Facultades de la Dirección. 14.1 Son facultades de la dirección de la empresa, con sujeción a las normas legales de estricta observancia y a los preceptos de este Convenio: a) Fijar la calificación del trabajo, una vez oída la representación de los trabajadores/as, según alguno de los sistemas internacionales admitidos. Cuando esta calificación se haga por valoración de puestos de trabajo, las comisiones de valoración se compondrán por representantes de la Dirección de empresa y de la representación legal de los trabajadores/as.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Facultades de la Dirección. 14.1 17.1 Son facultades de la dirección de la empresa, con sujeción a las normas legales de estricta observancia y a los preceptos de este Convenio:
o a) Fijar la calificación del trabajo, una vez oída la representación de los trabajadores/as, según alguno de los sistemas internacionales admitidos. Cuando esta calificación se haga por valoración de puestos de trabajo, las comisiones de valoración se compondrán por representantes de la Dirección dirección de empresa y de la representación legal de los trabajadores/as.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Facultades de la Dirección. 14.1 Son facultades de la dirección de la empresa, con sujeción a las normas legales de estricta observancia y a los preceptos de este Convenio:
a) Fijar la calificación del trabajo, una vez oída la representación de los trabajadores/aslas personas trabajadoras, según alguno de los sistemas internacionales admitidos. Cuando esta calificación se haga por valoración de puestos de trabajo, las comisiones de valoración se compondrán por representantes de la Dirección de empresa y de la representación legal de los trabajadores/aslas personas trabajadoras.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Facultades de la Dirección. 14.1 Son facultades de la dirección Dirección de la empresaEmpresa, con sujeción a las normas legales de estricta observancia y a los preceptos de este Convenio:
a) Fijar la calificación del trabajo, una vez oída la representación de los trabajadores/as, según alguno de los sistemas internacionales admitidoslas personas trabajadoras. Cuando esta calificación se haga por valoración de puestos de trabajo, las comisiones de valoración se compondrán por representantes de la Dirección de empresa la Empresa y de la representación legal de los trabajadores/aslas personas trabajadoras.
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Samples: Convenio Colectivo
Facultades de la Dirección. 14.1 CVE-Núm. de registre: 062014000893
16.1. Son facultades de la dirección de la empresa, con sujeción a las normas legales de estricta observancia y a los preceptos de este Convenio:
a) Fijar la calificación del trabajo, una vez oída la representación de los trabajadores/as, según alguno de los sistemas internacionales admitidos. Cuando esta calificación se haga por valoración de puestos de trabajo, las comisiones de valoración se compondrán por representantes de la Dirección dirección de empresa y de la representación legal de los trabajadores/as.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Facultades de la Dirección. 14.1 Son facultades de la dirección de la empresa, con sujeción a las normas legales de estricta observancia y a los preceptos de este Convenio:
a) Fijar la calificación del trabajo, una vez oída la representación de los trabajadores/as, según alguno de los sistemas internacionales admitidos. Cuando esta calificación se haga por valoración de puestos de trabajo, las comisiones de valoración se compondrán por representantes de la Dirección dirección de empresa y de la representación legal de los trabajadores/as.
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Samples: Collective Labor Agreement