DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌ Cláusulas de Ejemplo

DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌. Las necesidades totales proyectadas de Las Licitantes, para el período 2021-2030, son las que se señalan a continuación, y se han determinado de acuerdo a lo establecido en el artículo 131° y siguiente de la LGSE. Los Bloques de Suministro Licitados en el presente proceso se presentan también a continuación, contando con un período de vigencia entre los años 2021 y 2041, ambos inclusive, donde se mantienen constantes los montos presentados en los cuadros siguientes a partir del año 2030 en adelante. Concepto Subítem 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 Energía [GWh] Proyección 43.787 45.580 47.333 48.851 50.382 51.958 53.592 55.267 56.988 58.757 Contratación base 39.034 34.235 32.212 26.603 19.205 16.274 13.326 11.978 11.980 11.982 Requerimientos base 4.753 11.345 15.121 22.248 31.177 35.684 40.266 43.289 45.008 46.775 Bloque de Suministro N°1 3.080 3.080 3.080 3.080 3.080 3.080 3.080 3.080 3.080 3.080 Bloque de Suministro N°2-A 680 680 680 680 680 680 680 680 680 680 Bloque de Suministro N°2-B 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 Bloque de Suministro N°2-C 520 520 520 520 520 520 520 520 520 520 Bloque de Suministro N°3 - 7.150 7.150 7.150 7.150 7.150 7.150 7.150 7.150 7.150 Concepto Subítem 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 Reactivo [GVArh] Proyección 3.287 3.427 3.564 3.685 3.807 3.931 4.061 4.195 4.332 4.474 Contratado 2.632 2.345 2.233 1.904 1.420 1.243 836 768 769 771 Requerimientos 530 1.096 1.007 928 900 895 966 956 956 956 Bloque de Suministro N°1 309 272 250 230 223 222 239 237 237 237 Bloque de Suministro N°2-A 68 60 55 51 49 49 53 52 52 52 Bloque de Suministro N°2-B 101 88 81 75 72 72 78 77 77 77 Bloque de Suministro N°2-C 52 46 42 39 38 37 40 40 40 40 Bloque de Suministro N°3 0 630 579 533 518 515 556 550 550 550 Concepto Subítem 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 Dda HP [MW] Proyección 6.874 7.158 7.437 7.679 7.924 8.174 8.434 8.700 8.975 9.257 Contratado 6.650 5.833 5.419 4.436 3.330 2.726 2.287 1.994 1.993 1.992 Requerimientos 835 1.533 1.335 1.181 1.126 1.082 1.073 1.056 1.054 1.053 Bloque de Suministro N°1 487 380 331 293 279 268 266 262 261 261 Bloque de Suministro N°2-A 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Bloque de Suministro N°2-B 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Bloque de Suministro N°2-C 348 271 236 209 199 192 190 187 187 186 Bloque de Suministro N°3 0 882 768 679 648 622 617 607 606 606 Concepto Subítem 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 Dem Maxima [MW] Proyección 7.725 8.050 8.3...
DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌. Las necesidades totales proyectadas de Las Licitantes, para el período 2027-2035, son las que se señalan a continuación, y se han determinado de acuerdo con lo establecido en el artículo 131° y siguientes de la LGSE. El Informe Final de Licitaciones de 2021, aprobado mediante Resolución Exenta CNE N°385, de 30 de septiembre de 2021, presenta las proyecciones de demanda de energía a nivel de transmisión nacional de los clientes regulados, los niveles de contratación de energía de las empresas distribuidoras, y una proyección de los requerimientos resultantes de energía para el horizonte de análisis. A continuación, se presenta un resumen de dichos resultados, así como los montos referenciales de demanda de energía reactiva, demanda de potencia en horas de punta y demanda máxima informados por las empresas distribuidoras: Concepto Item 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 Energía [GWh] Proyección 33.829 34.951 36.141 37.341 38.735 40.207 41.776 43.415 45.118 Contratación 28.815 27.465 27.466 27.466 27.162 26.599 21.145 16.600 16.601 Requerimientos 5.014 7.485 8.675 9.875 11.573 13.608 20.631 26.814 28.517 Reactivos [GVArh] Proyección 2,3029 2,3793 2,4603 2,5420 2,6369 2,7371 2,8439 2,9555 3,0714 Contratado 1,9419 1,8509 1,8509 1,8509 1,8305 1,7925 1,4250 1,1187 1,1187 Requerimientos 0,3611 0,5284 0,6094 0,6911 0,8064 0,9446 1,4190 1,8368 1,9527 Dda HP [MW] Proyección 5,2078 5,3806 5,5637 5,7485 5,9631 6,1897 6,4312 6,6835 6,9457 Contratado 4,3923 4,1865 4,1867 4,1867 4,1403 4,0545 3,2232 2,5304 2,5305 Requerimientos 0,8155 1,1940 1,3771 1,5618 1,8227 2,1352 3,2081 4,1532 4,4152 Demanda Máxima [MW] Proyección 5,9849 6,1834 6,3939 6,6062 6,8529 7,1133 7,3909 7,6808 7,9821 Contratado 5,0480 4,8115 4,8117 4,8117 4,7584 4,6598 3,7043 2,9081 2,9083 Requerimientos 0,9369 1,3719 1,5822 1,7945 2,0944 2,4535 3,6865 4,7727 5,0738 En el Anexo 1 se incluye la distribución mensual y horaria de energía activa, reactiva y demanda máxima, todas ellas a modo referencial, para los requerimientos de Las Licitantes asociados a este proceso licitatorio. Las proyecciones de consumo consideran la composición de clientes de Las Licitantes y sus respectivas características históricas de consumo. En consistencia con lo señalado en el Informe Final de Licitaciones de 2021, en la tabla siguiente se entregan los consumos históricos para clientes regulados de los años 2011 a 2020, y las proyecciones hasta el año 2036 de cada Licitante. CHILQUINTA 2.214 2.344 2.478 2.588 2.636 2.63...
DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌. Las necesidades totales de CGED, para el período 2010-2024, son las que se señalan a continuación (sin incluir pérdidas): 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024
DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌. Las necesidades totales de Las Licitantes, para el período 2015-2033, son las que se señalan a continuación. El requerimiento total ha sido estimado tomando como base las compras reales en los puntos actuales de compra. Los Bloques de Suministro Licitados en el presente proceso por las Licitantes se presentan también a continuación, contando con un período de vigencia entre los años 2016 y 2030 para los Bloques de Suministro Nº1-A, N°1-B y N°1-C, entre los años 2017 y 2031 para los Bloques de Suministro Nº2-A, N°2-B y N°2-C, entre los años 2018 y 2032 para el Bloque de Suministro Nº3 y entre los años 2019 y 2033 para el Bloque de Suministro Nº4. Concepto Subítem 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 Energía GWh Proyección 33.822 35.855 37.962 40.184 42.304 44.526 46.856 49.308 51.880 54.586 57.435 60.418 63.557 66.862 70.337 73.994 77.837 81.882 86.140 Contratado 34.138 33.816 33.879 33.879 33.879 29.418 27.168 22.033 19.783 13.517 5.475 2.225 1.485 0 0 0 0 0 0 Suministro N°1-A 0 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 0 0 0 Suministro N°1-B 0 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 0 0 0 Suministro N°1-C 0 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 0 0 0 Suministro N°2-A 0 0 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 0 0 Suministro N°2-B 0 0 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 0 0 Suministro N°2-C 0 0 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 0 0 Suministro N°3 0 0 0 2.400 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 0 Suministro N°4 0 0 0 0 2.500 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 Concepto Subítem 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 Reactivo GVArh Proyección 4.640 4.894 5.154 5.427 5.700 5.988 6.289 6.606 6.937 7.286 7.652 8.035 8.438 8.861 9.305 9.772 10.262 10.776 11.324 Contratado 5.611 5.558 5.559 5.556 5.532 4.906 4.303 3.389 2.785 1.936 1.117 338 338 0 0 0 0 0 0 Requerimientos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 488 122 244 122 0 0 0 0 0 804 101 201 101 101 201 101 0 0 1.082 61 123 61 61 123 61 590 0 1.390 33 66 33 33 66 33 795 331 2.079 40 80 40 40 80 40 960 800 2.289 44 88 44 44 88 44 1.057 880 3.467 67 133 67 67 133 67 1.600 1.333 4.411 85 170 85 85 170 85 2.036 1.697 5.694 110 219 110 110 219 110 2.628 2.190 6.755 130 260 130 130 260 130 3.118 2.59...

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  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.

  • Concreción de las condiciones de solvencia En los contratos de servicios, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. Asimismo, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar el contrato, así como del compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 12 del Anexo I al presente pliego.

  • Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.

  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” los bienes que se mencionan en la Cláusula PRIMERA del presente conforme a lo establecido en el Anexo “2”. Lugares de entrega, siendo responsable de su recepción las personas establecidas en el mencionado anexo; todas en horario de 8:00 a 15:00 horas en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, Ciudad Universitaria, conforme a las condiciones de entrega establecidas en las bases y junta de aclaraciones de la I.T.P. Nº 901045968-005-18. Previo a la entrega de bienes, y cuando menos 24 horas antes de la entrega de bienes, “EL PROVEEDOR” deberá concertar cita para tal fin al Departamento de Compras de “LA UNIVERSIDAD”, a los teléfonos 00 (000) 000-00-00, 000-00-00 o 000-00-00, con la C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx y/o el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Únicamente se otorgarán prorrogas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento, cuando previo a su fecha de vencimiento y a solicitud expresa por escrito del proveedor, se establezcan y acredite el caso fortuito o la fuerza mayor que justifiquen el otorgamiento de la prorroga necesaria para el cumplimiento de las obligaciones. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar los bienes perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarden del polvo y la humedad, debiendo garantizar la identificación y entrega individual y total de los bienes que preserven sus cualidades durante el transporte y almacenaje, sin desgaste de su vida útil y sin daño o perjuicio alguno para “LA UNIVERSIDAD”. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir todos los gastos y absorber todos los riesgos hasta los sitios de entrega señalados, así como los relativos al aseguramiento de los mismos; la instalación y puesta en operación a entera satisfacción de “LA UNIVERSIDAD”. Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme con la descripción del Catálogo de Artículos, así como con las condiciones requeridas, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones. “EL PROVEEDOR”, se compromete a realizar la entrega de los bienes de manera personal, ya que no se aceptará la entrega de bienes mediante contratación de servicio de mensajería o paquetería.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • Condiciones Específicas Del Contrato 37 5.2.1 Vigencia del Contrato 37 5.2.2 Inicio de Ejecución 37

  • OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario, que se entienden incorporadas en el contrato de servicios públicos, las siguientes: 10.1. Almacenar y presentar los residuos sólidos, de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad vigente, en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos de los municipios o distritos y en el respectivo programa para la prestación del servicio público de aseo y en el contrato de condiciones uniformes. 10.2. Presentar para la recolección, los residuos sólidos en horarios definidos por la persona prestadora del servicio público de aseo. 10.3. No arrojar residuos sólidos o residuos de construcción y demolición al espacio público o en sitios no autorizados. 10.4. Realizar la separación de residuos en la fuente, tal como lo establezca el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos del respectivo municipio o distrito para su adecuado almacenamiento y posterior presentación. 10.5. No presentar para recolección dentro de los residuos domésticos, animales muertos o sus partes, diferentes a los residuos de alimentos. 10.6. No realizar quemas de residuos sin los controles y autorizaciones ambientales definidas en la normatividad vigente. 10.7. Presentar los residuos sólidos para la recolección en recipientes retornables o desechables, de acuerdo con lo establecido en el PGIRS de forma tal que facilite la actividad de recolección por parte del prestador. 10.8. Almacenar en los recipientes la cantidad de residuos, tanto en volumen como en peso, acorde con la tecnología utilizada para su recolección. 10.9. Trasladar los residuos sólidos hasta el sitio determinado por la persona prestadora del servicio público de aseo, cuando las condiciones de las urbanizaciones, barrios o agrupaciones de viviendas y/o demás predios impidan la circulación de vehículos de recolección. 10.10. No interferir o dificultar las actividades de barrido, recolección, transporte o limpieza urbana realizadas por la persona prestadora del servicio. 10.11. Mantener limpios y cerrados los lotes de terreno de su propiedad, así como las construcciones que amenacen ruina. Cuando por ausencia o deficiencia en el cierre y/o mantenimiento de estos se acumulen residuos sólidos en los mismos, la recolección y transporte hasta el sitio de tratamiento y/o disposición final, será responsabilidad del propietario del lote, quien deberá contratarlo como servicio especial con la persona prestadora del servicio de aseo legalmente autorizada. 10.12. Recoger los residuos sólidos originados por el cargue, descargue o transporte de cualquier mercancía. 10.13. No cambiar la destinación del inmueble receptor del servicio sin el lleno de los requisitos exigidos por las autoridades competentes. 10.14. Informar de inmediato a la persona prestadora sobre cualquier cambio en las características, identificación o uso de los inmuebles reportados o la variación del propietario, dirección u otra novedad que implique modificación a las condiciones y datos registrados en el contrato de servicios públicos y/o en el sistema de información comercial. 10.15. Verificar que la factura remitida corresponda al inmueble receptor del servicio. En caso de irregularidad, el suscriptor y/o usuario deberá informar de tal hecho a la persona prestadora. 10.16. Pagar oportunamente las facturas. El no recibir la factura no lo exonera del pago, salvo que la persona prestadora no haya efectuado la facturación en forma oportuna. 10.17. Solicitar la factura a la persona prestadora cuando aquella no haya llegado oportunamente, cuya copia será gratuita. 10.18. En el caso de suscriptores y/o usuarios no residenciales, garantizar con un título valor el pago de las facturas a su cargo en los eventos que señale la persona prestadora, siempre y cuando los mismos guarden relación directa con la prestación del servicio. 10.19. En caso de ser multiusuario, cumplir los requisitos de presentación de residuos y demás procedimientos contemplados por la regulación vigente para la aplicación de la opción tarifaria. No depositar sustancias líquidas, excretas ni residuos considerados especiales, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público de aseo. 10.20. Los suscriptores y/o usuarios no residenciales o aquellos que hayan optado por la opción de multiusuarios, están en la obligación de facilitar la medición periódica de sus residuos sólidos conforme a lo definido en las Resoluciones CRA 151 de 2001, 233 de 2002 y 236 de 2002 y o aquellas que la adicionen, modifiquen o aclaren. 10.21. Los suscriptores y/o usuarios no residenciales o aquellos que hayan optado por la opción de multiusuarios, están obligados a asumir los costos del aforo de los residuos sólidos, de conformidad con la normatividad vigente. La persona prestadora debe estimar estos costos para darlos a conocer al suscriptor y/o usuario antes de prestar el servicio. No habrá costos para el suscriptor y/o usuario en los casos de reclamación debidamente justificados. 10.22. Cuando haya servicio público de aseo disponible será obligatorio vincularse como usuario y cumplir con los deberes respectivos, o acreditar que se dispone de alternativas que no perjudiquen a la comunidad. 10.23. Cuando en las unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, sus suscriptores y/o usuarios no se constituyan en multiusuarios y se encuentren vinculados a dos o más prestadores del servicio público de aseo, deberán presentar los residuos sólidos en la forma en que lo establezcan éstos últimos, de manera que cada uno de los prestadores de recolección y transporte de residuos no aprovechables pueda identificar los residuos de sus suscriptores y/o usuarios, conforme con lo dispuesto en el artículo 2.3.2.2.2.2.16 del Decreto 1077 de 2015.

  • CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO CONDICIONES DETALLE

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP