Common use of DE LA BITÁCORA Clause in Contracts

DE LA BITÁCORA. La Bitácora es el instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre “LAS PARTES” que formalizan el presente Contrato, en el cual se registraran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos. El uso de la Bitácora será obligatorio. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, y deberá cumplirse con las condiciones y requisitos que establecen los artículos 122, 123, 124 y 125 del “RLOPSRM”. En caso de que no sea posible la implementación del uso de la Bitácora electrónica se abrirá y utilizará una Bitácora convencional, previa solicitud y autorización de la Secretaría de la Función Pública, de acuerdo con los casos previsto en el segundo párrafo del artículo 122 del “RLOPSRM”. En el caso de la Bitácora convencional “EL CONTRATISTA” deberá preparar y mantener actualizada una serie completa de registros y la Bitácora de los trabajos” que realice en términos del presente Contrato, los cuales deberán conservarse en el Sitio de los trabajos. Los registros deberán presentarse ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de forma mensual, hasta en tanto “EL CONTRATISTA” haya concluido con los trabajos. Previo a la emisión de cualquier Acta de Recepción Física de los trabajos por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, “EL CONTRATISTA” deberá entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” copia de los planos Ejecutivos actualizados de los trabajos, así como en el caso de la bitácora convencional los registros y Bitácoras, las cuales no deberán considerarse terminadas hasta en tanto “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” haya recibido dichos documentos.

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Samples: Contrato De Obra Pública Bajo La Condición De Pago Precios Unitarios, Anual/Plurianual Con Carácter Nacional, Contrato De Obra Pública Bajo La Condición De Pago Precios

DE LA BITÁCORA. La Bitácora es el instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre “LAS PARTES” que formalizan el presente Contrato, en el cual se registraran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos. El uso de la Bitácora será obligatorio. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, y deberá cumplirse con las condiciones y requisitos que establecen los artículos 122, 123, 124 y 125 del “RLOPSRM”. En caso de que no sea posible la implementación del uso de la Bitácora electrónica se abrirá y utilizará una Bitácora convencional, previa solicitud y autorización de la Secretaría de la Función Pública, de acuerdo con los casos previsto en el segundo párrafo del artículo 122 del “RLOPSRM”. En el caso de la Bitácora convencional “EL CONTRATISTA” deberá preparar y mantener actualizada una serie completa de registros y la Bitácora de los trabajos” que realice en términos del presente Contrato, los cuales deberán conservarse en el Sitio de los trabajos. Los registros deberán presentarse ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de forma mensual, hasta en tanto “EL CONTRATISTA” haya concluido con los trabajos. Previo a la emisión de cualquier Acta de Recepción Física de los trabajos por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, “EL CONTRATISTA” deberá entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” copia de los planos Ejecutivos actualizados de los trabajos, así como en el caso de la bitácora convencional los registros y Bitácoras, las cuales no deberán considerarse terminadas hasta en tanto “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” haya recibido dichos documentos.

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Samples: Contrato De Obra Pública Bajo La Condición De Pago Precios Unitarios, Anual Con Carácter Nacional

DE LA BITÁCORA. La Bitácora es el instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre “LAS PARTES” que formalizan el presente Contrato, en el cual se registraran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos. El uso de la Bitácora será obligatorio. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, y deberá cumplirse con las condiciones y requisitos que establecen los artículos 122, 123, 124 y 125 del “RLOPSRM”Reglamento de la Ley. En caso de que no sea posible se cuente con la implementación del uso de plataforma tecnológica para usar la Bitácora electrónica se abrirá y utilizará una Bitácora convencional, previa solicitud y autorización en términos de la Secretaría de la Función Pública, de acuerdo con los casos lo previsto en el segundo párrafo del artículo 122 del “RLOPSRM”Reglamento. En La Bitácora es el caso instrumento técnico que, por medios de comunicación electrónica o convencional, constituye el medio de comunicación entre la Bitácora convencional “EL DEPENDENCIA y el CONTRATISTA, en el que se registrarán los asuntos y eventos que se presenten durante la ejecución de las Obras. El CONTRATISTA deberá preparar y mantener actualizada una serie completa de registros y la Bitácora de los trabajos” las obras que realice en términos del presente Contrato, los cuales deberán conservarse en el Sitio de los trabajoslas Obras. Los registros deberán presentarse ante “LA la DEPENDENCIA O ENTIDAD” de forma mensual, hasta en tanto “EL CONTRATISTA” el CONTRATISTA haya concluido con los trabajoslas Obras. Previo a la emisión de cualquier Acta de Recepción Física de los trabajos las Obras por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”la DEPENDENCIA, “EL CONTRATISTA” el CONTRATISTA deberá entregar a “LA la DEPENDENCIA O ENTIDAD” copia de los planos Ejecutivos actualizados de los trabajoslas Obras, así como en el caso de la bitácora convencional los registros y Bitácoras, las cuales no deberán considerarse terminadas hasta en tanto “LA la DEPENDENCIA O ENTIDAD” haya recibido dichos documentos.

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Samples: Contrato De Obra Pública Mixto Para Elaborar El Proyecto Ejecutivo Definitivo

DE LA BITÁCORA. La Bitácora es el instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre “LAS PARTES” que formalizan el presente Contrato, en el cual se registraran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos. El uso de la Bitácora será obligatorio. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, y deberá cumplirse con las condiciones y requisitos que establecen los artículos 122, 123, 124 y 125 del “RLOPSRM”. En caso de que no sea posible la implementación del uso de la Bitácora electrónica se abrirá y utilizará una Bitácora convencional, previa solicitud y autorización de la Secretaría de la Función Pública, de acuerdo con los casos previsto en el segundo párrafo del artículo 122 del “RLOPSRM”. En el caso de la Bitácora convencional “EL CONTRATISTA” deberá preparar y mantener actualizada una serie completa de registros y la Bitácora de los trabajos” que realice en términos del presente Contrato, los cuales deberán conservarse en el Sitio de los trabajos. Los registros deberán presentarse ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDADDEPENDENCIA” de forma mensual, hasta en tanto “EL CONTRATISTA” haya concluido con los trabajos. Previo a la emisión de cualquier Acta de Recepción Física de los trabajos por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDADDEPENDENCIA”, “EL CONTRATISTA” deberá entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADDEPENDENCIA” copia de los planos Ejecutivos actualizados de los trabajos, así como en el caso de la bitácora convencional los registros y Bitácoras, las cuales no deberán considerarse terminadas hasta en tanto “LA DEPENDENCIA O ENTIDADDEPENDENCIA” haya recibido dichos documentos.

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Samples: Contrato De Obra Pública

DE LA BITÁCORA. La Bitácora es el instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre “LAS PARTES” que formalizan el presente Contrato, en el cual se registraran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos. El uso de la Bitácora será obligatorio. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, y deberá cumplirse con las condiciones y requisitos que establecen los artículos 122, 123, 124 y 125 del “RLOPSRM”. En caso de que no sea posible la implementación del uso de la Bitácora electrónica se abrirá y utilizará una Bitácora convencional, convencional previa solicitud y autorización de la Secretaría de la Función Pública, en de acuerdo con los casos previsto en el segundo párrafo del artículo 122 del “RLOPSRM”. En La Bitácora es el caso instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre las partes que formalizan el presente Contrato, en el cual se registraran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la Bitácora convencional ejecución de “LOS SERVICIOS”. “EL CONTRATISTA” deberá preparar y mantener actualizada una serie completa de registros y la Bitácora de los trabajos“LOS SERVICIOS” que realice en términos del presente Contrato, los cuales deberán conservarse en el Sitio de los trabajos“LOS SERVICIOS”. Los registros deberán presentarse ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de forma mensual, hasta en tanto “EL CONTRATISTA” haya concluido con los trabajos“LOS SERVICIOS”. Previo a la emisión de cualquier Acta de Recepción Física de los trabajos “LOS SERVICIOS” por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, “EL CONTRATISTA” deberá entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” copia información y documentación de los planos Ejecutivos actualizados de los trabajos“LOS SERVICIOS”, así como en el caso de la bitácora convencional los registros y Bitácoras, las cuales no deberán considerarse terminadas hasta en tanto “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” haya recibido dichos documentos.

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Samples: Contrato De Obra Pública Bajo La Condición De Pago a Precio