Common use of DERECHO DE ASISTENCIA Clause in Contracts

DERECHO DE ASISTENCIA. A las Juntas Generales de Accionistas que celebre la sociedad podrán asistir quienes sean titulares del número mínimo de acciones establecido en los Estatutos Sociales siempre que, con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta, estén inscritas en los correspondientes registros contables y se conserve, al menos, ese mismo número de acciones hasta la celebración de la Junta. Los titulares de menor número de acciones podrán agruparse hasta completar al menos dicho número, nombrando a su representante. Dado el elevado número de accionistas con que cuenta la sociedad, esta facilitará una tarjeta nominativa para su acceso al local donde se celebre la Junta General. La tarjeta se entregará por el Banco a cada accionista con derecho de asistencia que lo solicite y en ella se indicará el número de acciones de las que sea titular. Las solicitudes podrán enviarse a la Oficina de Atención al Accionista, cursarse a través de la página web o presentarse en cualquiera de las sucursales de BBVA. No obstante lo anterior y a los efectos de que los titulares de un número menor de acciones que el establecido por los Estatutos Sociales para tener derecho de asistencia puedan, si lo desean, asistir a la Junta General, éstos podrán solicitar a través de la Oficina de Atención al Accionista, de la página web o de cualquiera de las sucursales de BBVA, una invitación para asistir a la Junta General, que les será facilitada considerando siempre las inevitables limitaciones de espacio de los locales donde pueden celebrarse las Juntas y el muy elevado número de accionistas con que cuenta la entidad. Asistirá a la Junta el Consejo de Administración, y podrán asistir los Directores, Gerentes y Técnicos de la Sociedad y de sus empresas participadas, así como cualquier otra persona cuya asistencia autorizara el Presidente de la Junta, sin perjuicio del derecho de la Junta de revocar dicha autorización. No obstante no será precisa la asistencia del Consejo de Administración para la válida constitución de la Junta. A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente les represente, en la entrada del local donde se celebre la Junta General con la presentación de la tarjeta de asistencia se podrá solicitar a los asistentes la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Las personas jurídicas actuarán a través de quienes ejerzan legalmente su representación, lo que deberá acreditarse.

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Samples: Reglamento De La Junta General

DERECHO DE ASISTENCIA. A las Juntas Generales Todos los accionistas que, a título individual o en agrupación con otros accionistas, sean titulares de Accionistas un mínimo de cien (100) acciones, incluidos los que celebre la sociedad no tienen derecho a voto, podrán asistir quienes sean titulares del número mínimo a la Junta General. Será requisito para asistir a la Junta General que el accionista tenga inscrita la titularidad de sus acciones establecido en los Estatutos Sociales siempre queel correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta, con cinco días de antelación a aquél aquel en que haya de celebrarse la Junta, estén inscritas Junta y se provean de la correspondiente tarjeta de asistencia. Los accionistas con derecho de asistencia podrán asistir a la Junta General por medios telemáticos de conformidad con lo previsto en el Reglamento de la Junta General y en los correspondientes registros contables párrafos siguientes. El órgano de administración considerará los medios técnicos y las bases jurídicas que hagan posible y garanticen la asistencia telemática y valorará, con ocasión de la convocatoria de cada Junta General, la posibilidad de organizar la asistencia a la reunión a través de medios telemáticos. A tal efecto, el órgano de administración verificará, entre otros aspectos, si se conservegarantiza debidamente la identidad del accionista y su condición de tal, el correcto ejercicio de sus derechos, la idoneidad de los medios telemáticos y el adecuado desarrollo de la reunión y, todo ello, de conformidad con lo que se establezca en el Reglamento de la Junta General. En tal caso, si se juzga oportuno, se incluirá en la convocatoria la determinación de los medios telemáticos concretos que los accionistas puedan utilizar, así como las instrucciones que deberán seguir para hacerlo. Asimismo, podrá incluirse en la convocatoria, si así lo determina el órgano de administración, que las intervenciones y propuestas de acuerdos que tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos, se remitan a la Sociedad con anterioridad al menos, ese mismo número momento de acciones hasta la celebración constitución de la Junta. Los titulares miembros del órgano de menor número administración deberán asistir a las Juntas Generales que se celebren, si bien el hecho de acciones podrán agruparse hasta completar al menos dicho número, nombrando a su representante. Dado el elevado número de accionistas con que cuenta la sociedad, esta facilitará una tarjeta nominativa para su acceso al local donde se celebre la Junta General. La tarjeta se entregará por el Banco a cada accionista con derecho de asistencia que lo solicite y en ella se indicará el número de acciones de las que sea titular. Las solicitudes podrán enviarse a la Oficina de Atención al Accionista, cursarse a través de la página web o presentarse en cualquiera de las sucursales de BBVA. No obstante lo anterior y a los efectos de que los titulares de un número menor de acciones que el establecido ellos no asista por los Estatutos Sociales para tener derecho de asistencia puedan, si lo desean, asistir a la Junta General, éstos podrán solicitar a través de la Oficina de Atención al Accionista, de la página web o de cualquiera de las sucursales de BBVA, una invitación para asistir a la Junta General, que les será facilitada considerando siempre las inevitables limitaciones de espacio de los locales donde pueden celebrarse las Juntas y el muy elevado número de accionistas con que cuenta la entidad. Asistirá a la Junta el Consejo de Administración, y podrán asistir los Directores, Gerentes y Técnicos de la Sociedad y de sus empresas participadas, así como cualquier otra persona cuya asistencia autorizara el Presidente de la Junta, sin perjuicio del derecho de la Junta de revocar dicha autorización. No obstante razón no será precisa la asistencia del Consejo de Administración para impedirá en ningún caso la válida constitución de la Junta. A los efectos El Presidente de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente les represente, en la entrada del local donde se celebre la Junta General con podrá autorizar la presentación asistencia de los Directores, Gerentes, Técnicos y demás personas que tengan interés en la tarjeta buena marcha de asistencia se podrá solicitar los asuntos sociales, así como cursar invitación a los asistentes la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Las las personas jurídicas actuarán a través de quienes ejerzan legalmente su representación, lo que deberá acreditarsetenga por conveniente.

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Samples: Estatutos Sociales

DERECHO DE ASISTENCIA. A las Juntas Generales Los accionistas tienen derecho de Accionistas asistir a la Junta General, tanto física como, en su caso, telemáticamente, cualquiera que celebre la sociedad podrán asistir quienes sea el número de acciones de que sean titulares del número mínimo siempre que consten inscritas a su nombre en el registro de acciones establecido anotaciones en los Estatutos Sociales siempre que, cuenta correspondiente con cinco (5) días de antelación antelación, al menos, a aquél en que haya de celebrarse la Junta, estén inscritas en los correspondientes registros contables y se conserve, al menos, ese mismo número de acciones hasta la celebración de la Junta. Los titulares de menor número de acciones podrán agruparse hasta completar al menos dicho número, nombrando a su representante. Dado el elevado número de accionistas con que cuenta la sociedad, esta facilitará una tarjeta nominativa para su acceso al local donde se celebre la Junta General. La tarjeta se entregará por Cuando el Banco a cada accionista con ejercite su derecho de asistencia que lo solicite y voto utilizando medios de comunicación a distancia deberá cumplirse esta condición también en ella se indicará el número momento de acciones de las que sea titularsu emisión. Las solicitudes podrán enviarse a la Oficina de Atención al AccionistaAdicionalmente, cursarse a través de la página web o presentarse en cualquiera de las sucursales de BBVA. No obstante lo anterior y a los efectos de que los titulares de un número menor de acciones que el establecido por los Estatutos Sociales para tener derecho de asistencia puedan, si lo desean, asistir a la Junta General, éstos podrán solicitar a través de la Oficina de Atención al Accionista, de la página web o de cualquiera de las sucursales de BBVA, una invitación será requisito para asistir a la Junta GeneralGeneral que el accionista se provea de la correspondiente tarjeta de asistencia, el certificado expedido por la entidad encargada del registro de anotaciones en cuenta, que les será facilitada considerando siempre en cada caso corresponda o el documento que, conforme a derecho, le acredite como accionista. Asimismo, para la asistencia de las inevitables limitaciones entidades jurídicas accionistas se deberá acreditar el poder de espacio de los locales donde pueden celebrarse las Juntas y el muy elevado número de accionistas con que cuenta la entidadrepresentación a estos efectos. Asistirá La asistencia presencial a la Junta General de accionistas podrá realizarse acudiendo al lugar en el que se celebre la reunión y, cuando así lo indique la convocatoria, a aquellos lugares accesorios dispuestos al efecto por la Sociedad, conectados con el lugar principal por sistemas que permitan, en tiempo real, el reconocimiento e identificación de los asistentes, la comunicación permanente entre ellos y la intervención y emisión del voto. Los asistentes a cualquiera de dichos lugares se considerarán como asistentes a la misma y única reunión, que se entenderá celebrada donde radique el lugar principal. La asistencia telemática a la Junta General de Accionistas podrá realizarse por los sistemas que determine el Consejo de Administración, que deberán permitir la identificación de los asistentes, el ejercicio de sus derechos y podrán asistir los Directoresel adecuado desarrollo de la reunión. A tal fin, Gerentes y Técnicos el Consejo de Administración implementará las medidas necesarias con arreglo al estado de la técnica, a las circunstancias de la Sociedad y, especialmente, el número de accionistas. El Presidente de la Junta General podrá autorizar la asistencia de directivos, gerentes y técnicos de sus empresas participadasla Sociedad, así como cualquier otra persona cuya asistencia autorizara el Presidente de las demás personas que, a su juicio, tengan interés en la Juntabuena marcha de los asuntos sociales, sin perjuicio del derecho de si bien la Junta de podrá revocar dicha autorización. No obstante no será precisa la asistencia del Consejo de Administración para la válida constitución de la Junta. A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente les represente, en la entrada del local donde se celebre la Junta General con la presentación de la tarjeta de asistencia se podrá solicitar a los asistentes la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Las personas jurídicas actuarán a través de quienes ejerzan legalmente su representación, lo que deberá acreditarse.

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Samples: Reglamento De La Junta General De Accionistas

DERECHO DE ASISTENCIA. 4.1 Quién puede asistir a la Junta General de Accionistas? 4.2 Qué documentación se precisa para poder asistir a la Junta General de Accionistas? 4.3 Cuáles son los requisitos para que un titular de CDI pueda asistir a la Junta General de Accionistas? 4.4 A las Juntas Generales partir de Accionistas que celebre la sociedad podrán asistir quienes sean titulares del número mínimo qué hora se puede acceder al local de acciones establecido en los Estatutos Sociales siempre que, con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta, estén inscritas en los correspondientes registros contables y se conserve, al menos, ese mismo número de acciones hasta la celebración de la JuntaJunta General de Accionistas? 4.5 Cuál es la hora límite para acceder al local a efectos de asistencia a la Junta General de Accionistas? 4.6 Se puede acceder al local en caso de llegar una vez comenzada la Junta General de Accionistas? 4.7 Se puede acudir acompañado de otra persona a la Junta General de Accionistas? 4.8 Si en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia aparecen varios titulares, ¿quién va a poder asistir a la Junta General de Accionistas? 4.9 Es posible asistir por medios telemáticos a la Junta General de Accionistas? a) La plataforma para la asistencia por medios telemáticos estará operativa en la sección “Junta General de Accionistas 2020” de la página web de la Sociedad (xxx.xxxxxxxxx.xxx), a través de la aplicación de Asistencia por Medios Telemáticos. La asistencia telemática estará disponible desde cualquier dispositivo con acceso a internet (incluidos móviles y tablets). b) Con el fin de permitir una adecuada gestión de los sistemas de asistencia por medios telemáticos, los accionistas y representantes deberán preinscribirse antes de las 12:00 horas (CEST) del mediodía del día anterior a la primera convocatoria de la Junta General, identificándose con su DNI electrónico (DNIe), o su firma electrónica basada en un certificado reconocido y vigente emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Los accionistas también podrán identificarse subiendo a la web un documento de identidad vigente con fotografía. c) El accionista o representante que se haya preinscrito de conformidad con el anterior apartado (b), tendrá derecho a asistir por medios telemáticos a la junta a través de la sección “Junta General de Accionistas 2020” de la página web de la Sociedad, siempre que accedan a la plataforma antes de las 11:45 (CEST) del día de celebración de la Junta de Accionistas. La plataforma tendrá acceso disponible a partir de las 10:00 (CEST) en la fecha de celebración de la Junta General de Accionistas (8 de septiembre de 2020). d) Los titulares de CDI que deseen asistir a la junta por medios telemáticos deberán haber cumplimentado y devuelto el formulario de delegación a Computershare de conformidad con la sección anterior (Titulares de CDI). Los titulares de menor número de acciones podrán agruparse hasta completar al menos dicho número, nombrando a su representante. Dado el elevado número de accionistas CDI que hayan votado por medios telemáticos con que cuenta la sociedad, esta facilitará una tarjeta nominativa para su acceso al local donde se celebre la Junta General. La tarjeta se entregará por el Banco a cada accionista con derecho de asistencia que lo solicite y en ella se indicará el número de acciones de las que sea titular. Las solicitudes podrán enviarse carácter previo a la Oficina reunión, no podrán asistir telemáticamente y, por lo tanto, se les invitará a seguir el desarrollo de Atención al Accionista, cursarse la junta en streaming a través de la página web de la Sociedad. e) El accionista o presentarse en cualquiera de las sucursales de BBVA. No obstante lo anterior y representante que se haya preinscrito para asistir por medios telemáticos conforme a los efectos puntos (b) y (c) anteriores y desee abandonar la Junta General de Xxxxxxxxxxx, haciéndolo constar ante el notario o el personal que le asista (o, en su defecto, ante el secretario de la Junta General de Accionistas) podrá hacerlo por medio del enlace que se facilitará a tal efecto en la plataforma online. f) Si la Junta General de Xxxxxxxxxxx se celebra en segunda convocatoria, los asistentes por medios telemáticos que se hayan conectado en la primera convocatoria y hayan formulado propuestas de acuerdos o solicitado información o aclaraciones deberán enviarlas de nuevo, según lo indicado anteriormente, el día en que se celebre la reunión; en caso contrario, se tendrán por no formuladas. g) Las solicitudes válidas de información o aclaraciones de los accionistas que asistan por medios telemáticos se contestarán dentro de los siete días siguientes a la celebración de la Junta General de Accionistas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley de Sociedades de Capital, sin perjuicio de que los titulares puedan ser contestadas verbalmente durante la celebración de un número menor de acciones la misma. h) Los accionistas y representantes debidamente inscritos que el establecido asistan por los Estatutos Sociales para tener derecho de asistencia puedan, si lo desean, asistir a la Junta General, éstos medios telemáticos podrán solicitar emitir su voto a través de la Oficina plataforma online, en los términos establecidos en la misma y de Atención al Accionistaacuerdo con el formulario de votación correspondiente, rigiéndose la votación por lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la página web o Junta General de cualquiera Accionistas. i) El plazo de las sucursales votación a través de BBVA, una invitación la plataforma online para asistir a los accionistas que asistan por medios telemáticos estará abierto hasta el final de la Junta GeneralGeneral de Accionistas o hasta el momento posterior especificado, que les será facilitada considerando siempre las inevitables limitaciones de espacio de los locales donde pueden celebrarse las Juntas y el muy elevado número de accionistas con que cuenta la entidad. Asistirá a la Junta el Consejo de Administraciónen su caso, y podrán asistir los Directores, Gerentes y Técnicos de la Sociedad y de sus empresas participadas, así como cualquier otra persona cuya asistencia autorizara por el Presidente de la Juntamisma. j) A todos los efectos legales pertinentes, sin perjuicio del derecho de la Junta de revocar dicha autorización. No obstante no será precisa la asistencia del Consejo de Administración para la válida constitución de la Junta. A los efectos de acreditar la identidad por medios telemáticos de los accionistas, o de quien válidamente les represente, en la entrada del local donde se celebre accionistas equivaldrá a su asistencia física a la Junta General con de Accionistas. No obstante, la presentación Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de asistencia por medios telemáticos a la Junta General de Accionistas cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o justifiquen. Asimismo, la Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la tarjeta Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos electrónicos. Por consiguiente, tales circunstancias no constituirán una privación ilegítima de los derechos de asistencia se podrá solicitar a los asistentes la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Las personas jurídicas actuarán a través de quienes ejerzan legalmente su representación, lo que deberá acreditarseaccionista.

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Samples: Guía Del Accionista

DERECHO DE ASISTENCIA. A las Juntas Generales 1. Todos los accionistas que sean titulares de Accionistas que celebre la sociedad un mínimo de mil (1.000) acciones, a título individual o en agrupación con otros accionistas, podrán asistir quienes sean titulares del número mínimo físicamente o telemáticamente a la Junta General. 2. Será requisito para asistir a la Junta General que el accionista tenga inscrita la titularidad de sus acciones establecido en los Estatutos Sociales siempre queel correspondiente registro de anotaciones en cuenta, con al menos cinco (5) días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta, estén inscritas . Quedan a salvo los supuestos específicos en los correspondientes registros contables y se conserve, al menos, ese mismo número de acciones hasta que alguna ley aplicable a la celebración de la Juntasociedad establezca un régimen que resulte incompatible. Los titulares de menor número de acciones podrán agruparse hasta completar al menos dicho número, nombrando a su representante. Dado el elevado número de accionistas con que cuenta la sociedad, esta facilitará una tarjeta nominativa para su acceso al local donde se celebre la Junta General. La tarjeta se entregará por el Banco a A cada accionista con derecho que, según lo dispuesto anteriormente, pueda asistir le será facilitada la correspondiente tarjeta de asistencia que lo solicite y en ella se indicará sólo podrá ser suplida mediante un certificado de legitimación que acredite el número cumplimiento de acciones los requisitos de las que sea titularasistencia. 3. Las solicitudes podrán enviarse a la Oficina de Atención al Accionista, cursarse a través El Presidente de la página web o presentarse en cualquiera Junta General está facultado para determinar el cumplimiento de las sucursales de BBVA. No obstante lo anterior y a los efectos de que los titulares de un número menor de acciones que el establecido por los Estatutos Sociales para tener derecho requisitos de asistencia puedan, si lo desean, asistir a la Junta General, éstos podrán solicitar a través de la Oficina de Atención al Accionista, de la página web o de cualquiera de las sucursales de BBVA, una invitación para asistir a la Junta General, que les será facilitada considerando siempre las inevitables limitaciones de espacio de los locales donde pueden celebrarse las Juntas y pudiendo delegar esta función en el muy elevado número de accionistas con que cuenta la entidadSecretario. 4. Asistirá a la Junta el Consejo de Administración, y podrán asistir los Directores, Gerentes y Técnicos de la Sociedad y de sus empresas participadas, así como cualquier otra persona cuya asistencia autorizara el Presidente de la Junta, sin perjuicio del derecho de la Junta de revocar dicha autorización. No obstante no será precisa la asistencia Los miembros del Consejo de Administración para deberán asistir a las Juntas Generales que se celebren, si bien el hecho de que cualquiera de ellos no asista por cualquier razón no impedirá en ningún caso la válida constitución de la Junta. 5. A los efectos El Presidente podrá autorizar la asistencia de acreditar la identidad de los accionistaspersonas que presten sus servicios en, o de quien válidamente les representepara, la Sociedad. Asimismo, el Presidente podrá cursar invitación a las personas que tenga por conveniente, en los términos y condiciones que se establezcan en el Reglamento de la entrada del local donde se celebre Junta. 6. La asistencia telemática mediante conexión remota y simultánea a la Junta General de Accionistas se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de la Junta General de Accionistas y, en su caso, por las normas de desarrollo que apruebe el Consejo de Administración relativas a aspectos procedimentales, y que incluirán, entre otras cuestiones, los requisitos de identificación exigibles para el registro y acreditación de los asistentes, la antelación mínima con la presentación que deberá haberse completado el proceso de registro, así como la forma y el momento en que los accionistas que asistan a la Junta General de Accionistas de forma telemática podrán ejercer sus derechos durante la celebración de la tarjeta de asistencia se podrá solicitar a los asistentes la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Las personas jurídicas actuarán a través de quienes ejerzan legalmente su representación, lo que deberá acreditarseJunta.

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Samples: Fusión Por Absorción