual una vez recepcionada la documentación, preparará y redactará el contrato respectivo, dentro del término de Contingencia laboral 6 días hábiles, el cual deberá ser suscrito por el adjudicatario, dentro de los 15 4 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes hábiles siguientes. Por lo tanto, desde que el adjudicatario es notificado de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado adjudicación, hasta que se suscribe el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa habrá un plazo de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obrashasta 27 días hábiles totales. El contrato se pactará sobre entenderá perfeccionado, una vez que la base Dirección de precios unitariosControl Interno Municipal, estableciendo así curse el Decreto Alcaldicio que aprueba el contrato. De no acompañar; los documentos mencionados en el punto 13.1, SECOPLAC, tendrá un plazo de 2 días hábiles para informar de ello a Dirección de Asesoría Jurídica, o en el caso de que el importe oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido para ello, y siendo dicha omisión atribuible al adjudicatario, la Dirección de Asesoría Jurídica, comunicará esto al Sr. Alcalde quien procederá a dejar sin efecto el decreto respectivo y podrá readjudicar a otro oferente que hubiere cumplido con los requisitos establecidos en las Condiciones de Arriendo y en las especificaciones técnicas y así sucesivamente si es que no se cumple con los requisitos estipulados anteriormente. La readjudicación se aplicará siempre y cuando la oferta, sea conveniente a los intereses municipales. Se entenderá que forman parte del contrato, las presentes condiciones, las consultas y sus respuestas, las aclaraciones, las rectificaciones, complementaciones y enmiendas de las Condiciones, las Ofertas Técnicas y Económicas y otros documentos adjuntos, por el oferente adjudicado. El Arrendatario al suscribir el contrato, acepta y reconoce que se trata de la remuneración administración de un servicio al público y que su interrupción o pago total suspensión puede ocasionar serios perjuicios al interés general, aceptando por ello la aplicación de las sanciones y multas correspondientes, estipuladas en las presentes Condiciones de Arriendo. Será el que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad indique en el Decreto de concepto Adjudicación, producto de obra terminadola oferta seleccionada, se expresará en Unidades de Fomento (U.F.).

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Samples: www.municipioiquique.cl

Contrato. La APITOPO cotejará previo El postor al que se haya otorgado la Buena Pro deberá cumplir con suscribir el Contrato que figura en el Anexo N° 8, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la firma del contrato fecha en que queda consentida la documentación original contra la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta Buena Pro, de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II Artículo 118° del Reglamento. En caso que el postor ganador no se presente en el día previsto se aplicará lo señalado en el numeral 3 del Art. 118° del Reglamento. El representante de la LOPSRMempresa a la que se otorgue la Buena Pro deberá presentar un poder debidamente inscrito en los Registros Públicos que cumpla con los requisitos siguientes: Ser vigente, de fecha reciente y estar otorgado por persona(s) autorizada(s) de la empresa para dar representación a terceros y estar certificado notarialmente. Contener especificación de la facultad para firmar en representación, con mención de la persona o personas autorizadas. Para suscribir el Contrato, el postor favorecido con la Buena Pro deberá presentar un Certificado emitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE que acredite que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado. El LICITANTE Postor Ganador deberá presentar: Garantía de Fiel Cumplimiento (Artículo 122º del Reglamento).- Antes de la suscripción del Contrato. Debe tener un importe equivalente al 10% del monto total del Contrato y una vigencia hasta la aprobación de la liquidación final del Contrato. Esta garantía se ejecutará de conformidad con lo señalado en el artículo 124° del Reglamento. Las Garantías, con vigencia anual, deberán prorrogarse con treinta días calendario, previos a su vencimiento. Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Propuesta (Artículo 123º del Reglamento).- Debe ser presentada por el postor favorecido en el caso de que se le adjudique su propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del 10%. Debe ser presentada conjuntamente con la Garantía de Fiel Cumplimiento, cumpliendo las mismas condiciones y vigencia. Esta garantía adicional es por un monto equivalente a la diferencia entre el contratoValor Referencial y la Propuesta Económica. Las mencionadas garantías deberán ser incondicionales, procederá a firmarlo solidarias, irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, y emitidas por entidades sujetas al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la Gerencia última lista de Operaciones e Ingeniería Bancos Extranjeros de la Administración Portuaria Integral Primera Categoría que periódicamente publica el Banco Central de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadoReserva.

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Contrato. La APITOPO cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta 2.‐ Las Condiciones Generales de verificación serán existencia legalContrato de Arrendamiento de Vehículos Motorizados, financiera y contable3.‐ Acta de Entrega/Recepción Vehículo y, facturas 4.‐ Condiciones Generales de maquinaria, cotizaciones Arriendo para Auto de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT)Reemplazo, en el caso que corresponda. Se deja constancia que el arrendador arrienda el vehículo al arrendatario sobre la base de que los datos que éste último ha proporcionado acerca de su identidad, edad, domicilio, aptitud física y psíquica, y posesión de licencia legal para conducir vehículos son verdaderos, válidos y vigentes. El arrendador se emita reserva todas las acciones civiles y penales que procedan en caso que la opinión sobre individualización del arrendatario sea falsa o manifiestamente inexacta. 2‐ RESERVA: Xxxxxx Xxxx a Car S.A. no confirma modelo, color, ni marca específica de vehículo, sólo categoría. Xxxxxx Rent a Car S.A. mantendrá reservado el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución vehículo para su arriendo hasta un periodo máximo de 1 hora posterior a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo hora indicada en la Gerencia reserva, de Operaciones e Ingeniería lo contrario el servicio quedará NO SHOW (libre para otro arriendo). Xxxxxx Rent a Car S.A. se reserva el derecho de la Administración Portuaria Integral cobrar un día de Topolobampo S.A. arriendo por concepto de C.V. En un plazo NO SHOW , en caso de no mayor a 30 días naturales contados a partir dar aviso de su anulación antes de 24 horas hábiles antes de la fecha de emisión entrega del Falloarriendo. En caso de arriendos prepagados no se realizarán reembolsos o devoluciones por días no utilizados, entregando las garantías cualquiera sea el motivo de la devolución. No se realizarán devoluciones en caso de reservas prepagadas NO SHOW. 3.‐ CONDUCTORES: El vehículo objeto del presente contrato deberá ser manejado única y exclusivamente por Anticipoel arrendatario o por otros conductores autorizados y declarados al momento de la suscripción del contrato, debiendo en tal caso consignarse los nombres y antecedentes en los casilleros correspondientes del contrato, los cuales en ningún caso podrán ser menores de Cumplimiento 21 años de edad y si ello ocurriese es de Contingencia laboral dentro absoluta y única responsabilidad del arrendatario, aceptando desde ya el pago de todos los 15 días naturales posteriores daños que pueda causar a la emisión del fallo e invariablemente antes empresa, al vehículo y/o a terceros. En caso de agregar conductores adicionales, estos deben presentar la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así misma documentación que el importe conductor titular. Para autorizar a un conductor se requerirá copia de su licencia de conducir y cédula de identidad o pasaporte vigente hasta el término del contrato. En caso de que la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA licencia de conducir no esté escrita en alfabeto latino, se hará por unidad requerirá una licencia de concepto de obra terminadoconducir internacional.

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Contrato. Una vez que haya sido adjudicada la propuesta, ésta se notificará al oferente adjudicado (Se entiende por fecha de Notificación la estipulada en el reglamento de compras públicas de la Ley 19.886. Lo anterior sin perjuicio de que sea notificado mediante oficio conductor que emane la Unidad Técnica Municipal). La APITOPO cotejará previo Unidad Técnica Municipal solicitará al oferente adjudicado el ingreso de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el cual tendrá un plazo de 10 días corridos para ingresarla (los montos o porcentajes están estipulados precedentemente) y sólo una vez ingresada dicha garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato se procederá a la suscripción del contrato respectivo, el cual será redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Chiguayante. Cabe mencionar que la notificación de la resolución de adjudicación, a las partes, debe entenderse realizada luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el sistema de información Mercado Público dicho acto administrativo, según lo establece el artículo 6 del Reglamento de la ya referida ley 19.886. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 5 días hábiles para firmar el contrato, contados desde la notificación que emitirá la Unidad Técnica Municipal vía correo electrónico. El contrato se suscribirá por el oferente adjudicado con la respetiva representación o mandato judicial, y se realizará en el Municipio de Chiguayante, salvo que la Dirección de Asesoría Xxxxxxxx indique lo contrario, el tal caso el contrato deberá ser firmado ante Notario Público. Posteriormente a la firma del contrato el oferente deberá aceptar la documentación original contra Orden de Compra emitida a través del sistema de información, Mercado Público. Si el oferente adjudicado no ingresa la presentada en respectiva boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato dentro del plazo señalado precedentemente, la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizadoMunicipalidad podrá, en originalatención a las necesidades del servicio, expedido por dejar sin efecto el Servicio Decreto de Administración Tributaria (SAT)Adjudicación y hacer efectiva administrativamente la garantía de “Seriedad de la Oferta”. Del mismo modo, sino se diere cumplimiento a lo indicado precedentemente, la Municipalidad podrá dejar sin efecto el acto administrativo original y adjudicar la misma propuesta al oferente que le siguiese en puntaje en el que se emita la opinión sobre orden de prelación según el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALESacta de evaluación. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del falloArt. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado41 inciso final Reglamento Ley 19.886.

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