Common use of Cuenta Individual Clause in Contracts

Cuenta Individual. Una vez que el Financiamiento o un Financiamiento Contingente quede inscrito en el Registro del Fideicomiso, el Fiduciario deberá abrir la Cuenta Individual correspondiente, a la cual deberá abonar y cargar periódicamente las cantidades que procedan conforme a los párrafos siguientes: (a) En la Cuenta Individual se abonará, de tiempo en tiempo: (i) con cargo a la Cuenta General, los flujos que sean necesarios para fondear la Cantidad Requerida; (ii) los flujos en favor del Estado, de cada Organismo Público Descentralizado, o de cualquier otro Ente Público, derivados de los Contratos de Cobertura de la Tasa de Referencia y/o de los Instrumentos Derivados asociados al Financiamiento respectivo; (iii) en el caso de Instrumentos Derivados Portafolio, con cargo a la Cuenta Receptora de los Instrumentos Derivados Portafolio, la cantidad que corresponda al Financiamiento respectivo; (iv) en su caso, con los flujos que deriven de aportaciones adicionales a que se refiere la Cláusula 6, que deban abonarse directamente en la Cuenta Individual, en términos de las instrucciones del Fideicomitente; y (v) cualesquier otros recursos aportados al Patrimonio del Fideicomiso que deban abonarse directamente en la Cuenta Individual.

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Samples: Fideicomiso Maestro, Fideicomiso Maestro, Fideicomiso Maestro

Cuenta Individual. Una vez que el Financiamiento o Cuando un Financiamiento Contingente quede inscrito en el Registro del Fideicomiso, el Fiduciario deberá abrir la Cuenta Individual correspondiente, a la cual deberá abonar y cargar periódicamente las cantidades que procedan conforme a los párrafos siguientes: (a) 10.2.1 En la Cuenta Individual se abonará, de tiempo en tiempo: (i) con cargo a la Cuenta General, los flujos de efectivo que sean necesarios para fondear la Cantidad Requerida; (ii) los flujos en favor del Estadosu caso, de cada Organismo Público Descentralizado, o de cualquier otro Ente Público, derivados con las cantidades que se reciban de los Contratos de Cobertura de la Tasa de Referencia y/o de los e Instrumentos Derivados asociados al Financiamiento respectivoFinanciamiento; (iii) en el caso de Instrumentos Derivados Portafoliosu caso, con cargo a al Fondo de Reserva con los recursos que sean necesarios para cubrir la Cuenta Receptora insuficiencia de los Instrumentos Derivados Portafolio, la cantidad que corresponda al Financiamiento respectivorecursos; (iv) en su caso, con los flujos de efectivo que deriven de aportaciones adicionales a que se refiere la Cláusula 6Sexta, que deban abonarse directamente en la Cuenta Individual, en términos de las instrucciones del Fideicomitente; y (v) cualesquier otros recursos aportados al Patrimonio del Fideicomiso que deban abonarse directamente en la Cuenta Individual. 10.2.2 La Cantidad Requerida se aplicará a fondear, en el orden de prelación que se indica, los siguientes conceptos: (a) Los Gastos del Financiamiento.

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Samples: Fideicomiso Irrevocable De Administración

Cuenta Individual. Una vez que el Financiamiento o Cuando un Financiamiento Contingente quede inscrito en el Registro del Fideicomiso, el Fiduciario Fiduciario, a más tardar el Día Hábil siguiente, deberá abrir la Cuenta Individual correspondiente, a la cual deberá abonar y cargar periódicamente las cantidades que procedan conforme a los párrafos siguientes: (a) 10.2.1 En la Cuenta Individual se abonará, de tiempo en tiempo: (i) con cargo a la Cuenta General, los flujos que sean necesarios para fondear la Cantidad Requerida; (ii) los flujos en a favor del Estado, de cada Organismo Público Descentralizado, o de cualquier otro Ente Público, Municipio derivados de los Contratos de Cobertura de la Tasa de Referencia y/o de los Instrumentos Derivados asociados al Financiamiento respectivoFinanciamiento; (iii) en el caso de Instrumentos Derivados Portafolio, con cargo a la Cuenta Receptora de los Instrumentos Derivados Portafolio, la cantidad que corresponda al Financiamiento respectivo; (iv) en su caso, con los flujos que deriven de aportaciones adicionales a que se refiere la Cláusula 6Sexta, que deban abonarse directamente en la Cuenta Individual, en términos de las instrucciones del Fideicomitente; y (viv) cualesquier otros recursos aportados al Patrimonio del Fideicomiso que deban abonarse directamente en la Cuenta Individual. 10.2.2 Una vez determinada la Cantidad Requerida, el Fiduciario deberá considerar los recursos abonados en las diversas Cuentas del Fideicomiso para determinar los recursos a fondear en términos del numeral 10.2.4, inciso (b) siguiente. La Cantidad Requerida se aplicará a fondear los conceptos que se indican, en el siguiente orden de prelación: (a) En la Cuenta del Financiamiento, los Gastos del Financiamiento.

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Samples: Fideicomiso Maestro Irrevocable De Administración Y Fuente De Pago

Cuenta Individual. Una vez que el Financiamiento o Cuando un Financiamiento Contingente quede inscrito en el Registro del Fideicomiso, el Fiduciario deberá abrir la Cuenta Individual correspondiente, a la cual deberá abonar y cargar periódicamente las cantidades que procedan conforme a los párrafos siguientes: (a) 10.2.1 En la Cuenta Individual se abonará, de tiempo en tiempo: (i) con cargo a la Cuenta General, los flujos de efectivo que sean necesarios para fondear la Cantidad Requerida; (ii) en su caso, con las cantidades que se reciban de los flujos en favor del Estado, de cada Organismo Público Descentralizado, o de cualquier otro Ente Público, derivados de los Contratos de Cobertura de la Tasa de Referencia y/o de los e Instrumentos Derivados asociados al Financiamiento respectivoFinanciamiento; (iii) en el caso de Instrumentos Derivados Portafoliosu caso, con cargo a al Fondo de Reserva con los recursos que sean necesarios para cubrir la Cuenta Receptora insuficiencia de los Instrumentos Derivados Portafolio, la cantidad que corresponda al Financiamiento respectivorecursos; (iv) en su caso, con los flujos de efectivo que deriven de aportaciones adicionales a que se refiere la Cláusula 6Sexta, que deban abonarse directamente en la Cuenta Individual, en términos de las instrucciones del Fideicomitente; y (v) cualesquier otros recursos aportados al Patrimonio del Fideicomiso que deban abonarse directamente en la Cuenta Individual. 10.2.2 La Cantidad Requerida se aplicará a fondear, en el orden de prelación que se indica, los siguientes conceptos: (a) Los Gastos del Financiamiento.

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Samples: Fideicomiso Irrevocable De Administración