CORREO ELECTRÓNICO DEL LICITANTE. En caso de contar con dirección de correo electrónico, deberá proporcionarla a la Convocante por escrito; en caso de no proporcionarlo, la Convocante queda eximida de la obligación de realizar el aviso a que hacen referencia los párrafos cuarto y quinto del artículo 37 de la LASSP.
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CORREO ELECTRÓNICO DEL LICITANTE. En caso de contar con dirección de correo electrónico, deberá proporcionarla a la Convocante por escrito; en caso de no proporcionarlo, la Convocante queda eximida de la obligación de realizar el aviso a que hacen referencia los párrafos cuarto y quinto del artículo 37 de la LASSPLAASSP.
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