Common use of EVENTOS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD Clause in Contracts

EVENTOS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD. Por Evento Eximente de Responsabilidad se entenderá lo establecido en la definición de dicho término en la Cláusula Primera del Contrato. Son Eventos Eximentes de Responsabilidad, los siguientes: La imposibilidad parcial o total para la operación y funcionamiento de las instalaciones o infraestructura para la producción, manejo, transporte, entrega o recibo del Gas, así como de las conexiones o las instalaciones de cualquiera de las Partes, por actos malintencionados de terceros, ajenos al control y manejo directo de cualquiera de las Partes y sin su culpa, tales como los ataques o sabotajes terroristas o guerrilleros o las alteraciones graves del orden público, que directa o indirectamente contribuyan o resulten en la imposibilidad de alguna de las Partes para cumplir con sus obligaciones. Cesación ilegal de actividades, cuando esos actos contribuyan o resulten en la imposibilidad de cualquiera de las Partes para cumplir con sus obligaciones. En este caso el no cumplimiento de las obligaciones debido a la cesación ilegal de actividades, será considerado como Evento Eximente de responsabilidad para la otra Parte, esto es, la Parte que sufre la cesación ilegal de actividades de sus propios trabajadores, funcionarios, empleados o contratistas no puede alegar a su favor y como Evento Eximente dicha situación. Las suspensiones por labores programadas para reparaciones técnicas o mantenimientos periódicos, siempre que de ello se dé aviso amplio y oportuno conforme al protocolo al que se hace referencia en el parágrafo 3 de este numeral. Las suspensiones por este concepto estarán sujetas a lo establecido en el numeral 15.3 de la presente Cláusula. Las salidas forzadas de la infraestructura de transporte. Cuando por causas imputables a una de las Partes del contrato no se haya realizado el registro de que trata el literal b) del numeral 1.3 del Anexo 2 de la Resolución CREG 089 de 2013. En este caso la no prestación del Servicio de Transporte debido a la inexistencia del registro serán consideradas como Eventos Eximentes de responsabilidad para la otra Parte.

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Samples: Contrato De Transporte De Gas Natural en Firme, Contrato De Transporte De Gas Natural en Firme

EVENTOS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD. Por Evento Eximente Las partes quedarán relevadas del cumplimiento de Responsabilidad se entenderá lo establecido sus obligaciones por circunstancias imprevisibles e irresistibles ajenas a ellas, que impidan la ejecución de las obligaciones estipuladas en el presente Contrato, quedando obligada la parte incursa en la definición circunstancia de dicho término fuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero a dar aviso a la otra parte dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a su ocurrencia, quedando suspendidas las obligaciones para ambas partes desde el acaecimiento de tales circunstancias. En caso de desaparecer tal circunstancia o circunstancias, las partes continuarán la ejecución de sus obligaciones en la Cláusula Primera del Contratoforma estipulada. Son Eventos Eximentes Adicionales a los eventos de Responsabilidadfuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero, serán eventos eximentes de responsabilidad los siguientessiguientes acontecimientos: La imposibilidad parcial racionamientos generalizados en el ámbito nacional decretados por la autoridad competente; racionamientos de emergencia de acuerdo con lo definido en el Estatuto de Racionamiento, actos o total para la operación acciones terroristas; sabotajes; actos malintencionados de terceros; guerra, insurrección civil; revueltas; tormentas; terremotos; incendios; explosiones; vientos huracanados; inundaciones; avalanchas, deslizamientos de tierra; tormentas eléctricas; descargas atmosféricas; y funcionamiento de las instalaciones o infraestructura para la producciónen general, manejo, transporte, entrega o recibo del Gas, así como de las conexiones o las instalaciones cualquier otra circunstancia imprevista e imprevisible que escape al control de cualquiera de las Partespartes y ante la cual sea imposible resistir. Para que el acontecimiento sea considerado como fuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero se requiere, además, que impida directamente el cumplimiento de la obligación correspondiente. Si el evento de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero impide la ejecución del Contrato por actos malintencionados de tercerosun término continuo superior a treinta (30) días, ajenos al control y manejo directo podrá terminarse el Contrato, a solicitud de cualquiera de las Partes y partes, sin su culpaque por ese motivo deba cancelarse compensación o indemnización alguna. VIGÉSIMA: CLÁUSULA COMPROMISORIA.- De común acuerdo, tales como los ataques o sabotajes terroristas o guerrilleros o las alteraciones graves del orden público, partes aceptan que directa o indirectamente contribuyan o resulten en la imposibilidad de alguna de las Partes para cumplir con sus obligaciones. Cesación ilegal de actividades, cuando esos actos contribuyan o resulten en la imposibilidad de cualquiera de las Partes para cumplir con sus obligaciones. En este caso el no cumplimiento de las obligaciones debido a la cesación ilegal de actividades, será considerado como Evento Eximente de responsabilidad para la otra Parte, esto es, la Parte que sufre la cesación ilegal de actividades de sus propios trabajadores, funcionarios, empleados o contratistas no puede alegar a su favor y como Evento Eximente dicha situación. Las suspensiones por labores programadas para reparaciones técnicas o mantenimientos periódicos, siempre que de ello se dé aviso amplio y oportuno conforme al protocolo al que se hace referencia en el parágrafo 3 de este numeral. Las suspensiones por este concepto estarán sujetas a lo establecido en el numeral 15.3 de la presente Cláusula. Las salidas forzadas de la infraestructura de transporte. Cuando por causas imputables a una de las Partes del contrato no se haya realizado el registro de que trata el literal b) del numeral 1.3 del Anexo 2 de la Resolución CREG 089 de 2013. En este caso la no prestación del Servicio de Transporte debido a la inexistencia del registro serán consideradas como Eventos Eximentes de responsabilidad para la otra Parte.cualquier divergencia

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Samples: Contrato De Suministro De Energia Electrica

EVENTOS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD. Por Evento Eximente de Responsabilidad Para efectos del presente Contrato se entenderá lo establecido en la definición de dicho término en la Cláusula Primera del Contrato. Son entenderán por Eventos Eximentes de Responsabilidad, en los siguientes: términos establecidos en el artículo 3 de la Resolución CREG 089 de 2013, aquellos establecidos en el artículo 12 de la misma Resolución. La imposibilidad parcial obligación del Comprador de pagar la Capacidad de Transporte Contratada, se suspenderá durante los Eventos Eximentes de Responsabilidad. En caso de que no se afecte totalmente la Capacidad de Transporte Contratada el Comprador deberá pagar el precio de la porción de la Capacidad de Transporte Contratada que efectivamente utilice. Para los eventos señalados en los Numerales 1, 2 y 4 del artículo 12 deberá darse aplicación del procedimiento establecido en el artículo 11 de la misma Resolución o total para la operación y funcionamiento de las instalaciones normas que lo sustituyan o infraestructura para modifiquen. En todo caso, de presentarse dicha situación las Partes deberán cumplir con las normas que regulan la producciónmateria conforme lo establece la Resolución CREG 089 de 2013. INCUMPLIMIENTO. Para efectos del presente contrato se considerarán causales de incumplimiento las establecidas en el Artículo 14 de la Resolución CREG 089 aplicables a los contratos de transporte. En caso de que se presente alguno de los incumplimientos definidos en el Artículo 14 de la Resolución CREG 089 de 2013, manejodeberán pagarse únicamente las compensaciones establecidas en el Articulo 15 y el Anexo 3 de la Resolución CREG 089 de 2013, transporte, entrega o recibo del Gas, así como la norma que los modifique adicione o sustituya. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato se suspenderá por la ocurrencia de las conexiones o las instalaciones de cualquiera siguientes causales: Por mutuo acuerdo de las Partes. Por la ocurrencia de un Evento de Fuerza Mayor, por actos malintencionados de tercerosCaso Fortuito, ajenos al control y manejo directo de cualquiera de las Partes y sin su culpa, tales como los ataques Causa Extraña y/o sabotajes terroristas o guerrilleros o las alteraciones graves del orden público, que directa o indirectamente contribuyan o resulten en la imposibilidad de alguna de las Partes para cumplir con sus obligaciones. Cesación ilegal de actividades, cuando esos actos contribuyan o resulten en la imposibilidad de cualquiera de las Partes para cumplir con sus obligaciones. En este caso el no cumplimiento de las obligaciones debido a la cesación ilegal de actividades, será considerado como Evento Eximente de responsabilidad Responsabilidad. Por xxxx del Comprador en el pago de las facturas expedidas por el Vendedor conforme a lo establecido en el presente Contrato, cuando dichas sumas no hayan sido controvertidas y el Vendedor no haya resuelto la correspondiente reclamación. Por la no constitución oportuna de la(s) garantía(s) conforme a lo establecido en el Artículo 15. del presente Contrato. Por labores programadas para reparaciones técnicas o mantenimientos periódicos. En cumplimiento de órdenes operacionales del transportador necesarias para atender un Estado de Emergencia. Por las demás causales que establezca la otra Parte, esto es, Ley. La suspensión del Contrato cesará cuando termine la Parte causa que sufre la cesación ilegal originó. La suspensión del Contrato bajo este Artículo no implicará en ningún caso la interrupción o suspensión del término de actividades duración del Contrato. La máxima duración de sus propios trabajadores, funcionarios, empleados o contratistas no puede alegar a su favor y como Evento Eximente dicha situación. Las las suspensiones del servicio por labores programadas para reparaciones técnicas o mantenimientos periódicos, siempre que de ello se dé aviso amplio y oportuno conforme al protocolo al que se hace referencia en el parágrafo 3 de este numeral. Las suspensiones por este concepto estarán sujetas a lo establecido será la definida en el numeral 15.3 XV de las Condiciones Particulares, la presente Cláusula. Las salidas forzadas de cual será la infraestructura de transporte. Cuando por causas imputables a misma para cada una de las Partes del contrato partes y, para cada una de ellas, no se haya realizado el registro de que trata el literal bpodrá ser superior a Ciento veinte (120) del numeral 1.3 del Anexo 2 de la Resolución CREG 089 de 2013. En este caso la no prestación del Servicio de Transporte debido a la inexistencia del registro serán consideradas como Eventos Eximentes de responsabilidad para la otra Partehoras continuas o discontinuas durante un año.

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Samples: Formato De Contrato De Compraventa De Capacidad Disponible Secundaria Bajo La Modalidad Firme en El Mercado Secundario

EVENTOS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD. Por Evento Eximente de Responsabilidad Para efectos del presente Contrato se entenderá lo establecido en la definición de dicho término en la Cláusula Primera del Contrato. Son entenderán por Eventos Eximentes de Responsabilidad, en los siguientes: términos establecidos en el artículo 3 de la Resolución CREG 089 de 2013, aquellos establecidos en el artículo 12 de la misma Resolución. La imposibilidad parcial obligación del Comprador de pagar la Capacidad de Transporte Contratada, se suspenderá durante los Eventos Eximentes de Responsabilidad. En caso de que no se afecte totalmente la Capacidad de Transporte Contratada el Comprador deberá pagar el precio de la porción de la Capacidad de Transporte Contratada que efectivamente utilice. Para los eventos señalados en los Numerales 1, 2 y 4 del artículo 12 deberá darse aplicación del procedimiento establecido en el artículo 11 de la misma Resolución o total para la operación y funcionamiento de las instalaciones normas que lo sustituyan o infraestructura para modifiquen. En todo caso, de presentarse dicha situación las Partes deberán cumplir con las normas que regulan la producciónmateria conforme lo establece la Resolución CREG 089 de 2013. INCUMPLIMIENTO. Para efectos del presente contrato se considerarán causales de incumplimiento las establecidas en el artículo 14 de la Resolución CREG 089 aplicables a los contratos de transporte. En caso de que se presente alguno de los incumplimientos definidos en el Artículo 14 de la Resolución CREG 089 de 2013, manejodeberán pagarse únicamente las compensaciones establecidas en el Articulo 15 y el Anexo 3 de la Resolución CREG 089 de 2013, transporte, entrega o recibo del Gas, así como la norma que los modifique adicione o sustituya. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato se suspenderá por la ocurrencia de las conexiones o las instalaciones de cualquiera siguientes causales: Por mutuo acuerdo de las Partes. Por la ocurrencia de un Evento de Fuerza Mayor, por actos malintencionados de tercerosCaso Fortuito, ajenos al control y manejo directo de cualquiera de las Partes y sin su culpa, tales como los ataques Causa Extraña y/o sabotajes terroristas o guerrilleros o las alteraciones graves del orden público, que directa o indirectamente contribuyan o resulten en la imposibilidad de alguna de las Partes para cumplir con sus obligaciones. Cesación ilegal de actividades, cuando esos actos contribuyan o resulten en la imposibilidad de cualquiera de las Partes para cumplir con sus obligaciones. En este caso el no cumplimiento de las obligaciones debido a la cesación ilegal de actividades, será considerado como Evento Eximente de responsabilidad Responsabilidad. Por xxxx del Comprador en el pago de las facturas expedidas por el Vendedor conforme a lo establecido en el presente Contrato, cuando dichas sumas no hayan sido controvertidas y el Vendedor no haya resuelto la correspondiente reclamación. Por la no constitución oportuna de la(s) garantía(s) conforme a lo establecido en el Artículo 15. del presente Contrato. Por labores programadas para reparaciones técnicas o mantenimientos periódicos. En cumplimiento de órdenes operacionales del transportador necesarias para atender un Estado de Emergencia. Por las demás causales que establezca la otra Parte, esto es, Ley. La suspensión del Contrato cesará cuando termine la Parte causa que sufre la cesación ilegal originó. La suspensión del Contrato bajo este Artículo no implicará en ningún caso la interrupción o suspensión del termino de actividades duración del Contrato. La máxima duración de sus propios trabajadores, funcionarios, empleados o contratistas no puede alegar a su favor y como Evento Eximente dicha situación. Las las suspensiones del servicio por labores programadas para reparaciones técnicas o mantenimientos periódicos, siempre que de ello se dé aviso amplio y oportuno conforme al protocolo al que se hace referencia en el parágrafo 3 de este numeral. Las suspensiones por este concepto estarán sujetas a lo establecido será la definida en el numeral 15.3 XVI de las Condiciones Particulares, la presente Cláusula. Las salidas forzadas de cual será la infraestructura de transporte. Cuando por causas imputables a misma para cada una de las Partes del contrato partes y, para cada una de ellas, no se haya realizado el registro de que trata el literal bpodrá ser superior a Ciento veinte (120) del numeral 1.3 del Anexo 2 de la Resolución CREG 089 de 2013. En este caso la no prestación del Servicio de Transporte debido a la inexistencia del registro serán consideradas como Eventos Eximentes de responsabilidad para la otra Partehoras continuas o discontinuas durante un año.

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Samples: Formato De Contrato De Compraventa De Capacidad Disponible Secundaria Bajo La Modalidad Firme en El Mercado Secundario