DISPOSICIONES PRELIMINARES Cláusulas de Ejemplo

DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285-2010-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 de julio de 2010, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectos. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 2010, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Mo...
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1 Objeto xxx Xxxxxx El objeto del presente Xxxxxx es establecer las bases y condiciones generales a las que se ajustará la Licitación, adjudicación y contratación de servicios a prestarse a la Empresa AGUAS SANTAFESINAS S.A, en su carácter de prestador de los servicios de provisión de agua potable y recolección de líquidos cloacales, en el ámbito determinado en la ley N° 11.220, conforme al Pliego de Condiciones Particulares y especificaciones técnicas de cada servicio a contratar, las planillas y demás documentación anexas.
DISPOSICIONES PRELIMINARES. Las presentes “CONDICIONES GENERALES DE COMPRA” (C.G.C) serán parte integrante del Pedido de Cotización y/o “DOCUMENTO DE COMPRA y/u ORDEN”, y sus cláusulas tendrán preeminencia sobre cualquier otra disposición que se le oponga, excepto que dicha disposición conste expresamente en el “DOCUMENTO DE COMPRA y/u ORDEN”, o en Cláusulas Especiales que la integren. Serán aplicables las presentes “C.G.C”, donde no hubieran sido expresamente modificadas por las “CONDICIONES PARTICULARES DE COMPRA” (C.P.C.), los Anexos, o el “DOCUMENTO DE COMPRA y/u ORDEN”.
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco del Decreto Legislativo N° 674 y la Ley N° 26440, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas, para promover la inversión privada en el desarrollo de la C.H. Santa Xxxxxx, y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes:. La Resolución Suprema N° 016-2010-EF publicada el 04 de febrero de 2010, que ratifica el Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 20/01/10 mediante el cual se incorpora el Proyecto “C.H. Santa Xxxxxx” bajo los mecanismos del Decreto Legislativo N° 674 y la Ley N° 26440, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas Asimismo, ratifica el Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 27/01/10, conforme al cual se aprueba el Plan de Promoción del Proyecto “C.H. Santa Xxxxxx”. La decisión de fecha ____/____/10 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2010-MEM/DM, que autorizó al ________ __________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1. Objeto xxx Xxxxxx
DISPOSICIONES PRELIMINARES. Artículo 1º.- En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 12 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, se establece el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo que serán obligatorias para el Gobierno del Estado, para el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, para los Organismos Descentralizados y para sus trabajadores en lo individual. El Gobierno del Estado y el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes y Organismos Descentralizados se reconocen recíprocamente la personalidad jurídica con la que otorgan al presente Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo que regula los derechos y obligaciones de ambas partes.
DISPOSICIONES PRELIMINARES. Artículo 185.- Las faltas en que incurran los trabajadores del Gobierno ocasionadas por incumplimiento a sus obligaciones en los términos de la Ley y de éste Reglamento, darán lugar a:
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión (Decreto Supremo Nº 027-2007-EM), la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Supremo Nº 009- 93-EM), Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y proyectos en activos (Decreto Legislativo Nº 1224), Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y proyectos en activos (Decreto Supremo Nº 410-2015-EF) y otras Leyes y Disposiciones Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes:
DISPOSICIONES PRELIMINARES. Artículo 1. Las inversiones extranjeras y los contratos sobre marcas, patentes, licencias y regalías, se regirán por las disposiciones contenidas en las Decisiones 291 y 292 de la Comisión del Acuerdo xx Xxxxxxxxx, por cualquier otra Decisión sobre esas materias que dicte dicha Comisión, por el presente Reglamento y la legislación nacional relativa a las mismas. Se exceptúan de este Régimen las inversiones extranjeras que se realicen en virtud de los contratos a que se refiere el Artículo 126 de la Constitución y las destinadas a la defensa nacional. Las inversiones extranjeras en las actividades de hidrocarburos, mineral xx xxxxxx, banca y seguros se regirán por este Reglamento y las correspondientes leyes especiales.
DISPOSICIONES PRELIMINARES. Artículo 1. - ALCANCE DEL PRESENTE PLIEGO.-