Common use of Funciones de la Comisión Paritaria Clause in Contracts

Funciones de la Comisión Paritaria. 1. Serán funciones de la Comisión Paritaria todas aquellas que se le atribuyen en el convenio colectivo y cualesquiera otras tendentes a una mejor aplicación e interpretación de lo establecido en el mismo. 2. Sin perjuicio de otras eventuales, son funciones específicas de la Comisión Paritaria:  Elaborar su reglamento de funcionamiento.  La adaptación del convenio a los cambios legislativos o normativos que pudieran producirse y que afecten al personal incluido en su ámbito de aplicación, según lo establecido en el artículo 8.  La interpretación del convenio colectivo.  El estudio de los problemas o cuestiones que presenten las partes con referencia al presente texto.  La vigilancia del cumplimiento de lo pactado.  La conciliación y mediación en los problemas surgidos en la aplicación del convenio colectivo, siempre que tales problemas sean susceptibles de transacción, compromiso u otro tipo de solución.  Conocer los acuerdos alcanzados durante el periodo de consultas en materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio.  En materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo, conocerá las discrepancias tras la finalización del periodo de consultas, disponiendo la Comisión Paritaria de un plazo de siete (7) días para pronunciarse, a contar desde que la discrepancia fuera planteada. Cuando esta no alcanzara un acuerdo, las partes podrán recurrir a los sistemas no judiciales de solución de conflictos previstos en el capítulo XIX. 3. Denunciado el convenio colectivo y mientras no sea sustituido por otro, la Comisión Paritaria continuará ejerciendo sus funciones.

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Samples: Iii Convenio Colectivo Del Personal Laboral De Las Universidades Públicas De La Comunitat Valènciana, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Funciones de la Comisión Paritaria. 1. Serán funciones Interpretación de la Comisión Paritaria todas aquellas que se le atribuyen totalidad de las cláusulas de este Convenio. – Aplicación de lo pactado y vigilancia de su cumplimiento. – Seguimiento de aquellos acuerdos cuyo desarrollo debe producirse en el convenio colectivo tiempo y cualesquiera otras tendentes durante la totalidad de la vigencia de los mismos. – Mediación, arbitraje y conciliación, en caso de conflicto entre empresa y trabajador, en el supuesto de conflicto colectivo, a una instancia de uno de sus órganos podrá solicitarse la inmediata reunión de esta Comisión a los efectos de interponer su mediación, interpretar lo acordado y ofrecer su arbitraje. – Elaborar y proponer a la Administración Pública las modificaciones y actualizaciones que sean convenientes al Reglamento del Juego del Bingo para su mejor aplicación e interpretación y más exacta concordancia con la realidad social de cada momento. – Será depositaria de una copia de la póliza de Seguro prevista en el presente convenio. A la firma del convenio y posteriormente con carácter anual conocerá la actualización económica de la póliza y de las modificaciones en sus condiciones, si las hubiere – Cuando en la aplicación de lo establecido en el mismo. 2. Sin perjuicio de otras eventuales, son funciones específicas de pactado surjan discrepancias insolubles por la Comisión Paritaria:  Elaborar su reglamento , ésta podrá remitir los conflictos colectivos e individuales, si así lo determinase a la mediación o arbitraje del ASAC. En el caso de funcionamiento.  La adaptación del convenio a los cambios legislativos o normativos que pudieran producirse y que afecten al personal incluido en su ámbito de aplicación, según lo establecido en el artículo 8.  La interpretación del convenio colectivo.  El estudio de los problemas o cuestiones que presenten las partes con referencia al presente texto.  La vigilancia del cumplimiento de lo pactado.  La conciliación y mediación en los problemas surgidos en la aplicación del convenio colectivo, siempre que tales problemas sean susceptibles de transacción, compromiso u otro tipo de solución.  Conocer los acuerdos alcanzados desacuerdo durante el periodo de consultas en materia de para la inaplicación de lo dispuesto en el presente convenio, en las condiciones de trabajo previstas en el convenio.  En materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivoartículo 82.3 del ET, conocerá las discrepancias tras deberán someterse la finalización del periodo de consultas, disponiendo la Comisión Paritaria discrepancia a esta comisión paritaria que dispondrá de un plazo máximo de siete (7) días para pronunciarse, a contar desde que . En el caso de persistir la discrepancia fuera planteada. Cuando esta no alcanzara un acuerdo, controversia las partes podrán recurrir a los sistemas no judiciales deberán someterse la misma al proceso de solución mediación, y en su caso de conflictos previstos arbitraje voluntario ante el servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA). Mediante acuerdos pertinentes, esta Comisión podrá delegar funciones de aplicación, arbitraje y vigilancia en el capítulo XIXComisiones Territoriales de ámbito inferior que pueda crear. 3. Denunciado el convenio colectivo y mientras no sea sustituido por otro, la Comisión Paritaria continuará ejerciendo sus funciones.

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Samples: Convenio Marco Estatal

Funciones de la Comisión Paritaria. 1. Serán funciones de la Comisión Paritaria todas aquellas que se le atribuyen en el convenio colectivo y cualesquiera otras tendentes a una mejor aplicación e interpretación de lo establecido en el mismo. 2. Sin perjuicio de otras eventuales, son funciones específicas de la Comisión Paritaria: Elaborar su reglamento de funcionamiento. La adaptación del convenio a los cambios legislativos o normativos que pudieran producirse y que afecten al personal incluido en su ámbito de aplicación, según lo establecido en el artículo 8. La interpretación del convenio colectivo. El estudio de los problemas o cuestiones que presenten las partes con referencia al presente texto. La vigilancia del cumplimiento de lo pactado. La conciliación y mediación en los problemas surgidos en la aplicación del convenio colectivo, siempre que tales problemas sean susceptibles de transacción, compromiso u otro tipo de solución. Conocer los acuerdos alcanzados durante el periodo de consultas en materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio. En materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo, conocerá las discrepancias tras la finalización del periodo de consultas, disponiendo la Comisión Paritaria de un plazo de siete (7) días para pronunciarse, a contar desde que la discrepancia fuera planteada. Cuando esta no alcanzara un acuerdo, las partes podrán recurrir a los sistemas no judiciales de solución de conflictos previstos en el capítulo XIX. 3. Denunciado el convenio colectivo y mientras no sea sustituido por otro, la Comisión Paritaria continuará ejerciendo sus funciones.

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Samples: Iii Convenio Colectivo Del Personal Laboral De Las Universidades Públicas De La Comunitat Valènciana

Funciones de la Comisión Paritaria. 1. Serán funciones de la Comisión Paritaria todas aquellas que se le atribuyen en el convenio colectivo y cualesquiera otras tendentes a una mejor aplicación e interpretación de lo establecido en el mismo. 2. Sin perjuicio de otras eventuales, son funciones específicas de la Comisión Paritaria:  Elaborar su reglamento de funcionamiento.  La adaptación del convenio a los cambios legislativos o normativos que pudieran producirse y que afecten al personal incluido en su ámbito de aplicación, según lo establecido en el artículo 8.  La interpretación del convenio colectivo. El estudio de los problemas o cuestiones que presenten las partes con referencia al presente texto. La vigilancia del cumplimiento de lo pactado. La conciliación conciliación, mediación y mediación arbitraje en los problemas surgidos en la aplicación del convenio colectivo, siempre que tales problemas sean susceptibles de transacción, compromiso u otro tipo de solucióno solución arbitral.  Conocer los acuerdos alcanzados durante el periodo de consultas En particular, en materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio.  En materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo, conocerá el conocimiento de las discrepancias tras la finalización del periodo de consultas, disponiendo la Comisión Paritaria de un plazo de siete (7) días para pronunciarse, a contar desde que la discrepancia fuera planteada. Cuando esta no alcanzara un acuerdo, las partes podrán recurrir a los sistemas no judiciales de solución de conflictos previstos en la disposición adicional séptima. Conocimiento de los acuerdos alcanzados durante el capítulo XIXperiodo de consultas en materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el Convenio. La aprobación de su propio Reglamento Interno de Funcionamiento. 3. Denunciado el convenio colectivo y mientras no sea sustituido por otro, la Comisión Paritaria continuará ejerciendo sus funciones.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Funciones de la Comisión Paritaria. 1. Serán funciones Interpretación de la Comisión Paritaria todas aquellas que se le atribuyen totalidad de las cláusulas de este Convenio. Aplicación de lo pactado y vigilancia de su cumplimiento. Seguimiento de aquellos acuerdos cuyo desarrollo debe producirse en el convenio colectivo tiempo y cualesquiera otras tendentes durante la totalidad de la vigencia de los mismos. Mediación, arbitraje y conciliación, en caso de conflicto entre empresa y trabajador, en el supuesto de conflicto colectivo, a una instancia de uno de sus órganos podrá solicitarse la inmediata reunión de esta Comisión a los efectos de interponer su mediación, interpretar lo acordado y ofrecer su arbitraje. Elaborar y proponer a la Administración Pública las modificaciones y actualizaciones que sean convenientes al Reglamento del Juego del Bingo para su mejor aplicación e interpretación y más exacta concordancia con la realidad social de cada momento. Será depositaria de una copia de la póliza de seguro prevista en el presente Convenio. A la firma del Convenio y posteriormente con carácter anual conocerá la actualización económica de la póliza y de las modificaciones en sus condiciones, si las hubiere. Cuando en la aplicación de lo establecido en el mismo. 2. Sin perjuicio de otras eventuales, son funciones específicas de pactado surjan discrepancias insolubles por la Comisión Paritaria:  Elaborar su reglamento , ésta podrá remitir los conflictos colectivos e individuales, si así lo determinase a la mediación o arbitraje del ASAC. En el caso de funcionamiento.  La adaptación del convenio a los cambios legislativos o normativos que pudieran producirse y que afecten al personal incluido en su ámbito de aplicación, según lo establecido en el artículo 8.  La interpretación del convenio colectivo.  El estudio de los problemas o cuestiones que presenten las partes con referencia al presente texto.  La vigilancia del cumplimiento de lo pactado.  La conciliación y mediación en los problemas surgidos en la aplicación del convenio colectivo, siempre que tales problemas sean susceptibles de transacción, compromiso u otro tipo de solución.  Conocer los acuerdos alcanzados desacuerdo durante el periodo de consultas en materia de para la inaplicación de lo dispuesto en el presente Convenio, en las condiciones de trabajo previstas en el convenio.  En materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivoartículo 82.3 del ET ( RCL 2015, conocerá las discrepancias tras 1654 ) , deberán someterse la finalización del periodo de consultas, disponiendo la Comisión Paritaria discrepancia a esta comisión paritaria que dispondrá de un plazo máximo de siete (7) días para pronunciarse, a contar desde que . En el caso de persistir la discrepancia fuera planteada. Cuando esta no alcanzara un acuerdo, controversia las partes podrán recurrir a los sistemas no judiciales deberán someterse la misma al proceso de solución mediación, y en su caso de conflictos previstos arbitraje voluntario ante el servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA). Mediante acuerdos pertinentes, esta Comisión podrá delegar funciones de aplicación, arbitraje y vigilancia en el capítulo XIXComisiones Territoriales de ámbito inferior que pueda crear. 3. Denunciado el convenio colectivo y mientras no sea sustituido por otro, la Comisión Paritaria continuará ejerciendo sus funciones.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Empresas Organizadoras Del Juego Del Bingo

Funciones de la Comisión Paritaria. 1. Serán funciones de la Comisión Paritaria todas aquellas que se le atribuyen en el convenio colectivo y cualesquiera otras tendentes a una mejor aplicación e interpretación de lo establecido en el mismo. 2. Sin perjuicio de otras eventuales, son funciones específicas de la Comisión Paritaria:  Elaborar su reglamento de funcionamiento.  La adaptación del convenio a los cambios legislativos o normativos que pudieran producirse y que afecten al personal incluido en su ámbito de aplicación, según lo establecido en el artículo 8.  La interpretación del convenio colectivo. El estudio de los problemas o cuestiones que presenten las partes con referencia al presente texto. La vigilancia del cumplimiento de lo pactado. Firmante: SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD XX XXXXXX; Fecha-hora: 08/07/2016 14:54:00; Emisor del certificado: C=ES,O=ACCV,OU=PKIACCV,CN=ACCVCA-120; La conciliación conciliación, mediación y mediación arbitraje en los problemas surgidos en la aplicación del convenio colectivo, siempre que tales problemas sean susceptibles de transacción, compromiso u otro tipo de solucióno solución arbitral.  Conocer los acuerdos alcanzados durante el periodo de consultas En particular, en materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio.  En materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo, conocerá el conocimiento de las discrepancias tras la finalización del periodo de consultas, disponiendo la Comisión Paritaria de un plazo de siete (7) días para pronunciarse, a contar desde que la discrepancia fuera planteada. Cuando esta no alcanzara un acuerdo, las partes podrán recurrir a los sistemas no judiciales de solución de conflictos previstos en la disposición adicional séptima. Conocimiento de los acuerdos alcanzados durante el capítulo XIXperiodo de consultas en materia de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el Convenio. La aprobación de su propio Reglamento Interno de Funcionamiento. 3. Denunciado el convenio colectivo y mientras no sea sustituido por otro, la Comisión Paritaria continuará ejerciendo sus funciones.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo