Common use of De la terminación de la obra Clause in Contracts

De la terminación de la obra. 33. Cumplimiento del contrato y recepción de las obras 33.1 El contratista, con una antelación xx xxxx días naturales, comunicará por escrito a la dirección de la obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción. 33.2 El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la institución, la totalidad de su objeto. Solamente se entenderá terminada totalmente la obra una vez puesta en marcha la instalación y comprobado el perfecto funcionamiento de la misma, así como analizados los consumos eléctri- cos y, si fuera necesario, hecho el purgado y llenado de la instalación sin que ello suponga coste adicional alguno para la institución. 33.3 Producida la terminación de las obras, se procederá a su constatación, mediante acto formal de recepción, dentro de los quince días naturales siguientes. A dicho acto concurrirá un representante de la institución, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contra- tista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Si se encuentran las obras en buen estado y las instalaciones en funcionamiento con arreglo a las prescripciones previstas, la propiedad las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por triplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar a la institución, otro al director de la obra y el tercero al contratista, comenzando en- tonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean im- putables no cumple esta obligación, el representante de la institución le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Por el contrario, cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos, si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

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Samples: Contrato De Obra, Contrato De Obra

De la terminación de la obra. 33. Cumplimiento del contrato y recepción de las obras 33.1 El contratista, con una antelación xx xxxx días naturales, comunicará por escrito a la dirección de la obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción. 33.2 El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la instituciónFUNDACIÓN, la totalidad de su objetoobje- to. Solamente se entenderá terminada totalmente la obra una vez puesta en marcha la instalación y comprobado el perfecto funcionamiento de la misma, así como analizados los consumos eléctri- cos eléc- tricos y, si fuera necesario, hecho el purgado y llenado de la instalación sin que ello suponga coste adicional alguno para la instituciónLA FUNDACIÓN. 33.3 Producida la terminación de las obras, se procederá a su constatación, mediante acto formal de recepción, dentro de los quince días naturales siguientes. A dicho acto concurrirá un representante de la instituciónFUNDACIÓN, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contra- tista contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Si se encuentran las obras en buen estado y las instalaciones en funcionamiento con arreglo a las prescripciones previstas, la propiedad las dará por recibidas, levantándose la correspondiente correspon- diente acta por triplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose entre- gándose un ejemplar a la instituciónFUNDACIÓN, otro al director de la obra y el tercero al contratista, comenzando en- tonces entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean im- putables imputables no cumple esta obligación, el representante de la institución FUNDACIÓN le remitirá un ejemplar ejem- plar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunasoportu- nas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Por el contrario, cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones instruc- ciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos, si transcurrido dicho plazo el contratista contratis- ta no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto re- suelto el contrato, por causas imputables al contratista.

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Samples: Contrato De Obra

De la terminación de la obra. 33. Cumplimiento del contrato y recepción de las obras. 33.1 29.1. El contratista, con una antelación xx xxxx de 30 días naturales, comunicará por escrito a la dirección de la obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción. 33.2 29.2. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la instituciónIFTSA, la totalidad de su objeto. Solamente se entenderá terminada totalmente la obra una vez puesta en marcha la instalación y comprobado el perfecto funcionamiento de la misma, así como analizados los consumos eléctri- cos y, si fuera necesario, hecho el purgado y llenado de la instalación sin que ello suponga coste adicional alguno para la institución. 33.3 29.3. Producida la terminación de las obras, se procederá a su constatación, constatación mediante acto formal de recepción, dentro del mes siguiente de los quince días naturales siguienteshaberse producido dicha terminación. A dicho acto concurrirá un facultativo designado por IFTSA representante de esta, un representante de la instituciónIntervención, si procede, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contra- tista contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Si se encuentran las obras en buen estado y las instalaciones en funcionamiento con arreglo a las prescripciones previstas, la propiedad el funcionario técnico designado por IFTSA como entidad contratante y representante de esta las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por triplicadocuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la instituciónIFTSA, otro al director de la obra obra, el tercero representante de la intervención y el tercero cuarto al contratista, comenzando en- tonces entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean im- putables imputables no cumple esta obligación, el representante de la institución IFTSA le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Por el contrario, cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos, si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista. 29.4. Recibidas las obras, se procederá seguidamente a su medición general con asistencia del contratista, formulándose por el director de la obra, en el plazo de un mes desde la recepción, la medición de las realmente ejecutadas de acuerdo con el proyecto y a redactar la certificación final, se tramitará y abonará al contratista en el plazo de tres meses a partir de la recepción, a cuenta de la liquidación del contrato. 29.5. IFTSA podrá efectuar recepciones PARCIALES de los trabajos, de acuerdo con las etapas del programa de trabajo. 29.6. Siempre que por razones excepcionales de interés público debidamente motivadas en el expediente el órgano de contratación acuerde la ocupación efectiva de la obra o su puesta en servicio para el uso público, aún sin el cumplimiento del acto formal de recepción, desde que concurran dichas circunstancias se producirán los efectos y consecuencias propios del acto de recepción de la obra en los términos establecidos en el artículo 168 del reglamento.

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Samples: Construction Contract

De la terminación de la obra. 33. Cumplimiento del contrato y recepción de las obras 33.1 El contratista, con una antelación xx xxxx días naturales, comunicará por escrito a la dirección de la obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción. 33.2 El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la instituciónFUNDACIÓN, la totalidad de su objeto. Solamente se entenderá terminada totalmente la obra una vez puesta en marcha la instalación y comprobado el perfecto funcionamiento de la misma, así como analizados los consumos eléctri- cos y, si fuera necesario, hecho el purgado y llenado de la instalación sin que ello suponga coste adicional alguno para la instituciónLA FUNDACIÓN. 33.3 Producida la terminación de las obras, se procederá a su constatación, mediante acto formal de recepción, dentro de los quince días naturales siguientes. A dicho acto concurrirá un representante de la instituciónFUNDACIÓN, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contra- tista contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Si se encuentran las obras en buen estado y las instalaciones en funcionamiento con arreglo a las prescripciones previstas, la propiedad las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por triplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar a la instituciónFUNDACIÓN, otro al director de la obra y el tercero al contratista, comenzando en- tonces entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean im- putables imputables no cumple esta obligación, el representante de la institución FUNDACIÓN le remitirá un ejemplar ejem- plar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Por el contrario, cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos, si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

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