PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SUMINISTRO DE LAS LICENCIAS DE USO DE ORACLE DATABASE STANDARD EDITION Y DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y MANTENIMIENTO PARA EL...
PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SUMINISTRO DE LAS LICENCIAS DE USO DE ORACLE DATABASE STANDARD EDITION Y DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y MANTENIMIENTO PARA EL PARLAMENTO XX XXXXXXX
En el presente pliego se regulan los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes en sus aspectos jurídicos, administrativos, económicos y técnicos, de la contratación del suministro de licencias de uso de Oracle Database Standard Edition, así como de la prestación de los servicios de soporte técnico y mantenimiento para el Parlamento xx Xxxxxxx.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente contrato el suministro de las licencias de uso de Oracle Database Standard Edition, así como la prestación de los servicios de soporte técnico y mantenimiento correspondientes, por un periodo de tres años, que incluyan las actualizaciones, service packs y parches necesarios para garantizar la operatividad y optimización de los recursos, todo ello con las características que se detallan en el Anexo III, que junto con el presente pliego formará parte del contrato que se firme con el adjudicatario.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
El Parlamento xx Xxxxxxx, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1 a) de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (en adelante LFCP), está incluido en el ámbito subjetivo de aplicación de dicha Ley Xxxxx, mientras que la prestación objeto del contrato constituye un suministro sujeto al régimen jurídico administrativo (artículos 27 y 29 de la LFCP). De este modo, conforme al artículo 34.1 LFCP, la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato se regirán por la LFCP y sus disposiciones reglamentarias, aplicándose supletoriamente las demás normas de derecho administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado. En su virtud, tanto las personas licitadoras como con posterioridad las partes contratantes, quedan sometidas a lo establecido en este pliego, y a la LFCP.
El desconocimiento de la normativa reguladora de contratos públicos, así como de las cláusulas y anexos del presente pliego, no eximirá a los licitadores y al contratista de la obligación de su cumplimiento.
- Tramitación: ordinaria (art. 138 LFCP).
- Tipo de contrato: suministros (art. 29 LFCP).
- Epígrafe CPV (Common Procurement Vocabulary): 48000000-8 Paquetes de software y sistemas de información, 72000000-5 Servicios TI: consultoría, desarrollo de software, internet y apoyo.
- Procedimiento: abierto (art. 72 LFCP).
- Criterio de adjudicación: únicamente criterios relacionados con la mejor relación coste- eficacia como el precio (art. 64.3 a) LFCP).
- Unidad gestora del contrato: Servicio de Informática, Sist, Audiovisuales y Tecnología.
- Órgano adjudicador: Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
3.- IMPORTE DEL CONTRATO
El importe máximo del contrato para el suministro de las licencias y el servicio de soporte técnico y mantenimiento durante el periodo inicial de tres años es de 26.967,12 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a las partidas “60601 – Programas informáticos. Software” del presupuesto de gastos de la Cámara para 2024 y “21600 – Reparación y mantenimiento equipos informáticos” del presupuesto de gastos de la Cámara para 2024, 2025 y 2026 en proporción a su ejecución contractual y sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
Este importe se obtiene a partir de los siguientes precios máximos fijados para la presente licitación:
P1: 13.020,00 euros, IVA excluido, precio licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Processor Perpetual.
P2: 3.150,84 euros/año, IVA excluido, precio servicio de soporte técnico y mantenimiento para licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Processor Perpetual.
P3: 260,40 euros, IVA excluido, precio licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Named User Plus Perpetual.
P4: 63,02 euros/año, IVA excluido, precio soporte técnico y mantenimiento para licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Named User Plus Perpetual.
IMPORTE TOTAL 3 AÑOS = P1 + [3 años x P2] + [10 usuarios x P3] + [3 años x 10 usuarios x P4] = 26.967,12 euros, IVA excluido.
El contrato inicial tiene una duración de tres años naturales, tras los cuales se podrá prorrogar en un máximo de dos ocasiones en periodos de un año de duración, de acuerdo con el periodo máximo de vigencia de los contratos establecido en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la LFCP, se advierte a los licitadores de lo siguiente:
- Que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción socio-laboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
- Que la oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación, como mínimo, del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora, más las mejoras precio/hora del convenio más los costes de la Seguridad Social.
El Parlamento xx Xxxxxxx se reserva el derecho a solicitar en cualquier momento a la empresa adjudicataria la documentación justificativa correspondiente a fin de verificar dicho cumplimiento.
4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, de naturaleza pública o privada, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar, no se hallen en una situación de conflicto de intereses y acrediten una solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente para ejecutar la prestación contractual demandada.
Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá contratar con licitadores que participen conjuntamente, de acuerdo con el artículo 13 de la LFCP. Dicha participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras, y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. En cualquier caso, los contratistas responderán solidariamente de las obligaciones contraídas.
En todo caso, los licitadores han de ser personas naturales o jurídicas, cuya finalidad o actividad profesional tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente, y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Para la ejecución de este contrato deberá disponerse de unas condiciones de solvencia económica y financiera suficientes que deberán acreditarse mediante la presentación de la documentación detallada en la cláusula 8 del presente pliego.
6.- SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
Para la ejecución de este contrato deberá disponerse de unas condiciones de solvencia técnica y profesional suficientes que deberán acreditarse mediante la presentación de la documentación detallada en la cláusula 8 del presente pliego.
7.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La licitación se tramitará exclusivamente de forma electrónica ajustándose a lo previsto en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, el Decreto Xxxxx 236/2007, de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los Procedimientos y Registros a su cargo de conformidad con lo previsto en la Ley Xxxxx 11/2019, de 11 xx xxxxx, de la Administración de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx y del Sector Público Institucional Xxxxx.
La presentación de las ofertas presume por parte de la licitadora la aceptación incondicionada sin salvedad o reserva alguna de las cláusulas de este pliego y sus anexos, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación objeto del contrato.
Los documentos que conforman la oferta deberán presentarse exclusivamente a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA), que estará disponible en el anuncio de licitación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx), de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes:
Asimismo, todas las comunicaciones y resto de actuaciones de trámites que procedan con los interesados, se efectuará a través de la citada plataforma.
Es necesario que la hora del equipo desde el que se vaya a realizar la presentación coincida con un margen máximo de desfase de 5 minutos, con la hora del servidor de Gobierno xx Xxxxxxx.
Los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/- 1 seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos.
- Fuente horaria primaria: xxxx.xxx.xx (Real Instituto y Observatorio de la Armada: dos servidores en San Xxxxxxxx-Cádiz y un tercero situado en Madrid).
- Fuentes horarias secundarias:
o xxxxx.xxxxx.xx, INRIA, Paris
o x0x00.x0x.xxx.xx, UPV-EHU
El plazo de presentación de las ofertas se fijará en el anuncio de licitación, siendo de un mínimo de quince días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho anuncio.
En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará el resumen criptográfico de su contenido, quedando como constancia de la oferta. En el caso de que quien licite tenga problemas* en la presentación de su oferta en la plataforma, si la huella (resumen criptográfico) es remitida al órgano de contratación por correo electrónico a la dirección de contacto xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, dentro del plazo de presentación de ofertas, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de la plataforma PLENA y para considerar completada la presentación. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la solicitud de participación en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
(*) a estos efectos, se advierte de que cuanto mayor sea el peso (medido en MB) de las ofertas, mayor puede ser el tiempo requerido para completar su presentación. Ello con independencia de la concurrencia de otras circunstancias, como una menor velocidad de subida de datos debida a la calidad de la conexión, u otras.
Si al proceder a la apertura de los sobres, se detecta una presentación fuera de plazo sobre la cual se ha recibido una huella dentro del plazo de presentación de ofertas, si la huella coincide y la fecha de recepción de la propuesta está dentro de las 24 horas extendidas, la oferta se dará por válida y se abrirá.
Si por el contrario la huella no coincide, o bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose nunca su contenido.
En caso de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa o entidad licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron problemas de índole técnica en la plataforma. Solamente en el caso de que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la plataforma, la oferta presentada será admitida. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a la plataforma no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y conllevarán la exclusión.
8.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Desde el anuncio de licitación del Portal de Contratación se puede acceder al espacio de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA) donde cualquier persona interesada en la licitación puede descargar una aplicación de escritorio que le permite la preparación y presentación de ofertas mediante sobre digital. Esta aplicación debe descargarse una única vez, siendo válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA por parte de cualquier entidad sometida a la misma.
Las ofertas son cifradas en el escritorio de quien vaya a licitar utilizando mecanismos estándares de cifrado, y una vez presentadas, son depositadas en el repositorio seguro.
La oferta deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El tamaño permitido de cada fichero individual que se anexa en la oferta electrónica es de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman tendrá un tamaño máximo de 100 MB. La plataforma no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos por PLENA para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.), y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la plataforma y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por la entidad o empresa licitadora o quien tenga poder de representación.
Las propuestas se presentarán de acuerdo con la estructura establecida para esta oferta en PLENA y contendrá 2 sobres, identificados como:
- Sobre A: Documentación administrativa
- Sobre B: Oferta económica.
Toda la documentación se presentará en castellano y deberá estar vigente en la fecha de finalización del plazo de presentación de las propuestas. En ningún caso podrá aportarse, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, documentación complementaria o aclaratoria que no haya sido solicitada expresamente por la Mesa de contratación.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de esta cláusula, así como la presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas que hubiera suscrito.
8.1) Sobre A: Documentación administrativa.
Este sobre contendrá los siguientes documentos:
a) Denominación de la empresa o proponente, NIF, nombre y apellidos de la persona que firme la proposición y el carácter con que lo hace y dirección, teléfono, persona de contacto y correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos.
Asimismo se indicará, a efectos únicamente estadísticos y de publicidad en el Portal de contratación xx Xxxxxxx, si la empresa licitadora tiene o no la consideración de PYME según la definición recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión (empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros).
b) Declaración responsable firmada por el licitador, conforme al modelo del Anexo I que se adjunta al presente pliego, indicando que reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación; que dispone de la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional para llevar a cabo el contrato; que no está incurso en causa de prohibición de contratar y se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes; que cumple las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, así como el convenio laboral del sector; que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como los establecidos en el pliego de contratación; que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las
incidencias con renuncia, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras; que cuenta con el compromiso por escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de sus recursos, en su caso.
c) Acreditación de la solvencia económica y financiera: declaración formalizada por una entidad financiera en la que se haga constar que el licitador dispone de la capacidad económica o financiera necesaria para hacer frente al presente contrato.
d) Acreditación de la solvencia técnica y profesional:
• Declaración de haber realizado contratos durante los dos últimos años (2022 y 2023), cuya suma sea un importe superior al 50% del precio de licitación, indicándose el importe, las fechas de inicio y fin, así como una breve descripción del objeto de cada contrato.
• Certificación de ejecución satisfactoria emitida por el cliente, de al menos uno de los contratos incluidos en la declaración del apartado anterior.
La documentación de los apartados c) y d) anteriores deberá haberse emitido con una antelación máxima de seis meses desde la fecha de presentación de las propuestas.
e) Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente o en Unión Temporal de Empresas, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta y el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias, se indique el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras, y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado. No será necesaria la constitución en escritura pública de la Unión Temporal de Empresas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
En cualquier caso, la responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
En el caso de existir licitadores que participen conjuntamente, la documentación que se exige en los apartados a), b), c) y d) y anteriores deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores que participen.
Cualquier referencia en la documentación de este sobre a precios o a la oferta económica, determinará la exclusión de la licitación.
8.2) Sobre B: Oferta económica.
Este sobre contendrá únicamente la oferta económica del suministro objeto del contrato, que será conforme al modelo del Anexo II del presente pliego.
La propuesta económica de los licitadores no podrá superar los precios unitarios máximos establecidos, desestimándose las ofertas cuya cuantía económica sea superior a dichos importes. A todos los efectos se entiende que en los precios ofertados por el adjudicatario se incluyen todos los gastos que tenga que realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas.
En el caso de que se presente una proposición económica por licitadores que participen conjuntamente, aquélla deberá estar firmada por la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Parlamento xx Xxxxxxx.
10.- CALIFICACIÓN PREVIA DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS
Concluido el plazo de presentación de las ofertas, se procederá en acto privado a través de PLENA a la apertura del sobre A. La Unidad gestora examinará el contenido de dicho sobre (Documentación administrativa) y calificará los documentos presentados por los licitadores en tiempo y forma, acordándose la admisión o rechazo de los licitadores.
Si la Unidad gestora observara omisiones o defectos materiales en la documentación presentada, siempre y cuando tengan la consideración legal de deficiencias subsanables, requerirá al licitador que complete o subsane la documentación, otorgándole para ello un plazo de al menos cinco días naturales contados desde la notificación del requerimiento. Si transcurrido el plazo de subsanación no se ha completado la información requerida, se procederá a su exclusión en el procedimiento, dejando constancia documental de ello.
La Unidad gestora podrá solicitar cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
11.- APERTURA DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS
Se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx con al menos tres días de antelación, la fecha y hora de la apertura de las ofertas económicas, que serán secretas hasta dicho momento.
Una vez realizada la apertura de dichas proposiciones a través de PLENA, se hará pública la puntuación total obtenida por cada persona licitadora.
La Unidad gestora, tras la apertura de las ofertas económicas, elevará a la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx dichas proposiciones, las actas, la propuesta de adjudicación y las observaciones que estime pertinentes. La Unidad gestora podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos en orden a la adjudicación.
12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El criterio de adjudicación es el de la oferta con la mejor calidad precio, cuya determinación se efectuará atendiendo únicamente al precio como indicador de la mejor relación coste-eficacia, resultando por tanto adjudicatario el licitador que presente la oferta más económica.
Al efecto de llevar a cabo la puntuación de la propuesta económica, los precios unitarios ofertados por los licitadores se deberán incluir en una fórmula matemática cuyo resultado final dará lugar a una cifra única que los licitadores deberán introducir en PLENA y servirá para comparar las ofertas de los distintos licitadores y asignarles la puntuación final.
La fórmula es la siguiente:
IMPORTE TOTAL 3 AÑOS = P1 + [3 años x P2] + [10 usuarios x P3] + [3 años x 10 usuarios x P4] = euros, IVA excluido.
Siendo:
P1: Precio licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Processor Perpetual, IVA excluido
P2: Precio servicio anual de soporte técnico y mantenimiento para licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Processor Perpetual. IVA excluido.
P3: Precio licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Named User Plus Perpetual. IVA excluido.
P4: Precio soporte anual técnico y mantenimiento para licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Named User Plus Perpetual.
Se otorgará la máxima puntuación (100 puntos) a la oferta con un menor importe total, y al resto de manera proporcional según la siguiente fórmula:
• Puntuación propuesta actual = 100 x (Oferta de menor importe / Oferta actual) El resultado de la fórmula se expresará con dos decimales.
En caso de empate entre dos o más licitadores, se dirimirá, sucesivamente, a favor de la empresa que presente acreditación de:
- un mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad superior al 33 por cien, siempre que éste no sea inferior al 2 por 100;
- la consideración de empresa de inserción;
- el menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100;
- buenas prácticas en materia de igualdad de género,
Todo ello de acuerdo a lo fijado en el artículo 99 de la LFCP, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en el momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
A tal efecto, se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo de cinco días para su aportación.
En el caso de que en la aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
13.- OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Tendrán esta consideración aquellas ofertas que, teniendo en cuenta los precios unitarios ofertados y el método de cálculo del importe máximo del contrato, supongan una baja respecto al mismo superior o igual a 30 puntos porcentuales.
En el caso de que sea presentada una oferta anormalmente baja, se aplicará lo dispuesto en el artículo 98 de la LFCP.
14.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
En el plazo máximo de siete días naturales desde que la Unidad gestora comunique al licitador a cuyo favor vaya a recaer la propuesta de adjudicación dicha circunstancia, este deberá acreditar la posesión y validez de los documentos que se relacionan a continuación.
La falta de aportación de la documentación requerida supondrá que la propuesta de adjudicación a su favor quede automáticamente sin efecto y conllevará su exclusión de la licitación. En caso de que esto suceda, la Unidad gestora solicitará al siguiente licitador en el orden de valoración de las ofertas la presentación de la documentación necesaria para proponer una nueva adjudicación del contrato.
14.1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación:
a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia de la escritura de constitución o, en su caso, de modificación, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial.
Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia de poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como las no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor.
Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
14.2. Certificados positivos, vigentes en la fecha de finalización de presentación de proposiciones, expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx Xxxxxxx y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
Los licitadores extranjeros, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificado expedido por la autoridad competente del país de procedencia por el que se acredite que se hallan al corriente en el pago de los impuestos y tributos y de las cotizaciones sociales que se deriven del ordenamiento jurídico de su país.
14.3. En el caso de empresas de 50 o más trabajadores, declaración responsable de que cumplen el requisito de que al menos el 2 % de sus empleados son trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, o bien declaración responsable de que cumplen las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el
que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad.
En caso de empresas de menos de 50 trabajadores, deberán presentar declaración responsable señalando dicha circunstancia.
En el caso de licitadores que participen conjuntamente, dicha documentación deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores integrantes de la Unión Temporal de Empresas.
14.4. En el caso de empresas de más de 50 trabajadores, documentación acreditativa de que cuentan con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de hombres y mujeres. En caso de empresas de menos de 50 trabajadores, deberán presentar declaración responsable señalando dicha circunstancia.
En el caso de licitadores que participen conjuntamente, dicha documentación deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores integrantes de la Unión Temporal de Empresas.
15.- ADJUDICACIÓN
La Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, como órgano de contratación, adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses desde el acto de apertura de la oferta económica. De no dictarse en plazo el acto de adjudicación, las empresas admitidas a licitación tendrán derecho a retirar su proposición sin penalidad alguna.
La Unidad gestora elevará a la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx las actas de sus reuniones, las proposiciones económicas de los licitadores, la propuesta de adjudicación y las observaciones que estime pertinentes. La Unidad gestora podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos en orden a la adjudicación.
La adjudicación por parte del órgano de contratación se acomodará a la propuesta formulada por Unidad gestora, salvo en los casos en que se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico en los que, previo informe vinculante de la Junta de Contratación Pública xx Xxxxxxx a este respecto, la licitación quedará sin efecto, salvo en los casos en que la infracción afecte exclusivamente a la persona a cuyo favor se hace la propuesta, en los que la adjudicación se hará a favor de la siguiente persona en el orden de valoración de las ofertas que no se encuentre afectada por la infracción.
La adjudicación deberá ser motivada y contendrá al menos las razones por las que se ha rechazado una candidatura u oferta, las características y ventajas de la oferta seleccionada, señalando el plazo de suspensión de la eficacia de la adjudicación y los medios de impugnación que procedan, y se comunicará a todos los interesados en la licitación.
La adjudicación se anunciará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx en el plazo de cinco días desde la finalización del plazo de suspensión de la eficacia de la adjudicación del contrato.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo en el plazo de cinco días naturales a contar desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación. De acuerdo con el artículo 101.2 de la LFCP, la eficacia de la adjudicación queda suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación, al hacerse esta a través de medios electrónicos. En el caso de que al procedimiento se hubiera presentado únicamente una oferta, no se aplicará el plazo de suspensión previsto, pudiéndose continuar con la tramitación del procedimiento.
Al contrato se unirá como anexo un ejemplar del presente pliego junto con sus correspondientes anexos (I a III), que pasarán a formar parte del mismo.
Con carácter previo a la formalización del contrato y en el caso de que este se hubiese adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, deberán estas acreditar la constitución de la misma en escritura pública dentro del plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación, y el nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, así como el CIF asignado a dicha unión. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión y por el apoderado. La responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
17.- COMIENZO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigor el 30 de septiembre de 2024. La duración inicial del contrato será de tres años naturales desde la fecha de su entrada en vigor, pudiendo prorrogarse a su finalización hasta en un máximo de dos ocasiones en periodos de un año de duración, por lo que la vigencia total del contrato no podrá exceder de cinco años, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la LFCP 2/2018.
El contratante notificará al adjudicatario su voluntad expresa, mediante Acuerdo de la Mesa de la Cámara, de prorrogar el contrato con carácter anual, antes de la finalización de su vigencia. En ningún caso se entenderá que el contrato ha sido tácitamente prorrogado si no media expresa notificación de la concesión de la prórroga por parte del Parlamento xx Xxxxxxx. No obstante, cualquiera de las partes podrá renunciar voluntariamente a la prórroga del contrato, en cuyo caso deberá comunicar dicha circunstancia a la otra parte de manera fehaciente y con al menos tres meses de antelación al vencimiento del contrato.
En el caso de que al vencimiento del contrato, como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles, no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación y existan razones de interés público para no interrumpirla, se podrá prorrogar el contrato originario por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones, hasta que comience la ejecución del nuevo contrato, siempre que el anuncio de licitación de este último se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario, o tratándose de procedimientos con invitación, esta se haya enviado con quince días de antelación.
18.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego que sirve de base al contrato, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato establecidas por la legislación vigente.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin que éste pueda solicitar alteración de los precios contratados, siendo a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Parlamento xx Xxxxxxx o a terceros por su ejecución.
19.- ABONO Y REVISIÓN DEL PRECIO
El contratista tendrá derecho al abono del precio con arreglo a los precios convenidos, con sujeción al contrato suscrito y a las órdenes dadas por el órgano de contratación.
El suministro de las licencias se facturará una vez realizada la instalación. El servicio de soporte técnico y mantenimiento se facturará anualmente. El abono del precio se realizará mediante transferencia bancaria en el plazo de 30 días tras la presentación de la correspondiente factura, previa conformidad a la misma por parte del Servicio de Informática, Sistemas Audiovisuales y Tecnología del Parlamento xx Xxxxxxx.
En el supuesto de prórroga anual los precios unitarios fijados en el contrato permanecerán invariables, no procediendo revisión de los mismos en función de lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la Economía Española (BOE nº 77 de fecha 31 xx xxxxx de 2015) y posterior Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero (BOE nº 30 de fecha 4 de febrero de 2017), por el que se desarrolla la mencionada Ley.
20.- PENALIDADES
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que asume en el presente contrato conllevará la imposición de penalidades, que serán acordadas por el órgano de contratación, a propuesta del servicio gestor del contrato y previa audiencia del contratista.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que en concepto de pago total deban abonarse al contratista o en su caso, mediante la interposición de la correspondiente reclamación judicial.
Los incumplimientos del adjudicatario del contrato tendrán la clasificación de leves y graves, en atención al tipo de incumplimiento, grado de negligencia del contratista, relevancia económica de los perjuicios derivados del incumplimiento, o reincidencia.
- En particular, se considerará incumplimiento leve:
• El retraso, inferior a una semana, en la entrega del suministro contratado.
- Asimismo, se considerará incumplimiento grave:
• El retraso, superior a una semana, en la entrega del suministro contratado.
• La indisponibilidad de los service requests por un tiempo superior a cinco dias.
• La inaccesibilidad a los sistemas de soporte al Cliente por un tiempo superior a cinco días.
• Cualesquiera otras obligaciones derivadas de la ejecución del presente contrato.
Las penalidades por incumplimiento leve serán sancionadas con una pena pecuniaria de hasta el 1% del importe de adjudicación, y los incumplimientos graves desde el 1,01% al 5% del importe de adjudicación.
El límite máximo de la cuantía total de las penalidades que pueden imponerse a un contratista no podrá exceder del 20% del importe de adjudicación. Cuando las penalidades por incumplimiento excedan del 10% del importe de adjudicación procederá iniciar el procedimiento para declarar la prohibición de contratar.
La imposición de estas penalidades no excluye la eventual indemnización al Parlamento xx Xxxxxxx como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de los incumplimientos culpables del contratista, así como la obligación del adjudicatario de subsanar la deficiencia en la prestación del servicio.
Sin perjuicio de la tipificación de las infracciones de los apartados anteriores y conforme al artículo 160 LFCP, el contrato se resolverá en los siguientes casos:
a) Cuando las penalidades aislada o conjuntamente alcancen el 20% del importe de adjudicación del contrato.
b) Cuando se incumplan las condiciones especiales de ejecución del contrato, reguladas en el artículo 66 LFCP.
c) Cuando durante la ejecución del contrato, el contratista incumpliese con su deber de abonar el salario a los trabajadores adscritos al presente servicio o efectuara incumplimientos graves de las condiciones establecidas en los convenios colectivos en vigor.
d) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
e) El mantenimiento prolongado de conflictos laborales o el ejercicio mantenido del derecho de huelga por los trabajadores o trabajadoras que prestan el contrato, y que impidiese la correcta ejecución contractual.
21.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL, DE SEGURIDAD SOCIAL, MEDIO AMBIENTE E IGUALDAD.
El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá supervisar y requerir al adjudicatario en cualquier momento durante la vigencia del contrato, cuanta información tenga por oportuno, a fin de velar por el cumplimiento de la normativa específica en materia de fiscalidad, Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar
22.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 160 y 224 de la LFCP, y las señaladas en este pliego, las derivadas del incumplimiento de las obligaciones adquiridas mediante la aceptación del presente pliego
Si el contrato se resuelve por causas imputables al adjudicatario, éste deberá indemnizar al Parlamento xx Xxxxxxx por los daños y perjuicios ocasionados.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá acordar la suspensión del contrato por motivos de interés público, mediante el resarcimiento de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el contratista, en la forma y con los requisitos establecidos en la legislación de Contratos Públicos.
23.- INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN
La Mesa del Parlamento tiene la facultad de interpretar el contrato administrativo a que se refiere el presente Xxxxxx y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por causa de interés público y acordar su resolución dentro de los límites, con sujeción a los requisitos y con los efectos establecidos en la LFCP citada y normativa complementaria.
Los acuerdos que dicte la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el ejercicio de sus competencias de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
24.- RECLAMACIONES, JURISDICCIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el mismo y, en lo no previsto, por la LFCP y demás normativa que resulte de aplicación.
Todas las incidencias que se deriven de su ejecución, así como la interpretación de las cláusulas del presente pliego serán resueltas en primer término por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, contra cuyos Acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxx en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, o mediante recurso potestativo de reposición ante la propia Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el plazo de un mes a partir de su notificación.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la LFCP, la reclamación especial en materia de contratación pública se podrá interponer ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de un contrato público, así como las organizaciones sindicales.
Son susceptibles de impugnación el pliego de contratación, los actos de trámite o definitivos que les excluyan de la licitación o perjudiquen sus expectativas, los actos de adjudicación dictados por una entidad sometida a la LFCP en un procedimiento de adjudicación, los acuerdos de rescate de concesiones y, en tanto que puedan ser actos de adjudicación ilegales, un encargo a un ente instrumental o la modificación de un contrato.
Asimismo la reclamación especial podrá ser interpuesta por cualquier persona que acredite un interés directo o legítimo. También podrá ser interpuesta por las asociaciones representativas de intereses relacionados con el objeto del contrato que se impugna siempre que sea para la defensa de los intereses colectivos de sus asociados.
Estarán también legitimadas para interponer este recurso las organizaciones sindicales cuando de las actuaciones o decisiones recurribles pudiera deducirse fundadamente que éstas implican que en el proceso de ejecución del contrato se incumplan por el empresario las obligaciones sociales o laborales respecto de los trabajadores que participen en la realización de la prestación.
En el caso de que varias empresas concurran a una licitación en participación conjunta o bajo el compromiso de constituir unión temporal de empresas, cualquiera de ellas podrá interponer la reclamación, siempre que sus derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de la misma.
Si alguna de las empresas firmantes del compromiso no deseara interponer la reclamación podrá ponerlo de manifiesto al Tribunal en cualquier momento del procedimiento anterior a la resolución. En tal caso no se le tendrá por comparecida en el mismo y en el supuesto de que el Tribunal acuerde la imposición de multa por temeridad o mala fe, la misma solo será exigible a la entidad o entidades reclamantes.
25.- DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
Los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico en la que se realizarán todas las comunicaciones del Parlamento xx Xxxxxxx con el adjudicatario y el resto de licitadores, incluida la notificación del Acuerdo de adjudicación aprobado por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
26.- CONFIDENCIALIDAD DE LAS PROPUESTAS DE LOS LICITADORES Y DE LA INFORMACIÓN FACILITADA POR EL PARLAMENTO XX XXXXXXX
Los licitadores al presente concurso aceptan, expresa y voluntariamente, que se dé transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización con los límites establecidos en el artículo 54 LFCP.
De acuerdo con dicho artículo, el Parlamento xx Xxxxxxx no divulgará dato alguno de la información técnica o mercantil que haya facilitado quien licita, que forme parte de su estrategia empresarial y que éstos designen expresamente como confidencial y, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas.
Al mismo tiempo, se informa a los licitadores que la declaración de confidencialidad no debe perjudicar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, publicidad e información que debe darse a cada participante.
Quien licite no podrá extender la declaración de confidencialidad a toda su propuesta. En caso de que lo haga, corresponderá al órgano de contratación determinar motivadamente aquella documentación que no afecta a secretos técnicos o comerciales. En todo caso, velará por guardar el adecuado equilibrio entre los derechos de los licitadores a mantener la confidencialidad de sus propuestas y la transparencia en el procedimiento y acceso a la información, entendiéndose incluido en este último el derecho a obtener copia de la documentación.
27.- CLÁUSULA DE INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO (Reglamento Europeo
2016/679 de Protección de Datos de Carácter Personal y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.)
De conformidad con el bloque normativo citado, se informa a los licitadores al presente procedimiento de los siguientes efectos relativos a la información facilitada al Parlamento xx Xxxxxxx para concurrir a esta licitación:
Responsable y Finalidad: Los datos de carácter personal serán tratados por el Parlamento xx Xxxxxxx e incorporados al sistema de tratamiento “Contabilidad y Gestión Económico- Financiera”, con la única finalidad de la gestión administrativa de los expedientes de contratación.
Legitimación: Finalidad basada en el cumplimiento de una obligación legal y en el ejercicio de potestades públicas del Parlamento xx Xxxxxxx con la siguiente base jurídica:
• Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (BON N.º 73 de 17 xx xxxxx de 2018)
• Plan General contable del Parlamento xx Xxxxxxx de 2012 adaptado a la Orden EHA/1037/2010, de 13 xx xxxxx, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública (BOE Nº102, de 28 xx xxxxx de 2010).
• Reglamento económico financiero del Parlamento xx Xxxxxxx, de fecha 22 xx xxxx de 2000. (BOPN 55, 27-06-2000)
Derechos: Al mismo tiempo le informamos de su derecho a solicitar al Parlamento xx Xxxxxxx el acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, cuando proceda, ante el Parlamento xx Xxxxxxx, X/Xxxxx xx Xxxxxx, 0, 00000- Xxxxxxxx o en la dirección de correo electrónico xxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
Conservación: Los datos se conservarán de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de funcionamiento de la administración electrónica del Parlamento xx Xxxxxxx (BOPN nº 4, de 12 de enero de 2023) y el Reglamento de Archivo y Gestión Documental del Parlamento xx Xxxxxxx (BOPN nº 8, de 19 de enero de 2023).
Encargado del tratamiento: Como efecto de la adjudicación de los servicios contratados, la empresa seleccionada adquiere la condición de “Encargado del Tratamiento” y queda obligada a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la prestación del servicio así como al cumplimento de lo establecido en el RGPD y en la LOPD o normativa que la sustituya.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA CONTRATAR
(a incluir en el sobre A de documentación general)
Quien suscribe D/D.ª , con D.N.I. nº actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en , calle
,
informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto, del suministro de las licencias de uso de Oracle Database Standard Edition y la prestación de los servicios de soporte técnico y mantenimiento correspondientes por un periodo de tres años para el Parlamento xx Xxxxxxx, según detalla el pliego de condiciones reguladoras y sus Anexos, que rigen la licitación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA
Que la empresa reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación.
Que dispone de la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional para llevar a cabo el contrato.
Que no está incursa en causa de prohibición de contratar, y que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que cumple las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, así como con el convenio laboral del sector.
Que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como aquellos otros establecidos en el pliego de contratación.
Que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras.
Que cuenta con el compromiso escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de recursos, en su caso.
En , a de de 2024
Firma del licitador
ANEXO II
MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
(a incluir en el sobre BC de oferta económica)
Quien suscribe D/D.ª , con D.N.I. nº actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en , calle
,
Informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto, del suministro suministro de las licencias de uso de Oracle Database Standard Edition y la prestación de los servicios de soporte técnico y mantenimiento correspondientes por un periodo de tres años para el Parlamento xx Xxxxxxx, y xxx xxxxxx de condiciones reguladoras que rige la licitación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA que cumple las condiciones exigidas para la contratación de dicho suministro, y presenta la siguiente oferta:
P1: ………………….. euros, IVA excluido, licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Processor Perpetual.
P2: ………………….. euros/año, IVA excluido, servicio de soporte técnico y mantenimiento para licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Processor Perpetual.
P3: …………………. euros, IVA excluido, licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Named User Plus Perpetual.
P4: …………………. euros/año, IVA excluido, soporte técnico y mantenimiento para licencia Oracle Database Standard Edition 2 - Named User Plus Perpetual.
IMPORTE TOTAL 3 AÑOS = P1 + [3 años x P2] + [10 usuarios x P3] + [3 años x 10 usuarios x P4] = euros, IVA excluido.
(importe a introducir en el formulario de PLENA)
En , a de de 2024
Firma del licitador,