Elección del Síndico Titular y Suplente Cláusulas de Ejemplo

Elección del Síndico Titular y Suplente. Se recuerda a los se- xxxxx accionistas que deberán notificar asistencia y depositar las acciones con debida antelación. El Directorio. Bto. 62610 31/11 y 1/2/5/6/12/2016 (5 Pub.) $ 200,00 ——————————————— ASOCIACIÓN CIVIL VALOS - Convocatoria a Asamblea Gene- ral Ordinaria. La Comisión Direc- tiva tiene el agrado de invitar a los Señores Asociados de la Aso- ciación de Civil Valos a Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 15 de diciembre de 2016 a las 17 horas en el domicilio de Xxxxxxx X. Xxxxxxxx X° 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx, para tratar el siguiente Orden del día: 1) Elección de dos asambleístas para firmar el acta de asamblea junto con el Presidente y el Se- cretario. 2) Lectura y considera- ción de la Memoria y Estados Contables por el ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2015, informe de la Comisión Revisora de Cuentas y Dictamen del Auditor Externo, según esta- blece el estatuto, transcurrida una hora después de la fijada para la reunión sin conseguir quórum, se celebrará la asam- xxxx y sus decisiones serán váli- das cualquiera sea el número de socios presentes. Bto. 62635 1/12/2016 (1 P.) $ 50,00 ——————————————— Convocatoria asamblea ge- neral ordinaria. JUNTA VECINAL SAN XXXXXX. Convocatoria: La Comisión Directiva de la Junta Vecinal San Xxxxxx convoca a sus asociados a participar de la Asamblea General Ordinaria (fuera de término) para el día 19 de diciembre de 2016, a las 19:00 horas, en el local ubicado en calle Xxxxxxxx 121 de la Villa Cabecera del Departamento de San Xxxxxx, Provincia xx Xxxxx- za, para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Lectura del Acta de Co- misión Directiva convocando a la asamblea. 2) Elección de dos asociados para firmar junto a Se- cretario y Presidente, la presen- te Acta. 3) Tratamiento de la Asamblea General Ordinaria (fuera de término). 4) Conside- ración de las responsabilidades
Elección del Síndico Titular y Suplente. Nota: Para asistir a la Asamblea, deberá darse cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la ley 19550. El Directorio Designado según instrumento privado ACTA DIRECTORIO de fecha 02/12/2020 XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX - Presidente e. 30/12/2021 N° 101819/21 v. 05/01/2022 CUIT: 30-71578861-2 Se convoca a asamblea general extraordinaria para el 27 de Enero de 2022 a las 10 hs, en la xxxxx Xxxxxxx 00 xxxx 0 xxxxxxxx 00, XXXX. Orden del día: 1) Designación de dos accionistas para firmar el acta. 2) Tratamiento de la disolución de la sociedad y nombramiento del liquidador. - Presidente
Elección del Síndico Titular y Suplente. En oportunidad de realizar el aviso de concurrencia a la asamblea que marca el artículo 238 último párrafo de la Ley General de Sociedades, los accionistas deberán denunciar una casilla de correo electrónico a la cual el directorio enviará el vínculo y demás datos necesarios para participar en la asamblea en forma virtual. Cualquier consulta o solicitud de documentación y/o información para el correcto acceso por parte de los Sres. Accionistas se podrá dirigir vía email a la casilla de correo fleal@vielautomotores.com.ar Buenos Aires, 28 de septiembre de 2020. Designado según instrumento privado acta de directorio N° 63 de fecha 16/10/2018 Carlos Alberto Tanoira - Presidente CUIT 30-71449889-0. Por Asamblea General Ordinaria y Reunión de Directorio del 11/05/2020 se resolvió: (i) fijar en dos el número de Directores Titulares y en uno el número de Directores Suplentes; y (ii) designar el siguiente Directorio: Presidente: Santiago Lacase, Director Titular: Federico Bugallo, y Director Suplente: Darío Alberto Straschnoy. Todos los directores aceptaron los cargos para los que han sido designados y constituyeron domicilio especial en Suipacha 1111, Piso 18, CABA. Autorizado según instrumento privado Asamblea y Reunión de Directorio de fecha 11/05/2020 Estefania Paula Balduzzi - T°: 118 F°: 629 C.P.A.C.F.
Elección del Síndico Titular y Suplente. El Directorio. Para asistir a la Asamblea los Sres. Accionistas deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 238 de la Ley 19.550 en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 720, Piso 3°, Capital Federal, en el horario de 14.30 a 17.30 horas. Buenos Aires, 19 de octubre de 2000. Presidente - Lorenzo D. A. Botto e. 11/12 N° 181 v. 15/12/2000 CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Convócase a los Sres. Accionistas a Asamblea General Ordinaria para el día 04/01/2001, a las 19.00 horas, en Perú 979, Capital Federal, para tratar el siguiente:
Elección del Síndico Titular y Suplente. Designación de dos accionistas para firmar el Acta. El Directorio. Presidente - Vicente Juan Espósito e. 18/6 Nº 24.590 v. 24/6/2003 CONVOCATORIA Convócase a los señores accionistas de TELESERVICIOS Y MARKETING S.A. a Asamblea General Ordinaria, para el día 7 de julio de 2003 a las 11:00 horas, en Suipacha 268 8° piso de la Ciudad de Buenos Aires, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DIA:
Elección del Síndico Titular y Suplente. Reconsideración del aumento de capital dis- puesto por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 07/11/2005.

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  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página "web" del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asímismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.

  • Tiempo y lugar de entrega El Proveedor" entregará el (los) bien(es) objeto de este contrato en el lugar, tiempo y condiciones señalados en la carátula.

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • Multiusuarios del servicio público de aseo Son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 20.1.- El Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cuadro de Características de este Pliego, apartado 16, establecerá el plazo máximo para la entrega o entregas sucesivas de los productos, una vez recibido el pedido por el contratista. Si el licitador ofertase un plazo inferior, y la Administración lo estimase conveniente, se hará constar éste en el contrato y será el exigido en la ejecución del mismo. 20.2.- La entrega se efectuará en el lugar indicado en el apartado 16 del Cuadro de características. En todo caso, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega, o en el plazo que se determine en el apartado 20 de Condiciones Específicas del procedimiento, la Administración realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad. 20.3.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos, de acuerdo con el art. 268 LCSP. 20.4.- Gastos de entrega y recepción.- Salvo pacto en contrario, los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.