Definición de Garantías. 1.1. Capital de Fallecimiento por Accidente de Circulación: En caso de que el Asegurado sufriera un Accidente de Circulación, y como consecuencia del mismo, tuviera lugar su falle- cimiento, la Compañía pagará al Beneficiario designado un Capital adicional al del Seguro Principal, por el importe que se indica en las Condiciones Particulares de la Póliza, siempre que el fallecimiento y el accidente de circulación se produzcan durante la plena vigencia de la Póliza.
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Samples: Insurance Agreement, Seguro De Vida
Definición de Garantías. 1.1. Capital de Fallecimiento por Accidente de Circulación: En caso de que el Asegurado sufriera un Accidente de Circulación, y como consecuencia del mismo, tuviera lugar su falle- cimientofallecimiento, la Compañía pagará al Beneficiario designado desig- nado un Capital adicional al del Seguro Principal, por el importe que se indica en las Condiciones Particulares de la Póliza, siempre que el fallecimiento y el accidente de circulación se produzcan durante la plena vigencia de la Póliza.
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Samples: Condiciones Generales Y Condiciones Generales Específicas
Definición de Garantías. 1.1. Capital de Fallecimiento por Accidente de CirculaciónCircula- ción: En caso de que el Asegurado sufriera un Accidente de Circulación, y como consecuencia del mismo, tuviera lugar su falle- cimientofallecimiento, la Compañía pagará al Beneficiario Beneficiario designado un Capital adicional al del Seguro Principal, por el importe que se indica en las Condiciones Particulares de la Póliza, siempre que el fallecimiento y el accidente de circulación circu- lación se produzcan durante la plena vigencia de la Póliza.
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Samples: Condiciones Generales De Base Y Condiciones Generales Específicas