Custodia. Los activos de la Cuenta se mantendrán para su custodia con DriveWealth LLC (el ”Custodio”), y el Cliente manifiesta que ha aceptado que éste actúe como el custodio de la Cuenta de acuerdo con las instrucciones del Facilitador. El Facilitador no podrá actuar como custodio de los activos en la cuenta y no será responsable ante el Cliente por cualquier acto, conducta u omisión xxx Xxxxxxxx. El Facilitador tendrá autoridad y habilitación para dar instrucciones al Custodio, y para solicitar información sobre la cuenta. El Facilitador NO tendrá autoridad para hacer que el Custodio entregue activos o haga pago en efectivo al Facilitador, que no sea en relación con el cobro de honorarios correspondientes al Facilitador en virtud del presente Acuerdo, y que serán debitados directamente de la Cuenta, de conformidad con la Ley de Asesores de Inversiones de 1940, tal como fue modificada (la “ley de Asesores”) y la Regla 206 (4) -2 en virtud del mismo u otras leyes aplicables.
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Custodia. Los activos de la Cuenta se mantendrán para su custodia con DriveWealth LLC (el ”Custodio”), y el Cliente manifiesta representa que ha aceptado que éste este actúe como el custodio de la Cuenta de acuerdo con las instrucciones del FacilitadorAsesor. El Facilitador Asesor no podrá podrá́ actuar como custodio de los activos en la cuenta y no será será́ responsable ante el Cliente por cualquier acto, conducta u omisión xxx Xxxxxxxxdel Depositario. El Facilitador tendrá Asesor tendrá́ autoridad y habilitación está habilitado para dar instrucciones al Custodiodepositario, y para solicitar información sobre la cuenta. El Facilitador Asesor NO tendrá tendrá́ autoridad para hacer que el Custodio Depositario entregue activos o haga pago en efectivo al FacilitadorAsesor, que no sea en relación con el cobro de honorarios correspondientes al Facilitador Asesor en virtud del presente Acuerdo, y que serán debitados hechos directamente de a la Cuenta, de conformidad con la Ley de Asesores de Inversiones de 1940, tal como fue modificada (la “ley de Asesores”) y la Regla 206 (4) -2 en virtud del mismo u otras leyes aplicables.
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Custodia. Los activos de la Cuenta se mantendrán para su custodia con DriveWealth LLC (el ”Custodio”), y el Cliente manifiesta que ha aceptado que éste este actúe como el custodio de la Cuenta de acuerdo con las instrucciones del FacilitadorAsesor. El Facilitador Asesor no podrá podrá́ actuar como custodio de los activos en la cuenta y no será será́ responsable ante el Cliente por cualquier acto, conducta u omisión xxx Xxxxxxxx. El Facilitador tendrá Asesor tendrá́ autoridad y habilitación para dar instrucciones al Custodio, y para solicitar información sobre la cuenta. El Facilitador Asesor NO tendrá tendrá́ autoridad para hacer que el Custodio entregue activos o haga pago en efectivo al FacilitadorAsesor, que no sea en relación con el cobro de los honorarios correspondientes al Facilitador Asesor en virtud del presente Acuerdo, y que serán debitados directamente de la Cuenta, de conformidad con la Ley de Asesores de Inversiones de 1940, tal como fue modificada (la “ley de Asesores”) y la Regla 206 (4) -2 en virtud del mismo u otras leyes aplicables.
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Custodia. Los activos de la Cuenta se mantendrán para su custodia con DriveWealth LLC (el ”CustodioDepositario”), y el Cliente manifiesta representa que ha aceptado que éste éste actúe como el custodio de la Cuenta de acuerdo con las instrucciones del Facilitadorde Quiena. El Facilitador Quiena no podrá actuar como custodio de los activos en la cuenta y no será responsable ante el Cliente por cualquier acto, conducta u omisión xxx Xxxxxxxxdel Depositario. El Facilitador Quiena tendrá autoridad y habilitación está habilitado para dar instrucciones al Custodiodepositario, y para solicitar información sobre la cuenta. El Facilitador NO tendrá autoridad para hacer que el Custodio Depositario entregue activos o haga pago en efectivo al Facilitador, que no sea en relación con el cobro de honorarios correspondientes al Facilitador en virtud del presente Acuerdo, y que serán debitados hechos directamente de a la Cuenta, de conformidad con la Ley de Asesores de Inversiones de 1940, tal como fue modificada (la “ley de Asesores”) y la Regla 206 Regla206 (4) -2 en virtud del mismo u otras leyes aplicables.
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