Common use of EVALUACIÓN A LA PROPUESTA ECONÓMICA Clause in Contracts

EVALUACIÓN A LA PROPUESTA ECONÓMICA. La evaluación económica la llevará a cabo la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios una vez que las propuestas hayan cumplido con todos los requisitos legales, administrativos y técnicos. La evaluación y análisis de la Proposición económica se realizará, de acuerdo a procedimiento siguiente: En donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,. ,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. El porcentaje máximo que se deberá obtener de la evaluación de las “Proposiciones” económicas será de 100%, el cual se dividirá entre 2, a efecto de obtener el porcentaje del 40% que corresponde al aspecto económico. De acuerdo a lo anterior, el resultado de la evaluación por puntos y porcentajes de las “Proposiciones” técnica y económica se determinará como a continuación se indica: Evaluación de las Proposiciones: PTj = TPT + PPE En donde: ET = Evaluación Técnica (corresponde al 60% de la evaluación) EE = Evaluación Económica (corresponde al 40% de la evaluación) Una vez obtenida la calificación final, a partir de la ponderación de cada uno de los rubros y subrubros de evaluación de las propuestas técnicas, se considerarán como solventes únicamente aquellas que cumplan con un puntaje mínimo de 45 puntos, y sólo en ese caso se procederá a la evaluación de las respectivas propuestas económicas para determinar cuál es la proposición solvente susceptible de ser adjudicada para lo cual se obtendrá el índice de ponderación técnico económico (Pte). En el caso de errores y omisiones sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “La Convocante”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el fallo respectivo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, ésta se desechará, en la(s) partida(s) que resulte(n) afectada(s). Hecho lo anterior, “La Convocante” elaborará un cuadro comparativo con los precios ofertados por los licitantes cuyas propuestas se consideraron solventes, y el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria a la licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 36 Bis Fracción I de “La Ley”. En caso de que se encuentren dos propuestas en igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, para lo cual se considerará lo establecido en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. De subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre al efecto la convocante en el propio acto del fallo, en el que se considerará un boleto por cada proposición que resulte empatada, los cuales se depositarán en una urna de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante adjudicado y posteriormente los demás boletos empatados para determinar los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. De conformidad con el Artículo 36 bis penúltimo y último párrafo de “La Ley” y 54 de “El Reglamento”, para la realización del sorteo señalado se deberá convocar a un representante del Órgano Interno de Control de la dependencia y en caso de que en la Licitación se cuente con la participación de un testigo social, invariablemente se le invitará.

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EVALUACIÓN A LA PROPUESTA ECONÓMICA. La evaluación económica la llevará a cabo la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios una vez que las propuestas hayan cumplido con todos los requisitos legales, administrativos y técnicos. La evaluación y análisis de la Proposición económica se realizará, de acuerdo a procedimiento siguiente: En donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,. ,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. El porcentaje máximo que se deberá obtener de la evaluación de las “Proposiciones” económicas será de 100%, el cual se dividirá entre 2, a efecto de obtener el porcentaje del 40% que corresponde al aspecto económico. De acuerdo a lo anterior, el resultado de la evaluación por puntos y porcentajes de las “Proposiciones” técnica y económica se determinará como a continuación se indica: Evaluación de las Proposiciones: PTj = TPT + PPE En donde: ET = Evaluación Técnica (corresponde al 60% de la evaluación) EE = Evaluación Económica (corresponde al 40% de la evaluación) Una vez obtenida la calificación final, a partir de la ponderación de cada uno de los rubros y subrubros de evaluación de las propuestas técnicas, se considerarán como solventes únicamente aquellas que cumplan con un puntaje mínimo de 45 puntos, y sólo en ese caso se procederá a la evaluación de las respectivas propuestas económicas para determinar cuál es la proposición solvente susceptible de ser adjudicada para lo cual se obtendrá el índice de ponderación técnico económico (Pte). En el caso de errores y omisiones sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “La Convocante”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que, que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el fallo respectivo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, ésta se desechará, en la(s) partida(s) que resulte(n) afectada(s). Hecho lo anterior, “La Convocante” elaborará un cuadro comparativo con los precios ofertados por los licitantes cuyas propuestas se consideraron solventes, y el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria a la licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 36 Bis Fracción I de “La Ley”. En caso de que se encuentren dos propuestas en igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, para lo cual se considerará lo establecido en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. De subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre al efecto la convocante en el propio acto del fallo, en el que se considerará un boleto por cada proposición que resulte empatada, los cuales se depositarán en una urna de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante adjudicado y posteriormente los demás boletos empatados para determinar los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. De conformidad con el Artículo 36 bis penúltimo y último párrafo de “La Ley” y 54 de “El Reglamento”, para la realización del sorteo señalado se deberá convocar a un representante del Órgano Interno de Control de la dependencia del Instituto y en caso de que en la Licitación se cuente con la participación de un testigo social, invariablemente se le invitará.

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Samples: Contrato De Prestación Del Servicio

EVALUACIÓN A LA PROPUESTA ECONÓMICA. La evaluación económica la llevará a cabo la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios una vez que las propuestas hayan cumplido con todos los requisitos legales, administrativos y técnicos. La evaluación y análisis de la Proposición económica se realizará, de acuerdo a procedimiento siguiente: En donde: PPE = Puntuación Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que corresponden a obtuvo cada proposición, “La Convocante” aplicará la Propuesta Económica; MPemb = Monto siguiente fórmula: Evaluación de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; las Proposiciones: PTj = TPT + PPE Para toda j = 10, 20, ,. ,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y x El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. El porcentaje máximo que se deberá obtener de la evaluación de las “Proposiciones” económicas será de 100%, el cual se dividirá entre 2, a efecto de obtener el porcentaje del 40% que corresponde al aspecto económico. De acuerdo a lo anterior, el resultado de la evaluación por puntos y porcentajes de las “Proposiciones” técnica y económica se determinará como a continuación se indica: Evaluación de las Proposiciones: PTj = TPT + PPE En donde: ET = Evaluación Técnica (corresponde al 60% de la evaluación) EE = Evaluación Económica (corresponde al 40% de la evaluación) Una vez obtenida la calificación final, a partir de la ponderación de cada uno de los rubros y subrubros de evaluación de las propuestas técnicas, se considerarán como solventes únicamente aquellas que cumplan con un puntaje mínimo de 45 puntos, y sólo en ese caso se procederá a la evaluación de las respectivas propuestas económicas para determinar cuál es la proposición solvente susceptible de ser adjudicada para lo cual se obtendrá el índice de ponderación técnico económico (Pte). En el caso de errores y omisiones sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “La Convocante”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el fallo respectivo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, ésta se desechará, en la(s) partida(s) que resulte(n) afectada(s). Hecho lo anterior, “La Convocante” elaborará un cuadro comparativo con los precios ofertados por los licitantes cuyas propuestas se consideraron solventes, y el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria a la licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 36 Bis Fracción I de “La Ley”. En caso de que se encuentren dos propuestas en igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, para lo cual se considerará lo establecido en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. De subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre al efecto la convocante en el propio acto del fallo, en el que se considerará un boleto por cada proposición que resulte empatada, los cuales se depositarán en una urna de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante adjudicado y posteriormente los demás boletos empatados para determinar los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. De conformidad con el Artículo 36 bis penúltimo y último párrafo de “La Ley” y 54 de “El Reglamento”, para la realización del sorteo señalado se deberá convocar a un representante del Órgano Interno de Control de la dependencia del Instituto y en caso de que en la Licitación se cuente con la participación de un testigo social, invariablemente se le invitará.

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EVALUACIÓN A LA PROPUESTA ECONÓMICA. La evaluación económica la llevará a cabo la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios una vez que las propuestas hayan cumplido con todos los requisitos legales, administrativos y técnicos. La evaluación y análisis de la Proposición económica se realizará, de acuerdo a procedimiento siguiente: En donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,. ,n Donde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. El porcentaje máximo que se deberá obtener de la evaluación de las “Proposiciones” económicas será de 100%, el cual se dividirá entre 2, a efecto de obtener el porcentaje del 40% que corresponde al aspecto económico. De acuerdo a lo anterior, el resultado de la evaluación por puntos y porcentajes de las “Proposiciones” técnica y económica se determinará como a continuación se indica: Evaluación de las Proposiciones: PTj = TPT + PPE En donde: ET = Evaluación Técnica (corresponde al 60% de la evaluación) EE = Evaluación Económica (corresponde al 40% de la evaluación) Una vez obtenida la calificación final, a partir de la ponderación de cada uno de los rubros y subrubros de evaluación de las propuestas técnicas, se considerarán como solventes únicamente aquellas que cumplan con un puntaje mínimo de 45 puntos, y sólo en ese caso se procederá a la evaluación de las respectivas propuestas económicas para determinar cuál es la proposición solvente susceptible de ser adjudicada para lo cual se obtendrá el índice de ponderación técnico económico (Pte). En el caso de errores y omisiones sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “La Convocante”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el fallo respectivo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, ésta se desechará, en la(s) partida(s) que resulte(n) afectada(s). Hecho lo anterior, “La Convocante” elaborará un cuadro comparativo con los precios ofertados por los licitantes cuyas propuestas se consideraron solventes, y el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria a la licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 36 Bis Fracción I de “La Ley”. En caso de que se encuentren dos propuestas en igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, para lo cual se considerará lo establecido en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. De subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre al efecto la convocante en el propio acto del fallo, en el que se considerará un boleto por cada proposición que resulte empatada, los cuales se depositarán en una urna de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante adjudicado y posteriormente los demás boletos empatados para determinar los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. De conformidad con el Artículo 36 bis penúltimo y último párrafo de “La Ley” y 54 de “El Reglamento”, para la realización del sorteo señalado se deberá convocar a un representante del Órgano Interno de Control de la dependencia y en caso de que en la Licitación se cuente con la participación de un testigo social, invariablemente se le invitará.

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Samples: Contrato De Prestación Del Servicio

EVALUACIÓN A LA PROPUESTA ECONÓMICA. La evaluación económica la llevará a cabo la Coordinación Nacional Dirección de Recursos Materiales y Servicios una vez que las propuestas hayan cumplido con todos los requisitos legales, administrativos y técnicos. La evaluación y análisis de la Proposición económica se realizará, de acuerdo a procedimiento siguiente: En donde: PPE = MPemb x 40 / MPi. PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; PTj = TPT + PPE Para toda j = 10, 20, ,. ,n Donde: PTj x XXx = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. En donde: PPE = Mpemb x 40 / Mpi En donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica. Mpemb= Monto de la proposición económica más baja Mp i = Monto de la i-ésima Propuesta económica El porcentaje máximo que se deberá obtener de la evaluación de las “Proposiciones” económicas será de 100%, el cual se dividirá entre 2, a efecto de obtener el porcentaje del 40% que corresponde al aspecto económico. De acuerdo a lo anterior, el resultado de la evaluación por puntos y porcentajes de las “Proposiciones” técnica y económica se determinará como a continuación se indica: Evaluación de las Proposiciones: PTj = TPT + PPE En donde: ET = Evaluación Técnica (corresponde al 60% de la evaluación) EE = Evaluación Económica (corresponde al 40% de la evaluación) Una vez obtenida la calificación final, a partir de la ponderación de cada uno de los rubros y subrubros de evaluación de las propuestas técnicas, se considerarán como solventes únicamente aquellas que cumplan con un puntaje mínimo de 45 puntos, y sólo en ese caso se procederá a la evaluación de las respectivas propuestas económicas para determinar cuál es la proposición solvente susceptible de ser adjudicada para lo cual se obtendrá el índice de ponderación técnico económico (Pte). En el caso de errores y omisiones sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “La Convocante”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que, que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el fallo respectivo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, ésta se desechará, en la(s) partida(s) que resulte(n) afectada(s). Hecho lo anterior, “La Convocante” elaborará un cuadro comparativo con los precios ofertados por los licitantes cuyas propuestas se consideraron solventes, y el contrato contrato/póliza de seguro se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria a la licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 36 Bis Fracción I de “La Ley”. En caso de que se encuentren dos propuestas en igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, para lo cual se considerará lo establecido en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. De subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre al efecto la convocante en el propio acto del fallo, en el que se considerará un boleto por cada proposición que resulte empatada, los cuales se depositarán en una urna de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante adjudicado y posteriormente los demás boletos empatados para determinar los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. De conformidad con el Artículo 36 bis penúltimo y último párrafo de “La Ley” y 54 de “El Reglamento”, para la realización del sorteo señalado se deberá convocar a un representante del Órgano Interno de Control de la dependencia y en caso de que en la Licitación se cuente con la participación de un testigo social, invariablemente se le invitará.

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