Common use of EQUIPO TERMINAL Clause in Contracts

EQUIPO TERMINAL. Los equipos y accesorios que son necesarios para recibir el SERVICIO son propiedad del PROVEEDOR mismos que se entregan al SUSCRIPTOR en COMODATO (en préstamo). El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda, custodia y cons�rvación del (los) equipo(s), durante todo el tiempo que se encuentre en su poder, hasta la terminación del presente contrato y deberán ser devueltos al PROVEEDOR, presentando únicamente el desgaste natural por el paso del tiempo, y por su parte el PROVEEDOR se obliga a dar mantenimiento a los equipos y accesorios para la adecuada prestación del SERVICIO. Cuando las fallas que se presenten en el equipo y accesorios no sean atribuibles al SUSCRIPTOR, el PROVEEDOR se obliga a realizar de manera gratuita las reparaciones necesarias, en tanto este contrato permanezca vigente. Ambas partes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora en que se llevarán a cabo dichas actividades. El personal designado por el PROVEEDOR se debe de identificar y mostrar al SUSCRIPTOR la orden de trabajo expedida por el PROVEEDOR. En caso de que el equipo terminal se encuentre en reparación o mantenimiento, el PROVEEDOR debe suspender el cobro del SERVICIO por el periodo que dure la revisión, reparación y/o mantenimiento de dicho equipo terminal, excepto cuando el PROVEEDOR acredite que el SUSCRIPTOR está haciendo uso del servicio o le haya proporcionado un equipo sustituto. Cuando el Equipo provisto en comodato, sea robado o sea objeto de algún siniestro, el SUSCRIPTOR deberá dar aviso inmediato al PROVEEDOR, en un plazo que no excederá de veinticuatro horas posteriores al evento para la reposición del Equipo y para suspender el cobro del SERVICIO hasta que el SUSCRIPTOR tenga otro equipo para poder reci1/el ri SERVICIO. � El SUSCRIPTOR tendrá un plazo de 30 días hábiles posteriores al robo o siniestro para presentar copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente, que acredite el objeto de robo o siniestro para que no tenga costo la reposición del equipo. En caso de que el PROVEEDOR no pueda iniciar la prestación del servicio por causas atribuibles a él por imposibilidad física o técnica para la instalación del equipo, debe devolver al SUSCRIPTOR las cantidades que haya pagado por concepto de anticipo, en un plazo no mayor de 30 días hábiles siguientes a la fecha límite establecida para la instalación, y se tendrá por terminado el contrato de adhesión sin responsabilidad para el SUSCRIPTOR debiendo pagar el PROVEEDOR, una penalidad equivalente al 20% de las cantidades que haya recibido por concepto de anticipo, por su incumplimiento en los casos atribuibles a él. El SUSCRIPTOR puede negarse, sin responsabilidad alguna para él, a la instalación o activación del servicio ante la negativa del personal del PROVEEDOR a identificarse y/o a mostrar la orden de trabajo. Situación que debe informar al PROVEEDOR en ese momento.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Televisión De Paga Que Celebra Por Una Parte El Proveedor Y

EQUIPO TERMINAL. Los equipos y accesorios que son necesarios para recibir el SERVICIO Servicio son propiedad del PROVEEDOR Proveedor, mismos que se entregan al SUSCRIPTOR Usuario en COMODATO (en préstamo)ARRENDAMIENTO -en lo sucesivo, el "Equipo"-. El SUSCRIPTOR X� / �0 Xx Xxxxxxx se compromete a la guarda, custodia y cons�rvación conservación del (los) equipo(sEquipo(s), durante todo el tiempo que se encuentre(n) en su poder, hasta la terminación del Contrato y deberán ser devueltos al Proveedor presentando únicamente el deterioro derivado de las condiciones normales de us por su parte, el Proveedor se obliga a dar mantenimiento al Equipos y sus accesorios para la adecuada prestación del Servicio en tanto el Contrato se encuentre vigente. La falta de devolución del Equipo por parte del Usuario no· se entenderá como renovación o novación del Contrato, ni exime al Usuario de guardar y conservw en buen estado el Equipo durante todo el tiempo que se encuentre en su poder. En caso que el Usuario decida contratar nuevamente el Servicio antes de que el Equipo sea devuelto al Proveedor no se cobrarán gastos de instalación y/o activación del Servicio, hasta la terminación salvo que se requiera hacer alguna adecuación a las instalaciones del presente contrato y deberán ser devueltos al PROVEEDOR, presentando únicamente el desgaste natural por el paso del tiempo, y por su parte el PROVEEDOR se obliga a dar mantenimiento a los equipos y accesorios para la adecuada prestación del SERVICIOUsuario. Cuando el origen de las fallas que se presenten en el equipo y accesorios Equipo no sean atribuibles sea atribuible al SUSCRIPTORUsuario, el PROVEEDOR Proveedor se obliga a realizar de manera gratuita las reparaciones necesarias, en tanto este contrato el Contrato permanezca vigente. Ambas partes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora en que se llevarán a cabo dichas actividades. El personal designado por el PROVEEDOR Proveedor se debe de identificar y mostrar al SUSCRIPTOR Usuario la orden de trabajo expedida por el PROVEEDORProveedor. En caso de que el equipo terminal que sea adquirido directamente del Proveedor se encuentre en reparación o mantenimientosujeto a garantía, el PROVEEDOR Proveedor debe suspender el cobro del SERVICIO Servicio por el periodo que dure la revisión, reparación y/o mantenimiento de dicho equipo terminal, excepto cuando el PROVEEDOR Proveedor acredite que el SUSCRIPTOR Usuario está haciendo uso del servicio Servicio o le haya proporcionado un equipo sustituto. Cuando el Equipo provisto en comodato, sea robado o sea objeto de algún siniestro, el SUSCRIPTOR Usuario deberá dar aviso inmediato al PROVEEDORProveedor, en un plazo que no excederá de veinticuatro 24 horas posteriores al evento para la reposición del Equipo y para suspender el cobro del SERVICIO Servicio hasta que el SUSCRIPTOR Usuario tenga otro equipo para poder reci1/recibir el ri SERVICIOServicio. El SUSCRIPTOR Usuario tendrá un plazo de 30 días hábiles posteriores al robo o siniestro para presentar copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente, que acredite el objeto de robo o siniestro para que no tenga costo la reposición del equipoEquipo. En caso de terminación, rescisión o cancelación del Contrato, el Usuario se obliga a devolver o entregar el Equipo al Proveedor a más tardar dentro del plazo de 10 días naturales -contados a partir de la fecha en que se notifique la terminación del Contrato. Si al finalizar la relación contractual, el Usuario hizo la devolución al Proveedor del Equipo que le fue entregado en arrendamiento conforme a lo previsto en el Contrato, el Proveedor tiene la obligación de devolver al Usuario el pagaré establecido en el Anexo 1 del Contrato. En el supuesto que el PROVEEDOR Usuario no pueda iniciar devuelva el Equipo a la prestación terminación del servicio Contrato, entregue el Equipo dañado por causas atribuibles a él por imposibilidad física la indebida manipulación del mismo o técnica para si éste no es devuelto únicamente con el deterioro derivado de las condiciones normales de uso, se le hará efectiva la instalación del equipo, debe devolver al SUSCRIPTOR las cantidades que haya pagado por concepto garantía de anticipo, cumplimiento de obligación consistente en un plazo pagaré que es causal y no mayor negociable; es decir, que ese pagaré sólo se firmará por el Usuario para garantizar la devolución del Equipo que le fue entregado en arrendamiento. En el momento en el que el Usuario realice la devolución del Equipo, el Proveerlo, le debe p,opo,cioaa, ""ª aota de 30 días hábiles siguientes a recepción, la fecha límite establecida para cual deberá contener el número de teléfono, nombre del Usuario y nombre de la instalación, persona que lo entrega y se tendrá por terminado el contrato de adhesión sin responsabilidad para el SUSCRIPTOR debiendo pagar el PROVEEDOR, una penalidad equivalente al 20% de las cantidades que haya recibido por concepto de anticipo, por su incumplimiento en los casos atribuibles a él. El SUSCRIPTOR puede negarse, sin responsabilidad alguna para él, a la instalación o activación del servicio ante la negativa del personal del PROVEEDOR a identificarse y/o a mostrar la orden de trabajo. Situación que debe informar al PROVEEDOR en ese momentolo recibe.

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EQUIPO TERMINAL. Los equipos y accesorios que son necesarios para recibir el SERVICIO son propiedad del PROVEEDOR mismos que se entregan al SUSCRIPTOR en COMODATO (en préstamo). El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda, custodia y cons�rvación conservación del (los) equipo(s), durante todo el tiempo que se encuentre en su poder, hasta la terminación del presente contrato y deberán ser devueltos al PROVEEDOR, presentando únicamente el desgaste natural por el paso del tiempo, y por su parte el PROVEEDOR se obliga a dar mantenimiento a los equipos y accesorios para la adecuada prestación del SERVICIO. Cuando las fallas que se presenten en el equipo y accesorios no sean atribuibles al SUSCRIPTOR, el PROVEEDOR se obliga a realizar de manera gratuita las reparaciones necesarias, en tanto este contrato permanezca vigente. Ambas partes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora en que se llevarán a cabo dichas actividades. El personal -personal designado por el PROVEEDOR se debe de identificar y mostrar al SUSCRIPTOR la orden de trabajo expedida por el PROVEEDOR. En caso de que el equipo terminal se encuentre en reparación o mantenimiento, el PROVEEDOR debe suspender el cobro del SERVICIO por el periodo que dure la revisión, reparación y/o mantenimiento de dicho equipo terminal, excepto cuando el PROVEEDOR acredite que el SUSCRIPTOR está haciendo uso del servicio o le haya proporcionado proporcioni'!do un equipo sustituto. Cuando el Equipo provisto en comodato, sea robado o sea objeto de algún siniestro, el SUSCRIPTOR deberá dar aviso inmediato al PROVEEDOR, en un plazo que no excederá de -�- --r_¿-o~E- __jM'" E'" x-1 co ·. RFC: CME0806162SA xxx.xxxxxxxxxx.xx xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx + ' :;1� , �::1-t.:'.º.:.., ':J :,-�:_: veinticuatro horas posteriores al evento para la reposición del Equipo y para suspender el cobro del SERVICIO hasta que el SUSCRIPTOR tenga otro equipo para poder reci1/recibir el ri SERVICIO. El SUSCRIPTOR tendrá un plazo de 30 días hábiles posteriores al robo o siniestro para presentar copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente, que acredite el objeto de robo o siniestro para que no tenga costo la reposición del equipo. En caso de que el PROVEEDOR no pueda iniciar la prestación del servicio por causas atribuibles a él por imposibilidad física o técnica para la instalación del equipo, debe devolver al SUSCRIPTOR las cantidades que haya pagado por concepto de anticipo, en un plazo no mayor de 30 días hábiles siguientes a la fecha límite establecida para la instalación, y se tendrá por terminado el contrato de adhesión sin responsabilidad para el SUSCRIPTOR debiendo pagar el PROVEEDOR, una penalidad equivalente al 20% de las cantidades que haya recibido por concepto de anticipo, por su incumplimiento en los casos atribuibles a él. El SUSCRIPTOR puede negarse, sin responsabilidad alguna para él, a la instalación o activación del servicio ante la negativa del personal del PROVEEDOR a identificarse y/o a mostrar la orden de trabajo. Situación que debe informar al PROVEEDOR en ese momento.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Internet Fijo en Casa Que Celebra Por Una Parte El Proveedor Y Por Otra Parte El Suscriptor, Al Tenor De Lo Siguiente

EQUIPO TERMINAL. Los equipos y accesorios que son necesarios para recibir el SERVICIO son propiedad del PROVEEDOR mismos que se entregan al SUSCRIPTOR en COMODATO (en préstamo). El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda, custodia y cons�rvación conservación del (los) equipo(s), . durante todo el tiempo que se encuentre en su poder, hasta la terminación del presente contrato y deberán ser devueltos al PROVEEDOR, presentando únicamente el desgaste natural por el paso del tiempo, y por su parte el PROVEEDOR se obliga a dar mantenimiento a los equipos y accesorios para la adecuada prestación del SERVICIO. Cuando las fallas que se presenten en el equipo y accesorios no sean atribuibles al SUSCRIPTOR, el PROVEEDOR se obliga a realizar de manera gratuita las reparaciones necesarias, en tanto este contrato permanezca vigente. Ambas partes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora en que se llevarán a cabo dichas actividades. El personal designado por el PROVEEDOR se debe de identificar y mostrar al SUSCRIPTOR la orden de trabajo expedida por el PROVEEDOR. En caso de que el equipo terminal se encuentre en reparación o mantenimiento, el PROVEEDOR debe suspender el cobro cob1C1 del SERVICIO por el periodo que dure la revisión, reparación y/o mantenimiento de dicho equipo terminaltem,inal, excepto cuando el PROVEEDOR acredite que el SUSCRIPTOR está haciendo uso del servicio o le haya proporcionado un equipo sustituto. Cuando el Equipo provisto en comodato, sea robado o sea objeto de algún siniestro, el SUSCRIPTOR deberá deberé dar aviso inmediato al PROVEEDOR, en un plazo que no excederá excederé de veinticuatro horas posteriores al evento para la reposición del Equipo y para suspender el cobro del SERVICIO SERV CIO hasta que el SUSCRIPTOR tenga otro equipo para poder reci1/recibir el ri SERVICIO. El SUSCRIPTOR tendrá tendré un plazo de 30 días hábiles posteriores al robo o siniestro para presentar copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente, que acredite el objeto de robo o siniestro para que no tenga costo la reposición del equipo. Si al término o rescisión del Contrato, EL SUSCRIPTOR no devuelve al PROVEEDOR el Equipo que le fue entregado en comodato en términos de lo previsto en este Contrato, se le hará efectiva la garantía de cumplimiento de obligación consistente en un pagaré que es causal y no negociable; es decir que este pagaré sólo se firma por EL SUSCRIPTOR para garantizar la devolución del Equipo que le fue entregado en comodato. Si al finalizar la relación contractual y el SUSCRIPTOR sí haya devuelto al PROVEEDOR el equipo que le fue entregado en comodato, el PROVEEDOR tiene la obligación de devolver el pagaré establecido en el Anexo 1 del presente contrato al SUSCRIPTOR. En caso de terminación, rescisión o cancelación del presente Contrato, EL SUSCRIPTOR se obliga a devolver o entregar el Equipo a EL PROVEEDOR a mas tardar dentro del plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha en que notifique la terminación del Contrato. En el momento en el que, el SUSCRIPTOR realice la devolución del Equipo, el PROVEEDOR le debe proporcionar una nota de recepción, la cual deberá contener el número de teléfono, nombre de EL SUSCRIPTOR y nombre de la persona que lo entrega y lo recibe. EL PROVEEDOR se obliga a devolver el pagaré suscrito en garantía del equipo establecido en el A nexo 1 al término del contrato siempre y cuando EL SUSCRIPTOR entregue el Equipo. En el supuesto que EL SUSCRIPTOR no devuelva el equipo a la terminación del contrato, EL PROVEEDOR podré hacer valer el pagaré establecido en el Anexo 1. En caso de que el PROVEEDOR no pueda iniciar la prestación del servicio por causas atribuibles a él por imposibilidad física flsica o técnica para la instalación del equipo, debe devolver al SUSCRIPTOR las cantidades que haya pagado por concepto de anticipo, en un plazo no mayor de 30 días hábiles siguientes a la fecha límite establecida para la instalación, y se tendrá tendré por terminado el contrato de adhesión sin responsabilidad para el SUSCRIPTOR debiendo pagar el PROVEEDOR, una penalidad equivalente al 20% 20 de las cantidades que haya recibido por concepto de anticipo, por su incumplimiento en los casos atribuibles a él. El SUSCRIPTOR puede negarse, sin responsabilidad alguna para él, a la instalación o activación del servicio ante la negativa del personal del PROVEEDOR a identificarse y/o a mostrar la orden de trabajo. Situación que debe informar infonnar al PROVEEDOR en ese momento.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Internet Fijo en Casa Que Celebra Por Una Parte El Proveedor Y Por Otra Parte El Suscriptor, Al Tenor De Lo Siguiente

EQUIPO TERMINAL. Los equipos y accesorios que son necesarios para recibir el SERVICIO son propiedad del PROVEEDOR mismos que se entregan al SUSCRIPTOR en COMODATO (en préstamoprés1amo). El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda, . custodia y cons�rvación conservación del (los( os) equipo(s), durante todo el tiempo que se encuentre en su poder, hasta la terminación tentrinación del presente contrato y deberán ser devueltos al PROVEEDOR, presentando únicamente el desgaste natural por el paso del tiempo, y por su parte el PROVEEDOR se obliga a dar mantenimiento a los equipos y accesorios accesmios para la adecuada prestación del SERVICIO. Cuando las fallas que se presenten en el equipo y accesorios no sean atribuibles al SUSCRIPTOR, el PROVEEDOR se obliga a realizar de manera gratuita las reparaciones necesarias, en tanto este contrato permanezca vigente. Ambas partes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora en que se llevarán a cabo dichas actividades. El personal designado por el PROVEEDOR se debe de identificar y mostrar al SUSCRIPTOR la orden de trabajo expedida por el PROVEEDOR. En caso de que el equipo terminal se encuentre en reparación o mantenimiento, el PROVEEDOR debe suspender el et cobro del SERVICIO por el periodo que dure la revisión, reparación y/o mantenimiento de dicho equipo terminal, excepto cuando el PROVEEDOR acredite que el SUSCRIPTOR está haciendo uso del servicio o le haya proporcionado un equipo sustituto. NOMBRE COMERCIAL: CONNECT TELECOM RAZÓN SOCIAL: CONNECT TELECOM, S. DE R.L. DE C.V. RFC:CTE170313667 DOMICILIO: XXXXXXX XXXXX XX XX XXXXXXX 0000-000, XXXXXXX XXXXX XX RER3H CP 11930, XXXXXX XXXXXXX, CIUDAD DE MÉXICO Cuando el Equipo provisto en comodato, sea robado o sea objeto de algún siniestro, el SUSCRIPTOR deberá dar aviso inmediato al PROVEEDOR, en un plazo que no excederá de veinticuatro horas posteriores al evento para la reposición del Equipo y para suspender el cobro del SERVICIO hasta que el SUSCRIPTOR tenga otro equipo para poder reci1/recibir el ri SERVICIO. El SUSCRIPTOR tendrá un plazo de 30 días hábiles posteriores al robo o siniestro para presentar copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente, que acredite el objeto de robo o siniestro para que no tenga costo la reposición del equipo. En caso de que el PROVEEDOR no pueda iniciar la prestación del servicio por causas atribuibles a él por imposibilidad física o técnica para la instalación del equipo, debe devolver al SUSCRIPTOR las cantidades que haya pagado por concepto de anticipo, en un plazo no mayor de 30 días hábiles siguientes a la fecha límite establecida para la instalación, y se tendrá por terminado el contrato de adhesión sin responsabilidad para el SUSCRIPTOR debiendo pagar el PROVEEDOR, una penalidad equivalente al 20% de las cantidades que haya recibido por concepto de anticipo, por su incumplimiento en los casos atribuibles a él. El SUSCRIPTOR puede negarse, sin responsabilidad alguna para él, a la instalación o activación del servicio ante la negativa del personal del PROVEEDOR a identificarse y/o a mostrar la orden de trabajo. Situación que debe informar al PROVEEDOR en ese momento.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Internet Fijo Ew Casa Y Telefonia Fija Que Celebra Por Una Parte El Proveedor Y Por Otra Parte El Suscriptor, Al Tenor De Lo Siguiente