Formas de Cubrir Pérdidas del Banco Cláusulas de Ejemplo

Formas de Cubrir Pérdidas del Banco. (a) En el caso de morosidad o incumplimiento en el pago de los préstamos que el Banco haya otorgado o garantizado o en los que haya participado, el Banco tomará las medidas que estime convenientes. El Banco deberá mantener reservas adecuadas para enfrentar posibles pérdidas. (b) Las pérdidas que resulten de las operaciones del Banco se cargarán primero, a las reservas a que se hace referencia en el inciso (a); segundo, al ingreso neto; tercero, a su reserva general y utilidades no distribuidas; y cuarto, al capital pagado libre de gravamen. (c) Cuando fuera necesario hacer pagos contractuales de intereses, otros cargos o amortizaciones de deuda del Banco pagaderos con sus recursos de capital o cumplir con los compromisos del Banco respecto a pagos similares sobre préstamos garantizados, con cargo a sus recursos de capital, el Banco podrá requerir a ambas Partes el pago de una cantidad adecuada de sus suscripciones de capital exigible, de conformidad con el Artículo II, Sección 3, de este Capítulo. Si el Banco considera que el incumplimiento puede ser prolongado, podrá requerir una parte adicional de dichas suscripciones que no exceda, en un año dado, del uno por ciento de la suscripción total de los recursos de capital de las Partes, para los siguientes fines: (1) redimir antes de su vencimiento, o liquidar de otro modo, la totalidad o parte del saldo de cualquier préstamo garantizado por él con cargo a sus recursos de capital, respecto al cual el deudor esté en xxxx; y (2) recomprar o liquidar de otro modo la totalidad o parte de sus propias obligaciones pagaderas con sus recursos de capital.

Related to Formas de Cubrir Pérdidas del Banco

  • FORMAS DE PAGO Para todos los efectos los Usuarios podrán pagar los servicios del SBC con los medios electrónicos que Tembici habilite para tal fin, así como con tarjeta de crédito y/o débito. Tembici podrá utilizar la tarjeta de crédito/débito informada por el usuario para validar la disposición de fondos y/o la capacidad crediticia del usuario. Para ello, Tembici, podrá emitir un pedido de cobro al banco emisor de la tarjeta; este valor será revertido dentro del plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde la fecha de comprobación de dicha capacidad. Asimismo, mediante el registro con tarjeta de crédito/débito y/o con otros medios electrónicos, el usuario autoriza a Tembici a efectuar el cobro de las sumas de dinero que correspondan por el valor de suscripción elegido por el usuario y/o para el pago de penalidades por cualquier tipo de incumplimiento de conformidad con lo establecido en los presentes términos y condiciones. En los eventos en los que el Usuario escoja como medio de pago tarjeta de crédito, deberá registrar en la Plataforma una tarjeta de crédito válida en Colombia para cuyo uso declara tener plenas facultades. El uso inadecuado o descuidado de los medios de pago registrados en la Plataforma será responsabilidad del Usuario. Igualmente, el Usuario será responsable de corroborar en la Plataforma el medio de pago escogido para el plan y servicio que solicite. Tembici cobrará los servicios a través del intermediario del sistema de pagos de que se trate. Adicionalmente, cuando el pago se haga mediante tarjeta de crédito, el Usuario autoriza a Tembici: (i) a realizar una validación del medio de pago; (ii) a solicitar la pre-autorización para el cobro del servicio al establecimiento de crédito vinculado a la tarjeta de crédito. En ningún caso dicha pre-autorización supondrá el cobro efectivo del servicio sino una verificación de crédito suficiente, por su parte el cobro del servicio únicamente se efectuará una vez el mismo se haya prestado; y (iii) a pagar, por cuenta del Usuario, los valores que correspondan por la prestación de los servicios. Tembici, por motivos de seguridad, tendrá la potestad de bloquear, cancelar o anular cualquier medio de pago cuando existan sospechas razonables sobre un uso indebido del mismo. Además, no está permitido utilizar un mismo medio de pago (tarjeta de crédito) en más de dos cuentas de Usuario. En caso que esto suceda, Xxxxxxx puede proceder a bloquear todas las cuentas hasta que el Usuario demuestre la propiedad de todas las cuentas y del medio de pago introducido, a través de pruebas documentales.

  • CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO ETAPAS DEL PROCESO CRONOGRAMA ÁREA RESPONSABLE

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Monedas de la Oferta y pago 15.1 Los precios unitarios12 deberán ser cotizadas por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante según se especifica en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales13) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente.

  • FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

  • METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas

  • Datos de la Licitación (DDL) Esta sección contiene disposiciones específicas para la Contratación del Servicios, y complementa la Sección I, Instrucciones a los Oferentes.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre A” Los documentos contenidos en el “Sobre A” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con TRES COPIAS fotocopias simples de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA I, II y III”. El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: (Sello Social) Firma del Representante Legal COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

  • CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO a. Asistir al ejecutor y auxiliar coactivo en la debida tramitación de los expedientes que se sean asignados. b. Analizar expedientes y emitir informes técnico legal en los procedimientos coactivos. c. Apoyar en la realización de las diligencias que se dispongan para el recupero de la deuda materia de ejecución. d. Elaborar memorándums, comunicaciones, requerimientos, cartas, oficios y demás documentos destinados a facilitar y asegurar el normal desenvolvimiento del procedimiento coactivo. e. Atención y respuesta de las solicitudes presentadas por los administrados, el Poder Judicial, Indecopi y Tribunal Fiscal. f. Proyectar resoluciones que resuelvan la suspensión del procedimiento reguladas en el artículo 16° en concordancia con el artículo 31° del TUO de la Ley del procedimiento de ejecución coactiva. g. Proyectar resoluciones de inicio de ejecución coactiva, embargos, levantamientos y suspensiones. h. Proyectar informes en atención a proveídos del Tribunal Fiscal. i. Apoyo en las notificaciones de las resoluciones coactivas. j. Las demás funciones que le asigne el ejecutor coactivo.