Ejecución de los derechos del expedidor y del destinatario. El expedidor y el destinatario podrán hacer valer, respectivamente, todos los derechos que les conceden los Artículos 12 y 13, cada uno en su propio nombre, sea en su propio interés, sea en el interés de un tercero, a condición de cumplir las obligaciones que el contrato de transporte impone.
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Ejecución de los derechos del expedidor y del destinatario. El expedidor y el destinatario podrán hacer valer, respectivamenteres- pectivamente, todos los derechos que les conceden los Artículos artículos 12 y 13, cada uno en su propio nombre, sea en su propio interés, sea en el interés de un tercero, a condición de cumplir las obligaciones que el contrato de transporte impone.
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Samples: Convenio Para La Unificación De Ciertas Reglas Para El Transporte Aéreo Internacional, Convenio Para La Unificación De Ciertas Reglas Para El Transporte Aéreo Internacional