IMPORTE DEL CONTRATO Y VALOR ESTIMADO Cláusulas de Ejemplo

IMPORTE DEL CONTRATO Y VALOR ESTIMADO. El importe máximo del contrato se ha calculado a partir de los datos horarios entregados en la licitación (Anexo IV), consumos horarios y precio horario del mercado OMIE del 01 de septiembre del 2022 al 31 xx xxxxxx del 2023. El precio de compra se ha calculado de forma horaria y la fórmula indexada a OMIE aplicada para el cálculo ha sido la siguiente (de acuerdo con los datos publicados en el BOE y en REE, tal y como se señala en la cláusula 7 del Anexo III y se recoge en el Anexo IV): Formula aplicada para el cálculo del importe del contrato: Precio de Energía = [(1 + (PERDIDAS_61TDh) * (XXXXx + RT3h + RT6h + BS3h + PS3h + EXDh + IN7h + IN3h + BALXh + FP1h + DSVh + CFPh + SRADh + PCh + SIh + ROM + ROS + CG) + FNEE] * 1.015
IMPORTE DEL CONTRATO Y VALOR ESTIMADO. 4.1. Valor estimado global del contrato: 18240,00 € (1 año y siete meses)+11.520,00 € (prórroga)=29.760,00 € IVA (21%)=6249,60 € TOTAL IMPORTE GLOBAL DEL CONTRATO: 36.009,60 € 4.2. Se señala como presupuesto máximo de licitación para cada uno de los lotes el siguiente: LOTE 2: Limpieza de Polideportivo de Zas Valor estimado lote 2: 7600 € (1 año y 7 meses)+4.800, € (prórroga) IVA 21%: 2604,00 € Total importe lote 2: 15.004,00€ € LOTE 3: Limpieza de Casa consistorial (edificio central, anexos de servicios sociales, oficinas técnicas, centro de información a la mujer, juzgado xx xxx y auditorio) Valor estimado lote 3: 10.640€ (1 AÑO y 7 meses )+ 6720 € (prórroga) IVA 21%:3.645,60 € Total importe lote 3: 21.005,60€ 4.3. Las ofertas económicas que presenten los licitadores no podrán superar en ningún caso: a) Ni el VALOR ESTIMADO GLOBAL en el caso de presentar oferta por la totalidad de los lotes. b) Ni el valor estimado particular de cada lote, en el caso de presentar oferta por un o más lotes. 4.4. En este presupuesto, se entienden añadidos cualquiera de los tributos o gastos que puedan grabar el objeto de la licitación.
IMPORTE DEL CONTRATO Y VALOR ESTIMADO. El importe máximo del contrato para una anualidad es de 65.000,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “22800 – Suministros” del presupuesto de gastos de la Cámara que resulte vigente para 2022 y 2023, en función de su ejecución contractual, y sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello. La propuesta económica de los licitadores no podrá superar los 65.000,00 euros, IVA excluido, desestimándose las ofertas cuya cuantía económica sea superior a esta cifra. A todos los efectos se entenderá que en las ofertas y en los precios propuestos por el adjudicatario, se incluyen todos los gastos que tenga que realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son beneficios, seguros, asistencia técnica, gestión comercial, transporte, y distribución, peajes, cargos, tasas y toda clase de tributos, incluido el impuesto de hidrocarburos, a excepción del IVA. Dentro de este importe máximo de gasto, el precio definitivo del contrato vendrá determinado por la aplicación de las tarifas contratadas al consumo de gas natural efectivamente realizado, así como los cargos y peajes correspondientes, el alquiler del equipo de medida, y los impuestos aplicables a excepción del IVA. De acuerdo con lo anterior, según lo establecido en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, y teniendo en cuenta las posibles prórrogas anuales del contrato, el valor estimado del mismo es de 325.000,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “22800 – Suministros” del presupuesto de gastos de la Cámara del ejercicio correspondiente, de manera proporcional a su ejecución contractual y sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la LFCP, se advierte a los licitadores de lo siguiente: - Que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción socio-laboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial ...

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  • VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 4.1. El valor estimado de este contrato, IVA EXCLUIDO, tiene un importe que se indica en el Anexo I, apartado tercero, letra A, habiéndose establecido el sistema de determinación del precio a un tanto alzado, y habiéndose incluido en el mismo el valor de las eventuales prórrogas del contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la LCSP.

  • PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (Arts. 100, 101, y 116.4 d) Ley 9/17) 01 REPARACIÓN DE ESTRUCTURA 2.947.506,85 02 RENOVACIÓN DE JUNTAS 222.875,89 03 REFUERZO CIMENTACIONES 3.185.493,66 04 MEJORA SEGURIDAD VIARIA 503.694,02 05 VARIOS 77.411,44 06 SERVICIOS AFECTADOS 6.451,20 07 GESTIÓN DE RESIDUOS 36.173,92 08 SEGURIDAD Y SALUD 66.449,43 13,00 % Gastos generales 915.987,33 6,00 % Beneficio industrial 422.763,38 SUMA DE G.G. y B.I. 1.338.800,71 El cálculo de los precios de las distintas unidades de obra se ha basado en la determinación de los costes directos e indirectos precisos para su ejecución, sin incorporar en ningún caso el importe del IVA que pueda gravar las entregas de bienes o prestaciones de servicios realizados. Los precios unitarios y las partidas alzadas con los que se elabora el presupuesto, se encuentran justificados en el proyecto constructivo, anejo de “justificación de precios”, donde se calculan atendiendo a los costes directos e indirectos y con adecuación a los precios xxx xxxxxxx. Para el cálculo y justificación de los precios de las distintas unidades de obra de este proyecto se parte del coste de los materiales, maquinaria y de la mano de obra, para cuyo cálculo se aplica el Reglamento General de Contratación del Estado y la Orden de 21 xx Xxxx de 1.979 de M.O.P.U., que establece la fórmula para obtención de los costes horarios de las distintas categorías laborales, así como las normas emanadas del vigente Convenio de la Construcción de la provincia de Huelva. COSTES DIRECTOS 1. MANO DE OBRA Para la determinación del coste horario de las distintas categorías laborales, en el proyecto se ha seguido la metodología del Convenio Colectivo del Sector de Industrias de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Huelva de 2015, vigente en el momento de la redacción, si bien se adoptaron costes por encima de dicho convenio que pudieran absorber los incrementos que pudieran producirse entre la fecha de redacción del proyecto y la de licitación y posterior ejecución de las obras. Para la determinación del coste anual de las distintas categorías hacemos uso de la expresión: COSTE ANUAL = 1,4 x A + B Donde: A = Retribución total del trabajador con carácter salarial. B = Retribución total del trabajador con carácter no salarial. El coste horario se obtiene considerando según el Convenio un total de 1.738 horas trabajadas al año. De esta forma, para cada categoría profesional, el coste horario resultante es: El vigente Convenio Colectivo para las Industrias de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Huelva (Boletín Oficial de Huelva núm.166 de 29 xx Xxxxxx de 2018) establece la siguiente tabla de retribución diaria: Los costes de personal considerados en el proyecto de construcción se encuentran por encima del Vigente Convenio Colectivo para las Industrias de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Huelva (Boletín Oficial de Huelva núm.166 de 29 xx Xxxxxx de 2018): CAPATAZ 33.199,71 19.493,64 OFICIAL 1ª 29.696,56 18.586,68 OFICIAL 2ª 28.639,17 17.737,08 AYUDANTE 27.746,21 17.000,64 PEÓN ESPECIALIZADO 27.132,10 16.481,52 PEÓN ORDINARIO 26.405,64 15.878,76

  • Importe del Contrato El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 240.000 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 24.000 euros, lo que supone un total de 264.000 euros. El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 240.000 euros (IVA excluido), teniendo en cuenta las posibles prórrogas y modificaciones del mismo. El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.

  • VALOR DEL CONTRATO Puesto que el presente es un contrato de suministro, basado en precios y consumos variables, el valor actual del mismo es indeterminado.

  • SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General y lo publicará en el Portal web de la Entidad Contratante. La entidad contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita.

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  • Objeto y necesidad del contrato El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la ejecución de los servicios descritos en el apartado 1 del Anexo I al mismo y definido en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se especifican los factores de todo orden a tener en cuenta. En el mismo apartado se hace referencia igualmente a las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato. De conformidad con el artículo 99.3 LCSP, el órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos válidos que deberán justificarse debidamente. En el presente contrato, la justificación de la no división en lotes se indica en el apartado 1 del Anexo I al presente pliego.

  • Contenido Del Contrato El contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases Integradas y la oferta ganadora, así como los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato.