Common use of Forma de rendir las garantías Clause in Contracts

Forma de rendir las garantías. Las garantías deberán rendirse independientemente para cada negocio mediante depósito xx xxxx de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, certificados de depósitos a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados de un banco del Sistema Bancario Nacional, en forma irrevocable y a la orden de la Administración, dinero en efectivo y en general, conforme se estipula en el artículo No. 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Para realizar la transferencia bancaria la Universidad xx Xxxxx Rica dispone de las siguientes cuentas (En caso de depósito en efectivo se debe respaldar con un oficio de la Oficina Financiera de las diferentes Sedes de que el depósito fue efectuado en el respectiva cuenta): Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta maestra en colones 100-01-000-083777-3 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta cliente colones 15100010010837778 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta maestra en dólares 100-02-000-601688-6 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta cliente en dólares 15108010026016884 El comprobante de la transferencia bancaria deberá ser presentado mediante nota dirigida a la Unidad de Ejecución Contractual de la Oficina de Suministros, incluyendo la siguiente información:

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Forma de rendir las garantías. Las garantías deberán rendirse independientemente para cada negocio (Por concurso) mediante depósito xx xxxx de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, certificados de depósitos a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados de un banco del Sistema Bancario Nacional, Nacional en forma irrevocable y a la orden de la AdministraciónUniversidad de Costa Rica, dinero en efectivo y en general, conforme se estipula en el artículo No. 42 No.42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Para el depósito de garantías en efectivo, tanto en colones como en dólares, podrán realizarse directamente en las cajas de la Oficina de Administración Financiera o mediante transferencia bancaria. Para realizar la transferencia bancaria la Universidad xx Xxxxx de Costa Rica dispone de las siguientes cuentas (En caso de depósito en efectivo se debe respaldar con un oficio de la Oficina Financiera de las diferentes Sedes de que el depósito fue efectuado en el respectiva cuenta): cuentas: Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta maestra en colones 100-01-00080-08377700980-3 6 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta cliente colones 15100010010837778 15108010010009801 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta maestra en dólares 100-02-000-601688061357-6 0 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta cliente en dólares 15108010026016884 00000000000000000 El comprobante de la transferencia bancaria deberá ser presentado mediante nota dirigida a la Unidad Especializada de Ejecución Contractual Compras de la Oficina de SuministrosServicios Generales, incluyendo la siguiente información:: Nombre de la persona física o jurídica que rinde la garantía Nombre de la persona física o jurídica que realiza la transferencia Tipo de garantía Número y nombre de la contratación Monto de la garantía Fecha de la transferencia Vigencia de la garantía (60 días naturales, a partir de la fecha probable de aceptación a satisfacción de la Universidad de Costa Rica) Número de comprobante de la transferencia. Deberán ser depositadas directamente en la Oficina de Administración Financiera (OAF), ubicada en el Edificio Administrativo A, de la Sede Central de la Universidad de Costa Rica. El recibo generado por el depósito de la garantía deberá ser entregado en Unidad de Compras Especializadas de la Oficina de Servicios Generales.

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Samples: www.srp.ucr.ac.cr

Forma de rendir las garantías. Las garantías deberán rendirse independientemente para cada negocio (Por concurso) mediante depósito xx xxxx de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, certificados de depósitos a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados de un banco del Sistema Bancario Nacional, Nacional en forma irrevocable y a la orden de la AdministraciónUniversidad xx Xxxxx Rica, dinero en efectivo y en general, conforme se estipula en el artículo No. 42 No.42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Para el depósito de garantías en efectivo, tanto en colones como en dólares, podrán realizarse directamente en las cajas de la Oficina de Administración Financiera o mediante transferencia bancaria. Para realizar la transferencia bancaria la Universidad xx Xxxxx Rica dispone de las siguientes cuentas (En caso de depósito en efectivo se debe respaldar con un oficio de la Oficina Financiera de las diferentes Sedes de que el depósito fue efectuado en el respectiva cuenta): cuentas: Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta maestra en colones 100-01-00080-08377700980-3 6 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta cliente colones 15100010010837778 15108010010009801 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta maestra en dólares 100-02-000-601688061357-6 0 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta cliente en dólares 15108010026016884 00000000000000000 El comprobante de la transferencia bancaria deberá ser presentado mediante nota dirigida a la Unidad Especializada de Ejecución Contractual Compras de la Oficina de SuministrosServicios Generales, incluyendo la siguiente información:: Nombre de la persona física o jurídica que rinde la garantía Nombre de la persona física o jurídica que realiza la transferencia Tipo de garantía Número y nombre de la contratación Monto de la garantía Fecha de la transferencia Vigencia de la garantía (60 días naturales, a partir de la fecha probable de aceptación a satisfacción de la Universidad xx Xxxxx Rica) Número de comprobante de la transferencia. Deberán ser depositadas directamente en la Oficina de Administración Financiera (OAF), ubicada en el Edificio Administrativo A, de la Sede Central de la Universidad xx Xxxxx Rica. El recibo generado por el depósito de la garantía deberá ser entregado en Unidad de Compras Especializadas de la Oficina de Servicios Generales.

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Samples: srp.ucr.ac.cr

Forma de rendir las garantías. Las garantías deberán rendirse independientemente para cada negocio mediante depósito xx xxxx de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, certificados de depósitos a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados de un banco del Sistema Bancario Nacional, en forma irrevocable y a la orden de la Administración, dinero en efectivo y en general, conforme se estipula en el artículo No. 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Para realizar la transferencia bancaria la Universidad xx Xxxxx Rica dispone de las siguientes cuentas (En caso de depósito en efectivo se debe respaldar con un oficio de la Oficina Financiera de las diferentes Sedes de que el depósito fue efectuado en el respectiva cuenta): Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta maestra en colones 100-01-000-083777-3 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta cliente colones 15100010010837778 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta maestra en dólares 100-02-000-601688-6 Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta cliente en dólares 15108010026016884 El comprobante de la transferencia bancaria deberá ser presentado mediante nota dirigida a la Unidad de Ejecución Contractual de la Oficina de Suministros, incluyendo la siguiente información:: Nombre de la persona física o jurídica que rinde la garantía Nombre de la persona física o jurídica que realiza la transferencia Tipo de garantía Número y nombre de la contratación Monto de la garantía Fecha de la transferencia Vigencia de la garantía (60 días naturales, a partir de la fecha probable de aceptación a satisfacción de la Universidad xx Xxxxx Rica) Número de comprobante de la transferencia. Sitio donde se depositan las garantías. Deberán ser depositadas directamente en la Oficina de Administración Financiera (OAF), ubicada en el Edificio Administrativo A, de la Sede Central de la Universidad xx Xxxxx Rica. El recibo generado por el depósito de la garantía deberá ser entregado en la Oficina de Suministros. Devolución de las garantías. Los interesados deberán solicitar la autorización de la devolución de la garantía mediante nota dirigida a la Unidad de Ejecución Contractual, de la Oficina de Suministros de la UCR en la cual indicarán el número de concurso, número de recibo, monto y tipo de garantía. Dicha solicitud debe venir firmada por la persona que suscribió la oferta, caso contrario deberá aportar certificación de personería de quien está firmando, será devuelta dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que la Universidad tenga por definitivamente ejecutado el contrato a satisfacción y se haya rendido el informe correspondiente. Para efectos de devolución de garantías depositadas en efectivo, únicamente se devolverá con la presentación del recibo original del comprobante de ingreso de la Oficina de Administración Financiera. Formalización del contrato. En todo lo relacionado con la formalización del contrato deberá cumplirse con lo estipulado en el artículo No.188, 189 y 190 del Reglamento de la Contratación Administrativa.

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