Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación. a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007), será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado. La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado. b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios: b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia de la escritura de constitución, o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial. Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya. b.2) Copia de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada. c) Las empresas no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor. Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante. Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano. En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
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Samples: Contract for Technical Assistance, Suministro De Gas Natural
Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación. a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007), será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado. La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros el Registro a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia autenticada notarial o administrativamente de la escritura de constitución, constitución o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial. Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia autenticada notarial o administrativamente del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia autenticada notarial o administrativamente de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
c) . Las empresas no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo españolas acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor. Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante. Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano. En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señaladosLFCP.
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Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación. a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV la Orden Xxxxx 157/2004, del Decreto Xxxxx 236/2007 Consejero de 5 de noviembreEconomía y Hacienda, por el la que se regula aprueban la Junta descripción técnica de Contratación Pública los procesos por internet del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx y los procedimientos las condiciones legales de uso del web site y registros a su cargo (BON nº 149, del Registro Voluntario de 30 Licitadores de noviembre de 2007)la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado. La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia de la escritura de constitución, constitución o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial. Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, y las empresas no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 14.4, y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor. Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante. Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano. En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
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Samples: Catering Services Agreement
Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación. a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007), Xxxxxxx será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, empresa la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado. La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia de la escritura de constituciónconstitución o, o en su caso, de modificación, inscritas inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial. Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia de Poder poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como las no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor. Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante. Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano. En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
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Samples: Suministro De Licencias Y Servicios De Soporte Técnico
Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación. a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007), será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado. La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia de la escritura de constitución, o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial. Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
c) Las empresas no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 14.3 y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor. Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante. Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano. En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
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Samples: Suministro De Energía Eléctrica
Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación. a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 174/2004 de 5 de noviembre19 xx xxxxx, por el que se regula el Registro Voluntario de Licitadores de la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007)Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado. La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia de la escritura de constitución, o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial. Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
c) Las empresas no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 14.3 y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor. Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante. Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano. En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
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Samples: Suministro De Energía Eléctrica