FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. 25.1.- Dictar, a través del personal para ello especialmente designado, las instrucciones necesarias al contratista para la normal y eficaz prestación en base a las cláusulas contractuales, y sin perjuicio de las superiores facultades de dirección e inspección de la Alcaldía o persona en quien delegue.
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FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. 25.1.- 23.1.- Dictar, a través del personal para ello especialmente designado, las instrucciones necesarias al o la contratista para la normal y eficaz prestación en base a las cláusulas contractuales, y sin perjuicio de las superiores facultades de dirección e inspección de la Alcaldía o persona en quien delegue.
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FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. 25.1.- 22.1.- Dictar, a través del personal para ello especialmente designado, las instrucciones necesarias al contratista para la normal y eficaz prestación en base a las cláusulas contractuales, y sin perjuicio de las superiores facultades de dirección e inspección de la Alcaldía o persona en quien delegue.
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