Cuota sindical. A partir de la vigencia del presente instrumento de labor, se deberá descontar a todo el personal amparado y beneficiado por el mismo, el 2,5 % mensual de sus remuneraciones, en concepto de Cuota Sindical , el que deberá ser girado dentro de los 10 (diez) primeros días de haberse efectuado el pago de las remuneraciones mensuales, a la Sede Central de SUTEP sita en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, conjuntamente con la nómina del personal y cargo que ocupa.-
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Cuota sindical. A partir de la vigencia del presente instrumento de labor, se deberá descontar a todo el personal amparado y beneficiado por el mismo, mismo el DOS Y MEDIO POR CIENTO (2,5 % %) mensual de sus remuneraciones, su salario básico en concepto de Cuota Sindical Sindical, el que deberá ser girado dentro de los 10 diez (diez10) primeros días de haberse efectuado el pago de las remuneraciones mensuales, a la Sede Central de SUTEP S.U.T.E.P., sita en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, conjuntamente con la nómina del personal y cargo que ocupa.-ocupa.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Cuota sindical. A partir de la vigencia del presente instrumento de labor, se deberá descontar a todo el personal amparado y beneficiado por el mismo, mismo el DOS Y MEDIO POR CIENTO (2,5 % %) mensual de sus remuneraciones, en concepto de Cuota Sindical Sindical, el que deberá ser girado dentro de los 10 quince (diez15) primeros días de haberse efectuado el pago de las remuneraciones mensuales, a la Sede Central de SUTEP S.U.T.E.P., sita en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, conjuntamente con la nómina del personal y cargo que ocupa.-ocupa.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Cuota sindical. A partir de la vigencia del presente instrumento de labor, se deberá descontar a todo el personal amparado y beneficiado por el mismo, el 2,5 % DOS y MEDIO POR CIENTO (1/2 %) mensual de sus remuneraciones, remuneraciones en concepto de Cuota Sindical Sindical, el que deberá ser girado dentro de los 10 diez (diez10) primeros días de haberse efectuado el pago de las remuneraciones mensuales, mensuales a la Sede Central de del SUTEP sita en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, conjuntamente con la nómina del personal y cargo que ocupa.-
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Cuota sindical. A partir de la vigencia del presente instrumento de labor, se deberá descontar a todo el personal amparado y beneficiado por el mismo, mismo el DOS y MEDIO POR CIENTO (2,5 % %) mensual de sus remuneraciones, remuneraciones en concepto de Cuota Sindical Sindical, el que deberá ser girado dentro de los 10 diez (diez10) primeros días de haberse efectuado el pago de las remuneraciones mensuales, mensuales a la Sede Central de SUTEP sita en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, conjuntamente con la nómina del personal y cargo que ocupa.-ocupa.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Cuota sindical. A partir de la vigencia del presente instrumento de labor, se deberá descontar a todo el personal amparado y beneficiado por el mismo, mismo el 2,5 % mensual de sus remuneraciones, en concepto de Cuota Sindical Sindical, el que deberá ser girado dentro de los 10 diez (diez10) primeros días de haberse efectuado el pago de las remuneraciones mensuales, mensuales a la Sede Central de SUTEP del S.U.T.E.P. sita en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, conjuntamente con la nómina del personal y cargo que ocupa.-ocupa el personal.-
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Cuota sindical. A partir de la vigencia del presente instrumento de labor, se deberá descontar a todo el personal amparado y beneficiado por el mismo, mismo el 2,5 % mensual de sus remuneraciones, en concepto de Cuota Sindical Sindical, el que deberá ser girado dentro de los 10 diez (diez10) primeros días de haberse efectuado el pago de las remuneraciones mensuales, mensuales a la Sede Central de SUTEP S.U.T.E.P. sita en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, conjuntamente con la nómina del personal y cargo que ocupa.-ocupa.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo