EDADES DE INGRESO Y PERMANENCIA. Las edades de ingreso y permanencia para el amparo adicional por Daño del Equipaje, serán las siguientes, salvo que expresamente se modifiquen por condición particular mediante anexo convenido entre las partes: Amparo Ingreso Permanencia Daño de Equipaje. De 0 años a 85 años más 364 días. Hasta los 85 años más 364 días.
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EDADES DE INGRESO Y PERMANENCIA. Las edades de ingreso y permanencia para el amparo adicional por Daño del Demora de Equipaje, serán las siguientes, salvo que expresamente se modifiquen por condición particular mediante anexo convenido entre las partes: Amparo Ingreso Permanencia Daño Demora de Equipaje. De 0 años a 85 años más 364 días. Hasta los 85 años más 364 días.
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