¿Cómo pueden asistir los accionistas a la Junta General de Accionistas? Cláusulas de Ejemplo

¿Cómo pueden asistir los accionistas a la Junta General de Accionistas?. Como consecuencia de las circunstancias actuales derivadas de la crisis sanitaria de la COVID-19, solo será posible la asistencia a la Junta General de Accionistas por medios telemáticos, con arreglo a las siguientes normas: a) La plataforma para la asistencia por medios telemáticos estará operativa en la sección “Junta General de Accionistas 2021” de la página web de la Sociedad (xxx.xxxxxxxxx.xxx), a través de la aplicación de Asistencia por Medios Telemáticos. La asistencia telemática estará disponible desde cualquier dispositivo con acceso a internet (incluidos móviles y tablets). b) Con el fin de permitir una adecuada gestión de los sistemas de asistencia por medios telemáticos, los accionistas (o sus representantes) deberán preinscribirse a los efectos de poder acceder a la plataforma de asistencia telemática el día de la Junta antes de las 12:00 horas (CEST) del mediodía del 15 xx xxxxx de 2021, identificándose con su DNI electrónico (DNIe), o su firma electrónica basada en un certificado reconocido y vigente emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Los accionistas también podrán identificarse subiendo a la web un documento de identidad vigente con fotografía. c) Los titulares de CDI que deseen asistir a la junta deberán haber cumplimentado y devuelto el formulario de delegación a Computershare de conformidad con la sección anterior (Titulares de CDI) e identificarse subiendo a la web el pasaporte vigente. Los titulares de CDI que hayan votado por medios telemáticos con carácter previo a la reunión, no podrán asistir telemáticamente y, por lo tanto, se les invitará a seguir el desarrollo de la junta en streaming a través de la página web de la Sociedad (xxx.xxxxxxxxx.xxx). d) El accionista (o el representante) o el titular de CDI (asistiendo mediante representante) que se haya preinscrito de conformidad con el anterior apartado (ii), tendrá derecho a asistir por medios telemáticos a la junta a través de la sección “Junta General de Accionistas 2021” de la página web de la Sociedad. Los accionistas (o los representantes) o los titulares de CDI (asistiendo mediante representante) deberán acceder a la plataforma entre las 09:00 y las 11:30 horas (CEST) del día de celebración de la Junta General. Fuera de ese periodo de tiempo no se permitirá el registro de asistentes. e) El accionista (o representante) o el titular de CDI (asistiendo mediante representante) que se haya prei...

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  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO Se descalificará a los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: a) Que no cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria o sus anexos y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 36, de la Ley. b) Cuando se compruebe que tienen acuerdos con otros licitantes para elevar el costo de los servicios solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. c) Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada. d) Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 50 de la Ley. e) Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento. f) Cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos por partida, o en su totalidad, según sea el caso. g) Cuando presente más de una proposición en la licitación. h) Cuando no presente uno o más de los documentos o manifiestos solicitados en la presente convocatoria, o bien, los presentados no reúnan los requisitos mínimos solicitados por la convocante. i) Al presentar un precio no aceptable: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, será aquel que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un 10% al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la licitación pública. j) Al presentar precios no convenientes: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, se obtendrá el promedio de los precios preponderantes de las proposiciones técnicas aceptadas y a éste se le restará el 40%; los precios que se encuentren por debajo de ese parámetro se considerarán no convenientes y se desecharán de la licitación pública.

  • EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "EL CENACE" deslindando a ésta de toda responsabilidad.

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