Garantía de los Contratos basados. En el caso de que así se haya establecido en el Documento de Invitación, el adjudicatario deberá acreditar ante la Entidad Local la constitución de la garantía prevista en dicho documento, la cual se hará efectiva en cualquiera de las formas previstas en el TRLCSP. La no acreditación en plazo de la constitución de la garantía implicará la renuncia del adjudicatario al Contrato basado y la posibilidad de la Central de Contratación de la FEMP de iniciar un procedimiento de resolución contractual con incautación de la garantía otorgada de conformidad con el presente Acuerdo marco. La garantía responderá de los siguientes conceptos: (i) De las penalidades impuestas al adjudicatario por razón de la ejecución del Contrato Basado. (ii) De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato basado, sin perjuicio de la acción a seguir por la Entidad Local o, en su caso, por la Central de Contratación de la FEMP para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario le ocasionara con motivo de la ejecución del Contrato basado, y de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones. (iii) De la existencia de vicios o defectos en los Servicio contratados durante el plazo de garantía. Si el montante de la garantía merma de forma total o parcial, el adjudicatario vendrá obligado a reponerlo en la cuantía que sea necesario para que el importe de la garantía no se altere. La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar cumplido el Contrato Basado por el contratista de forma satisfactoria, una vez aprobada la recepción y liquidación del mismo, y una vez transcurrido el periodo de garantía contractual. También tendrá lugar la cancelación cuando se haya resuelto el Contrato basado sin culpa del contratista.
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Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Prevención De Riesgos Laborales, Acuerdo Marco Para Servicios Postales
Garantía de los Contratos basados. En el caso de que así se haya establecido en el Documento de Invitación, el adjudicatario deberá acreditar ante la Entidad Local la constitución de la garantía prevista en dicho documento, la cual se hará efectiva en cualquiera de las formas previstas en el TRLCSP. La no acreditación en plazo de la constitución de la garantía implicará la renuncia del adjudicatario al Contrato basado y la posibilidad de la Central de Contratación de la FEMP de iniciar un procedimiento de resolución contractual con incautación de la garantía otorgada de conformidad con el presente Acuerdo marco. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
(i) De las penalidades impuestas al adjudicatario por razón de la ejecución del Contrato Basado.
(ii) De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato basado, sin perjuicio de la acción a seguir por la Entidad Local o, en su caso, por la Central de Contratación de la FEMP para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario le ocasionara con motivo de la ejecución del Contrato basado, y de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
(iii) De la existencia de vicios o defectos en los Servicio Servicios contratados durante el plazo de garantía. Si el montante de la garantía merma de forma total o parcial, el adjudicatario vendrá obligado a reponerlo en la cuantía que sea necesario para que el importe de la garantía no se altere. La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar cumplido el Contrato Basado por el contratista de forma satisfactoria, una vez aprobada la recepción y liquidación del mismo, y una vez transcurrido el periodo de garantía contractual. También tendrá lugar la cancelación cuando se haya resuelto el Contrato basado sin culpa del contratista.
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Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Asistencia Para La Gestión Tributaria, Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Asistencia Para La Gestión Tributaria
Garantía de los Contratos basados. En el caso de que así se haya establecido en el Documento de Invitación, el adjudicatario deberá acreditar ante la La Entidad Local podrá exigir la constitución prestación de la garantía prevista en dicho documentouna garantía, la cual que se hará efectiva en cualquiera de las formas previstas en el TRLCSP. Esta garantía será adicional a la garantía definitiva otorgada ante la Central de Contratación de la FEMP de acuerdo con el presente Acuerdo Xxxxx. La no acreditación en plazo de la constitución de la garantía implicará la renuncia del adjudicatario al Contrato basado y la posibilidad de la Central de Contratación de la FEMP de iniciar un procedimiento de resolución contractual con incautación de aplicar las penalizaciones previstas en la garantía otorgada de conformidad con el cláusula 17 del presente Acuerdo marcoPliego. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
(i) De las penalidades impuestas al adjudicatario por razón de la ejecución del Contrato Basadobasado.
(ii) De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato basado, sin perjuicio de la acción a seguir por la Entidad Local o, en su caso, por la Central de Contratación de la FEMP para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario le ocasionara con motivo de la ejecución del Contrato basado, y de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
. (iii) De iii)De la existencia de vicios o defectos en los Servicio Servicios contratados durante el plazo de garantía. Si el montante de la garantía merma de forma total o parcial, el adjudicatario vendrá obligado a reponerlo en la cuantía que sea necesario para que el importe de la garantía no se altere. La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar cumplido el Contrato Basado basado por el contratista de forma satisfactoria, una vez aprobada la recepción y liquidación del mismo, y una vez transcurrido el periodo de garantía contractual. También tendrá lugar la cancelación y devolución cuando se haya resuelto el Contrato basado sin culpa del contratista.
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Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Mediación De Riesgos Y Seguros
Garantía de los Contratos basados. En el caso de que así se haya establecido en el Documento de Invitación, el adjudicatario deberá acreditar ante la La Entidad Local podrá exigir la constitución prestación de la garantía prevista en dicho documentouna garantía, la cual que se hará efectiva en cualquiera de las formas previstas en la LCSP. Esta garantía será adicional a la garantía definitiva otorgada ante la Central de Contratación de la FEMP de acuerdo con el TRLCSPAcuerdo marco. La no acreditación en plazo de la constitución de la garantía implicará la renuncia del adjudicatario al Contrato basado y la posibilidad de la Central de Contratación de la FEMP de iniciar un procedimiento de resolución contractual con incautación de aplicar las penalizaciones previstas en la garantía otorgada de conformidad con el presente Acuerdo marcocláusula 18 xxx Xxxxxx. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
(i) : ▪ De las penalidades impuestas al adjudicatario por razón de la ejecución del Contrato Basado.
(ii) basado. ▪ De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato basado, sin perjuicio de la acción a seguir por la Entidad Local o, en su caso, por la Central de Contratación de la FEMP para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario le ocasionara con motivo de la ejecución del Contrato basado, y de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
(iii) . ▪ De la existencia de vicios o defectos en los Servicio Servicios contratados durante el plazo de garantía. Si el montante de la garantía merma de forma total o parcial, el adjudicatario vendrá obligado a reponerlo en la cuantía que sea necesario para que el importe de la garantía no se altere. La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar cumplido el Contrato Basado basado por el contratista de forma satisfactoria, una vez aprobada la recepción y liquidación del mismo, y una vez transcurrido el periodo de garantía contractual. También tendrá lugar la cancelación y devolución cuando se haya resuelto el Contrato basado sin culpa del contratista.
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Samples: Servicio De Cobros en El Extranjero
Garantía de los Contratos basados. En el caso de que así se haya establecido en el Documento de Invitación, el adjudicatario deberá acreditar ante la La Entidad Local o ente dependiente podrá exigir la constitución prestación de la garantía prevista en dicho documentouna garantía, la cual que se hará efectiva en cualquiera de las formas previstas en la LCSP. Esta garantía será adicional a la garantía definitiva otorgada ante la Central de Contratación de acuerdo con el TRLCSPpresente Acuerdo marco y su importe no podrá exceder del 5% del precio de adjudicación del correspondiente Contrato basado. La no acreditación en plazo de la constitución de la garantía implicará la renuncia del adjudicatario al Contrato basado y la posibilidad de aplicar las penalidades previstas en la Central de Contratación de la FEMP de iniciar un procedimiento de resolución contractual con incautación de la garantía otorgada de conformidad con el cláusula 18 presente Acuerdo marcoPliego. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
(ia) De las penalidades impuestas al adjudicatario por razón de la ejecución del Contrato Basadobasado.
(iib) De los daños y perjuicios que se puedan irrogar a la Entidad Local o ente dependiente como consecuencia de una ejecución defectuosa del Contrato basado.
c) De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato basado, sin perjuicio de la acción a seguir por la Entidad Local o ente dependiente o, en su caso, por la Central de Contratación de la FEMP para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario le ocasionara con motivo de la ejecución del Contrato basado, y de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
(iii) De la existencia de vicios o defectos en los Servicio contratados durante el plazo de garantía. Si el montante de la garantía merma de forma total o parcial, el adjudicatario vendrá obligado a reponerlo en la cuantía que sea necesario para que el importe de la garantía no se altere. La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar cumplido el Contrato Basado basado por el contratista de forma satisfactoria, una vez aprobada la recepción y liquidación del mismo, y una vez transcurrido el periodo de garantía contractual. También tendrá lugar la cancelación y devolución cuando se haya resuelto el Contrato basado sin culpa del contratista.
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Garantía de los Contratos basados. En el caso La Entidad peticionaria podrá exigir la prestación de una garantía, que así se haya establecido en el Documento de Invitación, el adjudicatario deberá acreditar ante la Entidad Local la constitución de la garantía prevista en dicho documento, la cual se hará efectiva en cualquiera de las formas previstas en la LCSP y antes de proceder a la adjudicación. Esta garantía será adicional a la garantía definitiva otorgada ante la Central de Contratación de la FEMP de acuerdo con el TRLCSPpresente Acuerdo Xxxxx. La no acreditación en plazo de la constitución de la garantía implicará la renuncia del adjudicatario al Contrato basado y la posibilidad de la Central de Contratación de la FEMP de iniciar un procedimiento de resolución contractual con incautación de aplicar las penalidades previstas en la garantía otorgada de conformidad con el cláusula 18 del presente Acuerdo marcoPliego. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
(i) De las penalidades impuestas al adjudicatario por razón de la ejecución del Contrato Basadobasado.
(ii) De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato basado, sin perjuicio de la acción a seguir por la Entidad Local peticionaria o, en su caso, por la Central de Contratación de la FEMP para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario le ocasionara con motivo de la ejecución del Contrato basado, y de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
(iii) De la existencia de vicios o defectos en los Servicio Servicios contratados durante el plazo de garantía. Si el montante de la garantía merma de forma total o parcial, el adjudicatario vendrá obligado a reponerlo en la cuantía que sea necesario para que el importe de la garantía no se altere. La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar cumplido el Contrato Basado basado por el contratista de forma satisfactoria, una vez aprobada la recepción y liquidación del mismo, y una vez transcurrido el periodo de garantía contractual. También tendrá lugar la cancelación y devolución cuando se haya resuelto el Contrato basado sin culpa del contratista. El importe de la garantía se determinará conforme a lo establecido en el artículo 107 de la LCSP.
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Samples: Acuerdo Marco
Garantía de los Contratos basados. En el caso de que así se haya establecido en el Documento de Invitación, el adjudicatario deberá acreditar ante la La Entidad Local podrá exigir la constitución prestación de la garantía prevista en dicho documentouna garantía, la cual que se hará efectiva en cualquiera de las formas previstas en el TRLCSP. Esta garantía será adicional a la garantía definitiva otorgada ante la Central de Contratación de la FEMP de acuerdo con el presente Acuerdo marco. La no acreditación en plazo de la constitución de la garantía implicará la renuncia del adjudicatario al Contrato basado y la posibilidad de la Central de Contratación de la FEMP de iniciar un procedimiento de resolución contractual con incautación de aplicar las penalizaciones previstas en la garantía otorgada de conformidad con el presente Acuerdo marcocláusula 17 xxx Xxxxxx. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
(i) : De las penalidades impuestas al adjudicatario por razón de la ejecución del Contrato Basado.
(ii) basado. De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato basado, sin perjuicio de la acción a seguir por la Entidad Local o, en su caso, por la Central de Contratación de la FEMP para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario le ocasionara con motivo de la ejecución del Contrato basadoContrato, y de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
(iii) . De la existencia de vicios o defectos en los Servicio Servicios contratados durante el plazo de garantía. Si el montante de la garantía merma de forma total o parcial, el adjudicatario vendrá obligado a reponerlo en la cuantía que sea necesario para que el importe de la garantía no se altere. La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar cumplido el Contrato Basado basado por el contratista de forma satisfactoria, una vez aprobada la recepción y liquidación del mismo, y una vez transcurrido el periodo de garantía contractual. También tendrá lugar la cancelación y devolución cuando se haya resuelto el Contrato basado sin culpa del contratista.
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