MONEDA DE PAGO Los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
PLAZO DE PAGO El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se establezca uno distinto. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente. Si se estableciera el pago por adelantado, el cocontratante deberá constituir una contragarantía por el equivalente a los montos que reciba como adelanto.
FORMA DE PAGO De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la LAASSP y 89 de su RLAASSP, el monto total del SERVICIO se cubrirá por parte de LAS PARTICIPANTES, por cada comprobante fiscal digital que expida el OFERENTE, que incluirá el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) correspondiente en su caso, dentro de los veinte días naturales siguientes, contados a partir de la prestación y aceptación del mismo. Para que el pago proceda, el OFERENTE deberá presentar los comprobantes fiscales digitales una vez que sea aceptada la totalidad del SERVICIO a entera satisfacción de los ADMINISTRADORES DE LOS CONTRATOS, debiendo presentar los entregables señalados en las presentes ETAs. El comprobante fiscal digital deberá elaborarse de acuerdo a los requerimientos de cada una de LAS PARTICIPANTES, de acuerdo al RFC y el domicilio que presente dicho comprobante. Si el mismo presenta errores o deficiencias, se hará saber al OFERENTE por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, para que sean subsanadas las mismas. El tiempo que transcurra entre la fecha de recepción del escrito y hasta que el OFERENTE presente las correcciones, no se computará para efectos de pago, ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 51 de la LAASSP, así como 89 y 90 de su RLAASSP. Si el OFERENTE no presenta la documentación en el tiempo señalado en el contrato correspondiente, la fecha de pago se prorrogará el mismo número de días que dure el retraso. El plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en que el OFERENTE acredite el SERVICIO y la fecha de pago correspondiente, será de treinta días naturales, dentro de los cuales quedará comprendido el plazo a que se hace referencia en el párrafo primero del artículo 51 de la LAASSP, de conformidad con el artículo 5°, tercer punto de los LINEAMIENTOS para promover la agilización de pago a Proveedores. El pago se realizará en moneda nacional, de conformidad con el artículo 45, fracción XIII de la LAASSP. LAS PARTICIPANTES podrán realizar aclaraciones de cargos no reconocidos previo a la factura y posteriores a la misma. LAS PARTICIPANTES no proporcionarán anticipos.
LUGAR DE PAGO Las primas convenidas deberán ser pagadas en las oficinas de la Compañía o en las Instituciones Bancarias señaladas por ésta. En caso de que el Asegurado o Contratante efectúe el pago total de la prima o el total de la parte correspondiente de ella si se ha pactado su pago fraccionado, en cualquiera de las Instituciones Bancarias señaladas por la Compañía, quedará bajo su responsabilidad hacer referencia del número de póliza que se está pagando, para que el comprobante que para tal efecto sea expedido por dichas Instituciones Bancarias haga prueba plena del pago de la prima o fracción de ella de este contrato, hasta el momento en que la Compañía le haga entrega al Asegurado del recibo correspondiente.
DE LA FORMA DE PAGO “LAS PARTES” en este acto convienen que el pago por la prestación del servicio objeto del presente contrato, se efectuará de la siguiente forma: I. La forma de pago se realizará en una sola exhibición dentro de los xx días naturales posteriores a la entrega de la factura, contra entrega de la prestación del servicio, a entera satisfacción de “EL CONTRATANTE”; la factura deberá cubrir con los requisitos de los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación. “EL PROVEEDOR” deberá contar con facturación electrónica; II. “EL PROVEEDOR” realizará el pago del derecho del CINCO AL MILLAR, por los pagos que se generen con motivo de la prestación del servicio, objeto del presente instrumento, lo anterior de conformidad a la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el ejercicio fiscal vigente;
PRECIO Y FORMA DE PAGO El Usuario debe abonar el precio de estabulación, suministros y, en su caso, otros servicios, conforme a las tarifas oficiales de HZ, publicadas en su página Web corporativa.El pago de estabulación y suministros se hará de forma mensual y por anticipado, en los cinco primeros días del mes, mediante domiciliación bancaria. Serán por cuenta del Usuario, los gastos de las reparaciones que sean consecuencia de un uso no correcto de las instalaciones por parte del Usuario, sus caballos, preparadores, acompañantes o en general cualquier persona a su cargo o bajo su responsabilidad. Los eventuales servicios adicionales se facturarán en el mes siguiente a su realización. La falta de pago de los recibos enviados al cobro implicará la constitución en xxxx del Usuario, sin necesidad de intimación por parte de HZ, quien podrá aplicar a las cantidades así adeudadas el interés de demora que corresponda según resolución de la Dirección General xxx Xxxxxx y Política Financiera con arreglo a la Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. No obstante lo anterior y sin perjuicio de las acciones legales que procedan, HZ se reserva el derecho a compensar las cantidades adeudadas por el/los Usuario/s, con las que les deba abonar HZ por premios ganados en las carreras que se celebren en el hipódromo o con saldos a su favor existentes en otras cuentas de cuadras de su propiedad en HZ, procedimiento que queda expresamente autorizado por parte del Usuario. HZ queda también autorizada, por la firma de este contrato, a proceder a la enajenación mediante pública subasta, o el medio que HZ considere más adecuado, de un caballo cuyo Usuario esté en xxxx por un período superior a seis (6) meses, contado desde la fecha del primer recibo no atendido. El producto obtenido de la enajenación, descontados los gastos originados en la misma, se aplicará en primer lugar a saldar la deuda del Usuario con HZ; de existir sobrante, se aplicará a saldar las posibles deudas con los colectivos de entrenadores y jockeys, en este orden, y el posible remanente será puesto a disposición del Usuario moroso.
Medios de pago Los pagos a EL PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica. Dentro de dicho plazo, LA EMPRESA CONTRATANTE podrá publicar en Cadenas Productivas los pagos, a efecto de que EL PROVEEDOR pueda ejercer la opción de adelantar el cobro de sus facturas mediante factoraje electrónico.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
Moneda de cotización y pago Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
FORMAS DE PAGO Para todos los efectos los Usuarios podrán pagar los servicios del SBC con los medios electrónicos que Tembici habilite para tal fin, así como con tarjeta de crédito y/o débito. Tembici podrá utilizar la tarjeta de crédito/débito informada por el usuario para validar la disposición de fondos y/o la capacidad crediticia del usuario. Para ello, Tembici, podrá emitir un pedido de cobro al banco emisor de la tarjeta; este valor será revertido dentro del plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde la fecha de comprobación de dicha capacidad. Asimismo, mediante el registro con tarjeta de crédito/débito y/o con otros medios electrónicos, el usuario autoriza a Tembici a efectuar el cobro de las sumas de dinero que correspondan por el valor de suscripción elegido por el usuario y/o para el pago de penalidades por cualquier tipo de incumplimiento de conformidad con lo establecido en los presentes términos y condiciones. En los eventos en los que el Usuario escoja como medio de pago tarjeta de crédito, deberá registrar en la Plataforma una tarjeta de crédito válida en Colombia para cuyo uso declara tener plenas facultades. El uso inadecuado o descuidado de los medios de pago registrados en la Plataforma será responsabilidad del Usuario. Igualmente, el Usuario será responsable de corroborar en la Plataforma el medio de pago escogido para el plan y servicio que solicite. Tembici cobrará los servicios a través del intermediario del sistema de pagos de que se trate. Adicionalmente, cuando el pago se haga mediante tarjeta de crédito, el Usuario autoriza a Tembici: (i) a realizar una validación del medio de pago; (ii) a solicitar la pre-autorización para el cobro del servicio al establecimiento de crédito vinculado a la tarjeta de crédito. En ningún caso dicha pre-autorización supondrá el cobro efectivo del servicio sino una verificación de crédito suficiente, por su parte el cobro del servicio únicamente se efectuará una vez el mismo se haya prestado; y (iii) a pagar, por cuenta del Usuario, los valores que correspondan por la prestación de los servicios. Tembici, por motivos de seguridad, tendrá la potestad de bloquear, cancelar o anular cualquier medio de pago cuando existan sospechas razonables sobre un uso indebido del mismo. Además, no está permitido utilizar un mismo medio de pago (tarjeta de crédito) en más de dos cuentas de Usuario. En caso que esto suceda, Xxxxxxx puede proceder a bloquear todas las cuentas hasta que el Usuario demuestre la propiedad de todas las cuentas y del medio de pago introducido, a través de pruebas documentales.