FINANCIACIÓN CON PROPIEDAD DE TERCEROS. El uso de estructuras de financiación con propiedad de terceros ha aumentado en los últimos años en Estados Unidos, pasando de una participación del 17% en el 2010 (Xxxxxxxx et al, 2015) al 72% en el 2014 entre los modelos empleados para la instalación de SFR (Hong et al., 2018). De hecho, Xxxxxxxxx (2013) resalta el crecimiento exponencial de esa cifra en los estados de California, Arizona y Massachusetts. Este mecanismo resulta atractivo al reducir las necesidades de capital inicial y los riesgos de la propiedad del SF. Además, cobra mayor significado cuando las personas naturales no logran monetizar los beneficios tributarios, pero pueden hacerlo indirectamente si lo hace el tercero (Xxxxxxxx et al., 2015). Al final, el propietario puede hacerse dueño del SF a un valor ofrecido por el tercero (Xxx et al., 2014). Los siguientes son los esquemas contractuales generalmente usados. Ambos modelos incluyen ajuste anual de los pagos o tarifas unitarias a una tasa constante o índice, y la opción de compra después de un periodo de tiempo (Xxxxxxxx et al., 2015):
1. Arrendamiento Solar (AS): Obliga el pago de un importe fijo cada periodo de facturación, usualmente cada mes, independiente de la generación de energía del SF.
2. Acuerdo de Compra de Energía (ACE): Obliga el pago de un importe variable cada periodo de facturación, calculado sobre la generación de energía solar del SF y de la tarifa por unidad de generación.