Common use of GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Clause in Contracts

GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del mismo. Si al momento de la suscripción del contrato, se estipulare el inicio anticipado de la ejecución de los servicios, la garantía deberá tener una vigencia que comprenda, a lo menos, desde la fecha de inicio anticipado contemplado en el contrato hasta 60 (sesenta) días hábiles posteriores al término de su vigencia. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, extendida a nombre de la Subsecretaría de Transportes. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2 de estas Bases, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada físicamente, caso en el cual deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario, o bien, podrá otorgarse electrónicamente, en cuyo caso deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de mantención, reparación, instalación, desinstalación, reubicación y traslado de equipos de aire acondicionado y extractores de aire para la Subsecretaría de Transportes, la Seremitt Metropolitana y programas dependientes que se indican, y de las obligaciones que ordena el artículo 11° de la Ley N° 19.886”. En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, la persona natural o jurídica contratada deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, en los términos previstos en el punto 2.29 “Término Anticipado del Contrato” de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratado haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaría.

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GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para El oferente adjudicado, en el plazo de 5 días hábiles señalado, y para garantizar el oportuno y fiel cumplimiento del contrato, deberá enviar garantía física o electrónica, se sugiere evitar garantía física y oportuno preferir enviar garantía electrónica al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, la que deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, la garantía debe ser a la orden del Gobierno Regional, RUT: 00.000.000-0, domiciliado en XXxxxxxx X°000, 0° Xxxx, Xxxxxxxx, Garantía por un monto equivalente al 5% de su valor total, emitida en pesos chilenos, por una Institución que se pueda cobrar en la Ciudad xx Xxxxxxxx, que garantice el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales previsionales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley Nº 20.238. El documento de garantía, deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera a la vista, a nombre del Gobierno Regional de Los Xxxx, Rol Único Tributario 20.238, el adjudicatario 00.000.000-0 y deberá presentar, a más tardar a contener la fecha de firma del contrato, una garantía siguiente glosa: Garantía de fiel y oportuno cumplimientocumplimiento del Contrato: SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS PARA SEDE CONSEJO REGIONAL Y BODEGAS SUBTERRANEO EDIFICIO PÚBLICO N°1, indicando el N° de ID del portal mercadopúblico. En caso que el documento de garantía no permita glosa, el tomador deberá acompañar una declaración jurada simple digital y enviar al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros indique que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La el documento se presenta como garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal los mismos términos indicados. El plazo de vigencia de esta garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución será la vigencia del contrato definitivo aumentado en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total un periodo de 90 días corridos sobre el plazo del contrato, a el cual será el plazo ofertado para la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de entrega del servicio. Terminada la vigencia del mismo. Si al momento de la suscripción del contrato, se estipulare el inicio anticipado de la ejecución de los servicios, la garantía podrá ser solicitada por el proveedor adjudicado, a contar de la fecha en que el Gobierno Regional le comunique que ha recibido a satisfacción la totalidad de los servicios y productos encomendados. Al oferente que no entregue o pretenda postergar la entrega de esta garantía, se le tendrá por desistido de su oferta y se podrá adjudicar a la segunda propuesta mejor evaluada según Informe de la Comisión Evaluadora o, declarar desierta la licitación. Todos los gastos que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo del proponente y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan y de renovarla o prorrogarla con una antelación a diez días corridos a la fecha en que pierde vigencia, en caso que se extienda el plazo del contrato y este plazo supere el periodo de vigencia de la misma, caso en el cual se deberá tener prorrogar o renovar nuevamente por una vigencia que comprenda, a lo menos, desde la fecha de inicio anticipado contemplado en 90 días corridos sobre el contrato hasta 60 (sesenta) días hábiles posteriores al término de su vigencia. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento nuevo plazo del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectivacontrato. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza oferente adjudicado no la renovare en el plazo señalado, se hará efectiva la garantía. Con cargo a la garantía podrá hacerse también efectiva la aplicación de Seguromultas, ésta, además y el pago de los requisitos indicados trabajadores dependientes de acuerdo a la Ley de Subcontratación. En caso que se ponga término anticipado al contrato por causas imputables a la empresa contratada, se hará efectiva la boleta de garantía con la finalidad de solventar el gasto que irrogue una nueva contratación para poner término de los servicios contratados y pendientes de ejecución, quedando el saldo en caso que exista como sanción al contratista. De la misma manera, en caso que se termine anticipadamente el contrato por causa imputable al contratado, se cobrará a todo evento la garantía, a manera de indemnización de perjuicios para el Gobierno Regional, previo el procedimiento establecido en las presentes bases, para la aplicación de multas. Será el Inspector Técnico y/o administrativo del contrato quien deberá informar y señalar los párrafos anterioresmotivos por los cuales corresponde hacer efectiva la garantía, deberá ser a favor de organismos públicospor incumplimiento del contrato, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, extendida a nombre de la Subsecretaría de Transportes. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectivaplazo u otros. En caso de oferentes incumplimiento por la empresa de las obligaciones que le impone el contrato y en consecuencia se presenten en forma conjuntaponga término anticipado al contrato, conforme lo dispuesto en el punto 2.2 Gobierno Regional de estas BasesLos Xxxx, estará facultado para hacer efectiva unilateral y administrativamente la garantía de fiel cumplimiento, y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada físicamentesin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, caso previo el procedimiento establecido en el cual deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario, o bien, podrá otorgarse electrónicamente, en cuyo caso deberá ajustarse a la Ley las presentes bases 19.799 sobre Documentos Electrónicos4 siguiente, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de mantención, reparación, instalación, desinstalación, reubicación y traslado de equipos de aire acondicionado y extractores de aire para la Subsecretaría aplicación de Transportes, la Seremitt Metropolitana y programas dependientes que se indican, y de las obligaciones que ordena el artículo 11° de la Ley N° 19.886”multas. En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, evento que precisamente el motivo sea la persona natural o jurídica contratada deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, en los términos previstos en el punto 2.29 “Término Anticipado del Contrato” de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución no renovación de la garantía a aquella persona a quien el contratado haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantarádebiendo realizarlo, en especial antes del término de su oportunidadvigencia, un acta sólo se notificara de recepción ello al contratado, procediendo a hacer efectiva la garantía inmediata y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contratounilateralmente. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido realizará transcurridos el plazo de 60 10 días hábiles posteriores al término de la vigencia hábiles, desde el pago realizado en virtud del contrato correspondientey durante dicho período garantizará la correcta ejecución del mismo, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos el documento de garantía será devuelto a plena conformidad petición del oferente, o del inspector técnico del contrato, previo endoso y de la Subsecretaríaacuerdo al procedimiento de devolución de garantía señalado en el punto 10.2 del Manual de procedimiento Interno de documentos en Garantía, aprobado mediante Resolución exenta N°344 de fecha 24 xx xxxxx de 2020.

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GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratantecontratista, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del mismo. Si al momento de la suscripción del contrato, se estipulare el inicio anticipado de la ejecución de los servicios, la garantía deberá tener una vigencia que comprenda, a lo menos, desde la fecha de inicio anticipado contemplado en el contrato hasta 60 (sesenta) días hábiles posteriores al término de su vigencia. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, emitida en Unidades de Fomento extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, extendida Financiero a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el proponente adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso que el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2 de estas BasesProveedores, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, caso en el cual deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario, o bien, podrá .En caso de otorgarse electrónicamente, en cuyo caso deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de mantención, reparación, instalación, desinstalación, reubicación y traslado ejecución de equipos de aire acondicionado y extractores de aire obras menores para la Subsecretaría habilitación del primer piso del edificio institucional de TransportesAmunátegui N° 139, la Seremitt Metropolitana y programas dependientes que se indicanSantiago, y de las obligaciones que ordena el artículo 11° 11 de la Ley N° 19.886”. En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, la persona natural o jurídica contratada el contratista deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, en los términos previstos según lo previsto en el punto 2.29 “Término Anticipado del Contrato” 2.34 de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratado contratista haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaría.

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GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas 15.2.1. El oferente adjudicado, previo o simultáneamente a la suscripción del contrato respectivo y el pago de para caucionar su oportuno y fiel cumplimiento y las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratantede sus trabajadores, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, entregará a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida Desarrollo Regional y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por Administrativo una entidad chilena o con sucursal en ChileGarantía, pagadera a la vista, vista e irrevocable, cuyo tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, por un monto será equivalente ascendente al 510% (cinco por ciento), del precio valor total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de TransportesSUBDERE, Rol Único Tributario N° 00.000.000RUT. 60.515.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del mismo4. Si al momento de la suscripción El documento deberá indicar que se ha tomado “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato: CONSULTORÍA “SISTEMA (PLATAFORMA ELECTRÓNICA) PARA FONDO DE INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD-ETAPA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO.” (E30359/2019). Dicha garantía podrá ser otorgada a través de cualquier instrumento que asegure el cobro de esta caución, se estipulare el inicio anticipado de la ejecución de los servicios, la garantía deberá tener una vigencia que comprenda, a lo menos, desde la fecha de inicio anticipado contemplado en el contrato hasta 60 (sesenta) días hábiles posteriores al término de su vigencia. En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectivaefectiva y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en este numeral. De esta manera y de modo ilustrativo y no taxativo, podrá acompañarse como garantía un vale vista o depósito a la vista, póliza de seguros electrónica, depósito a plazo, boleta bancaria o certificado de fianza a la vista emitido por las Sociedades de Garantías Recíprocas o por la CORFO. En el caso del vale vista no se exigirá la fecha de vencimiento, ni la individualización del tomador y beneficiario, ni la glosa que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, extendida a nombre de la Subsecretaría de Transportes. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importesse indica. En este caso, previo a su entrega, caso la carta conductora que acompañe esta caución deberá indicar la glosa que describa el proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2 de estas Bases, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada físicamente, caso en el cual deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario, o bien, podrá otorgarse electrónicamente, en cuyo caso deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosaobjeto garantizado: “Para garantizar Garantizar el fiel Fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de mantención, reparación, instalación, desinstalación, reubicación y traslado de equipos de aire acondicionado y extractores de aire para la Subsecretaría de Transportes, la Seremitt Metropolitana y programas dependientes que se indican, y de las obligaciones que ordena el artículo 11° de la Ley N° 19.886”. En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, la persona natural o jurídica contratada deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término Oportuno Cumplimiento del contrato, en los términos previstos en el punto 2.29 : CONSULTORÍA Término Anticipado del ContratoSISTEMA (PLATAFORMA ELECTRÓNICA) PARA FONDO DE INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD-ETAPA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO.de las presentes Bases. La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratado haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaría(E30359/2019).

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