SEGUNDO PAGO Cláusulas de Ejemplo

SEGUNDO PAGO. Segundo pago del veinte por ciento (20%) del valor del contrato previa entrega de los siguientes estudios e informe:
SEGUNDO PAGO. El día 3 de octubre para el importe de las prestaciones realizadas con posterioridad al 31 xx xxxxxx.
SEGUNDO PAGO. Se efectuará el pago del 25% del valor del contrato dentro de los 30 días contados a partir de la implementación de las herramientas de la solución objeto del contrato, previo informe de supervisión y acta de recibo a satisfacción parcial suscrita entre el supervisor del contrato y el CONTRATISTA.
SEGUNDO PAGO. Un segundo pago de MIL SEISCIENTOS OCHENTA MILLONES ($1.680.000.000) de pesos moneda corriente IVA incluido, correspondiente a la Etapa de Planeación para lo cual es necesario que el Consultor entregue un informe, que contenga, entre otros:
SEGUNDO PAGO. Informe de Avance conteniendo del resultado del Levantamiento de la Información con la Información cartográfica y geografica de la muestra definida con el SENASA; y el Avance del Desarrollo e Implementación del Sistema; Dentro de los 90 días calendario de la orden de proceder. (en versión impresa 2 originales y tres copias, y 1 versión digital en word y 2 copias magnético en versión PDF), previa aprobación por la Unidad Coordinadora del Programa Guaraníes 30 % del monto del contrato 3 TERCER PAGO: Informe Final de Consultoría en el que conste que el Sistema este implementado y funcionando en los Serivdores del SENASA, que se hayan realizado satisfactoriamente la transferencia tecnológica, la capacitación y la entrega total de las documentaciones y codigo fuente del Sistema; dentro de los 180 días calendario de la orden de proceder. (en versión impresa, 2 originales y tres copias, 6 copias en versión digital, (3 en Word y 3 PDF), previa aprobación por la Unidad Coordinadora del Programa y la no objeción del BID Guaraníes 40% del monto del contrato n. (3B) Impuestos Indirectos Locales pagados el cliente realizara las retenciones conforme a la legislación vigente y aplicable. Para firmas o consorcios “No Inscriptos” en el Registro Único del Contribuyente del Paraguay: Cuando paguen o acrediten retribuciones por operaciones gravadas prestadas por personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior que actúen sin sucursal, agencia o establecimiento en la casa matriz actúe directamente sin intervención de la sucursal, agencia o establecimiento: • Retener el ciento por ciento (100%) del IVA que corresponda. Res. SET. Nº 464/06. • En cuanto al Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios, la tasa a aplicar será del 30% (treinta por ciento) sobre la renta neta de Fuente paraguaya del 50% (cincuenta por ciento), para el caso de consultoría, lo que da una tasa efectiva del 15% (quince por ciento)”. Res. SET. Nº 464/06 • 0,4% Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. (Expresado en [escriba el nombre de la moneda])13 Expertos 1 2 3 4 5 6 7 8 Nombre Cargo Remuneración básica por mes/día/año trabajado Prestacio nes Sociales 14 Gastos Administr ativos15 Subtotal Utilidad 16 Viáticos por concepto de viaje Xxxxxx Xxxx Acordada por mes/día/hora trabajado Xxxxxx Xxxx Acordada por mes/día/hora trabajado 17
SEGUNDO PAGO. Un pago equivalente al veinte por ciento (20%) del valor fijo de la interventoría, contra la aprobación por parte del interventor y el supervisor, del Informe integral de Prefactibilidad, que contenga las actividades descritas en los capítulos de Estructuración técnica, social, arqueoló- gica, ambiental, predial, financiera y legal, contenidos en el Anexo Técnico del consultor.
SEGUNDO PAGO. 15% previa presentación y aprobación del producto 2 el cual que deberá contener:
SEGUNDO PAGO. El agravio será reducido por escrito, presentado y discutido con el representativo designado del Empleador, dentro de cinco (5) días de trabajo de la respuesta de la Compañía en el Primer Paso. La Compañía tendrá cinco (5) días de trabajo en los cuales dar su respuesta. Si el agravio no es arreglado satisfactoriamente, entonces: Tercer Paso. El agravio por escrito será considerado en una junta entre los representativos de la Unión y la Compañía por solicitud escrito entre 5 días de la respuesta del Paso 2. La Compañía avisara a la Unión de la respuesta, por escrito, dentro xx xxxx (10) días de trabajo después de la junta. Si el agravio no es arreglado satisfactoriamente, entonces: Cuarto Paso: A la solicitud de cualquiera de las partes, dentro xx xxxx (10) días después de la disposición de el Tercer Paso, el asunto podrá ser referido a una junta de ajuste, si las dos partes están de acuerdo. Cualquier agravio sometido después de los descritos en las secciones anteriores no será considerado. Una Junta de Ajustes consistente de dos
SEGUNDO PAGO. Antes de iniciar la tercera sesión o taller No. 3 se deberá cancelar el 40% del valor de la línea al consultor referenciado por PROCOLOMBIA, correspondiente a la suma de Nueve Millones Ochocientos Cuarenta Mil Pesos M/Cte. ($9.840.000)
SEGUNDO PAGO. Se efectuará un segundo pago, una vez la interventoría haya otorgado concepto favorable a los entregables de los componentes II, III, IV, V, de los términos de referencia. Para este pago se reconocerá el 70% del valor destinado por MiPymes beneficiada partiendo del lote mínimo que de cien (100) MiPymes. Es importante, que el OPERADOR tenga en cuenta que, del lote de facturación presentado para el segundo pago, el 80% de las MiPymes deben haber efectuado una transacción exitosa (venta) en línea, para lo cual deberá suministrar los soportes correspondientes a la INTERVENTORÍA. De no cumplir con esta condición no se efectuara el segundo pago hasta tanto no se haya cumplido con este requisito. El 20% restante de las MiPymes que no efectúen ninguna transacción exitosa (venta) en línea deben contar como mínimo con el desarrollo e integración hasta el componente IV: Logística de envíos de la cadena de valor conforme las actividades, obligaciones específicas, resultadas y/o entregables en cada componente.