Common use of Fomento de la contratación indefinida Clause in Contracts

Fomento de la contratación indefinida. Con el objeto de dar estabilidad a las plantillas de las Empresas del Sector al que se aplica el presente Convenio, las partes negociadoras del mismo se obligan a fomentar e incentivar la transformación en contratos indefinidos de los contratos temporales existentes en las Empresas del Sector y/o de los que concierten las mismas en el futuro (suscritos en cualquiera de las diversas modalidades de contratación existentes). El contenido de este Artículo tiene, a todos los efectos, vocación y carácter de Acuerdo Sectorial en la Provincia xx Xxxxxxxxxx/ Sector Tintorerías y Limpieza de ropa, lavanderías y planchado de ropa/, y determina el compromiso durante el periodo de vigencia de este Convenio, de reducir la temporalidad en el Sector en las Empresas con plantillas superiores a 10 trabajadores, a un máximo del 40 % de contratos temporales en cada Centro y lo suscriben: AVADECO (en calidad de Patronal representativa de las Empresas del Sector en Valladolid) y los Sindicatos CC.OO y U.G.T (en calidad de Agentes representativos de los Trabajadores del Sector), para el Fomento de la Estabilidad de las Plantillas y de la contratación con carácter indefinido de los trabajadores que presten servicio en las Empresas de Comercio xx Xxxxxxxxxx; a tenor de este Acuerdo, las Empresas del Sector que transformen contratos temporales en indefinidos podrán acceder a las subvenciones de Empleo que durante la vigencia del presente Convenio tengan establecidas o establezcan las Administraciones Públicas (Administración estatal, Autonómica, provincial o municipal, en su caso), en sus programas de fomento de empleo, y siempre que estas empresas cumplan los requisitos que en dichos Programas se determinen por la/s Administración/es para su obtención.

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Samples: www.cgt-cyl.org

Fomento de la contratación indefinida. Con De conformidad con lo dispuesto en el objeto RD Ley 3/2014, de dar estabilidad a las plantillas 28 de las Empresas del Sector al febrero, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx de trabajo, los contratos de duración determinada o temporal, incluidos los formativos, anteriormente suscritos o que se aplica el presente Convenio, las partes negociadoras del mismo se obligan a fomentar e incentivar la transformación en contratos indefinidos de los contratos temporales existentes en las Empresas del Sector y/o de los que concierten las mismas en el futuro (suscritos en cualquiera de las diversas modalidades de contratación existentes). El contenido de este Artículo tiene, a todos los efectos, vocación y carácter de Acuerdo Sectorial en la Provincia xx Xxxxxxxxxx/ Sector Tintorerías y Limpieza de ropa, lavanderías y planchado de ropa/, y determina el compromiso durante el periodo de vigencia de este Convenio, de reducir la temporalidad en el Sector en las Empresas con plantillas superiores a 10 trabajadores, a un máximo del 40 % de contratos temporales en cada Centro y lo suscriben: AVADECO (en calidad de Patronal representativa de las Empresas del Sector en Valladolid) y los Sindicatos CC.OO y U.G.T (en calidad de Agentes representativos de los Trabajadores del Sector), para el Fomento de la Estabilidad de las Plantillas y de la contratación con carácter indefinido de los trabajadores que presten servicio en las Empresas de Comercio xx Xxxxxxxxxx; a tenor de este Acuerdo, las Empresas del Sector que transformen contratos temporales en indefinidos podrán acceder a las subvenciones de Empleo que formalicen durante la vigencia del presente Convenio tengan establecidas o establezcan de cualquiera de sus prórrogas, podrán convertirse en la modalidad de ‘Contrato para el Fomento de la Contratación Indefinida’, previsto en dicha disposición. Si la empresa lleva a cabo contrataciones con carácter indefinido, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, así como transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, podrá acogerse al conjunto de incentivos que regulados por el Decreto 149/2005, de 14 xx xxxxx y el Decreto 58/2007, de 6 xx xxxxx, ambos de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. Igualmente, si las Administraciones Públicas empresas llevan a cabo las acciones de apoyo directo a la creación de empleo contenidas en el Acuerdo de 00 xx xxxx xx 2007, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se aprueban los planes de actuaciones territoriales integrales preferentes para el empleo de las zonas de la provincia xx Xxxxx incluidas en el mismo (Administración estatalBajo Guadalquivir, Autonómica, provincial o municipal, en su casola Bahía xx Xxxxx y el Campo de Gibraltar), podrán acogerse a las previsiones contenidas en sus programas la citada normativa y al resto que le sea de fomento de empleo, y siempre aplicación por la que estas empresas cumplan se regulan los requisitos que incentivos recogidos en dichos Programas se determinen por la/s Administración/es para su obtenciónel PLAN ATIPE.

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Samples: www.juntadeandalucia.es

Fomento de la contratación indefinida. Con De conformidad con lo dispuesto en la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx de trabajo y el objeto real Decreto Ley 16/2013, de dar estabilidad a las plantillas 20 de las Empresas del Sector al diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, los contratos de duración determinada o temporal, incluidos los formativos, anteriormente suscritos o que se aplica el presente Convenio, las partes negociadoras del mismo se obligan a fomentar e incentivar la transformación en contratos indefinidos de los contratos temporales existentes en las Empresas del Sector y/o de los que concierten las mismas en el futuro (suscritos en cualquiera de las diversas modalidades de contratación existentes). El contenido de este Artículo tiene, a todos los efectos, vocación y carácter de Acuerdo Sectorial en la Provincia xx Xxxxxxxxxx/ Sector Tintorerías y Limpieza de ropa, lavanderías y planchado de ropa/, y determina el compromiso durante el periodo de vigencia de este Convenio, de reducir la temporalidad en el Sector en las Empresas con plantillas superiores a 10 trabajadores, a un máximo del 40 % de contratos temporales en cada Centro y lo suscriben: AVADECO (en calidad de Patronal representativa de las Empresas del Sector en Valladolid) y los Sindicatos CC.OO y U.G.T (en calidad de Agentes representativos de los Trabajadores del Sector), para el Fomento de la Estabilidad de las Plantillas y de la contratación con carácter indefinido de los trabajadores que presten servicio en las Empresas de Comercio xx Xxxxxxxxxx; a tenor de este Acuerdo, las Empresas del Sector que transformen contratos temporales en indefinidos podrán acceder a las subvenciones de Empleo que formalicen durante la vigencia del presente Convenio tengan establecidas o establezcan de cualquiera de sus prórrogas, podrán convertirse en la modalidad de «Contrato para el Fomento de la Contratación Indefinida», previsto en dichas disposiciones. Si la empresa lleva a cabo contrataciones con carácter indefinido, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, así como transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, podrá acogerse al conjunto de incentivos que regulados por el Decreto 149/2005, de 14 xx xxxxx y el Decreto 58/2007, de 6 xx xxxxx, ambos de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. Igualmente, si las Administraciones Públicas (Administración estatalempresas llevan a cabo las acciones de apoyo directo a la creación de empleo contenidas en el Acuerdo de 00 xx xxxx xx 2007, Autonómicadel Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, provincial o municipalpor el que se aprueban los planes de actuaciones territoriales integrales preferentes para el empleo de las zonas de la provincia xx Xxxxx incluidas en el mismo ( Bajo Guadalquivir, en su casola Bahía xx Xxxxx y el Campo de Gibraltar), podrán acogerse a las previsiones contenidas en sus programas la citada normativa y al resto que le sea de fomento aplicación por la que se regulan los incentivos recogidos en el PLAN ATIPE. Por su modalidad de empleocontratación: Todo lo relativo a los tipos de contrato, duración, formalidades, suspensión y siempre extinción de los mismos se regirá por lo que estas empresas cumplan establezca la legislación vigente en cada momento, con las peculiaridades que se citan en los requisitos que en dichos Programas artículos siguientes. El orden de llamada de los trabajadores fijos discontinuos se determinen realizará por la/s Administración/es para su obtenciónriguroso orden de antigüedad dentro de cada sección, categoría y especialidad.

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Samples: www2.fsc.ccoo.es

Fomento de la contratación indefinida. Con el objeto De conformidad con lo dispuesto en la Ley 35/2010, de dar estabilidad a las plantillas 17 de las Empresas del Sector al septiembre, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx de trabajo, los contratos de duración determinada o temporal, incluidos los formativos, anteriormente suscritos o que se aplica el presente Convenio, las partes negociadoras del mismo se obligan a fomentar e incentivar la transformación en contratos indefinidos de los contratos temporales existentes en las Empresas del Sector y/o de los que concierten las mismas en el futuro (suscritos en cualquiera de las diversas modalidades de contratación existentes). El contenido de este Artículo tiene, a todos los efectos, vocación y carácter de Acuerdo Sectorial en la Provincia xx Xxxxxxxxxx/ Sector Tintorerías y Limpieza de ropa, lavanderías y planchado de ropa/, y determina el compromiso durante el periodo de vigencia de este Convenio, de reducir la temporalidad en el Sector en las Empresas con plantillas superiores a 10 trabajadores, a un máximo del 40 % de contratos temporales en cada Centro y lo suscriben: AVADECO (en calidad de Patronal representativa de las Empresas del Sector en Valladolid) y los Sindicatos CC.OO y U.G.T (en calidad de Agentes representativos de los Trabajadores del Sector), para el Fomento de la Estabilidad de las Plantillas y de la contratación con carácter indefinido de los trabajadores que presten servicio en las Empresas de Comercio xx Xxxxxxxxxx; a tenor de este Acuerdo, las Empresas del Sector que transformen contratos temporales en indefinidos podrán acceder a las subvenciones de Empleo que formalicen durante la vigencia del presente Convenio tengan establecidas o establezcan de cualquiera de sus prórrogas, podrán convertirse en la modalidad de ‘Contrato para el Fomento de la Contratación Indefinida’, previsto en dicha disposición. Si la empresa lleva a cabo contrataciones con carácter indefinido, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, así como transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, podrá acogerse al conjunto de incentivos que regulados por el Decreto 149/2005, de 14 xx xxxxx y el Decreto 58/2007, de 6 xx xxxxx, ambos de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. Igualmente, si las Administraciones Públicas (Administración estatalempresas llevan a cabo las acciones de apoyo directo a la creación de empleo contenidas en el Acuerdo de 00 xx xxxx xx 2007, Autonómicadel Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, provincial o municipalpor el que se aprueban los planes de actuaciones territoriales integrales preferentes para el empleo de las zonas de la provincia xx Xxxxx incluidas en el mismo ( Bajo Guadalquivir, en su casola Bahía xx Xxxxx y el Campo de Gibraltar), podrán acogerse a las previsiones contenidas en sus programas la citada normativa y al resto que le sea de fomento de empleo, y siempre aplicación por la que estas empresas cumplan se regulan los requisitos que incentivos recogidos en dichos Programas se determinen por la/s Administración/es para su obtenciónel PLAN ATIPE.

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Samples: puertoreal.cnt.es

Fomento de la contratación indefinida. Con De conformidad con lo dispuesto en la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx de trabajo y el objeto Real Decreto Ley 16/2013, de dar estabilidad a las plantillas 20 de las Empresas del Sector al diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, los contratos de duración determinada o temporal, incluidos los formativos, anteriormente suscritos o que se aplica el presente Convenio, las partes negociadoras del mismo se obligan a fomentar e incentivar la transformación en contratos indefinidos de los contratos temporales existentes en las Empresas del Sector y/o de los que concierten las mismas en el futuro (suscritos en cualquiera de las diversas modalidades de contratación existentes). El contenido de este Artículo tiene, a todos los efectos, vocación y carácter de Acuerdo Sectorial en la Provincia xx Xxxxxxxxxx/ Sector Tintorerías y Limpieza de ropa, lavanderías y planchado de ropa/, y determina el compromiso durante el periodo de vigencia de este Convenio, de reducir la temporalidad en el Sector en las Empresas con plantillas superiores a 10 trabajadores, a un máximo del 40 % de contratos temporales en cada Centro y lo suscriben: AVADECO (en calidad de Patronal representativa de las Empresas del Sector en Valladolid) y los Sindicatos CC.OO y U.G.T (en calidad de Agentes representativos de los Trabajadores del Sector), para el Fomento de la Estabilidad de las Plantillas y de la contratación con carácter indefinido de los trabajadores que presten servicio en las Empresas de Comercio xx Xxxxxxxxxx; a tenor de este Acuerdo, las Empresas del Sector que transformen contratos temporales en indefinidos podrán acceder a las subvenciones de Empleo que formalicen durante la vigencia del presente Convenio tengan establecidas o establezcan de cualquiera de sus prórrogas, podrán convertirse en la modalidad de «Contrato para el Fomento de la Contratación Indefinida», previsto en dichas disposiciones. Si la empresa lleva a cabo contrataciones con carácter indefinido, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, así como transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, podrá acogerse al conjunto de incentivos que regulados por el Decreto 149/2005, de 14 xx xxxxx y el Decreto 58/2007, de 6 xx xxxxx, ambos de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. Igualmente, si la empresa llevan a cabo las Administraciones Públicas (Administración estatalacciones de apoyo directo a la creación de empleo contenidas en el Acuerdo de 00 xx xxxx xx 2007, Autonómicadel Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, provincial o municipalpor el que se aprueban los planes de actuaciones territoriales integrales preferentes para el empleo de las zonas de la provincia xx Xxxxx incluidas en el mismo ( Bajo Guadalquivir, en su casola Bahía xx Xxxxx y el Campo de Gibraltar), podrán acogerse a las previsiones contenidas en sus programas la citada normativa y al resto que le sea de fomento aplicación por la que se regulan los incentivos recogidos en el PLAN ATIPE. Por su modalidad de empleocontratación: Todo lo relativo a los tipos de contrato, duración, formalidades, suspensión y siempre extinción de los mismos se regirá por lo que estas empresas cumplan establezca la legislación vigente en cada momento, con las peculiaridades que se citan en los requisitos que en dichos Programas artículos siguientes. El orden de llamada de los trabajadores fijos discontinuos se determinen realizará por la/s Administración/es para su obtenciónriguroso orden de antigüedad, dentro de cada sección, categoría y especialidad.

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Samples: Patronato De La Juventud

Fomento de la contratación indefinida. Con De conformidad con lo dispuesto en la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx de trabajo y el objeto Real Decreto Ley 16/2013, de dar estabilidad a las plantillas 20 de las Empresas del Sector al diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, los contratos de duración determinada o temporal, incluidos los formativos, anteriormente suscritos o que se aplica el presente Convenio, las partes negociadoras del mismo se obligan a fomentar e incentivar la transformación en contratos indefinidos de los contratos temporales existentes en las Empresas del Sector y/o de los que concierten las mismas en el futuro (suscritos en cualquiera de las diversas modalidades de contratación existentes). El contenido de este Artículo tiene, a todos los efectos, vocación y carácter de Acuerdo Sectorial en la Provincia xx Xxxxxxxxxx/ Sector Tintorerías y Limpieza de ropa, lavanderías y planchado de ropa/, y determina el compromiso durante el periodo de vigencia de este Convenio, de reducir la temporalidad en el Sector en las Empresas con plantillas superiores a 10 trabajadores, a un máximo del 40 % de contratos temporales en cada Centro y lo suscriben: AVADECO (en calidad de Patronal representativa de las Empresas del Sector en Valladolid) y los Sindicatos CC.OO y U.G.T (en calidad de Agentes representativos de los Trabajadores del Sector), para el Fomento de la Estabilidad de las Plantillas y de la contratación con carácter indefinido de los trabajadores que presten servicio en las Empresas de Comercio xx Xxxxxxxxxx; a tenor de este Acuerdo, las Empresas del Sector que transformen contratos temporales en indefinidos podrán acceder a las subvenciones de Empleo que formalicen durante la vigencia del presente Convenio tengan establecidas o establezcan de cualquiera de sus prórrogas, podrán convertirse en la modalidad de «Contrato para el Fomento de la Contratación Indefinida», previsto en dichas disposiciones. Si la empresa lleva a cabo contrataciones con carácter indefinido, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, así como transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, podrá acogerse al conjunto de incentivos que regulados por el Decreto 149/2005, de 14 xx xxxxx de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. No obstante las Administraciones Públicas (Administración estatalreferencias legales referidas en los párrafos anteriores, Autonómicay dada la constante modificación de los preceptos legales continentes de las citadas ayudas y subvenciones, provincial o municipallas partes firmantes entiende que este artículo servirá para extender su conformidad a acogerse a cualquier otra modalidad de ayuda en materia de contratación que sustituya a las referidas, a cualquier otra que viniera a complementarla o, en su caso), que fuera objeto de nueva creación, como es el caso del Decreto- Ley 2/2015 de 3 xx xxxxx de la Junta de Andalucía de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en sus programas de fomento de el empleo, el retorno xxx xxxxxxx y siempre que estas empresas cumplan los requisitos que en dichos Programas se determinen por la/s Administración/es para su obtenciónel fomento del trabajo autónomo.

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Samples: www.sanroque.es