Contract
PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE SERVICIOS DE CATERING PARA EL PARLAMENTO XX XXXXXXX.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente pliego el establecimiento de las estipulaciones jurídicas, administrativas, económicas y técnicas con arreglo a las cuales ha de efectuarse el contrato para la prestación de los servicios de catering para el Parlamento xx Xxxxxxx.
Dichos servicios se realizarán conforme a lo establecido en el Anexo III del presente pliego, que formará parte del contrato que se firme con el adjudicatario.
El objeto del presente pliego está compuesto por varias prestaciones o servicios relacionados entre sí que son susceptibles de aprovechamiento separado: la atención del servicio de catering durante la celebración de las sesiones del Pleno del Parlamento xx Xxxxxxx; la atención del servicio de catering durante las sesiones de la Mesa y de la Junta de Portavoces del Parlamento xx Xxxxxxx; y la atención del servicio de catering para visitas y recepciones organizadas por el Parlamento.
Cada uno de estos servicios tiene unas características diferenciadas entre sí, por lo que se establece la contratación independiente de cada uno de ellos, mediante la articulación de tres lotes dentro del mismo procedimiento de contratación. En el Anexo III del presente pliego se especifican las características de cada uno de los lotes.
No existe limitación del número de lotes a los que cabe licitar, y un mismo licitador puede resultar adjudicatario de uno o varios lotes.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
El Parlamento xx Xxxxxxx, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1 a) de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos xx Xxxxxxx (en adelante LFCP), está incluido en el ámbito subjetivo de aplicación de dicha Ley Xxxxx, y la prestación objeto del contrato constituye un servicio sujeto al régimen jurídico administrativo (artículos 27 y 30 LFCP). De este modo, conforme al artículo 34.1 LFCP, la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato se regirán por la LFCP y sus disposiciones reglamentarias, aplicándose supletoriamente las demás normas de derecho administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado. En su virtud, tanto las personas licitadoras como con posterioridad las partes contratantes, quedan sometidas a lo establecido en este pliego, y a la LFCP.
El desconocimiento de la normativa reguladora de contratos públicos, así como de las cláusulas y anexos del presente pliego, no eximirá a los licitadores y al contratista de la obligación de su cumplimiento.
- Contrato con régimen especial: Contrato reservado por motivos sociales (artículo 36 de la LFCP) a Centros Especiales de Empleo sin ánimo de lucro o Centros Especiales de Empleo de Iniciativa social, Empresas de Inserción o a entidades sin ánimo de lucro, promotoras al 100 % de Empresas de Inserción, que hubieran sido calificadas con anterioridad como Centro de Inserción Sociolaboral.
- Tramitación: ordinaria (art. 138 LFCP).
- Tipo de contrato: servicios (art. 30 LFCP).
- Epígrafe CPV: 55523000-2 - Servicios de suministro de comidas para otras empresas e instituciones.
- Procedimiento: abierto (art. 72 LFCP)
- Criterios de adjudicación: criterios relacionados con la mejor relación coste-eficacia como el precio (art. 64.3.a LFCP).
- Unidad gestora del contrato: Sección de Protocolo (Secretaría General).
- Órgano adjudicador: Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
3.- IMPORTE DEL CONTRATO
El importe máximo del contrato es de 30.576,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “22611 – Atenciones sociales y protocolarias” del presupuesto de gastos de la Cámara para 2023 y 2024, en proporción a su ejecución contractual, y sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
Dicho importe tiene carácter orientativo y no vinculante, por cuanto este importe se establece a los meros efectos de determinar la competencia del órgano de contratación y la publicidad del procedimiento, sin que suponga una obligación de contratación o ejecución presupuestaria por parte del Parlamento xx Xxxxxxx.
De este modo, el Parlamento xx Xxxxxxx no queda obligado a contratar una determinada cantidad de los servicios de catering, ni adquiere en el momento de la adjudicación compromiso de gasto alguno. El gasto real quedará limitado al que resulte de los precios ofrecidos por los adjudicatarios y al de los servicios efectivamente prestados al Parlamento xx Xxxxxxx.
El importe total de 30.576,00 euros, IVA excluido, proviene de la suma de los importes máximos de los tres lotes de que se compone la actual licitación. El importe máximo de cada uno de los lotes es el siguiente:
- Lote 1: Servicio de catering durante la celebración de las sesiones del Pleno: 17.856,00 euros, IVA excluido.
- Lote 2: Servicio de catering durante la celebración de la Mesa y Junta de Portavoces: 4.720,00 euros, IVA excluido.
- Lote 3: Servicio de catering para visitas y recepciones: 8.000,00 euros, IVA excluido.
Para cada uno de los lotes, la propuesta económica de los licitadores no podrá superar los importes máximos señalados ni los precios máximos fijados en cada lote, desestimándose las ofertas cuyas cuantías económicas sean superiores a dichas cifras. Los importes se consideran máximos e incluyen todos los gastos para la perfecta ejecución del contrato.
Los importes máximos de cada lote se han obtenido a partir de los precios máximos fijados para el contrato, y de la estimación del número de sesiones y duración de las mismas:
Lote 1
- P1: precio/sesión servicio de atención al catering y camarero/a durante la celebración de las sesiones del Pleno en horario de mañana: 360 euros, IVA excluido.
- P2: precio/sesión servicio de atención al catering y camarero/a durante la celebración de las sesiones del Pleno en horario de mañana y tarde: 576,00 euros, IVA excluido.
- Importe máximo lote 1: (P1) x 24 sesiones + (P2) x 16 sesiones = 17.856,00 euros, IVA excluido. Lote 2
- P3: precio/sesión servicio de catering durante la celebración de las sesiones de la Mesa y de la Junta de Portavoces del Parlamento xx Xxxxxxx: 118,00 euros, IVA excluido.
- Servicio de catering: (P3) x 40 sesiones = 4.720,0 euros, IVA excluido.
- Importe máximo lote 2: 4.720,00 euros, IVA excluido.
Lote 3
- P4: 10,00 euros/persona servicio de catering menú café.
- Servicio de catering menú café: (P4) x 50 personas x 5 actos anuales = 2.500,00 euros, IVA excluido.
- P5: 22,00 euros/persona servicio catering menú cóctel.
- Servicio de catering menú cóctel: (P5) x 50 personas x 5 actos anuales = 5.500,00 euros, IVA excluido.
- Importe máximo lote 3: 8.000,00 euros, IVA excluido.
De acuerdo con lo anterior, y teniendo en cuenta las cuatro posibles prórrogas anuales del contrato, el valor estimado del mismo es de 152.880,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “22611 – Atenciones sociales y protocolarias” del presupuesto de gastos de la Cámara del ejercicio correspondiente, sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la LFCP, se advierte a los licitadores de lo siguiente:
- Que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
- Que la oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación, como mínimo, del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora, más las mejoras precio/hora del convenio más los costes de la Seguridad Social.
El Parlamento xx Xxxxxxx se reserva el derecho a solicitar en cualquier momento a la empresa adjudicataria la documentación justificativa correspondiente a fin de verificar dicho cumplimiento.
4.- RESERVA DEL CONTRATO Y CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Se reserva la participación en el presente procedimiento de adjudicación a Centros Especiales de Empleo sin ánimo de lucro o Centros Especiales de Empleo de Iniciativa social, Empresas de Inserción o a entidades sin ánimo de lucro, promotoras al 100 % de Empresas de Inserción, que hubieran sido calificadas con anterioridad como Centro de Inserción Sociolaboral.
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, de naturaleza pública o privada, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar, no se hallen en una situación de conflicto de intereses y posean una solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente para ejecutar la prestación contractual demandada.
Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá contratar con Uniones Temporales de Empresas o con licitadores que participen conjuntamente, de acuerdo con el artículo 13 de la LFCP. Dicha participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras, y se designe una representación o apoderamiento único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. En cualquier caso, los contratistas responderán solidariamente de las obligaciones contraídas. No será necesaria la constitución en escritura pública de la Unión Temporal de Empresas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Las empresas licitadoras que presenten oferta en participación conjunta no podrán presentar proposiciones individuales, ni estar integradas en otra unión temporal de empresas o en concurrencia con empresas distintas. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas por la licitadora infractora.
En todo caso, los licitadores han de ser personas naturales o jurídicas, cuya finalidad o actividad profesional tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente, y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Cada licitador podrá presentar oferta a uno, dos o tres lotes, de acuerdo con la solvencia exigida para cada uno de ellos.
5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Para la ejecución de este contrato y de cualquiera de sus lotes deberá disponerse de unas condiciones de solvencia económica y financiera suficientes que deberán acreditarse mediante la presentación de la documentación detallada en la cláusula 8 del presente pliego.
6.- SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
Para la ejecución de este contrato y de cualquiera de sus lotes deberá disponerse de unas condiciones de solvencia técnica y profesional suficientes que deberán acreditarse mediante la presentación de la documentación señalada en la cláusula 8 de este pliego.
7.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
La licitación se tramitará exclusivamente de forma electrónica ajustándose a lo previsto en la LFCP, y en el Decreto Xxxxx 74/2019, de 26 xx xxxxx, por el que se regula la Junta de Contratación Pública.
Los licitadores podrán presentar sus ofertas a uno, dos o los tres lotes.
La presentación de las ofertas presume por parte de la licitadora la aceptación incondicionada sin salvedad o reserva alguna de las cláusulas de este pliego y sus anexos, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación objeto del contrato.
Los documentos que conforman la oferta deberán presentarse exclusivamente a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA), que estará disponible en el anuncio de licitación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx), de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes.
Asimismo, todas las comunicaciones y resto de actuaciones de trámites que procedan con los interesados se efectuarán a través de la citada plataforma.
Es necesario que la hora del equipo desde el que se vaya a realizar la presentación coincida con un margen máximo de desfase de 5 minutos, con la hora del servidor de Gobierno xx Xxxxxxx.
Los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/- 1 seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos.
- Fuente horaria primaria: xxxx.xxx.xx (Real Instituto y Observatorio de la Armada: dos servidores en San Xxxxxxxx-Cádiz y un tercero situado en Madrid).
- Fuentes horarias secundarias:
o xxxxx.xxxxx.xx, INRIA, Paris
o x0x00.x0x.xxx.xx, UPV-EHU
El plazo de presentación de las ofertas se fijará en el anuncio de licitación, siendo de un mínimo de quince días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho anuncio.
En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará el resumen criptográfico de su contenido, quedando como constancia de la oferta. En el caso de que quien licite tenga problemas* en la presentación de su oferta en la plataforma, si la huella (resumen criptográfico) es remitida al órgano de contratación por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación (xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), dentro del plazo de presentación de ofertas, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de la plataforma PLENA y para considerar completada la presentación. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la solicitud de participación en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
(*) a estos efectos, se advierte de que cuanto mayor sea el peso (medido en MB) de las ofertas, mayor puede ser el tiempo requerido para completar su presentación. Ello con independencia de la concurrencia de otras circunstancias, como una menor velocidad de subida de datos debida a la calidad de la conexión, u otras.
Si al proceder a la apertura de los sobres se detecta una presentación fuera de plazo sobre la cual se ha recibido una huella dentro del plazo de presentación de ofertas, si la huella coincide y la fecha de recepción de la oferta está dentro de las 24 horas extendidas, la oferta se dará por válida y se abrirá.
Si por el contrario la huella no coincide, o bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose nunca su contenido.
En caso de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa o entidad licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron problemas de índole técnica en la plataforma. Solamente en el caso de que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la plataforma, la oferta presentada será admitida. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a la plataforma no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y conllevarán la exclusión.
8.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Desde el anuncio de licitación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx se puede acceder al espacio de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA) donde cualquier persona interesada en la licitación puede descargar una aplicación de escritorio que le permite la preparación y presentación de ofertas mediante sobre digital. Esta aplicación debe descargarse una única vez, siendo válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA por parte de cualquier entidad sometida a la misma.
Las ofertas son cifradas en el escritorio de quien vaya a licitar utilizando mecanismos estándares de cifrado, y una vez presentadas, son depositadas en el repositorio seguro.
La oferta deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El tamaño permitido de cada fichero individual que se anexa en la oferta electrónica es de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman tendrá un tamaño máximo de 100 MB. La plataforma no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos por PLENA para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.), y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la plataforma y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por la entidad o empresa licitadora o quien tenga poder de representación.
Las propuestas se presentarán de acuerdo con la estructura establecida para esta oferta en PLENA y contendrá 2 sobres, identificados como:
- Sobre A: Documentación administrativa.
- Sobre BC: Oferta económica.
Toda la documentación se presentará en castellano y deberá estar vigente en la fecha de finalización del plazo de presentación de las propuestas. En ningún caso podrá aportarse, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, documentación complementaria o aclaratoria que no haya sido solicitada expresamente por la Mesa de contratación.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de esta cláusula, así como la presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas que hubiera suscrito.
8.1. Sobre A: Documentación administrativa
Este sobre contendrá los siguientes documentos:
a) Denominación de la empresa o proponente, NIF, nombre y apellidos de la persona que firme la proposición y el carácter con que lo hace y dirección, teléfono, persona de contacto y correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos.
Asimismo, se indicará, a efectos puramente estadísticos y de publicidad en el Portal de contratación xx Xxxxxxx, si la empresa licitadora tiene o no la consideración de PYME según la definición recogida en el anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión (empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros).
b) Declaración responsable firmada por el licitador, conforme al modelo del Anexo I que se adjunta al presente pliego, indicando que se trata de un Centro Especial de Empleo sin ánimo de lucro o Centro Especial de Empleo de Iniciativa social, Empresa de Inserción o entidad sin ánimo de lucro, promotora al 100 % de Empresas de Inserción, que hubiera sido calificada con anterioridad como Centro de Inserción Sociolaboral; que reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación; que dispone de la solvencia económica y técnica adecuada para llevar a cabo el contrato; que no está incurso en causa de prohibición de contratar y se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes; que cumple las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, así como el convenio laboral del sector; que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como los establecidos en el pliego de contratación; que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias, con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle en el caso de empresas extranjeras; que cuenta con el compromiso por escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de sus recursos, en su caso.
c) Acreditación de la solvencia económica y financiera: deberá acreditarse del siguiente modo:
• Declaración formalizada por una entidad financiera en la que se haga constar que el licitador dispone de la capacidad económica o financiera necesaria para hacer frente al presente contrato.
d) Acreditación de la solvencia técnica o profesional: deberá acreditarse del siguiente modo:
• Se deberá contar con una experiencia profesional de, al menos, tres años en el sector de la restauración y catering, que se acreditaré mediante una declaración responsable en la que se relacionen los principales servicios de catering efectuados en los últimos tres años con indicación del cliente, importe y año de realización, entre los que figure al menos uno por un importe superior a 2.500,00 euros, IVA excluido (en el caso de los lotes 2 y 3), o superior a 8.000,00 euros (en el caso del lote 1).
• Certificado de ejecución satisfactoria emitido por el cliente, de al menos un contrato superior a 2.500,00 euros, IVA excluido, (en el caso de los lotes 2 y 3), o superior a 8.000,00 euros (en el caso del lote 1), IVA excluido, incluidos en la relación del apartado anterior.
• Declaración responsable del licitador de que reúne los medios técnicos y profesionales necesarios para la ejecución de los servicios contemplados en el presente pliego.
e) Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta y el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas en caso de
resultar adjudicatarias, se indique el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras, y se designe una representación o apoderamiento único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado. No será necesaria la constitución en escritura pública de la Unión Temporal de Empresas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. En cualquier caso, la responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
En caso de existir licitadores que participen conjuntamente, la documentación que se exige en los apartados a), b), c), y d) anteriores deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores que participen de manera conjunta.
Cualquier referencia en la documentación de este sobre a precios o a la oferta económica determinará la exclusión de la licitación.
8.2) Sobre C: Oferta económica
Este sobre contendrá únicamente la oferta económica del servicio objeto del contrato, que será formulada conforme al modelo que se adjunta como Xxxxx XX del presente pliego.
Al único efecto de llevar a cabo la puntuación de la propuesta económica, los precios unitarios ofertados por los licitadores se deberán incluir en una fórmula cuyo resultado final dará lugar a una cifra única para cada lote que los licitadores deberán introducir en el formulario de la plataforma PLENA que se toma como base para efectuar las puntuaciones automáticas según lo dispuesto en la cláusula 12.
En todo caso, el precio unitario ofertado por el licitador tendrá prevalencia sobre el resultado de la fórmula con el importe final en caso de que este resultado no fuera el correcto debido a un error aritmético por parte del licitador al hacer el cálculo. En este caso, el error se corregirá por parte del soporte técnico de la plataforma PLENA a instancias del Parlamento xx Xxxxxxx.
A todos los efectos se entenderá que en los precios ofertados están incluidos cualesquiera gastos que el adjudicatario deba realizar para ejecutar el cumplimiento de las prestaciones, incluidos los conceptos retributivos reconocidos convencional o contractualmente al personal adscrito a la ejecución del presente contrato, así como margen de beneficio del licitador.
Las propuestas económicas de los licitadores no podrán superar los importes máximos establecidos para cada uno de los lotes, desestimándose las ofertas cuya cuantía económica exceda dichos importes. El importe ofertado incluirá todos los costes y gastos necesarios para la correcta prestación del servicio, y beneficio del licitador.
En el caso de que se presente una proposición económica por licitadores que participen conjuntamente, aquélla deberá estar firmada por la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Parlamento xx Xxxxxxx.
No se tendrán en cuenta observaciones o aclaraciones a la oferta económica que no sean solicitadas por la Mesa de contratación. No se admitirá la presentación de variantes o alternativas. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de la oferta.
9.- MESA DE CONTRATACIÓN
La mesa de contratación estará compuesta por:
Presidente: D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, Vicepresidente 1º del Parlamento xx Xxxxxxx.
Suplente: D. x Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Secretaria 1ª del Parlamento xx Xxxxxxx.
Vocal: D. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Técnico de Protocolo del Parlamento xx Xxxxxxx. Suplente: D. x Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Letrada mayor del Parlamento xx Xxxxxxx.
Vocal: D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Administrativo de la Sección de Protocolo. Suplente: D. ª Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Secretaria de Relaciones de Protocolo.
Vocal: D. ª Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Interventora.
Suplente: D. ª Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Técnica de Grado Medio en Gestión Administrativa
Secretario: D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Letrado. Suplente: D. ª Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Letrada.
10.- CALIFICACIÓN PREVIA DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS
Concluido el plazo de presentación de las ofertas, se procederá en acto privado a la apertura a través de PLENA del sobre A (Documentación administrativa). La Mesa de contratación examinará el contenido de dicho sobre y calificará los documentos presentados por los licitadores en tiempo y forma, acordándose la admisión o rechazo de los licitadores.
Si la Mesa de contratación observara omisiones o defectos materiales en la documentación presentada, siempre y cuando tengan la consideración legal de deficiencias subsanables, requerirá al licitador que complete o subsane la documentación en el plazo mínimo de cinco días naturales contados desde la notificación del requerimiento. Si transcurrido el plazo de subsanación no se ha completado la información requerida, se procederá a su exclusión en el procedimiento, dejando constancia documental de ello.
La Mesa de contratación podrá solicitar cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
11.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS
Efectuada la valoración de la documentación contenida en el sobre B, se procederá a la apertura del sobre C (ofertas económicas), que permanecerán secretas hasta dicho momento.
Una vez realizada la apertura de dichas proposiciones en acto privado a través de PLENA, se hará pública la puntuación total obtenida por cada persona licitadora.
12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El criterio de adjudicación para cada uno de los lotes es el de la mejor relación coste-eficacia como el precio (art. 64.3.a) LFCP), resultando adjudicatario de cada lote el licitador que presente la oferta más económica.
Para cada uno de los lotes se otorgará la mayor puntuación (100 puntos) a la oferta con un menor importe total, y al resto de manera proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación propuesta actual = 100 x (Oferta de menor importe / Oferta actual) El resultado de la fórmula se expresará con redondeo a dos decimales.
En caso de empate entre dos o más licitadores, se dirimirá sucesivamente, a favor de la empresa que presente acreditación de:
- un mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad superior al 33%, siempre que este sea superior al 2%.
- el menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que este no sea superior al 10%.
- acreditación de la realización de buenas prácticas en materia de igualdad de género.
Todo ello de acuerdo con lo fijado en el artículo 99 de la LFCP, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en el momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
A tal efecto, se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo de cinco días para su aportación.
En el caso de que en la aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
13.- OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Para cada lote, tendrán esta consideración aquellas ofertas que supongan una baja respecto al importe máximo del contrato superior o igual a 30 puntos porcentuales.
En el caso de que sea presentada una oferta anormalmente baja, se aplicará lo dispuesto en el artículo 98 de la LFCP.
14.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA ADJUDICACIÓN
En el plazo máximo de siete días naturales desde que la unidad gestora comunique al licitador a cuyo favor vaya a recaer la propuesta de adjudicación dicha circunstancia, este deberá acreditar la posesión y validez de los documentos que se relacionan a continuación.
La falta de aportación de la documentación requerida supondrá que la propuesta de adjudicación a su favor quede automáticamente sin efecto y conllevará su exclusión de la licitación. En caso de que esto suceda, la Mesa de contratación solicitará al siguiente licitador en el orden de valoración de las ofertas la presentación de la documentación necesaria para proponer una nueva adjudicación del contrato.
14.1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación:
a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden Xxxxx 157/2004, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban la descripción técnica de los procesos por internet del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx y las condiciones legales de uso del web site y del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia de la escritura de constitución o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial.
Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, y las empresas no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4, y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor.
Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
14.2. Certificados positivos de Hacienda y Seguridad Social:
Certificados positivos, vigentes en la fecha de finalización de presentación de proposiciones, expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx Xxxxxxx y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
Los licitadores extranjeros, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificado expedido por la autoridad competente del país de procedencia por el que se acredite que se hallan al corriente en el pago de los impuestos y tributos y de las cotizaciones sociales que se deriven del ordenamiento jurídico de su país.
14.3. En el caso de empresas de más de 50 trabajadores, documentación acreditativa de que cuentan con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de hombres y mujeres. En el caso de empresas de menos de 50 trabajadores, deberán presentar declaración responsable señalando dicha circunstancia.
En el caso de licitadores que participen conjuntamente, dicha documentación deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores integrantes de la Unión Temporal de Empresas.
15.- ADJUDICACIÓN
La Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, como órgano de contratación, adjudicará el contrato en el plazo máximo de un mes desde el acto de apertura de la oferta económica. De no dictarse en plazo el acto de adjudicación, las empresas admitidas a licitación tendrán derecho a retirar su proposición sin penalidad alguna.
Si las empresas licitadoras retiran su oferta antes del transcurso de un mes desde la apertura de las ofertas económicas, se les impondrá una penalidad equivalente al 2% del importe de licitación, que se hará efectivo mediante la emisión de carta de pago específica.
La Mesa de contratación elevará a la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx las actas de sus reuniones, las proposiciones económicas de los licitadores, la propuesta de adjudicación y las observaciones que estime pertinentes. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos en orden a la adjudicación.
La adjudicación por parte del órgano de contratación se acomodará a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, salvo en los casos en que se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico en los que, previo informe vinculante de la Junta de Contratación Pública xx Xxxxxxx a este respecto, la licitación quedará sin efecto salvo en los casos en que la infracción afecte exclusivamente a la persona a cuyo favor se hace la propuesta, en los que la adjudicación se hará a favor de la siguiente persona en el orden de valoración de las ofertas que no se encuentre afectado por la infracción.
La adjudicación deberá ser motivada y contendrá al menos las razones por las que se ha rechazado una candidatura u oferta, las características y ventajas de la oferta seleccionada, señalando el plazo de suspensión de la eficacia de la adjudicación y los medios de impugnación que procedan y se comunicará a todos los interesados en la licitación.
La adjudicación se anunciará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx en el plazo de cinco días desde la finalización del plazo de suspensión de la eficacia de la adjudicación del contrato.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato para cada uno de los lotes se formalizará en documento administrativo en el plazo de cinco días naturales a contar desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación. De acuerdo con el artículo 101.2 LFCP, la eficacia de la adjudicación queda suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación, al hacerse esta a través de medios electrónicos. En el caso de que al procedimiento se hubiera presentado únicamente una oferta, no se aplicará el plazo de suspensión previsto, pudiéndose continuar con la tramitación del procedimiento.
Al contrato se unirá como anexo un ejemplar del presente pliego junto con sus correspondientes anexos (I a IV), que serán firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario.
Con carácter previo a la formalización del contrato y en el caso de que este se hubiese adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, deberán estas acreditar la constitución de la misma en
escritura pública dentro del plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación, y el nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, así como el CIF asignado a dicha unión. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión y por el apoderado. La responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
17.- COMIENZO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
Para cada uno de los lotes objeto de la licitación se firmará un contrato, excepto si un mismo licitador resultase adjudicatario de dos o más lotes, en cuyo caso se incluirán todos ellos en el mismo contrato.
El servicio contratado en cada uno de los lotes dará comienzo en la fecha que se señale en el correspondiente contrato y tendrá una duración de un año.
El contrato podrá prorrogarse anualmente mediante acuerdo expreso de la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, hasta un máximo de cuatro anualidades más, conforme a lo dispuesto en la LFCP 2/2018. En ningún caso se entenderá que el contrato ha sido tácitamente prorrogado si no media expresa notificación de la prórroga por parte del Parlamento xx Xxxxxxx.
No obstante, cualquiera de las partes podrá renunciar voluntariamente a la prórroga del contrato, en cuyo caso deberá comunicar dicha circunstancia a la otra parte de manera fehaciente y con al menos tres meses de antelación al vencimiento del contrato.
En el caso de que al vencimiento del contrato, como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles, no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación y existan razones de interés público para no interrumpirla, se podrá prorrogar el contrato originario por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones, hasta que comience la ejecución del nuevo contrato, siempre que el anuncio de licitación de este último se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario, o tratándose de procedimientos con invitación, esta se haya enviado con quince días de antelación.
18.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego que sirve de base al contrato, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato establecidas por la legislación vigente.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin que éste pueda solicitar alteración de los precios contratados, siendo a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Parlamento xx Xxxxxxx o a terceros por su ejecución.
En particular, el adjudicatario no podrá deducir reclamación alguna fundada en circunstancias como la tasa de absentismo o en cualesquiera otros costes laborales que deba soportar para la ejecución del contrato. Estos y otros riesgos propios de la gestión empresarial serán de su cargo.
El adjudicatario deberá facilitar un gestor del contrato, como persona de contacto entre el Parlamento xx Xxxxxxx y el adjudicatario para todas las gestiones relativas a la prestación del servicio y a las incidencias que pudieran surgir.
Todo el personal trabajador por cuenta del adjudicatario deberá estar amparado por el correspondiente contrato de trabajo. Dicho personal no adquirirá relación laboral alguna con el
Parlamento xx Xxxxxxx, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal de conformidad con la legislación laboral, sin que en ningún caso sea responsable el Parlamento xx Xxxxxxx de las obligaciones nacidas entre la empresa adjudicataria y sus empleados.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá requerir al adjudicatario para que presente documentación acreditativa de la relación laboral del personal destinado a desarrollar los trabajos contratados, como contratos, altas, bajas o alteraciones de la Seguridad Social, y de las liquidaciones de las cuotas efectuadas a la Seguridad Social.
El personal del adjudicatario deberá contar con los conocimientos técnicos necesarios para la realización del objeto de contratación.
19.- ABONO Y REVISIÓN DEL PRECIO
El contratista tendrá derecho al abono del precio con arreglo a los precios convenidos, con sujeción al contrato suscrito y a las órdenes dadas por el órgano de contratación.
El abono del servicio se realizará mensualmente mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario, tras la presentación a través del registro electrónico FACE de la factura correspondiente a los servicios efectivamente prestados en dicho mes. El pago se realizará en el plazo de 30 días tras la conformidad de la factura por parte del Servicio gestor del contrato.
En el supuesto de prórroga anual, los precios permanecerán invariables, no procediendo revisión de los mismos en función de lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la Economía Española (BOE nº 77 de 31/03/2015) y posterior Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero (BOE nº 30 de fecha 4 de febrero de 2017), por el que se desarrolla la mencionada Ley.
20.- PENALIDADES
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que asume en el presente contrato conllevará la imposición de penalidades, que serán acordadas por el órgano de contratación, a propuesta de la unidad gestora del contrato y previa audiencia del contratista.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que en concepto de pago total deban abonarse al contratista.
Los incumplimientos del adjudicatario del contrato podrán ser clasificados como leves, graves, o muy graves, en atención al tipo de incumplimiento, grado de negligencia del contratista, relevancia económica de los perjuicios derivados del incumplimiento, o reincidencia.
- Se considerará incumplimiento leve:
• Falta de decoro del personal adscrito al contrato.
• Incorrección leve con el personal del Parlamento xx Xxxxxxx, parlamentarios y parlamentarias Forales, o personal invitado por la Cámara.
• Retraso de más xx xxxx minutos sobre la hora prevista para el inicio de la prestación del servicio contratado.
- Se considerará incumplimiento grave:
• Reiteración o reincidencia de tres incumplimientos leves cometidos en un mes.
• Ocultar o falsear la información contenida en los partes de trabajo que se deban facilitar al Parlamento xx Xxxxxxx.
• Suministro de productos con aspecto descuidado.
• No respetar la recogida diferenciada de los residuos.
- Se considerará incumplimiento muy grave:
• Suministro de productos caducados o en mal estado.
• Irregularidades o incumplimientos en el contrato de trabajo, en la retribución, o en la cotización de las personas trabajadoras.
• Reiteración o reincidencia de dos infracciones graves en un año.
• Incumplimientos que se produzcan por negligencia grave y mala fe.
• Cualquier conducta imputable al contratista constitutiva de delito, especialmente las coacciones y las sustracciones a los usuarios del servicio.
• Ofensas verbales o físicas, o el trato vejatorio grave al personal del Parlamento xx Xxxxxxx, parlamentarios y parlamentarias Forales, o personal invitado por la Cámara.
Las penalidades por incumplimiento leve serán sancionadas con una pena pecuniaria de hasta el 1% del importe máximo de adjudicación del contrato, los graves desde el 1,01% al 5%, y los incumplimientos muy graves desde el 5,01% al 10%.
El límite máximo de la cuantía total de las penalidades que pueden imponerse a un contratista no podrá exceder del 20% del importe máximo de adjudicación del contrato. Cuando las penalidades por incumplimiento excedan del 10% procederá iniciar el procedimiento para declarar la prohibición de contratar.
La imposición de estas penalidades no excluye la eventual indemnización al Parlamento xx Xxxxxxx como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados como resultado de los incumplimientos culpables del contratista, así como la obligación del adjudicatario de subsanar la deficiencia en la prestación del servicio.
Sin perjuicio de la tipificación de las infracciones de los apartados anteriores y conforme al artículo 160 LFCP, el contrato se resolverá en los siguientes casos:
a) Cuando las penalidades aislada o conjuntamente alcancen el 20% del importe del contrato.
b) Cuando se incumplan las condiciones especiales de ejecución del contrato, reguladas en el artículo 66 LFCP.
c) Cuando durante la ejecución del contrato, el contratista incumpliese con su deber de abonar el salario a los trabajadores adscritos al presente servicio o efectuara incumplimientos graves de las condiciones establecidas en los convenios colectivos en vigor.
d) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
e) El mantenimiento prolongado de conflictos laborales o el ejercicio mantenido del derecho de huelga por los trabajadores o trabajadoras que prestan el contrato, y que impidiese la correcta ejecución contractual.
f) El resto de causas contempladas en el citado artículo de la LFCP.
21.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL, DE SEGURIDAD SOCIAL, MEDIO AMBIENTE E IGUALDAD
El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá supervisar y requerir al adjudicatario en cualquier momento durante la vigencia del contrato, cuanta información tenga por oportuno, a fin de velar por el cumplimiento de la normativa específica en materia de fiscalidad, Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
22.- OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES DEL CONTRATISTA
El adjudicatario deberá contratar el personal preciso para atender las obligaciones derivadas del contrato.
No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Parlamento xx Xxxxxxx, por cuanto queda expresamente sometido al poder de dirección y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Parlamento xx Xxxxxxx, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y contractualmente correspondan al mismo.
A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Parlamento xx Xxxxxxx.
El Parlamento xx Xxxxxxx se reserva el derecho a exigir la sustitución del personal por causas debidamente justificadas.
23.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
Por la naturaleza y condiciones del contrato, se prohíbe la cesión y subcontratación.
24.- INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN
La Mesa del Parlamento tiene la facultad de interpretar el contrato administrativo a que se refiere el presente Xxxxxx y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por causa de interés público y acordar su resolución dentro de los límites, con sujeción a los requisitos y con los efectos establecidos en la LFCP citada y normativa complementaria.
Los acuerdos que dicte la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el ejercicio de sus competencias de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
25.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 160 y 232 de la LFCP, y las señaladas en este pliego, las derivadas del incumplimiento de las obligaciones adquiridas mediante la aceptación del presente pliego.
Si el contrato se resuelve por causas imputables al adjudicatario, éste deberá indemnizar al Parlamento xx Xxxxxxx por los daños y perjuicios ocasionados.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá acordar la suspensión del contrato por motivos de interés público, mediante el resarcimiento de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el contratista, en la forma y con los requisitos establecidos en la legislación de Contratos Públicos.
26.- RECLAMACIONES, JURISDICCIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el mismo y, en lo no previsto, por la LFCP y demás normativa que resulte de aplicación.
Todas las incidencias que se deriven de su ejecución, así como la interpretación de las cláusulas del presente pliego serán resueltas en primer término por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, contra cuyos Acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxx en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, o mediante recurso potestativo de reposición ante la propia Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el plazo de un mes a partir de su notificación.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la LFCP, la reclamación especial en materia de contratación pública se podrá interponer en el plazo xx xxxx días naturales ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de un contrato público, así como las organizaciones sindicales.
Son susceptibles de impugnación el pliego de contratación, los actos de trámite o definitivos que les excluyan de la licitación o perjudiquen sus expectativas, los actos de adjudicación dictados por una entidad sometida a la LFCP en un procedimiento de adjudicación, los acuerdos de rescate de concesiones y, en tanto que puedan ser actos de adjudicación ilegales, un encargo a un ente instrumental o la modificación de un contrato.
Asimismo, la reclamación especial podrá ser interpuesta por cualquier persona que acredite un interés directo o legítimo. También podrá ser interpuesta por las asociaciones representativas de intereses relacionados con el objeto del contrato que se impugna siempre que sea para la defensa de los intereses colectivos de sus asociados.
Estarán también legitimadas para interponer este recurso las organizaciones sindicales cuando de las actuaciones o decisiones recurribles pudiera deducirse fundadamente que éstas implican que en el proceso de ejecución del contrato se incumplan por el empresario las obligaciones sociales o laborales respecto de los trabajadores que participen en la realización de la prestación.
En el caso de que varias empresas concurran a una licitación en participación conjunta o bajo el compromiso de constituir unión temporal de empresas, cualquiera de ellas podrá interponer la reclamación, siempre que sus derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de la misma.
Si alguna de las empresas firmantes del compromiso no deseara interponer la reclamación podrá ponerlo de manifiesto al Tribunal en cualquier momento del procedimiento anterior a la
resolución. En tal caso no se le tendrá por comparecida en el mismo y en el supuesto de que el Tribunal acuerde la imposición de multa por temeridad o mala fe, la misma solo será exigible a la entidad o entidades reclamantes.
27.- DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
Los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico en la que se realizarán todas las comunicaciones del Parlamento xx Xxxxxxx con el adjudicatario y el resto de los licitadores, incluida la notificación del acuerdo de adjudicación aprobado por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, sin perjuicio de aquellas comunicaciones que deban ser realizadas a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA).
28.- CONFIDENCIALIDAD DE LAS PROPUESTAS DE LOS LICITADORES Y DE LA INFORMACIÓN FACILITADA POR EL PARLAMENTO XX XXXXXXX
Los licitadores al presente concurso aceptan, expresa y voluntariamente, que se dé transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización con los límites establecidos en el artículo 54 LFCP.
De acuerdo con dicho artículo, el Parlamento xx Xxxxxxx no divulgará dato alguno de la información técnica o mercantil que haya facilitado quien licita, que forme parte de su estrategia empresarial y que éstos designen expresamente como confidencial y, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas.
Al mismo tiempo, se informa a los licitadores que la declaración de confidencialidad no debe perjudicar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, publicidad e información que debe darse a cada participante.
Quien licite no podrá extender la declaración de confidencialidad a toda su propuesta. En caso de que lo haga, corresponderá al órgano de contratación determinar motivadamente aquella documentación que no afecta a secretos técnicos o comerciales. En todo caso, velará por guardar el adecuado equilibrio entre los derechos de los licitadores a mantener la confidencialidad de sus propuestas y la transparencia en el procedimiento y acceso a la información, entendiéndose incluido en este último el derecho a obtener copia de la documentación.
29.- CLÁUSULA DE INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO (Reglamento Europeo 2016/679
de Protección de Datos de Carácter Personal y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.)
De conformidad con el bloque normativo citado, se informa a los concurrentes al presente procedimiento de los siguientes efectos relativos a la información facilitada al Parlamento xx Xxxxxxx para concurrir a la esta licitación:
Responsable y Finalidad: Los datos de carácter personal serán tratados por el Parlamento xx Xxxxxxx e incorporados al sistema de tratamiento “Contabilidad y Gestión Económico- Financiera”, con la única finalidad de la gestión administrativa de los expedientes de contratación.
Legitimación: Finalidad basada en el cumplimiento de una obligación legal y en el ejercicio de potestades públicas del Parlamento xx Xxxxxxx con la siguiente base jurídica:
a) Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (BON N.º 73 de 17 xx xxxxx de 2018)
b) Plan General contable del Parlamento xx Xxxxxxx de 2012 adaptado a la Orden EHA/1037/2010, de 13 xx xxxxx, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública (BOE Nº102, de 28 xx xxxxx de 2010).
c) Reglamento económico financiero del Parlamento xx Xxxxxxx, de 27 de enero de 2020 (BOPN número 19, de 7 de febrero de 2020).
Derechos: Al mismo tiempo le informamos de su derecho a solicitar al Parlamento xx Xxxxxxx el acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, cuando proceda, ante el Parlamento xx Xxxxxxx, X/Xxxxx xx Xxxxxx, 0, 00000- Xxxxxxxx o en la dirección de correo electrónico xxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
Conservación: Los datos se conservarán conforme al Reglamento de Archivo y Gestión Documental del Parlamento xx Xxxxxxx, de 16 de enero de 2023 (BOPN número 8, de 19 de enero de 2023).
Encargado del tratamiento: Como efecto de la adjudicación de los servicios contratados, la empresa seleccionada adquiere la condición de “Encargado del Tratamiento” y queda obligada a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la prestación del servicio, así como al cumplimento de lo establecido en el RGPD y en la LOPD o normativa que la sustituya.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA CONTRATAR
(a incluir en el sobre A de documentación administrativa)
Quien suscribe D/D.ª , con DNI n.º actuando en representación de la empresa en calidad de
, con CIF n.º
, calle ,
y domiciliada en
informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto, de servicios de catering para el Parlamento xx Xxxxxxx, y xxx Xxxxxx de condiciones esenciales que rige la licitación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente, presenta oferta para el Lote/s
, y al mismo tiempo DECLARA
Que la empresa es un Centro Especial de Empleo sin ánimo de lucro o Centro Especial de Empleo de Iniciativa social, Empresa de Inserción o entidad sin ánimo de lucro, promotora al 100
% de Empresas de Inserción, que hubiera sido calificada con anterioridad como Centro de Inserción Sociolaboral a los efectos de lo dispuesto en el artículo 36.1 de la LFCP 2/2018 de 13 xx xxxxx.
Que la empresa reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación.
Que dispone de la solvencia económica y técnica adecuada para llevar a cabo el contrato.
Que no está incursa en causa de prohibición de contratar, y que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que cumple las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, así como con el convenio laboral del sector.
Que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como aquellos otros establecidos en el pliego de contratación.
Que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras.
Que cuenta con el compromiso escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de recursos, en su caso.
En , a de de 2023 Firma del licitador
ANEXO II
MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA
(a incluir en el sobre BC de oferta económica)
El que suscribe D/D.ª , con DNI n.º actuando en representación de la empresa en calidad de
, con CIF n.º
, calle ,
y domiciliada en
Informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto, de servicios de catering para el Parlamento xx Xxxxxxx, y xxx Xxxxxx de condiciones esenciales que rige la licitación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA que cumple las condiciones exigidas para dicha contratación, y presenta la siguiente oferta:
Lote 1
- P1: precio/sesión servicio de atención al catering y camarero/a durante la celebración de las sesiones del Pleno en horario de mañana: euros, IVA excluido.
- P2: precio/sesión servicio de atención al catering y camarero/a durante la celebración de las sesiones del Pleno en horario de mañana y tarde: euros, IVA excluido.
Importe total lote 1: (P1) x 24 sesiones + (P2) x 16 sesiones = euros, IVA excluido.
Lote 2
- P3: precio/sesión servicio de catering durante la celebración de las sesiones de la Mesa y de la Junta de Portavoces del Parlamento xx Xxxxxxx euros, IVA excluido.
Importe total Lote 2: (P3) x 40 sesiones = euros, IVA excluido.
Lote 3
- P4: precio/persona servicio de catering menú café euros, IVA excluido.
- P5: precio/persona servicio catering menú cóctel euros, IVA excluido.
Importe total Lote 3: [(P4) x 50 personas x 5 actos] + [(P5) x 50 personas x 5 actos] =
……………….. euros, IVA excluido.
En , a de de 2023 Firma del licitador