Common use of FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES Clause in Contracts

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 9 Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las Con carácter general, las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, copia simple de la siguiente documentación: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales Económica, del Ayuntamiento financiera: Deberá acreditarse con declaraciones apropiadas de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, entidades financieras o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago justificante de la tasa municipal existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.  Técnica o profesional: Relación de los principales trabajos ejecutados durante los cinco últimos años, debiendo acreditar, al menos, la ejecución de dos trabajos iguales o similares a los de la presente licitación y avalados por certificados de buena ejecución para los más importantes. Las circunstancias señaladas en los apartados 1°, 2° y 4° podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del texto refundido de la LCSP. En todo caso, deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. En ningún caso se deberá incluir en este sobre la oferta económica, ni documento relevante de la oferta económica, in documentos relativos a criterios cuantificables por fórmula. La oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato debiendo figurar como partida independiente el importe indicado en del Impuesto sobre el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, Valor Añadido. La oferta económica se presentará conforme al modelo que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así incorpora como se señalará que de todos los medios anexo l. Los documentos necesarios para la acreditación valoración de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concretolos criterios cuantificables por fórmula.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto Del Diseño, Suministro E Instalación De Una Cubierta Portante

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/2105/3647/95/3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de todos personas jurídicas, los medios para licitadores deberán presentar la acreditación documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de la solvencia precitados en la cláusula 12los fines, cuáles objeto o ámbito de ellos se requerirá en cada contrato concretoactividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones 1.- SOBRE A: Deberá tener el siguiente título: “DOCUMENTACIÓN GENERAL PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE AMPLIACION XX XXXXXX ESCUELA”. Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 146 TRLCSP, la siguiente documentación que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las Leyes: Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente. Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada o testimonio notarial de su documento nacional de identidad. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se presentarán hayan interpuesto, la documentación contenida en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar este sobre podrá ser recogida por los licitadores, salvo el adjudicatario, en el plazo de los empresarios tres meses siguientes, Transcurrido dicho plazo sin que sea retirada, se entenderá que renuncian a su recuperación decayendo, por lo tanto, su derecho a ello, pudiendo el Ayuntamiento proceder a su destrucción y posterior reciclaje no españoles que sean nacionales requiriéndose a dichos efectos intimación previa. Sin perjuicio de Estados miembros lo señalado en este apartado, la aportación inicial de la Unión Europea documentación citada en los apartados a) y d) se acreditará admite su presentación por su inscripción en el registro procedente de acuerdo una DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR EMITIDA ANTE NOTARIO indicando que cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónAdministración. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su En tal caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo Icontrato, apartado noveno, letra A, de acuerdo y junto con la ordenanza fiscal reguladora documentación a que hace referencia el artículo 146.4 TRLCSP, la posesión y validez de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concretodocumentos exigidos.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato De Obras, Procedimiento Abierto, Oferta Economica Mas Ventajosa Y Único Criterio De Adjudicacion Para La Contratación De La Ejecución De Las Obras De Ampliacion De La Granja Escuela Municipal en El Municipio De Romangordo

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados numerados correlativamente: Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 130 de la LCSP, la siguiente documentación, que deberá ser original, copia autenticada por Notario o copia compulsadas por el Ayuntamiento de Peñíscola. Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI. Los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que sea exigible para la prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro del objeto que, a tenor de sus estatutos, les sean propios. Por tratarde de un suministro en la modalidad de arrendamiento sin opción de compra (renting) no cabe la presentanción de ofertas por entidades financieras. Escritura de poder otorgado por la entidad licitadora a favor de quien o quienes suscriban la proposición y vayan a firmar el contrato, junto con el Documento Nacional de Identidad del apoderado/-os. En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán, además de la documentación indicada en los numeros anteriores, un documento, que podrá ser privado, en el que para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá haber sido bastanteado ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los Letrados Municipalesefectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos le corresponda en la UTE. - Declaración de entidad financiera en la que se haga constar expresamente que el licitador tiene solvencia económica suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente contratación, por el importe de la misma, este es, 86.400 €. - Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad pública. Cuando el destinatario sea privado se acreditará mediante un certificado expedido por éste. - Fotografías y descripciones de los productos a suministrar Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, ocontrato con renuncia, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, fuero jurisdiccional extranjero que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, pudiera corresponder al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concretolicitante.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente, en el supuesto de que se planteen criterios de adjudicación ponderados a través de juicio de valor, en caso contrario, es decir, cuando no se contemplen los mismos, sólo se han de presentar dos sobres: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/2105/3647/95/3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de todos personas jurídicas, los medios para licitadores deberán presentar la acreditación documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de la solvencia precitados en la cláusula 12los fines, cuáles objeto o ámbito de ellos se requerirá en cada contrato concretoactividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. PUESTO DE TRABAJO: TAG Las proposiciones para la licitación se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la Unión Europea se acreditará licitación a la que concurren, firmados por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con licitador o la legislación persona que lo represente e indicación del Estado donde están establecidos, nombre y apellidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio razón social de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del AyuntamientoCIF, ocon teléfono, fax, email. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Dicha entrega se efectuará en el Departamento de Contratación de lunes a viernes y en horario de atención al público. De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el Oficial Mayor. Para proceder empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al bastanteo del poder es necesario el pago órgano de contratación la remisión de la tasa municipal oferta mediante teles, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el importe indicado órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el Anexo Ianuncio. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxx Xxxx Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentaran en DOS SOBRES CERRADOS numerados correlativamente. EL SOBRE NÚMERO 1. Contendrá: de conformidad con lo que dispone el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, apartado noveno, letra Aen la redacción dada en la modificación aprobada en la Ley 14/20143, de acuerdo con Apoyo a los Emprendedores la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, siguiente documentación: HASH DEL CERTIFICADO: 203FBD61FA4DA61A72A310AB90844DC5AC7042B8 DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR INDICANDO QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN (según modelo que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja incorpora al presente Pliego de Castilla-La ManchaCondiciones como ANEXO I) Secretaría General. 8729/2013. Ayuntamiento de Colmenar Viejo. Xxxxx xxx Xxxxxx, al nº de cuenta0. Xxxxxxxx Xxxxx 00000 Xxxxxx. CIF: 2105/0000-00-0000000000X0000000X EL SOBRE NÚMERO 2. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto.Contendrá:

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. 11 Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 11/03/2016 9:01:30 FECHA Y HORA UTC 11/03/2016 8:01:30 Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 11/03/2016 9:01:30 FECHA Y HORA UTC 11/03/2016 8:01:30 correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La ManchaEntidad LIBERBANK, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/2105/3647/95/3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. 13 Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 11/03/2016 9:01:30 FECHA Y HORA UTC 11/03/2016 8:01:30 documentos exigidos en la presente cláusula y, además, deberán aportar un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los medios para efectos relativos al contrato, así como la acreditación participación que a cada uno de la solvencia precitados ellos corresponda en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concretoUTE.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia solvencia, precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/00002105/1860-00-000000000050- 1252000082. En el Anexo Icaso de personas jurídicas, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten deberán presentar la solvencia económica y financiera y técnica documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o profesionalámbito de actividad que, así como se señalará que según resulte de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concretoles sean propias.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones ofertas se presentarán en un sobre cerrado, con la identificación y la firma del licitador o persona que lo represente, encabezado con la siguiente inscripción: PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE CANTINAS DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DE CREVILLENT. Dentro de este sobre se contendrán otros tres sobres numerados correlativamenteigualmente cerrados, firmados por el mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la Entidad concursante, teléfono, dirección postal, dirección de correo electrónico que designe el licitador, en los que se hará constar la denominación del sobre siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Oferta Económica y Criterios cuantificables automáticamente. Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 146 del RDL 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la siguiente documentación que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las Leyes: Se indicará en el sobre expresamente la siguiente leyenda: “Sobre A. Documentación Administrativa. Contrato de SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE CANTINAS DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DE CREVILLENT ”. Sobre que debe ir cerrado, firmado por el licitador, y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, teléfono y dirección OxQ-gvijkMie3c5DaJc+Hqg de correo electrónico. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx Fecha de impresión: Lunes, 18 de Julio de 2016 13:08 La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de AlbaceteSi el licitador es persona jurídica, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado debe figurar inscrito en el Anexo IRegistro Mercantil, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concretocuando sea exigible legalmente.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamenteA, B y C en el anverso de cada uno de los sobres deberá figurar la leyenda: PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA EJECUCION DE LAS OBRAS CONSISTENTES EN ......................................................................................... Asimismo en el exterior del sobre se hará constar: - Nombre de la licitadora y, en su caso, de la persona que la representa. - Cif o Nif - Dirección de correo postal - Dirección de correo electrónico - Teléfono - Firma del licitador o persona que la represente. De conformidad con lo establecido en el artículo 146. 4º y 5º del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la documentación integrante de este sobre “A”, relacionada a continuación, será sustituida por una declaración responsable del licitador, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, conforme al modelo establecido en el Anexo III del presente pliego. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, estará obligado a acreditar, con carácter previo a la adjudicación, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos que deberá presentar únicamente el licitador propuesto para la adjudicación son los siguientes: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado Volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos, por los Letrados Municipalesimporte igual o superior a 106.480.07 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial en que deba estar inscrito. En caso de tratarse de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, del Ayuntamiento lo acreditarán mediante sus libros de Albaceteinventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Los licitadores que no cumplan este requisito de solvencia, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago serán excluidos de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concretolicitación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para Contratar, Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicacion, La Ejecucion Del Proyecto De Obras

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, o , en su caso, por el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/2105/3647/95/3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de todos personas jurídicas, los medios para licitadores deberán presentar la acreditación documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de la solvencia precitados en la cláusula 12los fines, cuáles objeto o ámbito de ellos se requerirá en cada contrato concretoactividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En el Anexo I, apartado séptimo, letra A, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia solvencia, precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamentenumerados: La documentación presentada en el Sobre 1 deberán ser documentos originales, copias autenticadas por Notario o copias compulsadas, bien por el Secretario General Municipal, bien por el funcionario encargado del Registro. Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 130 de la LCSP, la siguiente documentación, que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las Leyes: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento una de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, las empresas y en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago él se expresará la persona a quien designan representante de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con UTE ante la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, Administración para todos los efectos relativos al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalcontrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE. Las empresas que se señalará encuentren pendientes de obtener la clasificación deberán aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud, debiendo justificar que de todos los medios ha obtenido la clasificación exigida en el plazo previsto para la acreditación subsanación de defectos u omisiones en la documentación. La falta o insuficiencia de la clasificación no podrá suplirse mediante la integración de la solvencia precitados con medios externos. Las empresas comunitarias, no españolas, podrán acreditar la clasificación mediante los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten su inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea o mediante certificación emitida por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Dichos documentos deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la cláusula 12lista o la expedición de la certificación, cuáles así como la clasificación obtenida. regulada en la Disposición Adicional 6ª de ellos la LCSP deberán aportar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2% o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se requerirá refiere la Disposición Adicional 6ª de la LCSP. Los licitadores que en cada contrato concreto.los últimos tres años hubieran concurrido a una licitación anterior en este Ayuntamiento y hubieran aportado la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos indicados, y no la hubieran retirado, estarán exentos de presentar los documentos ya presentados señalados en los apartados precedentes, debiendo en este caso acompañar una declaración responsable suscrita por el licitador que señale la licitación en la que se presentaron y la vigencia de los expresados documentos. Si alguno de dichos documentos hubiere sufrido variación, deberá acompañarlo en la forma señalada. Este sobre contendrá los documentos relativos a los criterios de valoración que deban evaluarse de forma automática o mediante la aplicación de una fórmula:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Servicio De Transporte Y Eliminación De Residuos Sólidos Urbanos De Peñíscola

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las Con carácter general, las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles . Declaración responsable del licitador, indicando que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamenteadministración, de acuerdo con las disposiciones comunitarias lo establecido en el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad 14 de obrar con informe noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Misión Diplomática Permanente Ley de España Contratos del Sector Público y cuyo desglose aparece en la cláusula 17 y que será requerida al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa. Para el caso de agrupación temporal de empresas, deberá cumplimentarse lo dispuesto en el Estado correspondiente o artículo 59 del TRLCSP. En todo caso deberán indicar los nombres y circunstancia de los que la Oficina Consular constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en cuyo ámbito territorial radique unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, debiendo presentar cada uno de ellos la declaración prevista en el domicilio de la empresaapartado anterior. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su En todo caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del poder es necesario el pago procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la tasa municipal por propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. En el importe indicado ANEXO I del Presente Xxxxxx se establece modelo de declaración responsable. En este sobre se incluirá toda la documentación técnica necesaria para la valoración de los criterios que dependen de un juicio de valor contenidos en el Anexo Ipresente pliego, apartado novenodebiendo incluir como mínimo los siguientes documentos: - Memoria comprensiva del Proyecto Técnico de prestación del Servicio, letra Aque deberá contener el esquema organizativo y metodología de funcionamiento propuesta por la empresa para la prestación del servicio, así como los recursos humanos y materiales que la empresa se compromete a asignar de acuerdo con forma directa a la ordenanza fiscal reguladora realización de los trabajos. - Identificación del local que el licitador se compromete a adscribir al servicio. A tal efecto presentará copia del contrato de arrendamiento, copia del documento de propiedad, o copia del contrato xx xxxxx u opción de los anteriores. - Mejoras ofertadas a la tasa – sello municipalprestación del servicio En este sobre se incluirá toda la documentación necesaria para la valoración de los criterios que no dependen de juicio de valor, y contendrá lo siguiente: - Oferta económica, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, presentará redactada conforme al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que modelo fijado en el contrato correspondiente ANEXO II al presente pliego y se necesita indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. No se aceptarán aquellas que los licitadores acrediten contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la solvencia económica Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y financiera y técnica o profesionaladmitida, así como se señalará que excediese del presupuesto base de todos los medios para la acreditación licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la solvencia precitados en proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la cláusula 12Mesa de contratación, cuáles sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de ellos se requerirá en cada contrato concretoalgunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.

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Samples: Pliego De Condiciones Administrativas Particulares Que Regiran La Contratacion De Los Servicios De Colaboracion a La Gestion Tributaria

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia solvencia, precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada este contrato concreto. de Industria, Energía y Minas de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx la Mancha.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá estar inscrito en el Registro mercantil y debe de haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo Icaso de personas jurídicas, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten deberán presentar la solvencia económica y financiera y técnica documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o profesionalámbito de actividad que, así como se señalará que según resulte de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concretoles sean propias.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados numerados correlativamente: Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 130 de la LCSP, la siguiente documentación, que deberá ser original, copia autenticada por Notario o copia compulsadas por el Ayuntamiento de Peñíscola. Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI. Los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que sea exigible para la prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro del objeto que, a tenor de sus estatutos, les sean propios. Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder deberá haber sido otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General de la Corporación, junto con una copia auténtica del AyuntamientoDocumento Nacional de Identidad del apoderados/-os. En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, oque podrá ser privado, en el que para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos le corresponda en la UTE. - Certificación de la inscripción de la empresa licitadora en el Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicación, Tipo A, creado en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, expedida la certificación por el encargado del Registro [Registro creado por el RD 401/2003, de 4 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las insfraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones, desarrollado por la Orden CTE/1296/2003, de 14 xx xxxx]. Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Todos los licitadores deberán indicar una dirección de correo electrónico puesto que las comunicaciones, requerimientos y notificaciones previstos en el Oficial MayorRD 817/2009 se realizarán por medios informáticos. Para proceder al bastanteo del poder es necesario Asimismo señalarán un domicilio a efectos de notificaciones por correo. También deberán indicar un número de teléfono, un número de fax y el pago nombre de la tasa municipal persona de contacto. Los licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la Disposición Adicional 6ª de la LCSP deberán aportar los documentos que acrediten, al tiempo de presentar su proposición, que tienen en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2% o que la empresa está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la Disposición Adicional. Los licitadores que hubieran concurrido a una licitación anterior en este Ayuntamiento, que hubieran aportado la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos anteriormente indicados, y no la hubieran retirado, estarán exentos de presentarlos debiendo, en este caso, acompañar una declaración responsable suscrita por el importe indicado licitador que señale la licitación en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a presentaron y la Caja vigencia de Castilla-La Mancha, al nº los expresados documentos. Si alguno de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados dichos documentos hubiere sufrido variación deberá acompañarlo en la cláusula 12forma señalada. Incluirá aquella documentación relativa a criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor (CRITERIOS SUBJETIVOS), cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto.estos son:

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia solvencia, precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se requieran o no la presentación de criterios evaluables a través de juicio de valor: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/2105/3647/95/3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de todos personas jurídicas, los medios para licitadores deberán presentar la acreditación documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de la solvencia precitados en la cláusula 12los fines, cuáles objeto o ámbito de ellos se requerirá en cada contrato concretoactividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: 11 Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 18/11/2016 13:44:23 FECHA Y HORA UTC 18/11/2016 12:44:23 La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 18/11/2016 13:44:23 FECHA Y HORA UTC 18/11/2016 12:44:23 Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La ManchaEntidad LIBERBANK, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/2105/3647/95/3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se adxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx XV). En el caso de todos personas jurídicas, los medios para licitadores deberán presentar la acreditación documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de la solvencia precitados en la cláusula 12los fines, cuáles objeto o ámbito de ellos se requerirá en cada contrato concreto.actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. 13 Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 18/11/2016 13:44:23 FECHA Y HORA UTC 18/11/2016 12:44:23

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las Con carácter general, las proposiciones se presentarán en tres sobres DOS SOBRES CERRADOS y numerados correlativamente. NOMBRE: La capacidad Xxxxxxxx Xxxx Xxxx DECLARACIÓN RESPONSABLE del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, según modelo que se incorpora al presente Pliego de obrar Condiciones como ANEXO I. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Colmenar Viejo - xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/XXXxxxxxxXxxxxxxxx - Código Seguro de Verificación: 28770IDOC2B014204C3E68C5418A En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión Contratación. 5139/2015. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx Viejo. Xxxxx xxx Xxxxxx, 0. Xxxxxxxx Xxxxx 00000 Xxxxxx. CIF: X0000000X HASH DEL CERTIFICADO: 203FBD61FA4DA61A72A310AB90844DC5AC7042B8 temporal aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar contratistas, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE. Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los empresarios no juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, orenuncia, en su caso, el Oficial Mayoral fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuentaFECHA DE FIRMA: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que 22/09/2015 Todos los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios deberán señalar un domicilio para la acreditación práctica de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de ellos se requerirá en cada contrato concretocorreo electrónico y un número de teléfono y fax.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Para Contratar Mediante Procedimiento Abierto La Concesión Del Servicio Público Municipal De Ayuda a Domicilio

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Dicho poder deberá estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000, así como se deberá solicitar ante la Letrada Jefa del Servicio Jurídico del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada este contrato concreto.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones ofertas se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo un sobre cerrado, con la legislación identificación y la firma del Estado donde están establecidoslicitador o persona que lo represente, encabezado con la siguiente inscripción: PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE REFORMA INTERIOR DE PLANTA 1ª Y 2ª DEL ANTIGUO EDIFICIO DE CORREOS. Dentro de este sobre se contendrán otros dos sobres igualmente cerrados, firmados por el mismo o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificadopersona que lo represente, en los términos que se establezcan reglamentariamenteindicarán además de la razón social y denominación de la Entidad concursante, teléfono, dirección postal, dirección de correo electrónico que designe el licitador, en los que se hará constar la denominación del sobre siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Oferta Económica. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos, mediante original o copia compulsada: 146.4 TRLCSP, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, de acuerdo con las disposiciones comunitarias el modelo establecido en este apartado. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su los requisitos de capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo y solvencia exigidos para contratar con la ordenanza fiscal reguladora Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. C/ Major nº 9 CP: 03330 Crevillent (Alacant) - Tel: 000000000 - Fax: 000000000 - xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx - C.I.F.: P0305900-C Ot0fEkd24a6te2ptdL+wndA AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT El licitador a cuyo favor recaiga la tasa – sello municipalpropuesta de adjudicación estará obligado a acreditar el cumplimiento de las referidas condiciones, previamente a la adjudicación del contrato, mediante la aportación de los documentos que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados relacionan en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada contrato concreto18ª y que a tal efecto le sean requeridos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rige La Contratación Por Procedimiento

FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de que se planteen, únicamente criterios objetivos ponderables a través de fórmulas o, en su caso, además, criterios valorables a través de juicio de valor: 9 FECHA Y HORA LOCAL 11/02/2016 14:04:45 FECHA Y HORA UTC 11/02/2016 13:04:45 Sello de tiempo: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/ 2105 /3647/ 95/ 3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de todos personas jurídicas, los medios para licitadores deberán presentar la acreditación documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de la solvencia precitados en la cláusula 12los fines, cuáles objeto o ámbito de ellos se requerirá en cada contrato concretoactividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en dos o tres sobres numerados correlativamente, en función de la concurrencia o no en el expediente de criterios ponderables a través de juicio de valor : La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 15/06/2016 9:38:10 FECHA Y HORA UTC 15/06/2016 7:38:10 reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a en la Caja de Castilla-La ManchaEntidad LIBERBANK, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/2105/3647/95/3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de todos personas jurídicas, los medios para licitadores deberán presentar la acreditación documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de la solvencia precitados en la cláusula 12los fines, cuáles objeto o ámbito de ellos se requerirá en cada contrato concreto.actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 15/06/2016 9:38:10 FECHA Y HORA UTC 15/06/2016 7:38:10

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. 11 Las proposiciones se presentarán en tres cuatro sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el Registro mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado noveno, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesionalES69/2105/3647/95/3400001326, así como se señalará deberá solicitar ante la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Albacete, conforme al modelo que se xxxxxxx xx xxxx xxxxxx ( Xxxxx Xx IV). En el caso de todos personas jurídicas, los medios para licitadores deberán presentar la acreditación documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de la solvencia precitados en la cláusula 12los fines, cuáles objeto o ámbito de ellos se requerirá en cada contrato concreto.actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. 13

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones ofertas se presentarán en tres sobres numerados correlativamente, cuando se contemplen criterios de valoración ponderables a través de juicio de valor o, en su caso, en dos sobres, en los supuestos en los que únicamente se tenga en consideración aspectos técnicos o económicos evaluables a través de fórmulas: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido estar inscrito en el registro Mercantil y ha de ser bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada este contrato en concreto.

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FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente: La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Dicho poder deberá haber sido bastanteado por los Letrados Municipales, del Ayuntamiento de Albacete, el Secretario General del Ayuntamiento, o, en su caso, el Oficial Mayor. Para proceder al bastanteo del poder es necesario el pago de la tasa municipal por el importe indicado en el Anexo I, apartado novenooctavo, letra A, de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa – sello municipal, que se podrá abonar mediante transferencia bancaria a la Caja de Castilla-La Mancha, al nº de cuenta: 2105/0000-00-0000000000. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En el Anexo I, apartado séptimo, se indica que en el contrato correspondiente se necesita que los licitadores acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como se señalará que de todos los medios para la acreditación de la solvencia solvencia, precitados en la cláusula 12, cuáles de ellos se requerirá en cada este contrato concreto.

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