Descanso semanal. El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personal.
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Sources: Convenio Colectivo Laboral, Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo
Descanso semanal. El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal con contratos específicos de fin de semana. En ningún caso podrá ser solapado por el día de descanso compensatorio devengado por haber trabajado durante un día festivo. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personal.
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Sources: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Descanso semanal. El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupciónin- terrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya ha- ya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personallos trabajadores.
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Sources: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Descanso semanal. a) El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro seis semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. .
b) Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal los representantes de los trabajadores o, en su defecto, el personallos mismos trabajadores.
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Sources: Convenio Colectivo, Collective Agreement
Descanso semanal. El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal los representantes de los trabajadores o, en su defecto, el personal.los mismos trabajadores
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Sources: Convenio Colectivo
Descanso semanal. El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio medios (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente obli- gatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier cual- quier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal los repre- sentantes de los trabajadores o, en su defecto, el personal.los mismos trabajadores
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Descanso semanal. El personal tendrá a) Los/las trabajadores/as tendrán derecho a un descanso mínimo semanal de un día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho Este descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al domingo por lo menos una vez cada cuatro dentro de un período de 4 semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. .
b) Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personallos representantes de los/las trabajadores/as.
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Sources: Iv Convenio Colectivo De Residencias Privadas De La Tercera Edad De Galicia
Descanso semanal. a) El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de un día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro ocho semanas, excepto para aquel personal con contratos específicos de fin de semana. .
b) Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personal.
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Sources: Convenio Colectivo Laboral
Descanso semanal. —El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal los representantes de los trabajadores o, en su defecto, el personallos mismos trabajadores.
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Descanso semanal. El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio medios (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal los representantes de los trabajadores o, en su defecto, el personal.los mismos trabajadores
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Sources: Convenio Colectivo
Descanso semanal. El personal tendrá a) Los/las trabajadores/as tendrán derecho a un descanso mínimo semanal de un día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho Este descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al domingo por lo menos una vez cada cuatro dentro de un período de 4 semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. CVE-DOG: 1mhpsc25-db37-kpm2-43i7-qc4zqrbmgnr7
b) Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado pactara o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personallos representantes de los/las trabajadores/as.
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Sources: V Convenio Colectivo Del Sector De Residencias Privadas De Personas De Edad De Galicia
Descanso semanal. El personal tendrá derecho a descanso semanal mínimo será de 1,5 días (un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta medio) ininterrumpidos, en turnos rotativos y seis horas) sin interrupciónsiempre que la circunstancias lo permita, y por acuerdo mutuo entre el trabajador y la empresa, será de dos días. Dicho Los días de descanso deberá coincidir obligatoriamente asignado a cada trabajador habrá de ser respetado, salvo necesidades especiales del servicio, en domingocuyo caso, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte será necesario el acuerdo entre la empresa empresa, el trabajador y el conocimiento de la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personalsindical.
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Sources: Service Agreement
Descanso semanal. a) El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro seis semanas, excepto para aquel personal aquellos trabajadores con contratos específicos de fin de semana. .
b) Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal los representantes de los trabajadores o, en su defecto, el personallos mismos tra- bajadores.
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Descanso semanal. El personal tendrá CCOO
a) Los trabajadores tendrán derecho a un descanso semanal mínimo semanal de un día y medio (treinta y seis 36 horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro ocho semanas, excepto para aquel personal con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personal.
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Sources: Convenio Colectivo Del Sector De Residencias Y Centros De Día Para Personas Mayores
Descanso semanal. El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio me- dio (treinta y seis horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal con contratos específicos de fin de semana. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier cual- quier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación re- presentación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personal.
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Sources: Convenio Colectivo