DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El presente préstamo será pagado mediante cuotas, las que incluyen capital, intereses compensatorios, comisiones, gastos y tributos, de acuerdo al cronograma de pagos que forma parte de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, en caso de incumplimiento o demora en el pago de acuerdo a las fechas pactadas, que correspondan y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado en el presente contrato y que son detallados en la Hoja Resumen. En caso de no cancelar las cuotas en el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos los intereses compensatorios más los moratorios. Los intereses moratorios se generarán desde el día siguiente de la fecha de vencimiento de la obligación, hasta el día del pago total efectivo. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, LA CAJA podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado (obligación vencida y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumen, cualquier fondo del EL PRESTATARIO existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO frente a LA CAJA, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 3 contracts
Samples: Contrato De Préstamo Con Garantia Hipotecaria Credicasa, Contrato De Préstamo Con Garantia Hipotecaria Credicasa, Contrato De Préstamo Con Garantia Hipotecaria Credicasa
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El presente préstamo será pagado mediante cuotasEL CLIENTE debe pagar el Préstamo, las que incluyen capital, según los montos (incluidos intereses compensatorios, comisiones, gastos y tributosy, de acuerdo al cronograma ser el caso, interés moratorio por incumplimiento de pago, de ser el caso) y fechas establecidos en cada Cronograma de Pagos y Hoja de Resumen que forman parte del presente Contrato. EL CLIENTE debe pagar las cuotas xxx Xxxxxxxx en la misma moneda en la que este haya sido otorgado. Si el pago es realizado en moneda distinta, EL BANCO realizará la conversión según el tipo de cambio que este mantenga vigente en la fecha de la operación. El pago de las cuotas podrá efectuarse en las oficinas de EL BANCO, cajeros corresponsales, en establecimientos afiliados o mediante cargos previamente autorizados por EL CLIENTE en las cuentas que pudiera tener en EL BANCO o a través de cualquiera de los mecanismos y medios de pago que pueda determinar EL BANCO; información que podrá ser revisada por EL CLIENTE en el Portal Institucional de EL BANCO. Los pagos que forma parte realice EL CLIENTE en virtud de este Contrato se aplicarán a la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contratodeuda en el siguiente orden: (i) intereses compensatorios que aplica a las cuotas vencidas y a la cuota vigente; (ii) interés moratorio, que LA CAJA hace entrega según corresponda; (iii) gastos y comisiones y (iv) capital xxx Xxxxxxxx. EL CLIENTE deberá entregar oportunamente a EL BANCO o, de ser el caso, mantener en este acto al PRESTATARIOsus cuentas, el importe necesario para atender el pago xxx Xxxxxxxx. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, en En caso de incumplimiento o demora retraso en el pago de acuerdo a cualquiera de las fechas pactadascuotas xxx Xxxxxxxx, que correspondan EL CLIENTE incurrirá automáticamente en xxxx sin necesidad de requerimiento o formalidad previa alguna y los tributos que pudieran crearseen consecuencia, que graven deberá pagar adicionalmente el préstamo pactado en el presente contrato y que son detallados interés moratorio previsto en la Hoja Resumen. En caso de no cancelar las cuotas en , el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO cual se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos los intereses compensatorios más los moratorios. Los intereses moratorios se generarán devengará desde el día siguiente de a la fecha de vencimiento de la obligación, cuota hasta el día del de su pago total efectivototal. Sin perjuicio Adicionalmente, en caso de elloretraso en los pagos xxx Xxxxxxxx Personal, y en uso EL BANCO realizará el correspondiente reporte a la Central de Riesgo de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y SegurosSBS, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, LA CAJA podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado (obligación vencida y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, tributos y gastos, incluido conforme a las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumen, cualquier fondo del EL PRESTATARIO existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO frente a LA CAJA, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronogramanormas vigentes.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Préstamo Personal, Contrato De Préstamo Personal
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El presente préstamo será pagado CLIENTE asume la obligación de pagar el Préstamo, los intereses compensatorios y los intereses moratorios y/o cualquier otro concepto que se pueda aplicar en caso de incumplimiento en el pago, siempre que la normativa vigente no lo restrinja, incluyendo lo establecido en el artículo 1341 y siguientes del Código Civil, así como las comisiones y gastos, todos ellos indicados en la Hoja Resumen que forma parte del Contrato (la “Hoja Resumen”), en la misma moneda del desembolso, mediante cuotas, según lo señalado en el Anexo. En la Hoja Resumen se detallará la periodicidad del cobro de las comisiones y gastos mencionados en el presente contrato. En caso de que incluyen el Préstamo sea en moneda extranjera, el CLIENTE se obliga a realizar todos los pagos en la misma moneda extranjera o, en su defecto, en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio venta que EL BANCO tenga establecido al momento de verificarse el pago. Cada cuota de pago asciende referencialmente a la suma indicada en el Anexo, importe que podrá variar en los casos en que variasen las comisiones o los gastos previstos en el Contrato. Las cuotas xxx Xxxxxxxx tendrán periodicidad mensual y vencerán en lo sucesivo el día del mes que coincida con el día en que el BANCO hizo el desembolso. El CLIENTE podrá elegir un día de pago diferente, en cuyo caso, durante el periodo transcurrido entre la fecha de desembolso y la fecha de vencimiento de la primera cuota elegida por el CLIENTE, se generarán los intereses compensatorios correspondientes sobre la totalidad del capital desembolsado, los mismos que figurarán en el cronograma de pagos. Las cuotas comprenden los intereses, el capital, intereses compensatorios, comisiones, las comisiones y los gastos y tributos, de acuerdo al señalados en el cronograma de pagos que forma parte de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega dicho cronograma será enviado al CLIENTE mediante correo electrónico a la dirección indicada por el CLIENTE en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, en caso su solicitud de incumplimiento o demora en el pago de acuerdo a las fechas pactadas, que correspondan crédito y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado en el presente contrato u otro medio electrónico; en caso de diferencia en el correo electrónico indicado en la solicitud de crédito y la del presente contrato, prima el indicado en el presente contrato. El CLIENTE podrá informarse del importe adeudado xxx Xxxxxxxx, la fecha de pago, el monto de la próxima cuota a pagar u otra información relevante, a través de los diferentes medios que son detallados el BANCO pone a su disposición, como consultas en ventanillas, banca por teléfono, Internet, etc., y en las condiciones que el BANCO determine. La liquidación periódica xxx Xxxxxxxx constará en el Estado de Cuenta que el BANCO emitirá mensualmente y enviará al CLIENTE en caso lo haya solicitado. De haber elegido el CLIENTE la remisión de información relacionada a los pagos efectuados y aquellos que se encuentran pendientes conforme al cronograma de pagos xxx Xxxxxxxx, el BANCO enviará dicha información a través de medios electrónicos sin costo alguno para el CLIENTE, como por ejemplo a la dirección de correo electrónico que el CLIENTE haya señalado, salvo que el propio CLIENTE haya requerido al Banco que se lo envíen a su domicilio, para lo cual el CLIENTE deberá asumir el costo que se señale en la Hoja Resumen. En Asimismo, el CLIENTE declara conocer y aceptar que el BANCO podrá enviar, entregar, poner a disposición del CLIENTE, a través de correo electrónico u otro medio electrónico, el contrato, incluyendo la Hoja Resumen y el cronograma de pagos, así como cualquier otra información que corresponda, para lectura, impresión, conservación y reproducción sin cambios por parte del CLIENTE. La entrega y/o puesta a disposición de la información contractual antes indicada por parte del BANCO a favor del CLIENTE debe ser realizada en un plazo máximo de quince (15) días de suscribirse la Escritura Pública que esta minuta origine. Sin perjuicio a ello, el CLIENTE podrá exigir la entrega inmediata de los documentos antes detallados cuando haya suscrito la Escritura Pública que esta minuta origine y/o en la agencia del BANCO. Si el CLIENTE no recibiera el Estado de Cuenta antes de la fecha límite de pago establecida, deberá solicitarlo por escrito, o a través de los canales que el BANCO haya habilitado para tal fin, presumiéndose en caso contrario su oportuna recepción. Si el CLIENTE decidiera formular observaciones al Estado de Cuenta, podrá hacerlo directamente a través de la Banca por Teléfono (0000000), de la página web (xxx.xxxxxx.xxx), de los asesores de ventas y servicios o funcionarios de negocios del BANCO o de cualquier otro medio que el BANCO pudiera haber puesto a su disposición. La respuesta del BANCO no cancelar limita el derecho del CLIENTE a recurrir, en caso lo considere pertinente, a las cuotas instancias administrativas, judiciales y/o arbitrales correspondientes. El CLIENTE mantendrá en las cuentas que registre en el día de su vencimientoBANCO o entregará a este último, EL PRESTATARIO se obliga con la anticipación suficiente a pagar el importe de ellas, incluidos los intereses compensatorios más los moratorios. Los intereses moratorios se generarán desde el día siguiente de la respectiva fecha de vencimiento de cada una de las cuotas, los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a cargar sus importes en cualquiera de los depósitos y/o cuentas que mantenga en el BANCO. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el CLIENTE puede afiliarse a sistemas de débito para el pago xxx Xxxxxxxx, en la obligaciónmisma moneda u otra distinta, hasta asumiendo el día del pago total efectivoCLIENTE los riesgos por las diferencias de cambio al momento de tramitar el cargo/abono. El CLIENTE debe verificar las operaciones e informar de inmediato en caso de que no se practicasen en la oportunidad que corresponda o se realizasen de manera errada. Sin perjuicio de ello, el CLIENTE no será responsable cuando, por causa no imputable a él, el débito automático no pueda realizarse en la fecha pactada. Para afiliarse a los sistemas de débito el CLIENTE podrá acercarse a cualquier Oficina del BANCO y llenar el respectivo formulario de autorización de cargo en uso cuenta u optar por la afiliación vía la página web del BANCO (xxx.xxxxxx.xxx). El CLIENTE podrá dejar sin efecto la autorización de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, LA CAJA podrádébito automático, en cualquier momentoOficina del BANCO, aplicar mediante la firma de un nuevo formulario de autorización de cargo en cuenta o a través de la página web antes mencionada. El CLIENTE podrá solicitar mediante comunicación escrita al BANCO, la variación de sus cuotas de 12 a 14 o de 14 a 12, la misma que estará sujeta a la evaluación y aprobación previas del BANCO en función del perfil crediticio del CLIENTE. Las partes declaran expresamente que, dependiendo de la oportunidad y forma de pago de lo adeudado (obligación vencida xxx Xxxxxxxx, sus intereses y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, tributos y gastoseventualmente en ciertas cuotas no se amortizará monto alguno de principal, incluido las primas de los seguros señalados conforme a lo señalado en la Hoja Resumen, cualquier fondo del EL PRESTATARIO existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO frente a LA CAJA, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 2 contracts
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El presente préstamo será pagado mediante cuotasEL CLIENTE debe pagar el Préstamo, las que incluyen capital, según los montos (incluidos intereses compensatorios, comisiones, gastos y tributosy, de acuerdo al cronograma ser el caso, interés moratorio o penalidades por incumplimiento de pago, de ser el caso) y fechas establecidos en cada Cronograma de Pagos y Hoja de Resumen que forman parte del presente Contrato. EL CLIENTE debe pagar las cuotas xxx Xxxxxxxx en la misma moneda en la que este haya sido otorgado. Si el pago es realizado en moneda distinta, EL BANCO realizará la conversión según el tipo de cambio que este mantenga vigente en la fecha de la operación. El pago de las cuotas podrá efectuarse en las oficinas de EL BANCO, cajeros corresponsales, en establecimientos afiliados o mediante cargos previamente autorizados por EL CLIENTE en las cuentas que pudiera tener en EL BANCO o a través de cualquiera de los mecanismos y medios de pago que pueda determinar EL BANCO; información que podrá ser revisada por EL CLIENTE en el Portal Institucional de EL BANCO. Los pagos que forma parte realice EL CLIENTE en virtud de este Contrato se aplicarán a la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contratodeuda en el siguiente orden: (i) intereses compensatorios que aplica a las cuotas vencidas y a la cuota vigente; (ii) interés moratorio o penalidad, que LA CAJA hace entrega según corresponda; (iii) gastos y comisiones y (iv) capital xxx Xxxxxxxx. EL CLIENTE deberá entregar oportunamente a EL BANCO o, de ser el caso, mantener en este acto al PRESTATARIOsus cuentas, el importe necesario para atender el pago xxx Xxxxxxxx. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, en En caso de incumplimiento o demora retraso en el pago de acuerdo a cualquiera de las fechas pactadascuotas xxx Xxxxxxxx, que correspondan EL CLIENTE incurrirá automáticamente en xxxx sin necesidad de requerimiento o formalidad previa alguna y los tributos que pudieran crearseen consecuencia, que graven deberá pagar adicionalmente el préstamo pactado en el presente contrato y que son detallados interés moratorio o penalidad previstos en la Hoja Resumen. En caso de no cancelar las cuotas en , el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO cual se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos los intereses compensatorios más los moratorios. Los intereses moratorios se generarán devengará desde el día siguiente de a la fecha de vencimiento de la obligación, cuota hasta el día del de su pago total efectivototal. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatoriasAdicionalmente, en adelante la Ley General, LA CAJA podrá, en cualquier momento, aplicar al pago caso de lo adeudado (obligación vencida y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumen, cualquier fondo del EL PRESTATARIO existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO frente a LA CAJA, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos retraso en los plazospagos xxx Xxxxxxxx Personal, moneda y montos señalados en EL BANCO realizará el cronogramacorrespondiente reporte a las Centrales de Riesgo, conforme a las normas vigentes.
Appears in 1 contract
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El EL CLIENTE asume la obligación de pagar el presente préstamo será pagado mediante cuotaspréstamo, las que incluyen capital, intereses compensatoriossus intereses, comisiones, gastos y tributospenalidades en la misma moneda convenida, pudiendo efectuar dicho pago en efectivo, con débito automático, transferencia u otro medio o forma de pago admitido por BanBif. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, EL CLIENTE puede afiliarse a sistemas de débito para el pago xxx xxxxxxxx de acuerdo a los términos y condiciones del Contrato Único de cuentas/depósitos y prestaciones de servicios suscrito con BanBif, en la misma moneda u otra distinta, asumiendo EL CLIENTE los riesgos por las diferencia de cambio al cronograma momento de pagos que forma parte tramitar el cargo/abono. EL CLIENTE debe verificar las operaciones e informar de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, inmediato en caso de incumplimiento que no se practicasen en la oportunidad que corresponda o demora se realicen de manera errada. Sin perjuicio de ello, EL CLIENTE no será responsable cuando, por causa no imputable a él, el débito automático no pueda realizarse en la fecha pactada. Para afiliarse a los sistemas de débito EL CLIENTE podrá acercarse a cualquier Oficina de BanBif y llenar el pago respectivo formulario de acuerdo autorización de cargo en cuenta. EL CLIENTE podrá dejar sin efecto la autorización de débito automático, en cualquier oficina de BanBif, mediante la firma de un nuevo formulario de instrucción. EL CLIENTE se obliga a pagar a BanBif: (i) el monto del crédito desembolsado, (ii) los intereses compensatorios que correspondan, así como los moratorios de ser el caso y (iii) las fechas pactadascomisiones, gastos, tributos y penalidades a que correspondan tuviera lugar, en la oportunidad, forma y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado monto establecidos por BanBif en el presente contrato y que son detallados xx xxxxxxxx hipotecario, así como en la Hoja ResumenResumen y los Cronogramas de Pago que forman parte del mismo, documentos cuya recepción y contenido EL CLIENTE declara conocer y aceptar. EL CLIENTE está obligado a efectuar el pago oportuno de todas las cuotas descritas en los Cronogramas de Pago y demás conceptos a su cargo en las oficinas de BanBif, cuyas direcciones pueden ser ubicadas en la página Web xxx.xxxxxx.xxx.xx. En caso de no cancelar las cuotas en el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO CLIENTE se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos los más, de ser el caso, las comisiones, gastos, tributos, intereses compensatorios más los moratoriosy moratorios así como las penalidades que resulten aplicables. Los intereses moratorios se generarán devengarán desde el día siguiente de a la fecha de vencimiento de la obligación, inclusive hasta el día del de su pago total efectivo, más los tributos, comisiones y gastos, si los hubiere. El detalle de los intereses, penalidades, comisiones, gastos y tributos se detalla en la Hoja Resumen Adjunta. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º 132° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatoriasN° 26702, en adelante la Ley General, LA CAJA BanBif podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado por principal (obligación vencida y exigible) por capital (principalcapital), intereses, penalidades, comisiones, gastos, costos de los seguros, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumena cualquier otro concepto aplicable y exigible, cualquier fondo del de EL PRESTATARIO CLIENTE existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA BanBif o, cualquier otra cuenta, fondo, depósito, valor o bien que tenga en su poder y esté destinado a ser acreditado, abonado o entregado a EL CLIENTE, salvo los límites establecidos por la Ley 26702. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, BanBif podrá disponer otra forma de pago, informando EL CLIENTE sobre la nueva modalidad a emplearse. EL CLIENTE presta su consentimiento para que en caso sus obligaciones no hayan sido canceladas oportunamente o si BanBif lo estima conveniente, compense los saldos de las distintas cuentas que EL CLIENTE mantenga en BanBif y centralice en una sola cuenta corriente en moneda nacional o extranjera los saldos acreedores o deudores que éste pudiera tener, autorizando a BanBif a efectuar la conversión de moneda según la cotización vigente en sus oficinas. BanBif informará posteriormente a EL CLIENTE sobre la realización de estas acciones mediante comunicación cursada a su domicilio físico o a su dirección de correo electrónico, dentro de los estados de cuenta, avisos de vencimiento o cualquier documentación que se curse al cliente o en comunicación especial, según sea el caso, o mediante comunicación telefónica. El saldo acreedor o deudor resultante como consecuencia de esta centralización y compensación será el saldo definitivo a favor o a cargo de EL CLIENTE. Las partes acuerdan de manera expresa que la centralización de saldos y/o cuentas arriba indicada, o el pase del crédito otorgado a las cuentas corrientes de EL CLIENTE, no constituyen novación. BanBif no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO CLIENTE frente a LA CAJABanBif, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida Si al momento de efectuar pagos EL CLIENTE tuviera distintas obligaciones frente a BanBif, autoriza irrevocablemente a éste a imputar los pagos a la consolidación y/o compensacióndeuda que BanBif estime conveniente y conforme a lo señalado en el artículo 87° de Código de Protección y Defensa del Consumidor. Las partes acuerdan que, LA CAJA comunicará a en caso EL PRESTATARIO CLIENTE no cumpla con pagar alguna cuota en la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudasfecha pactada, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado CLIENTE incurrirá en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este actoxxxx automática, de conformidad con lo previsto por el artículo 1249º inciso 1 del Artículo 1333° del Código Civil, la capitalización sin necesidad de dichos intereses compensatoriosrequerimiento o intimación alguna por parte de BanBif. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra terminación o preclusión de los plazos xxx xxxxxxxx y/o resolución del contrato por causa de la xxxx incurrida, de conformidad con lo señalado en la Hoja Resumen. cláusula octava numeral 8.6 del presente contrato, será comunicada a EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronogramaCLIENTE por escrito.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Préstamo Hipotecario Nuevo Crédito Mivivienda (Bbp)
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El EL CLIENTE asume la obligación de pagar el presente préstamo será pagado mediante cuotaspréstamo, sus intereses y comisiones en la misma moneda convenida, y se obliga a efectuar el reembolso o pago del citado préstamo, indistintamente, a través de su cuenta corriente ordinaria, o de su cuenta de ahorros, o de su cuenta de depósito, en las que incluyen capitalEL BANCO queda facultado a debitar; o mediante cargos en una cuenta corriente especial de registro que en todo caso y, intereses compensatoriosde ser necesario, faculta a EL BANCO a abrir a su nombre. Cuando por causas no imputables a las partes sea imposible el reembolso xxx xxxxxxxx por alguna de las modalidades antes indicadas, EL BANCO podrá disponer otra forma de pago, informando a EL CLIENTE, sobre la nueva modalidad a emplearse. Para estos efectos, EL CLIENTE mantendrá o entregará en EL BANCO, con la anticipación suficiente a la respectiva fecha de vencimiento de las obligaciones de cargo de EL CLIENTE derivadas del presente Contrato, sea que correspondan a principal, intereses, comisiones, gastos o cualquier otro concepto, los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y tributossin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a poder cargar sus importes en cualquiera de acuerdo al cronograma de pagos los depósitos y/o cuentas que forma parte de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega mantenga en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, en caso de incumplimiento o demora en el pago de acuerdo a las fechas pactadas, que correspondan y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado en el presente contrato y que son detallados en la Hoja ResumenBANCO. En caso de no cancelar las cuotas o cualquier otro importe adeudado en el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO CLIENTE se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos más los intereses compensatorios más los moratoriosy moratorios a las tasas máximas que para sus operaciones crediticias en xxxx tenga vigente EL BANCO. Los Estos intereses moratorios se generarán devengarán desde el día siguiente de a la fecha de vencimiento de la obligación, inclusive hasta el día del de su pago total efectivo, más los tributos, gastos notariales y judiciales, si los hubiese. El pago será imputado de acuerdo a lo establecido en el artículo 1257° del Código Civil, es decir, primero gastos, luego intereses y finalmente, capital. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, LA CAJA EL BANCO podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado (obligación vencida y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, gastos, costos de los seguros, portes, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumena cualquier otro concepto aplicable y exigible, cualquier fondo del de EL PRESTATARIO CLIENTE existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA EL BANCO o, cualquier otra cuenta, fondo, depósito, valor o bien que tenga en su poder y esté destinado a ser acreditado, abonado o entregado a EL CLIENTE. EL BANCO no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO el CLIENTE frente a LA CAJAEL BANCO, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Crédito Hipotecario
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El presente préstamo será pagado CLIENTE asume la obligación de pagar el Préstamo, los intereses compensatorios y los intereses moratorios o, si fuere el caso, la penalidad por pago atrasado, indicados en el Anexo, así como las comisiones y gastos indicados en la Hoja Resumen que forma parte del Contrato (la “Hoja Resumen”), en la misma moneda del desembolso, mediante cuotas, según lo señalado en el Anexo... Cada cuota de pago asciende referencialmente a la suma indicada en el Anexo, importe que ha sido calculado en función al monto desembolsado xxx Xxxxxxxx, sin considerar el Bono del Buen Pagador ni el Bono MiVivienda Sostenible ya que estos no forman parte xxx Xxxxxxxx y que podrá variar en los casos en que variasen las que incluyen comisiones o los gastos previstos en el Contrato. Las cuotas comprenden los intereses, el capital, intereses compensatorios, comisiones, las comisiones y los gastos y tributos, de acuerdo al señalados en el cronograma de pagos que forma parte de la "Hoja Resumen" emitida . El CLIENTE podrá informarse del importe adeudado xxx Xxxxxxxx, la fecha de pago, el monto de la próxima cuota a pagar u otra información relevante, a través de los diferentes medios que el BANCO pone a su disposición, como anexo del contratoconsultas en ventanillas, banca por teléfono, Internet, etc., y en las condiciones que LA CAJA hace entrega en este acto al PRESTATARIOel BANCO determine. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, en caso de incumplimiento o demora La liquidación periódica xxx Xxxxxxxx constará en el pago Estado de acuerdo Cuenta que el BANCO emitirá mensualmente. De haber elegido el CLIENTE la remisión de información relacionada a las fechas pactadaslos pagos efectuados y aquellos que se encuentran pendientes conforme al cronograma de pagos xxx Xxxxxxxx, el BANCO enviará dicha información a través de medios electrónicos, sin costo alguno para el CLIENTE, como por ejemplo a la dirección de correo electrónico que correspondan y los tributos el CLIENTE haya señalado, salvo que pudieran crearseel propio CLIENTE haya requerido al BANCO que se lo envíe a su domicilio, para lo cual el CLIENTE deberá asumir el costo que graven el préstamo pactado en el presente contrato y que son detallados se señale en la Hoja Resumen. En Asimismo, el CLIENTE declara conocer y aceptar que el BANCO podrá enviar, entregar, poner a disposición del CLIENTE, a través de correo electrónico u otro medio electrónico, el contrato, incluyendo la Hoja Resumen y el cronograma de pagos, así como cualquier otra información que corresponda, para lectura, impresión, conservación y reproducción sin cambios por parte del CLIENTE. Sin perjuicio a ello, el CLIENTE podrá exigir la entrega inmediata de los documentos antes detallados cuando haya celebrado este contrato por escrito y en la agencia del BANCO. Si el CLIENTE no recibiera el Estado de Cuenta antes de la fecha límite de pago establecida, deberá solicitarlo por escrito, o a través de los canales que el BANCO haya habilitado para tal fin, presumiéndose en caso contrario su oportuna recepción. Si el CLIENTE decidiera formular observaciones al Estado de Cuenta, podrá hacerlo directamente a través de la Banca por Teléfono (0000000), de la página web (xxx.xxxxxx.xxx), de los asesores de ventas y servicios o funcionarios de negocios del BANCO o de cualquier otro medio que el BANCO pudiera haber puesto a su disposición. La respuesta del BANCO no cancelar limita el derecho del CLIENTE a recurrir, en caso lo considere pertinente, a las cuotas instancias administrativas, judiciales y/o arbitrales correspondientes. El CLIENTE mantendrá en las cuentas que registre en el día de su vencimientoBANCO o entregará a este último, EL PRESTATARIO se obliga con la anticipación suficiente a pagar el importe de ellas, incluidos los intereses compensatorios más los moratorios. Los intereses moratorios se generarán desde el día siguiente de la respectiva fecha de vencimiento de cada una de las cuotas, los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a cargar sus importes en cualquiera de los depósitos y/o cuentas que mantenga en el BANCO. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el CLIENTE puede afiliarse a sistemas de débito para el pago xxx Xxxxxxxx, en la obligaciónmisma moneda u otra distinta, hasta asumiendo el día del pago total efectivoCLIENTE los riesgos por las diferencias de cambio al momento de tramitar el cargo/abono. El CLIENTE debe verificar las operaciones e informar de inmediato en caso de que no se practicasen en la oportunidad que corresponda o se realizasen de manera errada. Sin perjuicio de ello, el CLIENTE no será responsable cuando, por causa no imputable a él, el débito automático no pueda realizarse en la fecha pactada. Para afiliarse a los sistemas de débito el CLIENTE podrá acercarse a cualquier Oficina del BANCO y llenar el respectivo formulario de autorización de cargo en uso cuenta u optar por la afiliación vía la página web del BANCO (xxx.xxxxxx.xxx). El CLIENTE podrá dejar sin efecto la autorización de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, LA CAJA podrádébito automático, en cualquier momentoOficina del BANCO, aplicar al mediante la firma de un nuevo formulario de autorización de cargo en cuenta o a través de la página web antes mencionada. Las partes declaran expresamente que, dependiendo de la oportunidad y forma de pago de lo adeudado (obligación vencida xxx Xxxxxxxx, sus intereses y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, tributos y gastoseventualmente en ciertas cuotas no se amortizará monto alguno de principal, incluido las primas de los seguros señalados conforme a lo señalado en la Hoja Resumen, cualquier fondo del EL PRESTATARIO existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO frente a LA CAJA, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 1 contract
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El presente préstamo será pagado CLIENTE asume la obligación de pagar el Préstamo, los intereses compensatorios y los intereses moratorios y/o, cualquier otro concepto que se pueda aplicar en caso de incumplimiento en el pago, siempre que la normativa vigente no lo restrinja, incluyendo lo establecido en el artículo 1341 y siguientes del Código Civil, indicados en el Anexo, así como las comisiones y gastos indicados en la Hoja Resumen que forma parte del Contrato (la “Hoja Resumen”), en la misma moneda del desembolso, mediante cuotas, según lo señalado en el Anexo. En la Hoja Resumen se detallará la periodicidad del cobro de las comisiones y gastos mencionados en el presente contrato. Cada cuota de pago asciende referencialmente a la suma indicada en el Anexo, importe que incluyen ha sido calculado en función al monto desembolsado xxx Xxxxxxxx, sin considerar el Bono MiVivienda Sostenible ya que estos no forman parte xxx Xxxxxxxx y que podrá variar en los casos en que variasen las comisiones o los gastos previstos en el Contrato. Las cuotas comprenden los intereses, el capital, intereses compensatorios, comisiones, las comisiones y los gastos y tributos, de acuerdo al señalados en el cronograma de pagos que forma parte de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega dicho cronograma será enviado al CLIENTE mediante correo electrónico a la dirección indicada por el CLIENTE en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, en caso su solicitud de incumplimiento o demora en el pago de acuerdo a las fechas pactadas, que correspondan crédito y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado en el presente contrato u otro medio electrónico; en caso de diferencia en el correo electrónico indicado en la solicitud de crédito y la del presente contrato, prima el indicado en el presente contrato. El CLIENTE podrá informarse del importe adeudado xxx Xxxxxxxx, la fecha de pago, el monto de la próxima cuota a pagar u otra información relevante, a través de los diferentes medios que son detallados el BANCO pone a su disposición, como consultas en ventanillas, banca por teléfono, Internet, etc., y en las condiciones que el BANCO determine. La liquidación periódica xxx Xxxxxxxx constará en el Estado de Cuenta que el BANCO emitirá mensualmente. De haber elegido el CLIENTE la remisión de información relacionada a los pagos efectuados y aquellos que se encuentran pendientes conforme al cronograma de pagos xxx Xxxxxxxx, el BANCO enviará dicha información través de medios electrónicos, sin costo alguno para el CLIENTE, como por ejemplo a la dirección de correo electrónico que el CLIENTE haya señalado, salvo que el propio CLIENTE haya requerido al BANCO que se lo envíe a su domicilio, para lo cual el CLIENTE deberá asumir el costo que se señale en la Hoja Resumen. En Asimismo, el CLIENTE declara conocer y aceptar que el BANCO podrá enviar, entregar, poner a disposición del CLIENTE, a través de correo electrónico u otro medio electrónico, el contrato, incluyendo la Hoja Resumen y el cronograma de pagos, así como cualquier otra información que corresponda, para lectura, impresión, conservación y reproducción sin cambios por parte del CLIENTE. La entrega y/o puesta a disposición de la información contractual antes indicada por parte del BANCO a favor del CLIENTE debe ser realizada en un plazo máximo de quince (15) días de suscribirse la Escritura Pública que esta minuta origine. Sin perjuicio a ello, el CLIENTE podrá exigir la entrega inmediata de los documentos antes detallados cuando haya suscrito la Escritura Pública que esta minuta origine y/o en la agencia del BANCO. Si el CLIENTE no recibiera el Estado de Cuenta antes de la fecha límite de pago establecida, deberá solicitarlo por escrito, o a través de los canales que el BANCO haya habilitado para tal fin, presumiéndose en caso contrario su oportuna recepción. Si el CLIENTE decidiera formular observaciones al Estado de Cuenta, podrá hacerlo directamente a través de la Banca por Teléfono (0000000), de la página web (xxx.xxxxxx.xxx), de los asesores de ventas y servicios o funcionarios de negocios del BANCO o de cualquier otro medio que el BANCO pudiera haber puesto a su disposición. La respuesta del BANCO no cancelar limita el derecho del CLIENTE a recurrir, en caso lo considere pertinente, a las cuotas instancias administrativas, judiciales y/o arbitrales correspondientes. El CLIENTE mantendrá en las cuentas que registre en el día de su vencimientoBANCO o entregará a este último, EL PRESTATARIO se obliga con la anticipación suficiente a pagar el importe de ellas, incluidos los intereses compensatorios más los moratorios. Los intereses moratorios se generarán desde el día siguiente de la respectiva fecha de vencimiento de cada una de las cuotas, los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a cargar sus importes en cualquiera de los depósitos y/o cuentas que mantenga en el BANCO. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el CLIENTE puede afiliarse a sistemas de débito para el pago xxx Xxxxxxxx, en la obligaciónmisma moneda u otra distinta, hasta asumiendo el día del pago total efectivoCLIENTE los riesgos por las diferencias de cambio al momento de tramitar el cargo/abono. El CLIENTE debe verificar las operaciones e informar de inmediato en caso de que no se practicasen en la oportunidad que corresponda o se realizasen de manera errada. Sin perjuicio de ello, el CLIENTE no será responsable cuando, por causa no imputable a él, el débito automático no pueda realizarse en la fecha pactada. Para afiliarse a los sistemas de débito el CLIENTE podrá acercarse a cualquier Oficina del BANCO y llenar el respectivo formulario de autorización de cargo en uso cuenta u optar por la afiliación vía la página web del BANCO (xxx.xxxxxx.xxx). El CLIENTE podrá dejar sin efecto la autorización de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, LA CAJA podrádébito automático, en cualquier momentoOficina del BANCO, aplicar al mediante la firma de un nuevo formulario de autorización de cargo en cuenta o a través de la página web antes mencionada. Las partes declaran expresamente que, dependiendo de la oportunidad y forma de pago de lo adeudado (obligación vencida xxx Xxxxxxxx, sus intereses y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, tributos y gastoseventualmente en ciertas cuotas no se amortizará monto alguno de principal, incluido las primas de los seguros señalados conforme a lo señalado en la Hoja Resumen, cualquier fondo del EL PRESTATARIO existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO frente a LA CAJA, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Préstamo Hipotecario Nuevo Crédito Mivivienda Aprobado Por Resolución SBS
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El EL CLIENTE asume la obligación de pagar el presente préstamo será pagado mediante cuotaspréstamo, las que incluyen capitalsus intereses, intereses compensatorioscomisiones y gastos en la misma moneda convenida, comisionespudiendo efectuar dicho pago en efectivo, gastos y tributoscon débito automático, transferencia u otro medio o forma de pago admitido por BanBif. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, EL CLIENTE puede afiliarse a sistemas de débito para el pago xxx xxxxxxxx de acuerdo a los términos y condiciones del Contrato Único de cuentas/depósitos y prestaciones de servicios suscrito con BanBif, en la misma moneda u otra distinta, asumiendo EL CLIENTE los riesgos por la diferencia de cambio al cronograma momento de pagos que forma parte tramitar el cargo/abono. EL CLIENTE debe verificar las operaciones e informar de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, inmediato en caso de incumplimiento que no se practicasen en la oportunidad que corresponda o demora se realicen de manera errada. Sin perjuicio de ello, EL CLIENTE no será responsable cuando, por causa no imputable a él, el débito automático no pueda realizarse en la fecha pactada. Para afiliarse a los sistemas de débito EL CLIENTE podrá acercarse a cualquier Oficina de BanBif y llenar el pago respectivo formulario de acuerdo autorización de cargo en cuenta. EL CLIENTE podrá dejar sin efecto la autorización de débito automático, en cualquier oficina de BanBif, mediante la firma de un nuevo formulario de instrucción. EL CLIENTE también podrá afiliarse o desafiliarse a través de otros mecanismos que BanBif pueda implementar a futuro, conforme a las fechas pactadasdisposiciones legales. EL CLIENTE se obliga a devolver a BanBif: (i) el crédito concedido, (ii) los intereses compensatorios que correspondan correspondan, así como los moratorios de ser el caso y los tributos (iii) las comisiones y gastos a que pudieran crearsetuviera lugar, que graven el préstamo pactado en la oportunidad, forma y monto establecidos por BanBif en el presente contrato y que son detallados xx xxxxxxxx hipotecario, así como en la Hoja ResumenResumen y los Cronogramas de Pago que forman parte del mismo, documentos cuya recepción y contenido EL CLIENTE declara conocer y aceptar, pudiendo efectuar dicho pago en efectivo, con débito automático, transferencia u otro medio o forma de pago admitido por BanBif. EL CLIENTE está obligado a efectuar el pago oportuno de todas las cuotas descritas en los Cronogramas de Pago y demás conceptos a su cargo en las oficinas de BanBif, oficinas cuyas direcciones pueden ser ubicadas en la página Web xxx.xxxxxx.xxx.xx. Para estos efectos, EL CLIENTE mantendrá o entregará a BanBif, con la anticipación suficiente a la respectiva fecha de vencimiento de cada una de las cuotas, los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a poder cargar sus importes en cualquiera de los depósitos y/o cuentas que mantenga en BanBif. En caso de no cancelar las cuotas en el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO CLIENTE se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos los más, de ser el caso, las comisiones, gastos, tributos, intereses compensatorios más los compensatorios, intereses moratorios, así como penalidades por incumplimiento de contrato que no sean por incumplimiento de pago, que resulten aplicables. Los intereses moratorios se generarán devengarán desde el día siguiente de a la fecha de vencimiento de la obligación, inclusive, hasta el día del de su pago total efectivo, más los tributos, comisiones y gastos, si los hubiere. El detalle de los intereses, comisiones, gastos y tributos se detalla en la Hoja Resumen Adjunta. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º 132° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatoriasN° 26702, en adelante la Ley General, LA CAJA BanBif podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado por principal (obligación vencida y exigible) por capital (principalcapital), interesesintereses compensatorios y moratorios, comisiones, gastos, costos de los seguros, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumena cualquier otro concepto aplicable y exigible, cualquier fondo del de EL PRESTATARIO CLIENTE existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA BanBif o, cualquier otra cuenta, fondo, depósito, valor o bien que tenga en su poder y esté destinado a ser acreditado, abonado o entregado a EL CLIENTE. No serán objeto de compensación los activos legal o contractualmente declarados intangibles o excluidos de este derecho. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, BanBif podrá disponer otra forma de pago, informando EL CLIENTE sobre la nueva modalidad a emplearse. EL CLIENTE presta su consentimiento para que en caso sus obligaciones no hayan sido canceladas oportunamente, o si BanBif lo estima conveniente, compense los saldos de las distintas cuentas que EL CLIENTE mantenga en BanBif y centralice en una sola cuenta corriente en moneda nacional o extranjera los saldos acreedores o deudores que éste pudiera tener, autorizando a BanBif a efectuar la conversión de moneda según la cotización vigente en sus oficinas. BanBif informará posteriormente a EL CLIENTE sobre la realización de estas acciones mediante comunicación cursada a su domicilio físico o a su dirección de correo electrónico, dentro de los estados de cuenta, avisos de vencimiento o cualquier documentación que se curse al cliente o en comunicación especial, según sea el caso, o mediante comunicación telefónica. El saldo acreedor o deudor resultante como consecuencia de esta centralización y compensación será el saldo definitivo a favor o a cargo de EL CLIENTE. Las partes acuerdan de manera expresa que la centralización de saldos y/o cuentas arriba indicada, o el pase del crédito otorgado a las cuentas corrientes de EL CLIENTE, no constituyen novación. BanBif no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO CLIENTE frente a LA CAJABanBif, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Préstamo Hipotecario
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El EL CLIENTE asume la obligación de pagar el presente préstamo será pagado mediante cuotaspréstamo, las que incluyen capital, intereses compensatoriossus intereses, comisiones, gastos y tributospenalidades en la misma moneda convenida, pudiendo efectuar dicho pago en efectivo, con débito automático, transferencia u otro medio o forma de pago admitido por BanBif. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, EL CLIENTE puede afiliarse a sistemas de débito para el pago xxx xxxxxxxx de acuerdo a los términos y condiciones del Contrato Único de cuentas/depósitos y prestaciones de servicios suscrito con BanBif, en la misma moneda u otra distinta, asumiendo EL CLIENTE los riesgos por la diferencia de cambio al cronograma momento de pagos que forma parte tramitar el cargo/abono. EL CLIENTE debe verificar las operaciones e informar de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, inmediato en caso de incumplimiento que no se practicasen en la oportunidad que corresponda o demora se realicen de manera errada. Sin perjuicio de ello, EL CLIENTE no será responsable cuando, por causa no imputable a él, el débito automático no pueda realizarse en la fecha pactada. Para afiliarse a los sistemas de débito EL CLIENTE podrá acercarse a cualquier Oficina de BanBif y llenar el pago respectivo formulario de acuerdo autorización de cargo en cuenta. EL CLIENTE podrá dejar sin efecto la autorización de débito automático, en cualquier oficina de BanBif, mediante la firma de un nuevo formulario de instrucción. EL CLIENTE también podrá afiliarse o desafiliarse a través de otros mecanismos que BanBif pueda implementar a futuro. EL CLIENTE se obliga a devolver a BanBif: (i) el crédito concedido, (ii) los intereses compensatorios que correspondan, así como los moratorios de ser el caso y (iii) las fechas pactadascomisiones, gastos y penalidades a que correspondan tuviera lugar, en la oportunidad, forma y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado monto establecidos por BanBif en el presente contrato y que son detallados xx xxxxxxxx hipotecario, así como en la Hoja ResumenResumen y los Cronogramas de Pago que forman parte del mismo, documentos cuya recepción y contenido EL CLIENTE declara conocer y aceptar, pudiendo efectuar dicho pago en efectivo, con débito automático, transferencia u otro medio o forma de pago admitido por BanBif. EL CLIENTE está obligado a efectuar el pago oportuno de todas las cuotas descritas en los Cronogramas de Pago y demás conceptos a su cargo en las oficinas de BanBif, oficinas cuyas direcciones pueden ser ubicadas en la página Web xxx.xxxxxx.xxx.xx. Para estos efectos, EL CLIENTE mantendrá o entregará a BanBif, con la anticipación suficiente a la respectiva fecha de vencimiento de cada una de las cuotas, los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a poder cargar sus importes en cualquiera de los depósitos y/o cuentas que mantenga en BanBif. En caso de no cancelar las cuotas en el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO CLIENTE se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos los más, de ser el caso, las comisiones, gastos, tributos, intereses compensatorios más los moratorioscompensatorios, intereses moratorios o penalidad por incumplimiento de pago, así como las otras penalidades, distintas al incumplimiento de pago, que resulten aplicables. Los intereses moratorios se generarán devengarán desde el día siguiente de a la fecha de vencimiento de la obligación, inclusive, hasta el día del de su pago total efectivo, más los tributos, comisiones y gastos, si los hubiere. El detalle de los intereses, penalidades, comisiones, gastos y tributos se detalla en la Hoja Resumen Adjunta. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º 132° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatoriasN° 26702, en adelante la Ley General, LA CAJA BanBif podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado por principal (obligación vencida y exigible) por capital (principalcapital), intereses, penalidades, comisiones, gastos, costos de los seguros, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumena cualquier otro concepto aplicable y exigible, cualquier fondo del de EL PRESTATARIO CLIENTE existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA BanBif o, cualquier otra cuenta, fondo, depósito, valor o bien que tenga en su poder y esté destinado a ser acreditado, abonado o entregado a EL CLIENTE, salvo los límites establecidos por la Ley General. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, BanBif podrá disponer otra forma de pago, informando EL CLIENTE sobre la nueva modalidad a emplearse. EL CLIENTE presta su consentimiento para que en caso sus obligaciones no hayan sido canceladas oportunamente, o si BanBif lo estima conveniente, compense los saldos de las distintas cuentas que EL CLIENTE mantenga en BanBif y centralice en una sola cuenta corriente en moneda nacional o extranjera los saldos acreedores o deudores que éste pudiera tener, autorizando a BanBif a efectuar la conversión de moneda según la cotización vigente en sus oficinas. BanBif informará posteriormente a EL CLIENTE sobre la realización de estas acciones mediante comunicación cursada a su domicilio físico o a su dirección de correo electrónico, dentro de los estados de cuenta, avisos de vencimiento o cualquier documentación que se curse al cliente o en comunicación especial, según sea el caso, o mediante comunicación telefónica. El saldo acreedor o deudor resultante como consecuencia de esta centralización y compensación será el saldo definitivo a favor o a cargo de EL CLIENTE. Las partes acuerdan de manera expresa que la centralización de saldos y/o cuentas arriba indicada, o el pase del crédito otorgado a las cuentas corrientes de EL CLIENTE, no constituyen novación. BanBif no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO CLIENTE frente a LA CAJABanBif, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Préstamo Hipotecario
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El EL CLIENTE asume la obligación de pagar el presente préstamo será pagado mediante cuotaspréstamo, las que incluyen capitalsus intereses, intereses compensatorioscomisiones y gastos en la misma moneda convenida, comisionespudiendo efectuar dicho pago en efectivo, gastos y tributoscon débito automático, transferencia u otro medio o forma de pago admitido por BanBif. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, EL CLIENTE puede afiliarse a sistemas de débito para el pago xxx xxxxxxxx de acuerdo a los términos y condiciones del Contrato Único de cuentas/depósitos y prestaciones de servicios suscrito con BanBif, en la misma moneda u otra distinta, asumiendo EL CLIENTE los riesgos por la diferencia de cambio al cronograma momento de pagos que forma parte tramitar el cargo/abono. EL CLIENTE debe verificar las operaciones e informar de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, inmediato en caso de incumplimiento que no se practicasen en la oportunidad que corresponda o demora se realicen de manera errada. Sin perjuicio de ello, EL CLIENTE no será responsable cuando, por causa no imputable a él, el débito automático no pueda realizarse en la fecha pactada. Para afiliarse a los sistemas de débito EL CLIENTE podrá acercarse a cualquier Oficina de BanBif y llenar el pago respectivo formulario de acuerdo autorización de cargo en cuenta. EL CLIENTE podrá dejar sin efecto la autorización de débito automático, en cualquier oficina de BanBif, mediante la firma de un nuevo formulario de instrucción. EL CLIENTE también podrá afiliarse o desafiliarse a través de otros mecanismos que BanBif pueda implementar a futuro. EL CLIENTE se obliga a devolver a BanBif: (i) el crédito concedido, (ii) los intereses compensatorios que correspondan, así como los moratorios de ser el caso y (iii) las fechas pactadascomisiones y gastos a que tuviera lugar, que correspondan en la oportunidad, forma y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado monto establecidos por BanBif en el presente contrato y que son detallados xx xxxxxxxx hipotecario, así como en la Hoja ResumenResumen y los Cronogramas de Pago que forman parte del mismo, documentos cuya recepción y contenido EL CLIENTE declara conocer y aceptar, pudiendo efectuar dicho pago en efectivo, con débito automático, transferencia u otro medio o forma de pago admitido por BanBif. EL CLIENTE está obligado a efectuar el pago oportuno de todas las cuotas descritas en los Cronogramas de Pago y demás conceptos a su cargo en las oficinas de BanBif, oficinas cuyas direcciones pueden ser ubicadas en la página Web xxx.xxxxxx.xxx.xx. Para estos efectos, EL CLIENTE mantendrá o entregará a BanBif, con la anticipación suficiente a la respectiva fecha de vencimiento de cada una de las cuotas, los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a poder cargar sus importes en cualquiera de los depósitos y/o cuentas que mantenga en BanBif. En caso de no cancelar las cuotas en el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO CLIENTE se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos los más, de ser el caso, las comisiones, gastos, tributos, intereses compensatorios más los compensatorios, intereses moratorios, así como penalidades por incumplimiento de contrato que no sean por incumplimiento de pago y que resulten aplicables. Los intereses moratorios se generarán devengarán desde el día siguiente de a la fecha de vencimiento de la obligación, inclusive, hasta el día del de su pago total efectivo, más los tributos, comisiones y gastos, si los hubiere. El detalle de los intereses, comisiones, gastos y tributos se detalla en la Hoja Resumen Adjunta. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º 132° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatoriasN° 26702, en adelante la Ley General, LA CAJA BanBif podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado por principal (obligación vencida y exigible) por capital (principalcapital), interesesintereses compensatorios y moratorios, comisiones, gastos, costos de los seguros, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumena cualquier otro concepto aplicable y exigible, cualquier fondo del de EL PRESTATARIO CLIENTE existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA BanBif o, cualquier otra cuenta, fondo, depósito, valor o bien que tenga en su poder y esté destinado a ser acreditado, abonado o entregado a EL CLIENTE. No serán objeto de compensación los activos legal o contractualmente declarados intangibles o excluidos de este derecho. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, BanBif podrá disponer otra forma de pago, informando EL CLIENTE sobre la nueva modalidad a emplearse. EL CLIENTE presta su consentimiento para que en caso sus obligaciones no hayan sido canceladas oportunamente, o si BanBif lo estima conveniente, compense los saldos de las distintas cuentas que EL CLIENTE mantenga en BanBif y centralice en una sola cuenta corriente en moneda nacional o extranjera los saldos acreedores o deudores que éste pudiera tener, autorizando a BanBif a efectuar la conversión de moneda según la cotización vigente en sus oficinas. BanBif informará posteriormente a EL CLIENTE sobre la realización de estas acciones mediante comunicación cursada a su domicilio físico o a su dirección de correo electrónico, dentro de los estados de cuenta, avisos de vencimiento o cualquier documentación que se curse al cliente o en comunicación especial, según sea el caso, o mediante comunicación telefónica. El saldo acreedor o deudor resultante como consecuencia de esta centralización y compensación será el saldo definitivo a favor o a cargo de EL CLIENTE. Las partes acuerdan de manera expresa que la centralización de saldos y/o cuentas arriba indicada, o el pase del crédito otorgado a las cuentas corrientes de EL CLIENTE, no constituyen novación. BanBif no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO CLIENTE frente a LA CAJABanBif, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Préstamo Hipotecario
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El presente préstamo será pagado mediante cuotasSEXTA.- EL CLIENTE asume la obligación de pagar el préstamo, las que incluyen capital, incluyendo los intereses compensatoriosgenerados, comisiones, gastos y tributos, de acuerdo al cronograma de pagos que forma parte de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratoriosdemás conceptos aplicables, en caso de incumplimiento o demora en la misma moneda convenida, mediante el pago de acuerdo a las fechas pactadas, que correspondan cuotas mensuales con vencimientos y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado por montos señalados en el presente contrato Cronograma de Pagos que CREDINKA entregará a EL CLIENTE al momento del desembolso, el cual se efectuará en su cuenta corriente ordinaria, o en su cuenta de ahorros, o en su cuenta de depósito y de ser necesario, faculta a CREDINKA a abrir una a su nombre, con la finalidad de realizar el desembolso xxx xxxxxxxx. Asimismo, EL CLIENTE expresa su conformidad y acepta el hecho de que son detallados XXXXXXXX, luego de evaluar si les corresponde o no el Premio al Buen Pagador, en los términos referidos en la Hoja ResumenCláusula TERCERA, entregue el cronograma correspondiente al Tramo Concesional por el semestre respectivo. En caso de no cancelar las cuotas en el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO CLIENTE se obliga a pagar efectuar el importe pago del citado préstamo y demás obligaciones a que se refiere la presente cláusula, indistintamente, a través de ellascargos que CREDINKA realice en su cuenta corriente ordinaria, incluidos los intereses compensatorios más los moratorioso de su cuenta de ahorros, o de su cuenta de depósito, en las que CREDINKA queda facultado a debitar; o mediante cargos en una cuenta corriente especial de registro que en todo caso y, de ser necesario, faculta a CREDINKA a abrir a su nombre. Los intereses moratorios se generarán desde Cuando por causas no imputables a las partes sea imposible el día siguiente reembolso xxx xxxxxxxx por alguna de las modalidades antes indicadas, CREDINKA podrá disponer otra forma de pago, informando a EL CLIENTE, sobre la nueva modalidad a emplearse. Para estos efectos, EL CLIENTE mantendrá o entregará en CREDINKA, con la anticipación suficiente a la respectiva fecha de vencimiento de la obligación, hasta el día del pago total efectivo. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, LA CAJA podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado (obligación vencida y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumen, cualquier fondo del EL PRESTATARIO existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación cada una de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO frente a LA CAJA, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capitalcuotas, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxxfondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual LAS PARTES pactan y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a poder cargar sus importes en este acto, cualquiera de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra los depósitos y/o cuentas que mantenga en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronogramaCREDINKA.
Appears in 1 contract
Samples: www.credinka.com
DEL PAGO XXX XXXXXXXX. El CLIENTE asume la obligación de pagar el presente préstamo será pagado préstamo, sus intereses y comisiones en la misma moneda convenida, y se obliga a efectuar el reembolso o pago del citado préstamo, indistintamente, a través de su cuenta corriente ordinaria, o de su cuenta de ahorros, o de su cuenta de depósito, en las que el BANCO queda facultado a debitar; o mediante cargos en una cuenta corriente especial de registro que en todo caso y, de ser necesario, faculta al BANCO a abrir a su nombre. Cuando por causas no imputables a las partes sea imposible el reembolso xxx xxxxxxxx por alguna de las modalidades antes indicadas, el BANCO podrá disponer otra forma de pago, informando al CLIENTE, sobre la nueva modalidad a emplearse. Para estos efectos, el CLIENTE mantendrá o entregará en el BANCO, con la anticipación suficiente a la respectiva fecha de vencimiento de cada una de las cuotas, las los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a poder cargar sus importes en cualquiera de los depósitos y/o cuentas que incluyen capital, intereses compensatorios, comisiones, gastos y tributos, de acuerdo al cronograma de pagos que forma parte de la "Hoja Resumen" emitida como anexo del contrato, que LA CAJA hace entrega en este acto al PRESTATARIO. Adicionalmente EL PRESTATARIO pagará los intereses moratorios, en caso de incumplimiento o demora mantenga en el pago de acuerdo a las fechas pactadas, que correspondan y los tributos que pudieran crearse, que graven el préstamo pactado en el presente contrato y que son detallados en la Hoja ResumenBANCO. En caso de no cancelar las cuotas en el día de su vencimiento, EL PRESTATARIO el CLIENTE se obliga a pagar el importe de ellas, incluidos más los intereses compensatorios más los moratoriosy moratorios a las tasas máximas que para sus operaciones crediticias en xxxx tenga vigente el BANCO. Los Estos intereses moratorios se generarán devengarán desde el día siguiente de a la fecha de vencimiento de la obligación, inclusive hasta el día del de su pago total efectivo, más los tributos, gastos notariales y judiciales, si los hubiere. Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, LA CAJA el BANCO podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado (obligación vencida y exigible) por capital (principal), intereses, comisiones, gastos, costos de los seguros, portes, tributos y gastos, incluido las primas de los seguros señalados en la Hoja Resumena cualquier otro concepto aplicable y exigible, cualquier fondo del EL PRESTATARIO CLIENTE existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en LA CAJA; LA CAJA el BANCO o, cualquier otra cuenta, fondo, depósito, valor o bien que tenga en su poder y esté destinado a ser acreditado, abonado o entregado al CLIENTE. El BANCO no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL PRESTATARIO el CLIENTE frente a LA CAJAal BANCO, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación de cambio. Una vez producida la consolidación y/o compensación, LA CAJA comunicará a EL PRESTATARIO la realización de la amortización y/o cancelación de sus deudas, informando a EL PRESTATARIO el motivo de la ejecución y precisando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA. El préstamo otorgado a EL PRESTATARIO con plazo xx xxxxxx, solicitado por éste, no pagará a LA CAJA el capital, los intereses compensatorios, ni los seguros, de ser el caso, durante dicho periodo xx xxxxxx. Sin embargo, los intereses compensatorios generados durante el período xx xxxxxx se capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx, para lo cual LAS PARTES pactan en este acto, de conformidad con el artículo 1249º del Código Civil, la capitalización de dichos intereses compensatorios. La información correspondiente al periodo xx xxxxxx se encuentra en la Hoja Resumen. EL PRESTATARIO podrá efectuar directamente sus pagos en las oficinas de LA CAJA, o en bancos, cajeros corresponsales, los mismos que se encuentran detallados en la siguiente ruta de nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx al Usuario/Oficinas de Pagos en los plazos, moneda y montos señalados en el cronograma.
Appears in 1 contract
Samples: ww3.viabcp.com