FORMATO DE REGISTRO DE PARTICIPACION Cláusulas de Ejemplo

FORMATO DE REGISTRO DE PARTICIPACION. De conformidad con lo estipulado en el artículo 30 de la LEY, la publicación de la convocatoria a la LICITACION pública nacional se realizará a través de CompraNET y su obtención será gratuita. Además, simultáneamente se enviará un resumen de la convocatoria para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, asimismo, la convocante pondrá a disposición de los LICITANTES copia del texto de la convocatoria en el mismo domicilio que se indica en el punto 2.1 de esta CONVOCATORIA y el período de registro a través de CompraNET será en días hábiles a partir del 03 de Noviembre de 2009 de las 09:00 a las 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas y hasta el día 10 de Noviembre de 2009. Es requisito indispensable presentar el formato de registro de participación a la LICITACION PÚBLICA a través de CompraNET para participar en esta LICITACIÓN. El acto público de la visita al lugar donde se prestaran los servicios y la Junta de Aclaraciones se llevará a cabo el día 10 de Noviembre de 2009 a las 9:30 horas y 11:30 horas respectivamente en la sala de juntas ubicada en el primer piso del domicilio descrito en el punto 2.1 de esta CONVOCATORIA. En dicho evento, representantes de la API DE MANZANILLO responderán, en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los LICITANTES relacionados con los aspectos contenidos en la convocatoria. De conformidad con lo establecido en el articulo 33 Bis de la LEY, será necesario que los interesados presenten al momento de ingresar a la junta de aclaraciones un escrito simple, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contenga los datos que actualmente están contenidos en el artículo 36 del Reglamento de la LAASSP, de conformidad con “Las Directrices para la aplicación de las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para efecto de facilitar la contratación que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entre tanto se expiden los Reglamentos correspondientes y demás disposiciones administrativas, referidas en el OFICIO CIRCULAR No. UNCP/309/TU/00412/2009, de fecha 23 xx xxxxx de 2009. Las solicitudes de aclaración, podrán enviarse a través de CompraNET o los participantes podrán hacer llegar sus preguntas por vía escrita previo al acto de la junta de aclaraciones, ya sea a través de fax, correo electrónico, mensajería o di...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.