Corrección de Errores Aritméticos. 31.1 Siempre y cuando la Oferta sea sustancialmente conforme, el Contratante corregirá los errores aritméticos de la siguiente forma: solamente en el caso de contratos por unidad de precio, cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario; si hay un error en un valor total correspondiente a la adición o sustracción de subtotales, caso en el que los subtotales prevalecerán sobre los totales y estos últimos deberán ser ajustados; y si existe una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que este último corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los apartados (a) y (b) precedentes.
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Samples: Contratación De Obras Menores, Contratación De Obras Menores, Contratación De Obras Menores
Corrección de Errores Aritméticos. 31.1 32.1 Siempre y cuando la Oferta sea sustancialmente conforme, el Contratante corregirá los errores aritméticos de la siguiente forma: (a) solamente en el caso de contratos por unidad de precio, cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un valor total correspondiente a la adición o sustracción de subtotales, caso en el que los subtotales prevalecerán sobre los totales y estos últimos deberán ser ajustados; y (c) si existe una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que este último corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los apartados (a) y (b) precedentes.
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Samples: Contratación De Obras Menores
Corrección de Errores Aritméticos. 31.1 Siempre y cuando A condición de que la Oferta sea cumpla sustancialmente conformecon los Documentos de Licitación, el Contratante corregirá los errores aritméticos de la siguiente formamanera: solamente en el caso de contratos por unidad de precio, cuando haya (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizadoserá corregido, a menos que a juicio que, en opinión del Contratante hubiera Contratante, haya un error evidente obvio en la expresión colocación del punto decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá entonces el precio total cotizado para ese rubro prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un valor total correspondiente que corresponde a la adición suma o sustracción resta de subtotales, caso en el que los subtotales prevalecerán sobre los totales y estos últimos deberán ser ajustadosse corregirá el total; y (c) si existe hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que este último la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los apartados párrafos (a) y (b) precedentesmencionados.
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Samples: Documentos Estándar De Licitación
Corrección de Errores Aritméticos. 31.1 Siempre y cuando la Oferta sea sustancialmente conforme, el Contratante corregirá los errores aritméticos de la siguiente forma: (a) solamente en el caso de contratos por unidad de precio, cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un valor total correspondiente a la adición o sustracción de subtotales, caso en el que los subtotales prevalecerán sobre los totales y estos últimos deberán ser ajustados; y si existe una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que este último corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los apartados (a) y (b) precedentes.y
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Samples: Contratación De Obras Menores
Corrección de Errores Aritméticos. 31.1 Siempre y cuando la que una Oferta sea se ajuste sustancialmente conformea los requisitos de los Documentos de Licitación, el Contratante corregirá los errores aritméticos de la siguiente forma: :
(a) solamente en el caso de los contratos por unidad basados en la medición de precioejecución de obra, cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que que, a juicio del Contratante Contratante, hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario; ;
(b) si hay un error en un valor total correspondiente a la adición o sustracción de subtotales, caso en el que los subtotales prevalecerán sobre los totales el total y estos últimos deberán ser ajustados; y este último deberá ajustarse, y
(c) si existe una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que este último corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los apartados (a) y (b) precedentes.último
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Samples: Licitación Pública Nacional
Corrección de Errores Aritméticos. 31.1 Siempre y cuando la Oferta sea se ajuste sustancialmente conformeal Documento de Licitación, el la Agencia Contratante corregirá los errores aritméticos de la siguiente formamanera: solamente en el caso de contratos por unidad de precio, cuando haya a) Si hay una discrepancia entre el un precio unitario y el precio total de un rubro que se haya ha obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidadescorrespondientes, prevalecerá el precio unitario cotizadoy se corregirá el precio total, a menos que que, a juicio del Contratante de la Agencia Contratante, hubiera un error evidente en la expresión del punto decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario; si . b) Si hay un error en un valor total correspondiente que corresponde a la adición suma o sustracción resta de subtotales, caso en el que los subtotales prevalecerán sobre los totales el total y estos últimos deberán ser ajustados; y si existe este último deberá ajustarse. c) Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que este último corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras cifras, de conformidad con los apartados párrafos (a) y (b) precedentes.
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Samples: Contratos De Bienes