Common use of DE LA RESOLUCIÓN Clause in Contracts

DE LA RESOLUCIÓN. A efectos de la resolución del contrato, las partes convienen y aceptan expresamente lo siguiente: 10.1. LA MUNICIPALIDAD, podrá resolver el presente contrato en caso de incumplimiento, por causas imputables a EL RESIDENTE, de algunas de las obligaciones previstas en el presente contrato, que hayan sido previamente observadas por la MUNICIPALIDAD, vía carta simple y EL RESIDENTE no la haya subsanado dentro del plazo señalado en el mencionado requerimiento. En este caso el presente contrato, quedará resuelto de pleno derecho, a partir de la recepción por el RESIDENTE de la comunicación en la que se exprese dicha decisión y el motivo que la justifique. 10.2. La resolución del presente contrato se realizará sin perjuicio de resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados por daños ulteriores que LA MUNICIPALDAD pueda exigir y de las penalidades previstas en la cláusula novena del presente contrato, según corresponda 10.3. Sin perjuicio de lo antes señalado LA MUNICIPALIDAD, podrá comunicar AL RESIDENTE la resolución del presente contrato por causales debidamente justificadas de incumplimiento. 10.4. El presente contrato se resolverá si se determinara en alguna etapa de ejecución, la no viabilidad del proyecto. 10.5. Asimismo, el presente contrato podrá resolverse cuando la penalidad prevista en la cláusula novena del presente contrato ascienda al monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual 10.6. Son faltas de carácter administrativo, posible a resolución del contrato: a)El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de sus superiores b)La negligencia en el cumplimiento de sus funciones c)La utilización o disposición de los bienes de la municipalidades beneficio propio o de terceros d)La concurrencia reiterada a la obra en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes y aunque no sea reiterada, cuando por la naturaleza del servicio revista excepcional gravedad e)El abuso de autoridad o el uso de la función con fines de lucro f)El causar intencionalmente daños materiales en la obra g)Los actos de inmoralidad h)Las ausencias injustificadas en la obra i) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo, la buena reputación y relaciones sociales, es decir ruptura de las relaciones humanas

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Samples: Contratación De Proveedor De Servicios

DE LA RESOLUCIÓN. 10.1. A efectos de la resolución del contratocontratado, las partes convienen y aceptan expresamente lo siguiente: 10.1. LA MUNICIPALIDAD: La Municipalidad, podrá resolver el presente contrato en caso de incumplimiento, incumplimiento por causas imputables a EL RESIDENTE, de algunas el Residente de alguna de las obligaciones previstas en el presente contrato, termino de Referencia y/o guías de ejecución de proyectos de infraestructura y/o guías de capacitación y/o guías de evaluación ambiental, que hayan sido previamente observadas por la MUNICIPALIDADel EJECUTOR, el Supervisor de proyectos del Gobierno Regional, el mismo, que será comunicado por vía carta simple y Notarial o Xxxx xx xxx y, EL RESIDENTE no la haya subsanado dentro del plazo señalado en el mencionado requerimiento. En este caso el presente contrato, quedará resuelto de pleno derecho, a partir de la recepción por el EL RESIDENTE de la comunicación en la que se exprese dicha decisión y el motivo que la justifique. 10.2. La resolución del presente contrato se realizará sin perjuicio de del resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados por daños ulteriores que LA MUNICIPALDAD pueda el El EJECUTOR o Municipalidad puedan exigir y de las penalidades previstas en de la cláusula novena del presente contrato, contrato según corresponda. 10.3. Sin perjuicio de lo antes señalado LA MUNICIPALIDADseñalado, la Municipalidad previo informe debidamente sustentado y aprobado por el Gobierno Regional de Ayacucho podrá comunicar AL a EL RESIDENTE la resolución del presente contrato por causales debidamente justificadas de incumplimiento. 10.4contrato. El presente contrato se resolverá si se determinara en alguna etapa de ejecución, la no viabilidad del proyecto. 10.5. Asimismo, Asimismo el presente contrato podrá resolverse cuando la penalidad prevista en la cláusula novena del presente contrato ascienda al monto equivalente al diez por ciento (10%) 5% del monto contractual 10.6. Son faltas de carácter administrativo, posible a resolución del contrato: a)El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de sus superiores b)La negligencia en el cumplimiento de sus funciones c)La utilización o disposición de los bienes de la municipalidades beneficio propio o de terceros d)La concurrencia reiterada a la obra en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes y aunque no sea reiterada, cuando por la naturaleza del servicio revista excepcional gravedad e)El abuso de autoridad o el uso de la función con fines de lucro f)El causar intencionalmente daños materiales en la obra g)Los actos de inmoralidad h)Las ausencias injustificadas en la obra i) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo, la buena reputación y relaciones sociales, es decir ruptura de las relaciones humanas.

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Samples: Contract for Professional Services

DE LA RESOLUCIÓN. A efectos de la resolución Conforme a lo dispuesto por el artículo 41º inciso c) y el artículo 45º del contrato, TUO las partes convienen deberán tener presente los siguientes lineamientos: La Resolución del Contrato será de mutuo acuerdo cuando las causas que lo originen no sean atribuibles a las partes por razones de caso fortuito y aceptan expresamente fuerza mayor, generando una liquidación que valorizará únicamente lo siguiente: 10.1efectivamente ejecutado. La Resolución del Contrato atribuible al incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD, podrá resolver el presente contrato en caso de incumplimiento, MUNICIPALIDAD genera una liquidación que reconozca lo efectivamente ejecutado por EL LOCADOR y compense los daños y perjuicios efectivamente ocasionados. La Resolución del Contrato por causas imputables a EL RESIDENTELOCADOR originará la correspondiente comunicación al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado solicitando la sanción que corresponda, así como la elaboración de algunas una liquidación en la que se contemple los daños y perjuicios ocasionados a LA MUNICIPALIDAD. El Proceso para la Resolución del Contrato será el siguiente: Si alguna de las obligaciones previstas partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante Carta Notarial para que satisfaga en un plazo no menor de dos (2) ni mayor de quince (15) días dependiendo del monto y la complejidad de la contratación; bajo apercibimiento de que el presente contrato, que hayan sido previamente observadas por la MUNICIPALIDAD, vía carta simple y EL RESIDENTE no la haya subsanado dentro del plazo señalado en el mencionado requerimiento. En este caso el presente contrato, quedará contrato quede resuelto de pleno derecho. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continua la parte perjudicada, mediante Carta Notarial resolverá el contrato en forma parcial o total. La Resolución Parcial sólo involucrará a partir de la recepción aquella parte del Contrato afectada por el RESIDENTE de la comunicación en la incumplimiento y siempre que se exprese dicha decisión y el motivo que la justifique. 10.2. La resolución parte sea separable e independiente del presente contrato se realizará sin perjuicio de resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados por daños ulteriores que LA MUNICIPALDAD pueda exigir y de las penalidades previstas en la cláusula novena del presente contrato, según corresponda 10.3. Sin perjuicio de lo antes señalado LA MUNICIPALIDAD, podrá comunicar AL RESIDENTE la resolución del presente contrato por causales debidamente justificadas de incumplimiento. 10.4. El presente contrato se resolverá si se determinara en alguna etapa de ejecución, la no viabilidad del proyecto. 10.5. Asimismo, el presente contrato podrá resolverse cuando la penalidad prevista en la cláusula novena del presente contrato ascienda al monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual 10.6. Son faltas de carácter administrativo, posible a resolución del contrato: a)El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de sus superiores b)La negligencia en el cumplimiento de sus funciones c)La utilización o disposición de los bienes de la municipalidades beneficio propio o de terceros d)La concurrencia reiterada a la obra en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes y aunque no sea reiterada, cuando por la naturaleza del servicio revista excepcional gravedad e)El abuso de autoridad o el uso de la función con fines de lucro f)El causar intencionalmente daños materiales en la obra g)Los actos de inmoralidad h)Las ausencias injustificadas en la obra i) El incumplimiento resto de las obligaciones contractuales, y que la resolución total del contrato pudiera afectar los intereses de trabajola entidad. En tal sentido el requerimiento que se efectúa deberá precisar con claridad qué parte del contrato quedaría resuelta, si persistiera el incumplimiento. De no hacerse tal precisión, se entenderá que la buena reputación resolución será total en caso de persistir el incumplimiento. Deben ser observados los conceptos establecidos en el artículo 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y relaciones sociales, es decir ruptura de las relaciones humanasAdquisiciones del Estado.

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Samples: Contrato De Servicios Profesionales

DE LA RESOLUCIÓN. A efectos 10.1 El presente Convenio puede ser resuelto antes de la resolución del contrato, su vencimiento por las partes convienen y aceptan expresamente lo siguientesiguientes causales: 10.1. LA MUNICIPALIDAD, podrá resolver el presente contrato en caso 10.1.1 Por incumplimiento injustificado de incumplimiento, por causas imputables a EL RESIDENTE, de algunas cualquiera de las obligaciones previstas o compromisos asumidos por LAS PARTES en el presente contratoConvenio; para ello basta que la parte perjudicada notifique el incumplimiento a la otra parte dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de producido el hecho. 10.1.2 Por mutuo acuerdo, el cual debe constar por escrito y ser suscrito bajo la misma formalidad con que hayan sido previamente observadas se suscribe el presente Convenio. 10.1.3 Por decisión unilateral de una de LAS PARTES, sin expresión de causa, previa comunicación por escrito a la otra parte, con una anticipación de cuarenta y cinco (45) días hables a la fecha de la resolución. 10.1.4 Por caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos asumidos en el presente Convenio. 10.1.5 Cuando LA UNIVERSIDAD no realice el dictado del Curso durante los primeros dos (2) meses de celebrado el presente Convenio. 10.1.6 Por incumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula Décimo Quinta del presente Convenio, referida a los mecanismos anticorrupción. 10.1.7 Cuando LA UNIVERSIDAD realice la cesión de su posición en el presente Convenio. 10.1.8 Cuando se cancele, se deniegue la renovación y/o concluya el licenciamiento institucional otorgado por la MUNICIPALIDAD, vía carta simple y EL RESIDENTE no Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) a LA UNIVERSIDAD durante la haya subsanado dentro vigencia del plazo señalado en el mencionado requerimiento. En este caso el presente contrato, quedará resuelto de pleno derecho, a partir de la recepción por el RESIDENTE de la comunicación en la que se exprese dicha decisión y el motivo que la justifiqueConvenio. 10.2. La resolución del presente contrato se realizará sin perjuicio 10.2 En caso de resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados por daños ulteriores que LA MUNICIPALDAD pueda exigir y de las penalidades previstas en la cláusula novena del presente contrato, según corresponda 10.3. Sin perjuicio de lo antes señalado LA MUNICIPALIDAD, podrá comunicar AL RESIDENTE operar la resolución del presente contrato por causales debidamente justificadas Convenio o libre separación, LAS PARTES acuerdan que las actividades que estuvieran desarrollándose proseguirán hasta su finalización, de incumplimientoacuerdo a los compromisos asumidos, a efectos de no interrumpir su culminación en forma satisfactoria. 10.4. El presente contrato se resolverá si se determinara en alguna etapa de ejecución, la no viabilidad del proyecto. 10.5. Asimismo, el presente contrato podrá resolverse cuando la penalidad prevista en la cláusula novena del presente contrato ascienda al monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual 10.6. Son faltas de carácter administrativo, posible a resolución del contrato: a)El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de sus superiores b)La negligencia en el cumplimiento de sus funciones c)La utilización o disposición de los bienes de la municipalidades beneficio propio o de terceros d)La concurrencia reiterada a la obra en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes y aunque no sea reiterada, cuando por la naturaleza del servicio revista excepcional gravedad e)El abuso de autoridad o el uso de la función con fines de lucro f)El causar intencionalmente daños materiales en la obra g)Los actos de inmoralidad h)Las ausencias injustificadas en la obra i) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo, la buena reputación y relaciones sociales, es decir ruptura de las relaciones humanas

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Samples: Convenio De Cooperación Interinstitucional