DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. Resuelta la adjudicación se procederá a la devolución de las garantías de las propuestas de los oferentes que no resultaron adjudicatarios. En cuanto a la devolución de las garantías de los que resultasen adjudicatarios también se procederá a su entrega, una vez que hayan constituido la garantía de adjudicación establecido en el artículo 4° inc. b). Los oferentes tendrán un plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación para reclamar la devolución de la garantía, término éste perentorio e improrrogable. Vencido el mismo la garantía constituida por medio de pagaré u otro instrumento será destruida, de haberse constituido en especies la misma ingresará al patrimonio de la Municipalidad.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública, Licitación Pública
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. Resuelta la adjudicación se procederá a la devolución de las garantías de las propuestas de los oferentes ofe- rentes que no resultaron adjudicatarios. En cuanto a la devolución de las garantías de los que resultasen adjudicatarios adjudicata- xxxx también se procederá a su entrega, una vez que hayan constituido la garantía de adjudicación establecido en el artículo 4° inc. b). Los oferentes tendrán un plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación para reclamar la devolución devo- lución de la garantía, término éste perentorio e improrrogable. Vencido el mismo la garantía constituida por medio de pagaré u otro instrumento será destruida, de haberse constituido en especies la misma ingresará al patrimonio de la Municipalidad.
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Samples: Licitación Privada