Contrato. La APITOPO cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado.
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Samples: Licitación, Licitación
Contrato. La APITOPO cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta 2.‐ Las Condiciones Generales de verificación serán existencia legalContrato de Arrendamiento de Vehículos Motorizados, financiera y contable3.‐ Acta de Entrega/Recepción Vehículo y, facturas 4.‐ Condiciones Generales de maquinaria, cotizaciones Arriendo para Auto de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT)Reemplazo, en el caso que corresponda. Se deja constancia que el arrendador arrienda el vehículo al arrendatario sobre la base de que los datos que éste último ha proporcionado acerca de su identidad, edad, domicilio, aptitud física y psíquica, y posesión de licencia legal para conducir vehículos son verdaderos, válidos y vigentes. El arrendador se emita reserva todas las acciones civiles y penales que procedan en caso que la opinión sobre individualización del arrendatario sea falsa o manifiestamente inexacta. 2‐ RESERVA: Xxxxxx Xxxx a Car S.A. no confirma modelo, color, ni marca específica de vehículo, sólo categoría. Xxxxxx Rent a Car S.A. mantendrá reservado el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución vehículo para su arriendo hasta un periodo máximo de 1 hora posterior a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo hora indicada en la Gerencia reserva, de Operaciones e Ingeniería lo contrario el servicio quedará NO SHOW (libre para otro arriendo). Xxxxxx Rent a Car S.A. se reserva el derecho de la Administración Portuaria Integral cobrar un día de Topolobampo S.A. arriendo por concepto de C.V. En un plazo NO SHOW , en caso de no mayor a 30 días naturales contados a partir dar aviso de su anulación antes de 24 horas hábiles antes de la fecha de emisión entrega del Falloarriendo. En caso de arriendos prepagados no se realizarán reembolsos o devoluciones por días no utilizados, entregando las garantías cualquiera sea el motivo de la devolución. No se realizarán devoluciones en caso de reservas prepagadas NO SHOW. 3.‐ CONDUCTORES: El vehículo objeto del presente contrato deberá ser manejado única y exclusivamente por Anticipoel arrendatario o por otros conductores autorizados y declarados al momento de la suscripción del contrato, debiendo en tal caso consignarse los nombres y antecedentes en los casilleros correspondientes del contrato, los cuales en ningún caso podrán ser menores de Cumplimiento 21 años de edad y si ello ocurriese es de Contingencia laboral dentro absoluta y única responsabilidad del arrendatario, aceptando desde ya el pago de todos los 15 días naturales posteriores daños que pueda causar a la emisión del fallo e invariablemente antes empresa, al vehículo y/o a terceros. En caso de agregar conductores adicionales, estos deben presentar la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así misma documentación que el importe conductor titular. Para autorizar a un conductor se requerirá copia de su licencia de conducir y cédula de identidad o pasaporte vigente hasta el término del contrato. En caso de que la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA licencia de conducir no esté escrita en alfabeto latino, se hará por unidad requerirá una licencia de concepto de obra terminadoconducir internacional.
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Contrato. RANGO (S.M.M.L.V) FORMALIDADES Inferiores a 25 SMMLV Se utiliza cuando la Entidad adquiera un Bien o Servicio cuya cuantía se encuentra en este rango. Requiere: - Propuesta escrita ó Cotización - Orden de compromiso presupuestal No Requiere: - Documento Escrito ó Contrato Superiores A 25 y Hasta 50 SMMLV Requiere: - De tres cotizaciones - Acta de Comité de Compras: De manera excepcional el comité de compras podrá prescindir de las cotizaciones exigidas por razones de conveniencia, economía, celeridad, eficacia, eficiencia, pertinencia, previa justificación. - El Comité de Xxxxxxx puede autorizar un contrato Intuito Persona. Superiores A 50 SMMLV Requiere: - Autorización de la Junta Directiva. - De tres Cotizaciones. - La APITOPO cotejará previo a Junta Directiva podrá autorizar un contrato Intuito Persona. En caso de que un producto o servicio sea exclusivo de un proveedor se podrá prescindir de las demás cotizaciones exigidas. Si se solicitan las cotizaciones requeridas según la firma cuantía y los invitados no allegan sus propuestas en la fecha establecida, se puede decidir la adjudicación del contrato entre los proponentes que presentaron la documentación original contra oferta. Si durante la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización ejecución del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contratose requiere modificar las condiciones del mismo, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; perose debe solicitar la elaboración del Otro si, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadodirector/a Jurídica.
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Samples: Contract
Contrato. La APITOPO cotejará previo a 13.1. Una vez notificada la firma adjudicación el adjudicatario tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles para entregar en las dependencias de SECOPLAC, los siguientes documentos: - Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato la documentación original contra la presentada Contrato, según lo indicado en la proposición el punto 22.1 de las presentes Condiciones de Arriendo. - Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, según lo indicado en el punto 29.1 de las presentes Condiciones de Arriendo. - Certificado de antecedentes personales para fines especiales, emitidos por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legalRegistro Civil e Identificación si es persona natural, financiera y contableo del o los Representante(s) Legal(es) si es persona jurídica, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo una antigüedad no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión la firma del Fallocontrato. - Documento donde conste la personería del representante legal del adjudicatario, entregando las garantías en caso de ser persona jurídica - La Dirección de Asesoría Jurídica le exigirá un estado de situación de deuda, documento emitido por Anticipola Dirección de Cobranzas o Departamento xx Xxxxxx Municipal, con el objetivo de Cumplimiento verificar que los futuros arrendatarios no tengan deudas pendientes con pagos de patentes comerciales con la Municipalidad de Iquique. Será obligatorio para el adjudicado tener sus pagos vigentes al día de patentes comerciales previo a la firma de contrato. SECOPLAC, tendrá un plazo de 2 días hábiles para remitir la documentación entregada por el adjudicatario, a la Dirección de Asesoría jurídica, la cual una vez recepcionada la documentación, preparará y redactará el contrato respectivo, dentro del término de Contingencia laboral 6 días hábiles, el cual deberá ser suscrito por el adjudicatario, dentro de los 15 4 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes hábiles siguientes. Por lo tanto, desde que el adjudicatario es notificado de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado adjudicación, hasta que se suscribe el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa habrá un plazo de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obrashasta 27 días hábiles totales. El contrato se pactará sobre entenderá perfeccionado, una vez que la base Dirección de precios unitariosControl Interno Municipal, estableciendo así curse el Decreto Alcaldicio que aprueba el contrato. De no acompañar; los documentos mencionados en el punto 13.1, SECOPLAC, tendrá un plazo de 2 días hábiles para informar de ello a Dirección de Asesoría Jurídica, o en el caso de que el importe oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido para ello, y siendo dicha omisión atribuible al adjudicatario, la Dirección de Asesoría Jurídica, comunicará esto al Sr. Alcalde quien procederá a dejar sin efecto el decreto respectivo y podrá readjudicar a otro oferente que hubiere cumplido con los requisitos establecidos en las Condiciones de Arriendo y en las especificaciones técnicas y así sucesivamente si es que no se cumple con los requisitos estipulados anteriormente. La readjudicación se aplicará siempre y cuando la oferta, sea conveniente a los intereses municipales. Se entenderá que forman parte del contrato, las presentes condiciones, las consultas y sus respuestas, las aclaraciones, las rectificaciones, complementaciones y enmiendas de las Condiciones, las Ofertas Técnicas y Económicas y otros documentos adjuntos, por el oferente adjudicado. El Arrendatario al suscribir el contrato, acepta y reconoce que se trata de la remuneración administración de un servicio al público y que su interrupción o pago total que deba cubrirse suspensión puede ocasionar serios perjuicios al CONTRATISTA se hará interés general, aceptando por unidad ello la aplicación de concepto las sanciones y multas correspondientes, estipuladas en las presentes Condiciones de obra terminadoArriendo.
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Samples: Condiciones De Arriendo
Contrato. La APITOPO cotejará previo Previo a la firma del contrato Contrato, el INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA, exigirá la presentación de la documentación original contra que se detalla a continuación otorgándole al adjudicatario el plazo de 15 (quince) días hábiles: - Constancia de cuenta corriente y/o Clave Bancaria Uniforme (CBU). - Constancia de Inscripción A.R.T. Debe presentar certificado y/o constancia de afiliación a ART, emitido por aseguradora de riesgos de trabajo en el rubro construcción, con nómina de trabajadores. - Nota de la presentada en empresa contratista remitida a la proposición Unidad Central de Contrataciones conforme lo exige el artículo precedente. - Original del Certificado de Capacidad para Contratar actualizado, emitido por el LICITANTE que resulte adjudicadoRegistro de Contratistas de Obras Públicas. La - Seguro contra riesgo de incendio. - Seguro de Responsabilidad Civil contra terceros. - En el caso de existir correcciones formuladas por la Comisión de Preadjudicación, deberá presentar la documentación que estará sujeta pertinente con las correcciones y/o aclaraciones correspondientes a las Observaciones. Asimismo, la Contratista deberá: *Constituir garantía de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas pago de maquinaria, cotizaciones anticipo financiero mediante póliza de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido caución por el Servicio 100 % (cien por ciento) del monto a abonar en concepto de Administración Tributaria (SAT)anticipo financiero, tomándose como referencia el valor del mismo en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALESUVI. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT El monto de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder póliza de los treinta días naturales siguientes al de caución debe expresarse en pesos argentinos, indicando su equivalente en UVI y la notificación cotización del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá UVI vigente a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión apertura de sobres, conforme valores publicados por el Banco Central de la República Argentina. La póliza debe consignar expresamente: “Se deja expresa constancia que la suma máxima asegurada correspondiente a la presente póliza se encuentra expresada en pesos argentinos, equivalente a xxx UVIs conforme cotización 1 UVI = $ xx del Fallodía xx/xx/xx publicada por el Banco *Constituir garantía de ejecución del contrato mediante póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del Monto del Contrato tomándose como referencia el valor del mismo en UVI. El monto de la póliza de caución debe expresarse en pesos argentinos, entregando las garantías indicando su equivalente en UVI y la cotización del UVI vigente a la fecha de apertura de sobres, conforme valores publicados por Anticipoel Banco Central de la República Argentina. De conformidad al art. 45 del Dcto 1319/18. La póliza debe consignar expresamente: “Se deja expresa constancia que la suma máxima asegurada correspondiente a la presente póliza se encuentra expresada en pesos argentinos, equivalente a xxx UVIs conforme cotización 1 UVI = $ xx del día xx/xx/xx publicada por el Banco Central de la República Argentina. Asimismo, se aclara que cualquier pago indemnizatorio que corresponda abonar al Asegurado, será efectuado en pesos argentinos, no obstante lo cual a los efectos del cálculo del importe correspondiente, se utilizará la cotización UVI publicada por el Banco Central de la República Argentina, considerando como equivalente de suma máxima asegurada la cantidad de xxx UVIs.” En la póliza deberá constar expresamente:
A) Constitución por parte de la aseguradora de domicilio en la Ciudad de Salta;
B) La Aseguradora se deberá obligar en carácter de fiador solidario, liso llano y principal pagador, con renuncia a los beneficios de exclusión y división;
C) Consignar que el Asegurado es el Instituto Provincial de Vivienda de Salta, habiéndose consignado correctamente su domicilio legal;
D) Consignar el objeto de la póliza detallando: número de expediente, de Cumplimiento contratación y número de Contingencia laboral resolución de adjudicación.
E) El cumplimiento del pago del Impuesto de Sellos, para lo cual las Compañías Aseguradoras deberán observar lo dispuesto por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta, a través de su Resolución Nº40/84, Art. 12; Cumplido los requisitos de este Artículo, se procederá a la firma del Contrato, una vez analizada esta Documentación y dentro de los 15 cinco (5) días naturales posteriores hábiles administrativos. La Contratista estará obligada a solventar el Sellado del Contrato en la parte obligada por Ley (cincuenta por ciento). A los fines del cumplimiento de lo establecido en el art. 5 inc A) punto 8) del Dcto 1319/18, este IPV remitirá copia fiel del Contrato de Obra Pública suscripto a la emisión del fallo e invariablemente antes Unidad Central de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadoContrataciones.
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Samples: Adjudicación Simple
Contrato. La APITOPO cotejará El licitante que resulte adjudicado, previo a la firma del contrato correspondiente, deberá entregar de manera inmediata a la documentación convocante, original contra o copia certificada para su cotejo de los documentos siguientes:
x. Xxxxxxxxxx de Situación Fiscal (RFC) actualizada.
ii. Copia de Acta constitutiva y en su caso modificaciones a la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicadomisma (tratándose de personas xxxxxxx).
iii. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia Escritura Pública del poder notarial del representante legal, financiera y contable, facturas que contenga las facultades para suscribir el contrato correspondiente.
iv. Copia de maquinaria, cotizaciones Comprobante de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria domicilio (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir tres meses).
v. Copia de Identificación Oficial vigente.
vi. Copia de CURP para el caso de personas físicas.
vii. Copia de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes constancia de la formalización del contrato respectivopolítica de integridad o compromiso de implementación.
viii. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa Copia de la Gerencia constancia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto curso de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obrasprevención de corrupción. El contrato se pactará sobre formalizará por el participante adjudicado, dentro de los 10-diez días hábiles siguientes a la base fecha en que se dé a conocer el fallo y adjudicación. No obstante, lo anterior, en aquellos casos en los cuales la Dirección de precios unitariosAdquisiciones así lo determine, estableciendo así podrá ampliarse dicho plazo para la formalización del contrato, sin que la ampliación pueda ser superior a los 30-treinta días hábiles, según lo establecido en el artículo 264 del Reglamento; la firma del contrato se realizará en el domicilio de la Dirección de Adquisiciones, ubicado en xxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx 000 xxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, 0° xxxx, xx xx Xxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, en un horario comprendido de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas. La vigencia del contrato será a partir del 30 xx xxxx del 2023 al 30 xx xxxxxx del 2023. En caso de que el importe participante ganador en la presente Subasta Electrónica Inversa no firme el contrato correspondiente, será sancionado en los términos del Reglamento de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de concepto Servicios del Municipio de obra terminadoSan Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León.
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Samples: Subasta Electrónica Inversa
Contrato. La APITOPO cotejará previo a 12.1.- El contrato, se entenderá perfeccionado con la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) Municipalidad de Iquique y el cual no podrá exceder o los oferentes adjudicados de los treinta la presente propuesta pública, lo que deberá efectuarse dentro de 5 días naturales siguientes al corridos a contar de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno Decreto Alcaldicio de Adjudicación y siempre que previamente haga entrega de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, so pena de dejar sin efecto el decreto respectivo y proceder adjudicar al oferente que obtenga el segundo mejor puntaje y así sucesivamente si es que no se encuentre garantizado cumple con los requisitos estipulados anteriormente.
12.2.- La municipalidad podrá poner término anticipado al contrato sin forma de juicio en los siguientes casos:
a) Si el adjudicado es declarado en quiebra o tuviere documentos impagos por más de 60 días o incurriere en incumplimiento tributario.
b) Si el adjudicado o alguno de sus socios administradores fuese formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva, o si fuese una sociedad anónima lo fuese uno de sus directores.
c) Si el contratista fuera demandado por deudas previsionales o laborales por sus trabajadores y, existiendo sentencia ejecutoriada en su contra, éste no se allane a dar cumplimiento a lo ordenado, siempre que la Municipalidad también hubiese sido demandada en forma subsidiaria.
d) Por incumplimiento de las obligaciones del contrato, de las bases administrativas especiales, de las especificaciones técnicas o de instrucciones de la Unidad Técnica.
e) Por mutuo acuerdo con lo dispuesto entre la Municipalidad y el o los oferentes adjudicados. En este evento, la forma y condiciones del término anticipado se establecerán en el artículo 48 fracción II finiquito que se suscriba entre las partes, y se devolverá al contratista la garantía de la LOPSRMfiel cumplimiento de contrato. El LICITANTE al término anticipado del contrato será declarado por Decreto Alcaldicio, reservándose la Municipalidad de Iquique, el derecho a demandar las indemnizaciones que se le adjudique procedan, así como hacer efectivas las garantías constituidas por el contratooferente adjudicado, procederá a firmarlo exceptuando la causal descrita en la Gerencia de Operaciones letra e Ingeniería de del presente punto. En ningún caso la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización liquidación del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación las causales establecidas en las obras. El contrato se pactará presentes bases, dará derecho a una indemnización ni generará algún tipo de derecho al prestador del servicio sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadolos pagos no devengados.
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Samples: Contrato De Suministro De Arriendo De Camiones Aljibes
Contrato. La APITOPO cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado2.‐ Las Condiciones Generales de Contrato de Arrendamiento de Vehículos Motorizados. La documentación que estará sujeta 3.‐ Acta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas Entrega/Recepción Vehículo. 4.‐ Condiciones Generales de maquinaria, cotizaciones Arriendo para Auto de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT)Reemplazo, en el caso que se emita corresponda. Se deja constancia que el arrendador arrienda el vehículo al arrendatario sobre la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT base de la miscelánea fiscal que los datos que éste último ha proporcionado acerca de su identidad, edad, domicilio, aptitud física y psíquica, y posesión de licencia legal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRMconducir vehículos son verdaderos, válidos y vigentes. El LICITANTE al arrendador se reserva todas las acciones civiles y penales que procedan en caso que la individualización del arrendatario sea falsa o manifiestamente inexacta. Xxxxxx Rent a Car S.A. se le adjudique reserva el contratoderecho de cobrar un día de arriendo por concepto de NO SHOW, procederá a firmarlo en la Gerencia caso de Operaciones e Ingeniería no dar aviso de la Administración Portuaria Integral su anulación de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir 48 horas hábiles antes de la fecha de emisión entrega del Falloarriendo ya acordada. En caso de arriendos prepagados no se realizarán reembolsos o devoluciones por días no utilizados, entregando las garantías por Anticipocualquiera sea el motivo de la devolución. No se realizarán devoluciones en caso de reservas prepagadas NO SHOW. En los reembolsos, cualquiera sea la circunstancia que de Cumplimiento lugar a éste, se descontará la comisión que cobra x Xxxxxx Rent a Car S.A., el prestador del servicio de pago web. Para autorizar a un conductor se requerirá copia de su licencia de conducir y cédula de identidad o pasaporte vigentehasta el término del contrato. En caso de que la licencia de conducir no esté escrita en alfabeto latino, se requerirá una licencia de conducir internacional. El arrendatario declara recibir, en este acto, el referido vehículo en perfecto estado mecánico, y de Contingencia laboral dentro funcionamiento y carrocería según Acta de Entrega/Recepción Vehículo, con su equipo, accesorios y dispositivo electrónico denominado TAG o Televía habilitado y con la correspondiente placa patente, permiso de circulación, seguro obligatorio y revisión técnica, todos vigentes. Al efecto, declara el arrendatario haber verificado que el vehículo arrendado cuenta con los 15 días naturales posteriores a accesorios necesarios según la emisión normativa legal vigente, como así también lo detallado en la respectiva Acta de Entrega/Recepción Vehículo que el arrendatario ha firmado conforme al momento de arrendar el vehículo, siendo de responsabilidad del fallo e invariablemente antes arrendatario exigir la entrega de la formalización misma. En todo caso, si no se hiciera entrega del contrato respectivo. Una vez adjudicado vehículo en el contratoplazo, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; peroforma y condiciones expresados anteriormente, con cualquierasea la situación o circunstancia, le quedará al arrendatario prohibido hacer uso del vehículo, entendiéndose que desde ese momento aquel se utiliza sin conocimiento ni autorización previa de su propietario, siendo de responsabilidad exclusiva del arrendatario los hechos o actos que sobrevinieran, sin perjuicio de la Gerencia facultad del arrendador para denunciar la apropiación indebida o robo del vehículo de Operaciones e Ingenieríamanera inmediata, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos para ejercer cualquier acción legal que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadoderecho corresponda.
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Contrato. La APITOPO cotejará El licitante que resulte adjudicado, previo a la firma del contrato correspondiente, deberá entregar de manera inmediata a la documentación convocante, original contra o copia certificada para su cotejo de los documentos siguientes:
x. Xxxxxxxxxx de Situación Fiscal (RFC) actualizada.
ii. Copia de Acta constitutiva y en su caso modificaciones a la presentada en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicadomisma (tratándose de personas xxxxxxx).
iii. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia Escritura Pública del poder notarial del representante legal, financiera y contable, facturas que contenga las facultades para suscribir el contrato correspondiente.
iv. Copia de maquinaria, cotizaciones Comprobante de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria domicilio (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir tres meses).
v. Copia de Identificación Oficial vigente.
vi. Copia de CURP para el caso de personas físicas.
vii. Copia de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes constancia de la formalización del contrato respectivopolítica de integridad o compromiso de implementación.
viii. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa Copia de la Gerencia constancia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto curso de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obrasprevención de corrupción. El contrato se pactará sobre formalizará por el participante adjudicado, dentro de los 10-diez días hábiles siguientes a la base fecha en que se dé a conocer el fallo y adjudicación. No obstante, lo anterior, en aquellos casos en los cuales la Dirección de precios unitariosAdquisiciones así lo determine, estableciendo así podrá ampliarse dicho plazo para la formalización del contrato, sin que la ampliación pueda ser superior a los 30-treinta días hábiles, según lo establecido en el artículo 264 del Reglamento; la firma del contrato se realizará en el domicilio de la Dirección de Adquisiciones, ubicado en xxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx 000 xxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, 0° xxxx, xx xx Xxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, en un horario comprendido de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas. La vigencia del contrato será a partir del 16 xx xxxx del 2023 al 29 de septiembre del 2024. En caso de que el importe participante ganador en la presente Subasta Electrónica Inversa no firme el contrato correspondiente, será sancionado en los términos del Reglamento de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de concepto Servicios del Municipio de obra terminadoSan Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León.
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Contrato. La APITOPO cotejará previo 1. Los contratos de compraventa y arrendamiento, y los títulos de adjudicación deberán incluir las siguientes cláusulas:
A) Con carácter general:
a)1. Que la vivienda está sujeta a la firma las prohibiciones y limitaciones derivadas del contrato la documentación original contra la presentada régimen de protección pública previsto en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legalpresente Reglamento, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizadoy, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT)su caso, en el que Real Decreto regulador del correspondiente Plan de Vivienda estatal cuando la vivienda se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución halle acogida a la regla I.2.1.15 del SAT financiación prevista en el mismo y que las condiciones de utilización serán las señaladas en la miscelánea fiscal para 2013) el cual calificación definitiva y los precios de venta o renta no podrá podrán exceder de los treinta días naturales siguientes al límites establecidos.
a)2. Que el promotor/vendedor o arrendador se obliga a entregar las llaves de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto vivienda en el artículo 48 fracción II plazo máximo de tres meses a contar desde la concesión de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el calificación definitiva o desde la fecha del contrato, procederá si fuera posterior, salvo que dicho plazo sea prorrogado por la Consejería competente en materia de vivienda. a)3. Que el promotor/vendedor o arrendador se obliga a firmarlo entregar al adquirente o arrendatario un ejemplar del contrato o título, debidamente visado por la Consejería competente en la Gerencia materia de Operaciones e Ingeniería vivienda.
B) Con carácter específico para los contratos de la Administración Portuaria Integral compraventa o títulos de Topolobampo S.A. adjudicación:
b)1. Que el promotor o vendedor se obliga a elevar a escritura pública el contrato de C.V. En un compraventa o título de adjudicación en el plazo no mayor a 30 días naturales contados de tres meses a partir de la fecha de emisión calificación definitiva de la vivienda o de la del Fallocontrato, entregando las garantías si fuera posterior, salvo que dicho plazo sea prorrogado por Anticipo, la Consejería competente en materia de Cumplimiento y de Contingencia laboral dentro de vivienda.
b)2. Que los 15 días naturales posteriores gastos concernientes a la emisión declaración de obra nueva y división horizontal, así como los de constitución y división del fallo e invariablemente antes crédito hipotecario, serán en todo caso a cuenta del promotor de la formalización del contrato respectivovivienda. Una vez adjudicado b)3. Que el contrato, el CONTRATISTA no adquirente podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de instar la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes resolución del contrato o cuando adquiera materiales título en el caso de denegación de la calificación definitiva de la vivienda.
C) Con carácter específico para los contratos de arrendamiento: c)1. Que el contrato se celebra al amparo de la Ley de Arrendamientos Urbanos y se somete al régimen jurídico previsto en la misma, con la sola excepción de las especificaciones derivadas del propio régimen de protección pública de la vivienda. c)2. Que el subarriendo total o equipos que incluyan su instalación parcial de la vivienda dará lugar a la resolución del contrato. La obligación de incluir tales cláusulas será directamente exigida a los promotores/vendedores y arrendadores de las viviendas.
2. En las escrituras públicas de compraventa o adjudicación en propiedad y en las obras. El contrato se pactará sobre la base escrituras públicas de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto declaración de obra terminadonueva para el supuesto de promotor individual para uso propio, deberá constar necesariamente la cláusula establecida en la letra a)1 del apartado 1.A) de este artículo.
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Contrato. La APITOPO cotejará Los tiempos y orden de entrega pueden ser ajustados por acuerdo previo entre las partes. Cada fase será revisada por la comisión técnica y sometida a la firma Junta de Presidentes de Compromiso Santiago para su aprobación. El Consultor deberá entregar los informes y demás productos a la comisión técnica en medio magnético e impreso en papel, de acuerdo al calendario definido en los términos de referencia y consignado en el contrato de consultoría. Los informes aprobados servirán de base para el pago que realice la unidad ejecutora contratante. La asignación será realizada mediante un proceso coordinado y de consulta permanente entre el contratista y una comisión técnica multidisciplinaria designada por Compromiso Santiago y del contrato gabinete de construcción de la documentación original contra Presidencia de la presentada República. Se realizará por etapas sucesivas, con aprobaciones previas de cada etapa por parte de la comisión técnica antes de pasar a la siguiente hasta culminar con el proceso. La comisión técnica, acompañada de los peritos y representantes institucionales que considere necesarios, atenderá las consultas y solicitudes de aclaración que requieran atención, respuesta y observaciones para garantizar la óptima calidad del diseño de las obras y de los documentos ejecutivos requeridos en la proposición por asignación. El consultor o equipo de consultores deberá realizar en conjunto con el LICITANTE personal de la comisión técnica y de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago las visitas necesarias a los lugares donde serán realizadas las obras con el propósito de recabar la mayor cantidad de información que resulte adjudicadole permita desarrollar los proyectos de manera eficiente. La documentación que estará sujeta De estas visitas, el consultor deberá realizar un informe de verificación serán existencia legalsituación actual de cada uno de los proyectos a intervenir, financiera donde se identifiquen las problemáticas existentes y contable, facturas las soluciones de maquinaria, cotizaciones las mismas. El diseño de materiales, contratos, actas las obras y documentos ejecutivos deberán tomar en cuenta los planes de entrega recepción desarrollo de infraestructuras de la Corporación del Acueducto y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio Alcantarillado de Administración Tributaria Santiago (SATCORAASAN), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) Alcaldía de Santiago y otros actores clave, así como cumplir con la legislación y normativas nacionales y municipales vigentes relacionadas con el cual no podrá exceder ordenamiento territorial, diseño y operación de los treinta días naturales siguientes al obras, arbitrios, permisología, así como de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo en la Gerencia de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento compras y de Contingencia laboral dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminadocontrataciones públicas.
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Samples: Convenio De Gestión
Contrato. La APITOPO cotejará previo 1. ADIF procederá a la firma del contrato suscribir la documentación original contra legal necesaria para instrumentar y ejecutar la presentada Contratación dentro del plazo que se fije al efecto.
2. ADIF requerirá el Certificado Fiscal para Contratar que expida la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
3. ADIF requerirá una garantía de cumplimiento de contrato por los montos y bajo las condiciones que sean previstas en los Pliegos. No serán necesarias las garantías de cumplimiento de contrato cuando se contrate con organismos o entidades del ESTADO NACIONAL, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como así también con las empresas y sociedades en las que tenga participación mayoritaria el ESTADO NACIONAL, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Universidades Nacionales o instituciones educativas públicas.
4. En caso que la Contratación se instrumente mediante la emisión de Órdenes de Compra, estas podrán adoptar las siguientes modalidades:
a) Orden de Compra Estándar: Para aquellas Contrataciones regulares con cantidades, precios y plazos definidos en la proposición por el LICITANTE que resulte adjudicadomisma.
b) Orden de Compra Abierta: para aquellas Contrataciones regulares en las cuales se establecen los precios unitarios, plazos y un monto global de Contratación (las cantidades son estimadas). La documentación que estará sujeta Esta modalidad permite solicitar al Proveedor la entrega de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que la APITOPO considere necesaria. Es requisito indispensable para la FIRMA DEL CONTRATO que el LICITANTE que resulte ADJUDICADO presente el documento actualizado, en original, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (Ver Resolución a la regla I.2.1.15 del SAT de la miscelánea fiscal para 2013) el cual no podrá exceder cualquiera de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de la LOPSRM. El LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ítems establecidos en la Gerencia Orden de Operaciones e Ingeniería de la Administración Portuaria Integral de Topolobampo S.A. de C.V. En un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión del Fallo, entregando las garantías por Anticipo, de Cumplimiento y de Contingencia laboral Compra hasta agotar el monto contratado dentro de los 15 días naturales posteriores plazos establecidos.
c) Orden de Compra Global: para aquellas Contrataciones regulares en que dada la diversidad de ítems a contratar resulta difícil detallar la totalidad de los mismos en una Orden de Compra Abierta; por tanto, luego de realizado el pedido de precios en base a los ítems más representativos, se realiza la emisión del fallo e invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, el CONTRATISTA no podrá hacerlo ejecutar por otro; perouna Orden de Compra Estándar, con autorización previa de la Gerencia de Operaciones e Ingeniería, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al CONTRATISTA se hará por unidad de concepto medida global y plazo de obra terminadovigencia determinado.
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Samples: Manual De Compras Y Contrataciones