Common use of GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Clause in Contracts

GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso que el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario.En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui N° 139, Santiago, y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de la Ley N° 19.886”. En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, el contratista deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, según lo previsto en el punto 2.34 de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratista haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaría.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimientoEl proveedor, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso que el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario.En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato presente contrato, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el subtítulo 7.2 de servicio las bases administrativas de ejecución la licitación que lo rigen, presentó dentro de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui plazo el siguiente instrumento: 139Instrumento Institución Monto Vigencia 102002216 BANCO CHILE $ 442.500.- 10-06-2022 JUNAEB, Santiagoprocederá a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, especialmente, en los siguientes casos: a) Cuando el proveedor renuncie al contrato. b) No pago total o parcial de las multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales. En este caso, el proveedor deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ejecuta la garantía. c) Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al proveedor. d) Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución del contrato. e) Por incumplimiento del “Pacto de Integridad” contenido en el Anexo Nº3 de las bases de licitación, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que ordena establezca el artículo 11 ordenamiento jurídico. La garantía será devuelta al proveedor, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la Ley N° 19.886”. En caso totalidad de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de las obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el y/o contrato, previa aprobación por la contraparte técnica, donde señale su total conformidad con el contratista deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro cumplimiento de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, según lo previsto en el punto 2.34 de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien estas obligaciones y se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer solicite expresamente la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratista haya mandatado para hacer recepción conforme antes de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta fecha de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaríavencimiento.

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Samples: Contract for Medical Services

GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para El oferente adjudicado, en el plazo de 5 días hábiles señalado, y para garantizar el oportuno y fiel cumplimiento del contrato, deberá enviar garantía física o electrónica, se sugiere evitar garantía física y oportuno preferir enviar garantía electrónica al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, la que deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, la garantía debe ser a la orden del Gobierno Regional, RUT: 00.000.000-0, domiciliado en XXxxxxxx X°000, 0° Xxxx, Xxxxxxxx, Garantía por un monto equivalente al 5% de su valor total, emitida en pesos chilenos, por una Institución que se pueda cobrar en la Ciudad xx Xxxxxxxx, que garantice el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales previsionales con los trabajadores del contratistacontratante, según lo ordena la Ley Nº 20.238. El documento de garantía, deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera a la vista, a nombre del Gobierno Regional de Los Xxxx, Rol Único Tributario 20.238, el adjudicatario 00.000.000-0 y deberá presentar, a más tardar a contener la fecha de firma del contrato, una garantía siguiente glosa: Garantía de fiel y oportuno cumplimientocumplimiento del Contrato: SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS PARA SEDE CONSEJO REGIONAL Y BODEGAS SUBTERRANEO EDIFICIO PÚBLICO N°1, indicando el N° de ID del portal mercadopúblico. En caso que el documento de garantía no permita glosa, el tomador deberá acompañar una declaración jurada simple digital y enviar al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros indique que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La el documento se presenta como garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal los mismos términos indicados. El plazo de vigencia de esta garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución será la vigencia del contrato definitivo aumentado en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total un periodo de 90 días corridos sobre el plazo del contrato, a el cual será el plazo ofertado para la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de entrega del servicio. Terminada la vigencia del contrato. En el evento de que , la garantía podrá ser solicitada por el proveedor adjudicado, a contar de fiel la fecha en que el Gobierno Regional le comunique que ha recibido a satisfacción la totalidad de los servicios y oportuno cumplimiento productos encomendados. Al oferente que no entregue o pretenda postergar la entrega de esta garantía, se le tendrá por desistido de su oferta y se podrá adjudicar a la segunda propuesta mejor evaluada según Informe de la Comisión Evaluadora o, declarar desierta la licitación. Todos los gastos que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo del proponente y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan y de renovarla o prorrogarla con una antelación a diez días corridos a la fecha en que pierde vigencia, en caso que se extienda el plazo del contrato esté constituida y este plazo supere el periodo de vigencia de la misma, caso en el cual se deberá prorrogar o renovar nuevamente por un Certificado una vigencia de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar 90 días corridos sobre el pago de manera rápida y efectivanuevo plazo del contrato. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza oferente adjudicado no la renovare en el plazo señalado, se hará efectiva la garantía. Con cargo a la garantía podrá hacerse también efectiva la aplicación de Seguromultas, ésta, además y el pago de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser trabajadores dependientes de acuerdo a favor la Ley de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectivaSubcontratación. En caso que se ponga término anticipado al contrato por causas imputables a la empresa contratada, se hará efectiva la boleta de garantía con la finalidad de solventar el adjudicatario corresponda gasto que irrogue una nueva contratación para poner término de los servicios contratados y pendientes de ejecución, quedando el saldo en caso que exista como sanción al contratista. De la misma manera, en caso que se termine anticipadamente el contrato por causa imputable al contratado, se cobrará a una Unión Temporal todo evento la garantía, a manera de Proveedoresindemnización de perjuicios para el Gobierno Regional, previo el procedimiento establecido en las presentes bases, para la aplicación de multas. Será el Inspector Técnico y/o administrativo del contrato quien deberá informar y señalar los motivos por los cuales corresponde hacer efectiva la garantía, por incumplimiento del contrato, de plazo u otros. En caso de incumplimiento por la empresa de las obligaciones que le impone el contrato y en consecuencia se ponga término anticipado al contrato, el Gobierno Regional de Los Xxxx, estará facultado para hacer efectiva unilateral y administrativamente la garantía de fiel cumplimiento, y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o electrónicamentearbitral alguna, previo el procedimiento establecido en las presentes bases N° 4 siguiente, para la aplicación de multas. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en el evento que precisamente el motivo sea la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario.En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui N° 139, Santiago, y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de la Ley N° 19.886”. En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, el contratista deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, según lo previsto en el punto 2.34 de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución no renovación de la garantía a aquella persona a quien el contratista haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantarádebiendo realizarlo, en especial antes del término de su oportunidadvigencia, un acta sólo se notificara de recepción ello al contratado, procediendo a hacer efectiva la garantía inmediata y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contratounilateralmente. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido realizará transcurridos el plazo de 60 10 días hábiles posteriores al término de la vigencia hábiles, desde el pago realizado en virtud del contrato correspondientey durante dicho período garantizará la correcta ejecución del mismo, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos el documento de garantía será devuelto a plena conformidad petición del oferente, o del inspector técnico del contrato, previo endoso y de la Subsecretaríaacuerdo al procedimiento de devolución de garantía señalado en el punto 10.2 del Manual de procedimiento Interno de documentos en Garantía, aprobado mediante Resolución exenta N°344 de fecha 24 xx xxxxx de 2020.

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Samples: Bases De Licitación

GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas 15.2.1. El oferente adjudicado, previo o simultáneamente a la suscripción del contrato respectivo y el pago de para caucionar su oportuno y fiel cumplimiento y las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratistade sus trabajadores, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, entregará a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida Desarrollo Regional y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por Administrativo una entidad chilena o con sucursal en ChileGarantía, pagadera a la vista, vista e irrevocable, cuyo tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, por un monto será equivalente ascendente al 510% (cinco por ciento), del precio valor total del contrato, a la orden de la Subsecretaría SUBDERE, RUT. 60.515.000-4. El documento deberá indicar que se ha tomado “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato: CONSULTORÍA “SISTEMA (PLATAFORMA ELECTRÓNICA) PARA FONDO DE INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD-ETAPA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO.” (E30359/2019). Dicha garantía podrá ser otorgada a través de Transportescualquier instrumento que asegure el cobro de esta caución, Rol Único Tributario N° 00.000.000de manera rápida y efectiva y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en este numeral. De esta manera y de modo ilustrativo y no taxativo, podrá acompañarse como garantía un vale vista o depósito a la vista, póliza de seguros electrónica, depósito a plazo, boleta bancaria o certificado de fianza a la vista emitido por las Sociedades de Garantías Recíprocas o por la CORFO. En el caso del vale vista no se exigirá la fecha de vencimiento, ni la individualización del tomador y beneficiario, ni la glosa que se indica. En este caso la carta conductora que acompañe esta caución deberá indicar la glosa que describa el objeto garantizado: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato: CONSULTORÍA “SISTEMA (PLATAFORMA ELECTRÓNICA) PARA FONDO DE INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD-0, con un ETAPA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO.” (E30359/2019). 15.2.2. El plazo de vigencia no inferior de esta garantía de cumplimiento será, de a lo menos, la vigencia del contrato definitivo aumentado en un período de 60 días hábiles posteriores al a contar desde el término del mismo. 15.2.3. Al oferente que no entregue o pretenda postergar la entrega de esta garantía, se le tendrá por desistido de su oferta y se podrá adjudicar a la segunda propuesta mejor evaluada según Informe de la vigencia del contratoComisión de Evaluación y así sucesivamente, hasta que no exista un oferente al cual adjudicar o, declarar desierta la licitación. Podrá, además, hacerse efectiva la garantía de seriedad, por los perjuicios ocasionados a la SUBDERE. 15.2.4. En caso de incumplimiento del oferente adjudicado de las obligaciones que le impone el evento de que contrato, la SUBDERE, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado administrativamente y sin necesidad de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectivarequerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso que el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario.En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui N° 139, Santiago, y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de la Ley N° 19.886”. En caso Las causales de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, el contratista deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, según lo previsto en el punto 2.34 de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratista haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel cumplimiento son las siguientes: a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de sociales del/la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaríacontratista para con sus trabajadores.

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Samples: Consultancy Agreement

GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratistacontratante, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del mismo. Si al momento de la suscripción del contrato, se estipulare el inicio anticipado de la ejecución de los servicios, la garantía deberá tener una vigencia que comprenda, a lo menos, desde la fecha de inicio anticipado contemplado en el contrato hasta 60 (sesenta) días hábiles posteriores al término de su vigencia. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, extendida emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero Financiero, extendida a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal punto 2.2 de Proveedoresestas Bases, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, caso en el cual deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario.En caso de , o bien, podrá otorgarse electrónicamente, en cuyo caso deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de ejecución mantención, reparación, instalación, desinstalación, reubicación y traslado de obras menores equipos de aire acondicionado y extractores de aire para la habilitación del primer piso del edificio institucional Subsecretaría de Amunátegui N° 139Transportes, Santiagola Seremitt Metropolitana y programas dependientes que se indican, y de las obligaciones que ordena el artículo 11 11° de la Ley N° 19.886”. En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, el contratista la persona natural o jurídica contratada deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, según lo previsto en los términos previstos en el punto 2.34 2.29 “Término Anticipado del Contrato” de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratista contratado haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaría.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso que el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario.En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui N° 139, Santiago, y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de la Ley N° 19.886”. En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, el contratista deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de notificado Adjudicación, el acto administrativo Consultor deberá presentar una Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por un monto del 10% del valor neto del Contrato. La glosa de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, deberá indicar claramente el nombre de la licitación y el concepto que ordena garantiza; esto es “Garantiza el Fiel, exacto, oportuno y total Cumplimiento del Contrato “CONTRATO MARCO SERVICIOS DE INGENIERÍA PROYECTO TREN ALAMEDA - MELIPILLA”, y podrá ser hecha efectiva por EFE a su sola presentación y sin restricciones para su cobro, bajo sanción ". El plazo de término validez de esta garantía deberá cubrir hasta noventa (90) días corridos posteriores al plazo del contrato, según lo previsto en el punto 2.34 de las presentes BasesContrato. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratista haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido En caso que el plazo de 60 ejecución de los trabajos se prorrogue, el Consultor deberá extender la vigencia de esta garantía o reemplazarla por otra, con una anticipación mínima de treinta (30) días hábiles posteriores al a su vencimiento, con el nuevo plazo de término más noventa (90) días corridos o por el requerimiento que determine EFE. Si no la renovare 30 días antes de su vencimiento, EFE quedará facultado para hacerla efectiva.‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Las condiciones de la vigencia Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato correspondienteContrato, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaríaestán establecidas en las Bases Administrativas Generales, Numeral 29.

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GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimientoEl proveedor, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso que el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario.En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato presente contrato, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el subtítulo 7.2 de servicio las bases administrativas de ejecución la licitación que lo rigen, presentó dentro de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui plazo el siguiente instrumento: 139Instrumento Institución Monto Vigencia B0116708 MASAVAL S.A.G.R. $147.500.- 16-06-2022 JUNAEB, Santiagoprocederá a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, especialmente, en los siguientes casos: a) Cuando el proveedor renuncie al contrato. b) No pago total o parcial de las multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales. En este caso, el proveedor deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ejecuta la garantía. c) Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al proveedor. d) Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución del contrato. e) Por incumplimiento del “Pacto de Integridad” contenido en el Anexo Nº3 de las bases de licitación, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que ordena establezca el artículo 11 ordenamiento jurídico. La garantía será devuelta al proveedor, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la Ley N° 19.886”. En caso totalidad de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de las obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el y/o contrato, previa aprobación por la contraparte técnica, donde señale su total conformidad con el contratista deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro cumplimiento de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, según lo previsto en el punto 2.34 de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien estas obligaciones y se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer solicite expresamente la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratista haya mandatado para hacer recepción conforme antes de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta fecha de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaríavencimiento.

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